2. ¿QUIENES SON?
Los delegados o delegadas de
prevención son los representantes
de los trabajadores, elegidos por y
entre estos, por medios
democráticos, con atribuciones
específicas en materia de Seguridad
y Salud en el Trabajo y quienes serán
sus representantes en el CSySL
Artículo 41 de la LOPCyMAT
3. FUNDAMENTO LEGAL
“El gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela y de las
entidades políticas que la
componen es y será siempre
democrático, participativo,
electivo, descentralizado,
alternativo, responsable, pluralista
y de mandatos revocables”
Artículo 6 de la CRBV
4. FUNDAMENTO LEGAL
EL EMPLEADOR
Garantizar condiciones de Seguridad
y Salud a los trabajadores y
trabajadoras
EL ESTADO
Adoptar medidas para la promoción
y control de las Condiciones de
Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 87 de la CRBV
5. FUNDAMENTO LEGAL
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL
DEL TRABAJO
Convenio 155. Recomendación 164
Derecho de consulta y cooperación
de los trabajadores en la prevención
y control de los riesgos laborales que
puedan afectar su salud y seguridad
a través de la figura de “DELEGADOS
DE SEGURIDAD DE LOS
TRABAJADORES”
6. FUNDAMENTO LEGAL
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
Decisión 584 y su Reglamento
Participación de los trabajadores y
trabajadoras en la prevención de
los riesgos laborales mediante la
elección de “DELEGADOS DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO”
7. FUNDAMENTO LEGAL
LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)
Los trabajadores tiene derecho a
participar en la vigilancia,
mejoramiento y control de las
condiciones y medio ambiente de
trabajo y el la prevención de
enfermedades y accidentes
profesionales
Artículo 5 y 54 numeral 10 de la LOPCyMAT G.O. 38.236 26/07/05
8. FUNDAMENTO LEGAL
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES
Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCyMAT)
Elección de delegados o delegadas
de prevención en todo centro de
trabajo, establecimiento o unidad de
explotación de las diferentes
empresas o instituciones públicas
Artículo 41 de la LOPCyMAT
10. ATRIBUCIONES
•Recibir denuncias de:
–Las Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo y;
–De los programas e
instalaciones para la
recreación, utilización del
tiempo libre y descanso
•Tramitar estas denuncias ante
el CSSL
Artículo 42 de la LOPCyMAT
11. ATRIBUCIONES
•Promover y fomentar la
cooperación de los
trabajadores en la
ejecución de la normativa
sobre Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo
•Llevar a cabo acciones de defensa, promoción, control
y vigilancia de la SyST
•Coordinar con las organizaciones sindicales estas
acciones
Artículo 42 de la LOPCyMAT
12. ATRIBUCIONES
Participar
activamente con el
empleador en la
mejora de la acción
preventiva y la
promoción de la SST
Artículo 42 de la LOPCyMAT
13. FACULTADES DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCIÓN
•Acompañar a técnicos y asesores de la empresa y a los
funcionarios de la inspección del trabajo, en las evaluaciones del
medio ambiente de trabajo y en la verificación del cumplimiento
de la normativa legal, pudiendo formular las observaciones que
estime oportunas. (Infracción Grave)
•Tener acceso a la documentación e información relativa a las
condiciones de trabajo. (Infracción Leve)
•Solicitar información al empleador de las consecuencias de los
accidentes o enfermedades, pudiendo acceder en el lugar de los
hechos para conocer las circunstancias de los mismos.
(Infracción Leve)
Artículos 42, 118 numeral 1 y 119 numeral 15 de la LOPCyMAT
14. FACULTADES DE LOS DELEGADOS (AS)
DE PREVENCIÓN
•Solicitar los informes emanados por servicios de
seguridad y salud en el trabajo así como de los
organismos competentes. (Infracción Leve)
•Acceder a los lugares de trabajo y áreas destinadas
a la recreación y descanso para ejercer las labores
de vigilancia y control.
•Solicitar del empleador, la adopción de medidas de
carácter preventivo y para mejorar los niveles de
protección de la seguridad y salud, pudiendo a tales
efectos realizar propuestas al CSySL. La no adopción
de estas medidas por parte del empleador deberá
ser motivada. (Infracción Leve)
15. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
INAMOVILIDAD:
Una vez electos el o los delegados (as)
de prevención y hasta tres (3) meses
después de vencidos los dos años que
debe durar en sus funciones, quedan
investido de la inamovilidad
Efectos:
• No podrán ser despedidos trasladados y
desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa
causa previamente calificada por el Inspector del
Trabajo .
•La violación de esta inamovilidad laboral, acarreará
sanciones para el empleador con multas de 76 a 100
U.T.
