SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
Descargar para leer sin conexión
Ius
El término Ius es la palabra en latín que hace referencia
al Derecho.
Es llamado así por derivar de justicia, pues, como define
Juvencio Celso (el hijo de Celso):
El Derecho es la técnica de lo bueno y lo
justo. En razón de lo cual se puede llamar a
los juristas, junto con los médicos, sacerdotes;
en efecto, rinden teórico culto a la justicia y
profesan el saber de lo bueno y de lo justo,
separando lo justo de lo injusto, discerniendo lo
lícito de lo ilícito, anhelando hacer buenos a los
hombres, no sólo por el temor de los castigos,
sino también por el estímulo de los premios,
dedicados, si no yerro, a una verdadera y no
simulada filosofía.
Ulpiano, Digesto 1, 1, 1, pr.- 1
En estas palabras, con las que se inicia el Digesto, en-
contramos la definición del ius de Juvencio Celso, como
arte o técnica de lo bueno y lo justo. El texto de Ulpiano
nos sitúa en los fundamentos morales y religiosos de lo
jurídico. Ius significa “lo justo” según las concepciones
sociales y las decisiones de los expertos de justicia.
La expresión de Derecho, como los términos de las len-
guas románicas, procede de directum, palabra utilizada en
el lenguaje vulgar del bajo imperio.[1]
En la Antigua Roma, el término ius tuvo diversos signifi-
cados a lo largo de su historia:
• Ius = Derecho objetivo. Conjunto de normas que
constituyen un ordenamiento jurídico (Derecho po-
sitivo).
• Ius = Derecho subjetivo. Derecho o acción jurisdic-
cional de una persona a exigirle a otra que de, haga
o deje de hacer algo (Derecho personal). En Roma
no se hablaba de “tener” derechos, sino de acciones
para exigirlos. Por ejemplo, la acción reinvindica-
toria: si un ciudadano romano tenía un caballo y se
lo quitaban, él no era "dueño" del caballo, sino que
podía ir a un juicio para exigir su derecho.
• Ius = Status. Condición de situación jurídica, es de-
cir, una facultad.
• Ius = Arte de lo bueno y lo equitativo (Definición de
Aurelio Cornelio Celso).(IUS EST ARS BONI ET
AEQUIS)
• Ius = Rito. Expresión ritual.
• Ius = Encuadre jurídico de una situación. Facultad
de “decir el derecho" (iurisdictio), es decir, darle for-
ma jurídica a un caso concreto (función del pretor).
• Ius/Iuris = Etapa procesal en un juicio. Las dos eta-
pas fueron la fase in iure y la apud iudicem.
En el siglo IV o V (primeros siglos de la Edad Media), se
empezó a usar el término "directum", el cual reemplazó
al ius.
1 Análisis del ius.
“La palabra Ius se emplea en varias acep-
ciones: una, cuando se llama Ius a lo que siem-
pre es justo y bueno, como es el derecho na-
tural; otra acepción, lo que en cada ciudad es
útil para todos o para muchos, como es el de-
recho civil; y no con menos razón se llama Ius,
en nuestra ciudad, al derecho honorario. Se di-
ce también que el Pretor aplica el Ius incluso
cuando decide injustamente, refiriéndose, cla-
ro está, no a lo que el Pretor hizo, sino a lo que
el Pretor debería hacer. Se llama Ius, en otro
sentido, al lugar en el que el Pretor aplica el
Ius, dándose la denominación de lo que se hace
al lugar de esta manera: el lugar donde el Pre-
tor, conforme a la majestad de su imperio y a
la costumbre de los antepasados, determina de-
clarar el Ius se llama, con razón, Ius.” Paulo.[2]
Ius es el equivalente latino de nuestro vocablo "derecho".
En un primer lugar ius significa el conjunto de normas que
constituyen un ordenamiento jurídico (derecho objetivo).
El derecho y la religión en la Roma antigua se desarrollan
de modo contemporáneo y paralelo. Hay un carácter re-
ligioso en la organización romana. El monarca, más que
un jefe político es autoridad religiosa.
El logro de la finalidad jurídica irá unido a la realización
de las solemnidades prescriptas, indicadas por los pontí-
fices, del mismo modo que la ceremonia sagrada se enca-
mina a lograr el favor de los dioses.
Ius para algunos sería lo que liga, ata y vincula a las
personas entre sí; de esta posición deriva la que resalta
la idea de lo que está unido por estar circunscrito, por te-
ner forma circular, es decir, lo establecido por un tribunal
1
2 1 ANÁLISIS DEL IUS.
o asamblea y que, como consecuencia, une, vincula. Otra
opinión afirma que ius provendría de iouis, de donde la
fuente que emana el ius es la divinidad.
Ius se muestra como la pretensión que alguien puede tener
respecto de algo o de alguien con relación a los demás.
Lo jurídico siempre importa una relación con el otro, de
tal forma que quien posee el ius está en la situación óp-
tima, que siempre lo es respecto a la situación de otro
u otros. También el ius se muestra como el restableci-
