Este documento describe el proceso de reunión normativa laboral en Venezuela. Explica que es una forma de celebrar convenciones colectivas convocando sindicatos de trabajadores y patronos con el fin de mejorar las condiciones laborales en una rama de actividad. Detalla los requisitos para solicitar una reunión normativa, el proceso de convocatoria, la duración de 120 días prorrogables, y que debe culminar en un acuerdo colectivo o ser sometido a mediación y arbitraje.
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
Reunión Normativa Laboral
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas
Escuela de Derecho
Reunión Normativa Laboral
• Alumna: Emily Absalón.
• C.I.: 25149080
• Asignatura: Derecho Colectivo del Trabajo
• Prof.: Dailyn Colmenares
• Sección: SAIA F
• Año: 4to año
2. Reunion Normativa Laboral
Debe contener:
•Indicación expresa de la
rama de actividad de que se
trate.
•Nomina de afiliados en caso
de Organización Sindical.
•Nomina de Trabajadores.
•Proyecto de Convención
Colectiva de Trabajo.
Solicitud
1.Que los Patronos
representen la mayoría en
la rama de actividad de
que se trate, a escala
local, regional o nacional.
2.Que las Organizaciones
Sindicales representen a
la mayoría de los
trabajadores en la rama de
actividad de que se trate.
La Convocatoria se ordenara
mediante Resolución en
Gaceta Oficial, y la
Resolución contendrá:
•Dia, hora y sede de la
Reunión.
•Lista de Patronos y
Trabajadores.
•Rama de Actividad de que
se trate.
•Alcance Local, Regional o
Nacional.
•Suspensión de Tramites
como Pliego de Peticiones.
•Advertencia de que ningún
trabajador podrá ser
despedido, desmejorado o
trasladado.
Convocatoria
|
La Reunión Normativa Laboral
terminara a los 120 días de su
instalación, pudiendo la partes
convenir una prorroga.
Duración de la Reunión
Normativa Laboral
Mediación y Arbitraje
Oportunidad para
oponerse a la Reunión
Uno o varios Sindicatos,
Federaciones,
Confederaciones o Centrales
Sindicales de Trabajadores,
uno o varios Patrones no
convocados a la Reunión,
podrán adherirse. La Solicitud
de Adhesión debe ser por
escrito dirigida al funcionario
que presida la Reunión. |
Adhesión
Es una de la formas de celebrar una convención colectiva. Se convoca o
reconoce entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios
sindicatos de patronos, con la finalidad de mejorar las condiciones de
prestación del servicio en una misma rama de actividad, con alcance local,
regional o nacional, del sector público o del sector privado y siempre con
intervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita: trabajadores
- autoridad administrativa - patronos.
Requisitos
Art.
453
Art.
454
Art.
456
En la instalación de la
Reunión, podrá cualquiera de
las partes o un tercero
afectado, oponer alegatos o
defensas de fondo de la
solicitud tendientes o no a
impedir la continuación de la
Reunión.
Tales alegatos o defensas no
paralizaran el curso de la
Reunión y serán resueltos
por el Ministerio en un lapso
de 5 días; si hay pruebas
serán 4 días, vencido este
lapso se decidirá en 5 días.
Art.
460
Art.
461
Art.
464
Cuando la Reunión no
culmine con un acuerdo
definitivo, el Ministerio del
Poder Popular con
competencia en materia de
Trabajo, someterá las
diferencias a Mediación,
de acuerdo a la Ley
Orgánica Procesal del
Trabajo, para tramitar una
audiencia de mediación.
Si no fuera posible la
conciliación, el funcionario
de trabajo, someterá el
conflicto a Arbitraje.
Art.
465
Art.
462
Obligaciones de los
Convocados
Se considerara legalmente
obligado:
•Al patrón o Sindicato de
Patronos.
•Sindicatos, Federaciones,
Confederaciones o
Centrales Sindicales de
Trabajo.
Que hayan sido
convocados o adheridos.
Art.
463
Protección a la Pequeña y
mediana industria
Al existir diferencias
sustanciales entre las
entidades de trabajo grandes,
medianas o pequeñas, la
Convención Colectiva de
Trabajo deberá establecer
condiciones para aplicar
clausulas que las protejan.
Acto emitido por un órgano
administrativo o
jurisdiccional en cuya
virtud se decide sobre
cuestiones tanto de índole
instrumental como
procedimental, las cuales
puede afectar o no a los
derechos y deberes de
quienes son parte o son
interesados, de carácter
sustantivo o de fondo.
Resolución
3. BIBLIOGRAFIA
Ley Organica del Trabajo, las
Trabajadoras y los Trabajadores
(LOTTT)
http://www.enciclonet.com/articulo
/resolucion-derecho/
http://cj-
trabajosdederecho.blogspot.com/20
07/03/derecho-laboral-ii-reunin-
normativa.html