Artículo 44 y 120 numeral 18 de la LOPCyMAT
16. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
LICENCIA REMUNERADA:
Se les debe otorgar licencia
remunerada para el ejercicio de sus
funciones, así como para la
formación en materia de salud y
seguridad en el trabajo.
Efectos del incumplimiento:
• Sanciones de 26 a 75 U.T.
Artículo 44 y 119 numeral 4 de la LOPCyMAT
17. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
FACILIDADES:
Facilidades para el
desempeño de sus
actividades cuando
actúa en el desempeño
de sus funciones
Artículo 44 de la LOPCyMAT
18. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS
DELEGADOS (AS) DE PREVENCION
FORMACIÓN:
Tiene derecho a recibir,
preferiblemente dentro de su
jornada, formación teórico y
práctica, suficiente, adecuada
y en forma periódica en
materia de seguridad y salud
en el trabajo y en el área de
promoción de programas para
la recreación, utilización de
tiempo libre, descanso y
turismo social.
Artículo 44 de la LOPCyMAT
19. INFORMES DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
El delegado o delegada de
prevención deberá presentar
informe sobre las actividades
desarrolladas ante el CSSL, y ante
el INPSASEL, de acuerdo con lo
establecido con el Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 44 de la LOPCyMAT
20. PERIODO DE DELEGADOS DE
PREVENCIÓN
REELECCIÓN
Los delegados o
delegadas de
prevención, duraran
dos años en sus
funciones pudiendo ser
reelectos por periodos
iguales
Artículo 44 de la LOPCyMAT
21. REVOCATORIA DE LOS DELEGADOS (AS)
DE PREVENCION
FACULTAD DE LOS TRABAJADORES DE REVOCAR A
LOS DELEGADOS EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
•Por inasistencias injustificadas a
las reuniones del Comité de
Seguridad y Salud Laboral.
•Omisión de la presentación de los
informes al Comité de Seguridad y
Salud Laboral.
•Incumplimiento de las
convocatorias y requerimientos
expresos del Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad
Laborales.
Artículos 45 de la LOPCyMAT
22. ROL DE EMPLEADORES, TRABAJADORES Y ESTADO EN
LA ELECCIÓN DE LOS DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN
EL EMPLEADOR
•Debe permitir que se elijan delegados o delegadas de prevención so pena
que se le imponga sanción por trabajador expuesto (Falta grave: 26 a 75 U.T.)
EL TRABAJADORES
•Deben participar activamente como candidato o como elector
INPSASEL O US
•Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las actuaciones
necesarias para elegir a sus delegados o delegadas de prevención
•Facultados para supervisar el desarrollo del proceso eleccionario
Artículos 119 numeral 13; 54 numeral 10; 49 numeral 3 y 44 2°, LOPCyMAT
23. DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE
PREVENCIÓN
CENTRO DE TRABAJO, ESTABLECIMIENTO O UNIDAD DE EXPLOTACIÓN
“En todo centro de trabajo, establecimiento, o unidad de explotación de las
diferentes empresas o de instituciones publicas o privadas” (Artículo 41 de la
LOPCyMAT)
EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL, INTERMEDIARIOS Y CONTRATISTAS
“Los trabajadores y trabajadoras contratados por empresas de trabajo
temporal, mediante intermediarios y los de contratistas tienen derecho a
designar delegados o delegadas de prevención ” (Artículo 50 de la LOPCyMAT)
COOPERATIVAS
“Quienes desempeñan labores en cooperativas u otras formas asociativas,
comunitarias, de carácter productivo o de servicio estarán amparados por
las disposiciones de esta Ley ” (Artículo 4, 2º párrafo de la LOPCyMAT)
24. DONDE DEBEN ELEGIRSE DELEGADOS DE
PREVENCION
CENTROS DE TRABAJO
Abarca todos los sitios donde los trabajadores deben permanecer o donde tienen que acudir por razón de su
trabajo, y que se hallan bajo el control directo o indirecto del empleador (Convenio 155 de la OIT sobre
seguridad y salud de los trabajadores)
EMPRESA INSTITUCIÓN UNIDAD DE EXPLOTACION
Unidad de producción de bienes o Organismo que desempeña una Toda combinación de factores de
de servicios constituida para función de interés público, la producción sin personería
realizar una actividad económica especialmente benéfico o docente jurídica propia ni organización
con fines de lucro (Artículo 16 (RAE) permanente, que busca satisfacer
LOT) necesidades y cuyas operaciones
se refieren a un mismo centro de
actividad económica (Artículo 16
ESTABLECIMIENTO LOT)
La reunión de medios materiales y de un personal permanente que
trabaja, en general, en un mismo lugar, en una misma tarea, y que está
sometido a una dirección común, tenga o no fines de lucro (Artículo 16
LOT)
25. NÚMERO DE DELEGADOS (AS) DE PREVENCIÓN
ASPECTOS A CONSIDERAR:
NUMERO DE NÚMERO DE DELEGADOS O
TRABAJADORES DELEGADAS DE PREVENCIÓN
•Número de
1 a 10 1
trabajadores y 11 a 50 2
trabajadoras, 51 a 250 3
•La organización del 251 a 750 4
751 a 1250 5
trabajo,
1251 a 1750 6
•Los turnos de trabajo, 1751 a 2250 7
•Aéreas, departamentos 2251 a 2750 8
2751 a 3250 9
o ubicación de los 3251 a 3750 10
espacios físicos; Y así sucesivamente se adiciona un delegado o delegada de
prevención por cada 500 trabajadores o fracción
•Peligrosidad de los
procesos de trabajo.