miento, a partir de su vulneración, del derecho que me
corresponde a través de la tarea del órgano adecuado.
Ius es entonces el estado óptimo que se alcanza con rela-
ción a otro y al que se llega por el cumplimiento de los
ritos necesarios.
En una primera etapa el cumplir con los ritos determina-
ba la licitud del acto y definía al IUS. Autores latinos usan
a menudo ritus y mos, es decir rito y costumbre. Aparece
de este modo la relación entre el rito y las mores maio-
rum, fuente del derecho de la época arcaica. Además ius
designa a la solemnidad misma, que indica la situación
iusta en las relaciones entre particulares.
También se utilizaba la expresión ex iure quiritium, que
debe interpretarse como la plenitud de una determinada
situación jurídica atribuida por el Ius, a la que se llega-
ba utilizando el rito apropiado y eficaz a la misma. Otra
acepción nos lleva a la designación del lugar donde se ad-
ministra justicia: así la in ius vocatio (convocatoria ante
la justicia) ya aparece en el texto decenviral.[3]
Ante la controversia traída por las partes, el Pretor deberá
señalar cuál resulta la conforme al IUS (iusta) y cuál la
contraria (iniusta).
Será a partir del ius que el magistrado extraerá la regla
(regula) en base a la cual dirimiría el litigio (litis).
1.1 El uso del IUS en Derecho Romano.
1. Definición del IUS por Celso .
El derecho, “ius”, etimológicamente considerado, viene
del latín “directum”. “Ius” es empleado por los romanos
para designar tanto el derecho objetivo – “ius civile, ius
gentium” – como el subjetivo – “ius utendi, ius fruendi”
−. En su sentido objetivo, es definido por Celso como “ars
boni et aequi” – el derecho es el arte de lo bueno y de lo
equitativo.
2. El uso del IUS.
El ius es usado por las personas quienes profesan el saber
de lo bueno y de lo justo, y separan lo justo de lo injus-
to, y anhelan hacer buenos a los hombres, no sólo por el
temor de los castigos, sino también por el estímulo de los
premios.
Se podría decir en este punto que no se debe entrar en
conciencia de los hombres solo por hacerles saber que si
actúan en forma errónea pagaran sus actos con castigos,
si no hacerles saber que el actuar de forma correcta los
llevara simplemente a la satisfacción personal y al éxito.
En el texto de Domicio Ulpiano , un Jurista Romano de
origen fenicio, nos dice con fundamentos morales y reli-
giosos de lo jurídico, definió la justicia como la continua
y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que merece.
En su forma de pensar reciproca de Domicio en darle a
cada individuo lo que “merece” es el resultado de cada
persona debido a su manera de actuar.
Según las concepciones sociales y las decisiones de los
expertos de justicia “Ius” significa “lo justo”.
Hablemos del “Ius” como Derecho subjetivo: es el De-
recho o acción jurisdiccional de una persona a exigirle a
otra que de, haga o deje de hacer algo digamos esto como
un Derecho personal.
La palabra Ius se emplea en varias acepciones: 1.- una,
cuando se llama Ius a lo que siempre es justo y bueno,
como es el “Derecho Natural” lo que todos las personas
creemos que es lo correcto. 2.- lo que en cada ciudad es
útil para todos o para muchos, como es el “Derecho Ci-
vil”, podemos mencionar en este precepto el derecho a
votar o a la vivienda. 3.- Se llama Ius, en otro sentido, al
lugar en el que el Pretor aplica el Ius, dándose la denomi-
nación de lo que se hace al lugar de esta manera: el lugar
donde el Pretor, conforme a la majestad de su imperio y
a la costumbre de los antepasados, determina declarar el
Ius se llama, con razón, Ius.”
3. Ius praecepta.
Llegan a roma dos corrientes filosóficas helenas opuestas:
el estoicismo (ética sublime) y el epicureísmo (proclama
que el sumo bien consiste en la voluptuosidad, el sumo
mal en el dolor). El estoicismo suaviza en parte las crude-
zas de la vida romana al enseñar que hay que conformar la
vida con la naturaleza y la razón, procurando despegarse
de todos los afectos y despreciar todas las cosas terrenas
que no sean la misma virtud, requisito para ser verdade-
ro sabio. Los principios de esta corriente filosófica fueron
los que informaron el texto de Ulpiano donde dice que los
preceptos del derecho son estos: - Vivir honestamente -
No dañar a otro - Dar a cada uno lo suyo.
4. Ius publicum y ius privatum.
Justiniano en sus Instituciones divide el estudio del dere-
cho en público y privado. Derecho público es aquel que
trata del gobierno de los romanos. Ulpiano resume su ob-
jeto en estos tres términos: a) Sacra, esto es, lo concer-
niente al culto de los dioses, a sus diversos ritos y sacri-
ficios. b) Sacerdotes, es decir, su organización, funciones
