PROCESOS EXTRAORDINARIOS EN EL DERECHO PROCESAL BOLIVIANO.pptx
CONVOCATORIA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES
1. VICERRECTORADO ACADEMICO
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
Convocatoria y constitución de la
reunión normativa laboral y
Resolución para instalar la reunión
normativa laboral
YORGELIS CASIQUE
22.333.370
2. como sucede la Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral,
cuáles son los Requisitos legales de la reunión normativa laboral.
La Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral seda por medio de una
solicitud para así poder iniciar el llamado o la convocatoria de una reunión normativa
laboral, esta convocatoria debe realizarla diferentes bases como son los sindicatos,
federaciones, confederaciones o centrales sindicales de trabajadoras y trabajadores,
uno o varios patrones, que son los entes encargado de luchar y velar por los deberes
y beneficios de los trabajadores, esta convocatoria que será convocada por las
entidades ya mencionadas será dirigida al Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia del trabajo para negociar o suscribir una convención colectiva
de trabajo en fin de velar por los y las trabajadoras que así llamen a la reunión.
Para poder llevar a cabo la reunión se deben seguir ciertos criterios o lineamientos
conocido como requisitos que entre ellos tenemos
Los patronos y las patronas solicitantes representen la mayoría en la rama de
actividad de que se trate en escala local, regional o nacional.
Que las organizaciones sindicales de Trabajadores solicitantes representen la
mayoría de los sindicalizados y sindicalizadas en la rama de actividad que se trate,
en escala local, regional y nacional.
Una vez tenido el apoyo de los patrones y del movimiento sindical el ministerio del
poder popular con competencia en la materia de trabajo en el término de treinta días
debe de hacer una convocatoria de la reunión o en su defecto negar la reunión por
considerar que no se cumplen los requisitos legales para llevarla a cabo. La
convocatoria en caso de ser aprobada se mencionará el día y la hora en la que se
instalará la reunión normativa laboral y del mismo sentido se publicará el lugar donde
se llevará a cabo la reunión. Se publicará igualmente la lista de patronos y patronas
y de las organizaciones sindicales que hacen actividad en la rama, igualmente se
plasmara la rama de la actividad que se tratara, que tipo de alcance tiene la reunión
si esta será local, regional o nacional dependerá de lo que se proponga darle a la
reunión. Se anunciará que las convenciones colectivas o pliegos de peticiones en
3. curso serán canceladas los cuales sea parte alguno de los patrones convocados, de
igual manera se realizara una advertencia donde los patrones y patronas no podrán
ni despedir, ni trasladar ni desmejorara algún trabajador o trabajadora sin ninguna
causa que así lo pueda justificar.
Resolución para instalar la reunión normativa laboral y cómo funcionan Las
resoluciones de oficio por parte del ministerio del ramo.
Para instalar la reunión normativa laboral Está establecido en el Artículo 452 de la
LOTTT. La cual dice textualmente: “La convención colectiva de trabajo por rama de
actividad puede ser acordada en una Reunión Normativa Laboral, especialmente
convocada o reconocida como tal, entre una o varias organizaciones sindicales de
trabajadores y trabajadoras y uno o varios patronos, una o varias patronas o
sindicatos de patronos y patronas, con el objeto de establecer las condiciones según
las cuales debe prestarse el trabajo en una misma rama de actividad”.
Esto quiere decir que los trabajadores tienen derecho hacer un llamado para discutir
los términos de trabajo siendo estos apoyados por un grupo sindical que los
defenderán como patrones y del mismo modo tener representación patrones o
patronas que los represente en la defensa para discutir la contratación colectiva, en
tal sentido se debe entender según el artículo que para que esto pueda suceder debe
ser por medio de la mayoría de los trabajadores, y estar contratación puede darse a
nivel local siendo solo una organización o regional como por ejemplo la administración
de un estado, o a nivel nacional como por ejemplo se pudo observar en los docentes
el año escolar pasado.
La reunión normativa laboral es una de las formas de celebrar una Convención
Colectiva. Se convoca o reconoce entre uno o varios sindicatos de patronos, con la
finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio en una misma rama
de actividad, con el alcance local, regional y nacional, del sector público o del sector
privado y siempre con intervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita:
trabajadores-autoridad administrativa-patronos.
El efecto jurídico más importante de la reunión normativa laboral es que ésta obliga
a las partes a suspender la tramitación de todos los pliegos de peticiones y
negociaciones de convenciones colectivas en curso, hasta tanto no concluya la
reunión.
4. Según el artículo 531 el Ministerio del Trabajo deberá convocar la reunión o negarla
por auto razonado en un plazo de 30 días.
REFERENCIAS
TUABOGADO.COM
UNIDAD V REUNION NORMATIVA LABORAL
MONOGRAFIAS.COM