Artículo 41 de la LOPCyMAT
26. TRABAJADORES A CONTABILIZAR PARA LA
DETERMINACIÓN DEL Nº DE DELEGADOS (AS)
EXCEPCIONES:
•Directores, administradores, jefes de relaciones industriales,
jefes de personal, capitanes de buques o aeronaves,
liquidadores o depositarios y demás personas que ejerzan
funciones de dirección o administración, por ser representantes
del empleador.
•Empleados de dirección y trabajadores de confianza que
participan en la administración (quien ordena, dispone o
organiza) del negocio o en la supervisión de otros, con
excepción de aquellos cuya labor implica el conocimiento
personal de secretos industriales.
•La calificación de los cargos antes referidos debe hacerse
observando el principio de supremacía de la realidad sobre las
formas o apariencias.
Artículo 42, 45, 47, 50, 51, de la LOT
27. INICIATIVA PARA LA ELECCIÓN DE LOS
DELEGADOS (AS)
LOS TRABAJADORES
•Están facultados para que por si mismo o a través de sus
organizaciones, notifiquen al Inspector del Trabajo, la voluntad
de elegir a los delegados o delegadas de prevención (Artículo
44 de la LOPCyMAT).
INPSASEL O UNIDAD DE SUPERVISIÓN (US)
•Facultados para convocar a los trabajadores a realizar las
actuaciones necesarias para elegir a sus delegados o delegadas
de prevención
Artículo 49 numeral 3 y 44 2º párrafo de la LOPCyMAT
28. NOTIFICACION AL INSPECTOR DEL
TRABAJO. EFECTOS
¿Quién la realiza?
•Los trabajadores o sus organizaciones
•El funcionario de inspección del IPSASEL o US pueden servir como gestores de dicha
notificación.
¿Cuántos trabajadores la realizan?
•Dos o mas trabajadores, con excepción de los centros de trabajo que tengan un solo
trabajador
Efectos
•A partir de la notificación y durante 30 días el conjunto de trabajadores y trabajadoras
quedan amparados por inamovilidad establecida en el artículo 449 de la Ley Orgánica del
Trabajo.
•Los trabajadores amparados no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus
condiciones de trabajo, sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo.
•Despido, traslado o desmejora con ocasión del goce de este derecho, tipificado como
infracción muy grave ( 2.234.400 Bs. a 2.940.000 Bs. por cada trabajador expuesto.
•Inspector del Trabajo queda obligado a notificar al inspector del trabajo
Artículo, 49 numeral 3 y 44 2º párrafo y 120 numeral 17 de la LOPCyMAT
30. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
Sufragio
Se ejerce
mediante
votaciones, libres,
universales,
directas y
secretas.
Artículos 63 de la CRBV
31. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
1 SUPERVISIÓN DEL PROCESO ELECTORAL
•El artículo 44 de la LOPCyMAT,
establece que el proceso eleccionario
deberá ser supervisado.
•Correspondería esta supervisión a
los órganos gestores y de supervisión
e inspección del Régimen
Prestacional de Seguridad y Salud en
el Trabajo (INPSASEL y Unidades de
Supervisión)
Artículo 44 y 12 numeral 2, de la LOPCyMAT
32. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
2 PUBLICIDAD
Garantizar la
publicidad a los
fines de propiciar la
participación
33. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
3 CONVOCATORIA
•La realizan los
trabajadores.
•INPSASEL ó US
convocan a los
trabajadores a realizar
las actuaciones
necesarias para elegir
a sus representantes
en el CSySL
34. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
4 BOLETAS DE VOTACIÓN
•Principio de
personalización del voto
•Como mínimo colocar
nombre (s) y Apellido (s)
del o los candidatos.