y prerrogativas. c) Magistratus, su número, naturaleza y
atribuciones. Entra también la competencia y la organi-
zación de las asambleas populares y del senado. Derecho
privado es el que se refiere a la utilidad de los particula-
res, esto es, el que reglamenta sus diferentes relaciones y
actividades.
''''5. Ius naturale, Ius Gentium, Ius civile.''''
3
Ius naturale. Según Justiniano es aquel que la naturaleza
imbuye a todos los animales. Según Cicerón es un con-
junto de principios que emanan de la voluntad divina y
que el hombre, por el solo hecho de serlo, está dotado
de ellos. Por medio de este derecho sabemos lo que hay
qué hacer y qué es lo que hay que evitar. Se manifiesta
por juicios breves y prácticos: haz el bien, evita el mal.
Ius Gentium, Ius civile. En toda legislación hay leyes que
los tribunales no deben aplicar sino a los ciudadanos del
mismo, civil; por el contrario, hay otras que esos mismos
tribunales deben aplicar a las relaciones de los extranje-
ros entre sí, o entre éstos y los ciudadanos, estas leyes
forman el ius Gentium. El derecho de gentes es común
a todos los hombres, no así el derecho civil que es pri-
vativo de los ciudadanos. El primero procede de la natu-
raleza racional de los hombres y de las relaciones comu-
nes que entre sí tienen; el segundo dimana de la voluntad
del pueblo que lo ha establecido especialmente para sí,
de tal modo que cuando un extranjero hacía testamen-
to en Roma utilizando las formas romanas, los tribunales
romanos no permitían que se ejecutara; por el contrario,
cuando se asociaban un romano y un peregrino, las le-
yes romanas garantizaban el cumplimiento del contrato.
El derecho privado consta de tres partes: de los preceptos
del derecho natural, del derecho de gentes, del derecho
civil.
6. Ius honorarium.
En el año 367 aC, fue creada la magistratura de la pretura,
su titular, el pretor, era el encargado de administer justi-
cia a sus conciudadanos. Posteriormente hubo un pretor
peregrino y otras magistraturas, tales como la de los edi-
les, curules. Estos magistrados fueron los autores del de-
recho honorario. El derecho pretorio fue adquiriendo im-
portancia, formando un cuerpo de disposiciones propias
frente a las establecidas por el derecho civil, lo que se co-
noce como el dualismo del Derecho Romano, dualismo
que perdura hasta que Justiniano funde ambos derechos,
para formar uno solo.
7. Ius scriptum y ius non scriptum.
Considerando el punto de vista de su formación, los ro-
manos dividieron el derecho en escrito y no escrito. El
derecho escrito es el formulado y promulgado por una
autoridad constituida, el derecho no escrito es el no pro-
mulgado, aquel que el uso ha formado poco a poco y que
en un momento dado se encuentra aceptado por todos, sin
que sea posible determinar la época precisa de su intro-
ducción. Las normas establecidas por la costumbre, aun-
que hayan sido escritas más tarde, conservan su nombre
de derecho no escrito. A la inversa, el derecho promulga-
do regularmente se llama derecho escrito aun cuando no
esté escrito ni grabado sobre madera.
Bibliografía. Bravo González, Agustín y Bravo Valdez,
Beatriz. “Primer curso de Derecho Romano”. Decimo-
séptima Edición. Editorial Porrúa. México, 2000. http:
//www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/102.pdf
2 Véase también
• Derecho romano
• Ius civile (Derecho Civil)
• Ius gentium (Derecho de Gentes)
• Ius honorarium (Derecho Honorario o pretorio)
• Ius naturale (Derecho Natural)
• Iustitia (Justicia)
3 Referencias
[1] Manuel García Garrido, Derecho romano privado.
[2] Digesto: 1,1,11
[3] El Romano, la tierra, las armas. Evolución histórica de
las Instituciones del Derecho Romano. Haroldo Ramón
Gavernet y Mario Antonio Mojer. Editorial Lex, 1992.
La Plata, Argentina. ISBN: 950-9076-30-9.
4 Bibliografía
• Manual de Derecho Romano - Di Pietro, Alfredo -
Lapieza Elli, Angel Enrique
4 5 TEXTO E IMÁGENES DE ORIGEN, COLABORADORES Y LICENCIAS
5 Texto e imágenes de origen, colaboradores y licencias
5.1 Texto
• Ius Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Ius?oldid=77574800 Colaboradores: Yakoo, BOT-Superzerocool, José., Filipo, AlvaroAS,
Meltryth, Rastrojo, Guille, Pólux, Technopat, Muro Bot, Casadegina, PaintBot, Cobalttempest, BetoCG, Boto a Boto, Pizarra23, Asta-
BOTh15, Abece, Angelevyn, Serajusticia, ChessBOT, Grillitus, Jcaraballo, KLBot2, Johnbot, Elvisor y Anónimos: 19
5.2 Imágenes
5.3 Licencia de contenido
• Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Lógica jurídica generalidades sobre lógica
Lógica jurídica   generalidades sobre lógicaLógica jurídica   generalidades sobre lógica
Lógica jurídica generalidades sobre lógica
Videoconferencias UTPL
 
Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2
Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2
Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2
maryrossrivero1
 
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHOOBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO
UNIANDES
 
Conceptos de derecho romano
Conceptos de derecho romanoConceptos de derecho romano
Conceptos de derecho romano
gabanacb
 
Teoria pura del derecho
Teoria pura del derechoTeoria pura del derecho
Teoria pura del derecho
DanielArturoV
 

La actualidad más candente (20)

SEMIÓTICA JURÍDICA
SEMIÓTICA JURÍDICASEMIÓTICA JURÍDICA
SEMIÓTICA JURÍDICA
 
Estimativa jurídica
Estimativa jurídicaEstimativa jurídica
Estimativa jurídica
 
Lógica jurídica generalidades sobre lógica
Lógica jurídica   generalidades sobre lógicaLógica jurídica   generalidades sobre lógica
Lógica jurídica generalidades sobre lógica
 
Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2
Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2
Trascendencia e importancia de las obras juridicas de justiniano 2
 
Dogmatica juridica 1 2021
Dogmatica juridica 1 2021Dogmatica juridica 1 2021
Dogmatica juridica 1 2021
 
Trabajo sobre el tema ii deontologia juridica
Trabajo sobre el tema ii deontologia juridicaTrabajo sobre el tema ii deontologia juridica
Trabajo sobre el tema ii deontologia juridica
 
Teoria pura del derecho
Teoria pura del derechoTeoria pura del derecho
Teoria pura del derecho
 
Presentacion derecho romano constituciones imperiales
Presentacion derecho romano constituciones imperialesPresentacion derecho romano constituciones imperiales
Presentacion derecho romano constituciones imperiales
 
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHOOBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHO
 
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANOSUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
 
El conocimiento del Derecho
El conocimiento del DerechoEl conocimiento del Derecho
El conocimiento del Derecho
 
Teoria pura del Derecho
Teoria pura del DerechoTeoria pura del Derecho
Teoria pura del Derecho
 
Relacion de la sociologia juridica con otras ciencias
Relacion de la sociologia juridica con otras cienciasRelacion de la sociologia juridica con otras ciencias
Relacion de la sociologia juridica con otras ciencias
 
Unidad 1. Conceptos jurídicos fundamentales y teorías del derecho subjetivo
Unidad 1. Conceptos jurídicos fundamentales y teorías del derecho subjetivoUnidad 1. Conceptos jurídicos fundamentales y teorías del derecho subjetivo
Unidad 1. Conceptos jurídicos fundamentales y teorías del derecho subjetivo
 
Unidad 7. Jurisprudencia técnica
Unidad 7. Jurisprudencia técnicaUnidad 7. Jurisprudencia técnica
Unidad 7. Jurisprudencia técnica
 
Conceptos de derecho romano
Conceptos de derecho romanoConceptos de derecho romano
Conceptos de derecho romano
 
Tarea 4 FILOSOFIA DEL DERECHO
Tarea 4 FILOSOFIA DEL DERECHOTarea 4 FILOSOFIA DEL DERECHO
Tarea 4 FILOSOFIA DEL DERECHO
 
ORDEN JURÍDICO CASTELLANO
ORDEN JURÍDICO CASTELLANOORDEN JURÍDICO CASTELLANO
ORDEN JURÍDICO CASTELLANO
 
Teoria pura del derecho
Teoria pura del derechoTeoria pura del derecho
Teoria pura del derecho
 
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho RomanoUnidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
 

Destacado

Fundación Puertorriqueña Síndrome Down
Fundación Puertorriqueña Síndrome DownFundación Puertorriqueña Síndrome Down
Fundación Puertorriqueña Síndrome Down
radioisla1320
 
Ciudad de apaseo el alto
Ciudad de apaseo el altoCiudad de apaseo el alto
Ciudad de apaseo el alto
PaoLa Garcia
 
Jbe plan de negocios semana 8
Jbe   plan de negocios semana 8Jbe   plan de negocios semana 8
Jbe plan de negocios semana 8
Julio Merino
 
Guia para presentaciones oral
Guia para presentaciones oralGuia para presentaciones oral
Guia para presentaciones oral
AbigailSegovia
 
Rc zully insuasti.ppt.
Rc zully insuasti.ppt.Rc zully insuasti.ppt.
Rc zully insuasti.ppt.
zuesin
 
Tecnicas y metodos de estudio
Tecnicas y metodos de estudioTecnicas y metodos de estudio
Tecnicas y metodos de estudio
Miguelyto-one
 
Cuando Una Foto es mas que una foto
Cuando Una Foto es mas que una fotoCuando Una Foto es mas que una foto
Cuando Una Foto es mas que una foto
Juan Sanchez
 

Destacado (20)

Tecnología II - Energías renovables (amigables)
Tecnología  II - Energías  renovables (amigables)Tecnología  II - Energías  renovables (amigables)
Tecnología II - Energías renovables (amigables)
 
Fundación Puertorriqueña Síndrome Down
Fundación Puertorriqueña Síndrome DownFundación Puertorriqueña Síndrome Down
Fundación Puertorriqueña Síndrome Down
 
Los 10 mejores buscadores3
Los 10 mejores buscadores3Los 10 mejores buscadores3
Los 10 mejores buscadores3
 
Ciudad de apaseo el alto
Ciudad de apaseo el altoCiudad de apaseo el alto
Ciudad de apaseo el alto
 
Herramientas en linea
Herramientas en lineaHerramientas en linea
Herramientas en linea
 
Jbe plan de negocios semana 8
Jbe   plan de negocios semana 8Jbe   plan de negocios semana 8
Jbe plan de negocios semana 8
 
Negocio electronico
Negocio  electronicoNegocio  electronico
Negocio electronico
 
Estrategias didácticas por janet sulu
Estrategias didácticas por janet  suluEstrategias didácticas por janet  sulu
Estrategias didácticas por janet sulu
 
Guia para presentaciones oral
Guia para presentaciones oralGuia para presentaciones oral
Guia para presentaciones oral
 
Incorporar las nntt
Incorporar las nnttIncorporar las nntt
Incorporar las nntt
 
Rc zully insuasti.ppt.
Rc zully insuasti.ppt.Rc zully insuasti.ppt.
Rc zully insuasti.ppt.
 
Gitraciudad
GitraciudadGitraciudad
Gitraciudad
 
Diego maradona
Diego maradonaDiego maradona
Diego maradona
 
Tecnicas y metodos de estudio
Tecnicas y metodos de estudioTecnicas y metodos de estudio
Tecnicas y metodos de estudio
 
Presentación sobre gestión de proyectos
Presentación sobre gestión de proyectosPresentación sobre gestión de proyectos
Presentación sobre gestión de proyectos
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Atc ferrotungsteno proyecto
Atc ferrotungsteno proyectoAtc ferrotungsteno proyecto
Atc ferrotungsteno proyecto
 
PC zombie, Spim, Spear, Phishing, Ransomware, Spam y Scam
PC zombie, Spim, Spear, Phishing, Ransomware, Spam  y Scam PC zombie, Spim, Spear, Phishing, Ransomware, Spam  y Scam
PC zombie, Spim, Spear, Phishing, Ransomware, Spam y Scam
 
Cuando Una Foto es mas que una foto
Cuando Una Foto es mas que una fotoCuando Una Foto es mas que una foto
Cuando Una Foto es mas que una foto
 
Emanuel ginobili
Emanuel ginobiliEmanuel ginobili
Emanuel ginobili
 

Similar a Ius

Conceptos generales del derecho romano i
Conceptos generales del derecho romano iConceptos generales del derecho romano i
Conceptos generales del derecho romano i
Roberto Saul
 
INSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMA
INSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMAINSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMA
INSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMA
Carlos Orozco Montua
 
El derecho civil
El derecho civilEl derecho civil
El derecho civil
STIAGOO
 

Similar a Ius (20)

Manual Derecho romano Alfred dipietro
Manual Derecho romano  Alfred dipietroManual Derecho romano  Alfred dipietro
Manual Derecho romano Alfred dipietro
 
Conceptos generales del derecho romano i
Conceptos generales del derecho romano iConceptos generales del derecho romano i
Conceptos generales del derecho romano i
 
Elconceptodederecho
ElconceptodederechoElconceptodederecho
Elconceptodederecho
 
Foro Derecho Romano
Foro Derecho RomanoForo Derecho Romano
Foro Derecho Romano
 
Introduccion al derecho desde derecho agro ambiental
Introduccion al derecho desde derecho agro ambientalIntroduccion al derecho desde derecho agro ambiental
Introduccion al derecho desde derecho agro ambiental
 
Que es derecho
Que es derechoQue es derecho
Que es derecho
 
CLASIFICACION DEL DERECHO GERARDO.pptx
CLASIFICACION DEL DERECHO GERARDO.pptxCLASIFICACION DEL DERECHO GERARDO.pptx
CLASIFICACION DEL DERECHO GERARDO.pptx
 
Derecho romano 1 p c
Derecho romano 1 p cDerecho romano 1 p c
Derecho romano 1 p c
 
introducción al derecho lucero exposición .pptx
introducción al derecho lucero exposición .pptxintroducción al derecho lucero exposición .pptx
introducción al derecho lucero exposición .pptx
 
Derecho romano conceptos generales
Derecho romano conceptos generalesDerecho romano conceptos generales
Derecho romano conceptos generales
 
INSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMA
INSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMAINSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMA
INSTITUCIONES POLITICAS EN LA ANTIGUA ROMA
 
Derecho Romano: Temas 1 y 2
Derecho Romano: Temas 1 y 2Derecho Romano: Temas 1 y 2
Derecho Romano: Temas 1 y 2
 
Ites romano
Ites romanoItes romano
Ites romano
 
Ljjg
LjjgLjjg
Ljjg
 
NOCIONES DE IUS .docx
NOCIONES DE IUS .docxNOCIONES DE IUS .docx
NOCIONES DE IUS .docx
 
El derecho civil
El derecho civilEl derecho civil
El derecho civil
 
INTRODUCION AL DERECHO
INTRODUCION AL DERECHOINTRODUCION AL DERECHO
INTRODUCION AL DERECHO
 
Derecho
DerechoDerecho
Derecho
 
Dualismo jurídico
Dualismo jurídicoDualismo jurídico
Dualismo jurídico
 
Derecho romano marcelo
Derecho romano marceloDerecho romano marcelo
Derecho romano marcelo
 

Más de eipel

Cuestiones previas conceptos
Cuestiones previas conceptosCuestiones previas conceptos
Cuestiones previas conceptos
eipel
 
psicología criminal
psicología criminalpsicología criminal
psicología criminal
eipel
 
Reflexiones
ReflexionesReflexiones
Reflexiones
eipel
 
paciente médico abogado
paciente  médico  abogado paciente  médico  abogado
paciente médico abogado
eipel
 
Enfermeria
EnfermeriaEnfermeria
Enfermeria
eipel
 
Principios generales del derecho
Principios generales del derechoPrincipios generales del derecho
Principios generales del derecho
eipel
 
El acceso a la justicia como garantía de los
El acceso a la justicia como garantía de losEl acceso a la justicia como garantía de los
El acceso a la justicia como garantía de los
eipel
 
Justicia venezuela
Justicia venezuelaJusticia venezuela
Justicia venezuela
eipel
 
Convencion americana sobre derechos humanos
Convencion americana sobre derechos humanosConvencion americana sobre derechos humanos
Convencion americana sobre derechos humanos
eipel
 
Abogacia ojo bueno
Abogacia ojo buenoAbogacia ojo bueno
Abogacia ojo bueno
eipel
 

Más de eipel (15)

Paro cardiaco y resucitacion
Paro cardiaco y resucitacionParo cardiaco y resucitacion
Paro cardiaco y resucitacion
 
Paro cardiaco y resucitacion
Paro cardiaco y resucitacionParo cardiaco y resucitacion
Paro cardiaco y resucitacion
 
Muerte subita-cardiaca
Muerte subita-cardiacaMuerte subita-cardiaca
Muerte subita-cardiaca
 
Paro cardiorrespiratorio
Paro cardiorrespiratorioParo cardiorrespiratorio
Paro cardiorrespiratorio
 
Presentacion de-pediatria
Presentacion de-pediatriaPresentacion de-pediatria
Presentacion de-pediatria
 
Cuestiones previas conceptos
Cuestiones previas conceptosCuestiones previas conceptos
Cuestiones previas conceptos
 
psicología criminal
psicología criminalpsicología criminal
psicología criminal
 
Reflexiones
ReflexionesReflexiones
Reflexiones
 
paciente médico abogado
paciente  médico  abogado paciente  médico  abogado
paciente médico abogado
 
Enfermeria
EnfermeriaEnfermeria
Enfermeria
 
Principios generales del derecho
Principios generales del derechoPrincipios generales del derecho
Principios generales del derecho
 
El acceso a la justicia como garantía de los
El acceso a la justicia como garantía de losEl acceso a la justicia como garantía de los
El acceso a la justicia como garantía de los
 
Justicia venezuela
Justicia venezuelaJusticia venezuela
Justicia venezuela
 
Convencion americana sobre derechos humanos
Convencion americana sobre derechos humanosConvencion americana sobre derechos humanos
Convencion americana sobre derechos humanos
 
Abogacia ojo bueno
Abogacia ojo buenoAbogacia ojo bueno
Abogacia ojo bueno
 

Último

Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
patriciaines1993
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
EliaHernndez7
 

Último (20)

Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdfSesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
 
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdfBiografía de Charles Coulomb física .pdf
Biografía de Charles Coulomb física .pdf
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
Supuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docxSupuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docx
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdfRevista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
 
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicasUsos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
 
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptxPower Point E. S.: Los dos testigos.pptx
Power Point E. S.: Los dos testigos.pptx
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 
Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfactiv4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdfFactores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
 
origen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literarioorigen y desarrollo del ensayo literario
origen y desarrollo del ensayo literario
 

Ius

  • 1. Ius El término Ius es la palabra en latín que hace referencia al Derecho. Es llamado así por derivar de justicia, pues, como define Juvencio Celso (el hijo de Celso): El Derecho es la técnica de lo bueno y lo justo. En razón de lo cual se puede llamar a los juristas, junto con los médicos, sacerdotes; en efecto, rinden teórico culto a la justicia y profesan el saber de lo bueno y de lo justo, separando lo justo de lo injusto, discerniendo lo lícito de lo ilícito, anhelando hacer buenos a los hombres, no sólo por el temor de los castigos, sino también por el estímulo de los premios, dedicados, si no yerro, a una verdadera y no simulada filosofía. Ulpiano, Digesto 1, 1, 1, pr.- 1 En estas palabras, con las que se inicia el Digesto, en- contramos la definición del ius de Juvencio Celso, como arte o técnica de lo bueno y lo justo. El texto de Ulpiano nos sitúa en los fundamentos morales y religiosos de lo jurídico. Ius significa “lo justo” según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de justicia. La expresión de Derecho, como los términos de las len- guas románicas, procede de directum, palabra utilizada en el lenguaje vulgar del bajo imperio.[1] En la Antigua Roma, el término ius tuvo diversos signifi- cados a lo largo de su historia: • Ius = Derecho objetivo. Conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico (Derecho po- sitivo). • Ius = Derecho subjetivo. Derecho o acción jurisdic- cional de una persona a exigirle a otra que de, haga o deje de hacer algo (Derecho personal). En Roma no se hablaba de “tener” derechos, sino de acciones para exigirlos. Por ejemplo, la acción reinvindica- toria: si un ciudadano romano tenía un caballo y se lo quitaban, él no era "dueño" del caballo, sino que podía ir a un juicio para exigir su derecho. • Ius = Status. Condición de situación jurídica, es de- cir, una facultad. • Ius = Arte de lo bueno y lo equitativo (Definición de Aurelio Cornelio Celso).(IUS EST ARS BONI ET AEQUIS) • Ius = Rito. Expresión ritual. • Ius = Encuadre jurídico de una situación. Facultad de “decir el derecho" (iurisdictio), es decir, darle for- ma jurídica a un caso concreto (función del pretor). • Ius/Iuris = Etapa procesal en un juicio. Las dos eta- pas fueron la fase in iure y la apud iudicem. En el siglo IV o V (primeros siglos de la Edad Media), se empezó a usar el término "directum", el cual reemplazó al ius. 1 Análisis del ius. “La palabra Ius se emplea en varias acep- ciones: una, cuando se llama Ius a lo que siem- pre es justo y bueno, como es el derecho na- tural; otra acepción, lo que en cada ciudad es útil para todos o para muchos, como es el de- recho civil; y no con menos razón se llama Ius, en nuestra ciudad, al derecho honorario. Se di- ce también que el Pretor aplica el Ius incluso cuando decide injustamente, refiriéndose, cla- ro está, no a lo que el Pretor hizo, sino a lo que el Pretor debería hacer. Se llama Ius, en otro sentido, al lugar en el que el Pretor aplica el Ius, dándose la denominación de lo que se hace al lugar de esta manera: el lugar donde el Pre- tor, conforme a la majestad de su imperio y a la costumbre de los antepasados, determina de- clarar el Ius se llama, con razón, Ius.” Paulo.[2] Ius es el equivalente latino de nuestro vocablo "derecho". En un primer lugar ius significa el conjunto de normas que constituyen un ordenamiento jurídico (derecho objetivo). El derecho y la religión en la Roma antigua se desarrollan de modo contemporáneo y paralelo. Hay un carácter re- ligioso en la organización romana. El monarca, más que un jefe político es autoridad religiosa. El logro de la finalidad jurídica irá unido a la realización de las solemnidades prescriptas, indicadas por los pontí- fices, del mismo modo que la ceremonia sagrada se enca- mina a lograr el favor de los dioses. Ius para algunos sería lo que liga, ata y vincula a las personas entre sí; de esta posición deriva la que resalta la idea de lo que está unido por estar circunscrito, por te- ner forma circular, es decir, lo establecido por un tribunal 1
  • 2. 2 1 ANÁLISIS DEL IUS. o asamblea y que, como consecuencia, une, vincula. Otra opinión afirma que ius provendría de iouis, de donde la fuente que emana el ius es la divinidad. Ius se muestra como la pretensión que alguien puede tener respecto de algo o de alguien con relación a los demás. Lo jurídico siempre importa una relación con el otro, de tal forma que quien posee el ius está en la situación óp- tima, que siempre lo es respecto a la situación de otro u otros. También el ius se muestra como el restableci- miento, a partir de su vulneración, del derecho que me corresponde a través de la tarea del órgano adecuado. Ius es entonces el estado óptimo que se alcanza con rela- ción a otro y al que se llega por el cumplimiento de los ritos necesarios. En una primera etapa el cumplir con los ritos determina- ba la licitud del acto y definía al IUS. Autores latinos usan a menudo ritus y mos, es decir rito y costumbre. Aparece de este modo la relación entre el rito y las mores maio- rum, fuente del derecho de la época arcaica. Además ius designa a la solemnidad misma, que indica la situación iusta en las relaciones entre particulares. También se utilizaba la expresión ex iure quiritium, que debe interpretarse como la plenitud de una determinada situación jurídica atribuida por el Ius, a la que se llega- ba utilizando el rito apropiado y eficaz a la misma. Otra acepción nos lleva a la designación del lugar donde se ad- ministra justicia: así la in ius vocatio (convocatoria ante la justicia) ya aparece en el texto decenviral.[3] Ante la controversia traída por las partes, el Pretor deberá señalar cuál resulta la conforme al IUS (iusta) y cuál la contraria (iniusta). Será a partir del ius que el magistrado extraerá la regla (regula) en base a la cual dirimiría el litigio (litis). 1.1 El uso del IUS en Derecho Romano. 1. Definición del IUS por Celso . El derecho, “ius”, etimológicamente considerado, viene del latín “directum”. “Ius” es empleado por los romanos para designar tanto el derecho objetivo – “ius civile, ius gentium” – como el subjetivo – “ius utendi, ius fruendi” −. En su sentido objetivo, es definido por Celso como “ars boni et aequi” – el derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo. 2. El uso del IUS. El ius es usado por las personas quienes profesan el saber de lo bueno y de lo justo, y separan lo justo de lo injus- to, y anhelan hacer buenos a los hombres, no sólo por el temor de los castigos, sino también por el estímulo de los premios. Se podría decir en este punto que no se debe entrar en conciencia de los hombres solo por hacerles saber que si actúan en forma errónea pagaran sus actos con castigos, si no hacerles saber que el actuar de forma correcta los llevara simplemente a la satisfacción personal y al éxito. En el texto de Domicio Ulpiano , un Jurista Romano de origen fenicio, nos dice con fundamentos morales y reli- giosos de lo jurídico, definió la justicia como la continua y perpetua voluntad de dar a cada quien lo que merece. En su forma de pensar reciproca de Domicio en darle a cada individuo lo que “merece” es el resultado de cada persona debido a su manera de actuar. Según las concepciones sociales y las decisiones de los expertos de justicia “Ius” significa “lo justo”. Hablemos del “Ius” como Derecho subjetivo: es el De- recho o acción jurisdiccional de una persona a exigirle a otra que de, haga o deje de hacer algo digamos esto como un Derecho personal. La palabra Ius se emplea en varias acepciones: 1.- una, cuando se llama Ius a lo que siempre es justo y bueno, como es el “Derecho Natural” lo que todos las personas creemos que es lo correcto. 2.- lo que en cada ciudad es útil para todos o para muchos, como es el “Derecho Ci- vil”, podemos mencionar en este precepto el derecho a votar o a la vivienda. 3.- Se llama Ius, en otro sentido, al lugar en el que el Pretor aplica el Ius, dándose la denomi- nación de lo que se hace al lugar de esta manera: el lugar donde el Pretor, conforme a la majestad de su imperio y a la costumbre de los antepasados, determina declarar el Ius se llama, con razón, Ius.” 3. Ius praecepta. Llegan a roma dos corrientes filosóficas helenas opuestas: el estoicismo (ética sublime) y el epicureísmo (proclama que el sumo bien consiste en la voluptuosidad, el sumo mal en el dolor). El estoicismo suaviza en parte las crude- zas de la vida romana al enseñar que hay que conformar la vida con la naturaleza y la razón, procurando despegarse de todos los afectos y despreciar todas las cosas terrenas que no sean la misma virtud, requisito para ser verdade- ro sabio. Los principios de esta corriente filosófica fueron los que informaron el texto de Ulpiano donde dice que los preceptos del derecho son estos: - Vivir honestamente - No dañar a otro - Dar a cada uno lo suyo. 4. Ius publicum y ius privatum. Justiniano en sus Instituciones divide el estudio del dere- cho en público y privado. Derecho público es aquel que trata del gobierno de los romanos. Ulpiano resume su ob- jeto en estos tres términos: a) Sacra, esto es, lo concer- niente al culto de los dioses, a sus diversos ritos y sacri- ficios. b) Sacerdotes, es decir, su organización, funciones y prerrogativas. c) Magistratus, su número, naturaleza y atribuciones. Entra también la competencia y la organi- zación de las asambleas populares y del senado. Derecho privado es el que se refiere a la utilidad de los particula- res, esto es, el que reglamenta sus diferentes relaciones y actividades. ''''5. Ius naturale, Ius Gentium, Ius civile.''''
  • 3. 3 Ius naturale. Según Justiniano es aquel que la naturaleza imbuye a todos los animales. Según Cicerón es un con- junto de principios que emanan de la voluntad divina y que el hombre, por el solo hecho de serlo, está dotado de ellos. Por medio de este derecho sabemos lo que hay qué hacer y qué es lo que hay que evitar. Se manifiesta por juicios breves y prácticos: haz el bien, evita el mal. Ius Gentium, Ius civile. En toda legislación hay leyes que los tribunales no deben aplicar sino a los ciudadanos del mismo, civil; por el contrario, hay otras que esos mismos tribunales deben aplicar a las relaciones de los extranje- ros entre sí, o entre éstos y los ciudadanos, estas leyes forman el ius Gentium. El derecho de gentes es común a todos los hombres, no así el derecho civil que es pri- vativo de los ciudadanos. El primero procede de la natu- raleza racional de los hombres y de las relaciones comu- nes que entre sí tienen; el segundo dimana de la voluntad del pueblo que lo ha establecido especialmente para sí, de tal modo que cuando un extranjero hacía testamen- to en Roma utilizando las formas romanas, los tribunales romanos no permitían que se ejecutara; por el contrario, cuando se asociaban un romano y un peregrino, las le- yes romanas garantizaban el cumplimiento del contrato. El derecho privado consta de tres partes: de los preceptos del derecho natural, del derecho de gentes, del derecho civil. 6. Ius honorarium. En el año 367 aC, fue creada la magistratura de la pretura, su titular, el pretor, era el encargado de administer justi- cia a sus conciudadanos. Posteriormente hubo un pretor peregrino y otras magistraturas, tales como la de los edi- les, curules. Estos magistrados fueron los autores del de- recho honorario. El derecho pretorio fue adquiriendo im- portancia, formando un cuerpo de disposiciones propias frente a las establecidas por el derecho civil, lo que se co- noce como el dualismo del Derecho Romano, dualismo que perdura hasta que Justiniano funde ambos derechos, para formar uno solo. 7. Ius scriptum y ius non scriptum. Considerando el punto de vista de su formación, los ro- manos dividieron el derecho en escrito y no escrito. El derecho escrito es el formulado y promulgado por una autoridad constituida, el derecho no escrito es el no pro- mulgado, aquel que el uso ha formado poco a poco y que en un momento dado se encuentra aceptado por todos, sin que sea posible determinar la época precisa de su intro- ducción. Las normas establecidas por la costumbre, aun- que hayan sido escritas más tarde, conservan su nombre de derecho no escrito. A la inversa, el derecho promulga- do regularmente se llama derecho escrito aun cuando no esté escrito ni grabado sobre madera. Bibliografía. Bravo González, Agustín y Bravo Valdez, Beatriz. “Primer curso de Derecho Romano”. Decimo- séptima Edición. Editorial Porrúa. México, 2000. http: //www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/102.pdf 2 Véase también • Derecho romano • Ius civile (Derecho Civil) • Ius gentium (Derecho de Gentes) • Ius honorarium (Derecho Honorario o pretorio) • Ius naturale (Derecho Natural) • Iustitia (Justicia) 3 Referencias [1] Manuel García Garrido, Derecho romano privado. [2] Digesto: 1,1,11 [3] El Romano, la tierra, las armas. Evolución histórica de las Instituciones del Derecho Romano. Haroldo Ramón Gavernet y Mario Antonio Mojer. Editorial Lex, 1992. La Plata, Argentina. ISBN: 950-9076-30-9. 4 Bibliografía • Manual de Derecho Romano - Di Pietro, Alfredo - Lapieza Elli, Angel Enrique
  • 4. 4 5 TEXTO E IMÁGENES DE ORIGEN, COLABORADORES Y LICENCIAS 5 Texto e imágenes de origen, colaboradores y licencias 5.1 Texto • Ius Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Ius?oldid=77574800 Colaboradores: Yakoo, BOT-Superzerocool, José., Filipo, AlvaroAS, Meltryth, Rastrojo, Guille, Pólux, Technopat, Muro Bot, Casadegina, PaintBot, Cobalttempest, BetoCG, Boto a Boto, Pizarra23, Asta- BOTh15, Abece, Angelevyn, Serajusticia, ChessBOT, Grillitus, Jcaraballo, KLBot2, Johnbot, Elvisor y Anónimos: 19 5.2 Imágenes 5.3 Licencia de contenido • Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0