•Selección de tantos
candidatos como cargos
a elegir
35. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
5 POSTULACIÓN
•Por iniciativa propia
•Verbal, JUAN ALVAREZ
manifestando la
colocación del
candidato en la
boleta de votación
36. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
5 POSTULACIÓN
•En forma escrita
llenando el
formulario
37. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
6 COMISIÓN ELECTORAL
•Trabajadores
podrán nombrar
una comisión
electoral.
•INPSASEL ó US
supervisarán
desarrollo del
proceso
38. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
7 MESAS DE VOTACIÓN
•Instalar mesas de
votación tomando en
consideración
– Número de trabajadores
– Turnos de trabajo
– La organización del
trabajo
– Áreas, departamentos o
ubicación de los espacios
físicos
39. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
8 APERTURA DE MESAS
•Las personas designadas por
los trabajadores deberán
aperturar las mesas de votación
a la hora fijada para tales
efectos, dejando constancia de:
–Fecha y hora de apertura de
cada mesa de votación
–Nombres, apellidos y cédula de
identidad de los trabajadores
presentes al momento de la
apertura de la mesa
–Cualquier otro dato que se
considere relevante para el
proceso
40. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
9 CUADERNO DE VOTACIÓN
• Elaborar cuadernos de
votación que contenga como
mínimo la siguiente
información:
–Nombre y apellidos de los
trabajadores que tienen
derecho a sufragar
–Cédula de identidad
–Firma de los trabajadores
–Huella dactilar
–Espacio reservado para la
colocación de la palabra
“VOTO” o “NO ASISTIÓ”
según corresponda.
41. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
10 ACTO DE VOTACIÓN
• Seguir el siguiente procedimiento:
1) Los electores, deberán identificarse en la mesa de
votación respectiva;
2) Serán verificados en los cuadernos de votación
elaborados al efecto;
3)Se les suministrará la boleta de votación y explicará
brevemente cómo marcar la opción de su preferencia;
4)Se trasladarán al lugar destinado a tal fin y votarán de
manera directa y secreta;
5)Seleccionará el o los candidatos de su preferencia
usando la boleta destinada para ello;
42. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
11 ACTO DE VOTACIÓN
5)Cuando se elijan más de un delegado, por tratarse de una votación
plurinominal, el trabajador tendrá derecho a seleccionar tantos candidatos
como delegados de prevención se vayan a elegir, por ejemplo, si se van a
elegir tres delegados, el trabajador tiene derecho a seleccionar hasta tres
candidatos pudiendo elegir solo uno o dos de ellos pero no mas de tres;
6)Depositarán su voto en la caja cerrada; y
7)Firmarán el cuaderno de votación como constancia de haber ejercido el
derecho al voto y se colocará la palabra “VOTO”, en la casilla
correspondiente.
8)Una vez concluido el acto de votación se procederá a colocar la palabra
“NO ASISTIÓ” en las casillas del cuaderno de votación correspondientes a
los electores que no hayan concurrido a ejercer su derecho al voto.
43. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
12 ESCRUTINIO DE VOTOS
• Será público y se realizará en presencia de los trabajadores,
los candidatos y del funcionario o funcionaria que supervise la
realización de las elecciones, dejándose constancia en acta
suscrita de:
–Lugar, fecha y hora de inicio de la fase de escrutinio de votos;
–Identificación de las personas que realizan el escrutinio de votos (Nombre,
apellido, cédula de identidad y el carácter con que actúan);
–Número de votos validos para cada uno de los candidatos;
–Número de votos nulos;
–Indicación de los trabajadores electos como delegados o delegadas de
prevención (Nombre, apellido y cédula de identidad).
–Cualquier otro dato que se considere relevante.
–Original de esta acta y el cuaderno de votación, acompañará el registro de
delegados, correspondiéndole al trabajador las copias de estos documentos
44. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
12 ESCRUTINIO DE VOTOS
• Criterios para la consideración de votos nulos:
– Cuando elector marque fuera del óvalo o
marque de tal manera que sea imposible
determinar la intención de voto del elector;
– No aparezca marcado ningún óvalo en la
boleta electoral;
–Cuando aparezca marcado en la boleta
electoral, un número de óvalos superior al
número de cargos a elegir;
–La boleta electoral se encuentre mutilada o
destruida con pérdida de sus datos esenciales
impidiendo la determinación de la intención de
voto del elector.
45. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
12 ESCRUTINIO DE VOTOS
46. ELECCION DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
13 DETERMINACIÓN DEL TRABAJADOR ELECTO
• Resultarán electos aquel o
aquellos trabajadores que
obtengan la mayoría de
votos durante el proceso.
•En caso de empate repetir
elecciones donde participen
los candidatos afectados por
el empate.
47. REGISTRO DE LOS DELEGADOS (AS) DE
PREVENCION
El INPSASEL cumpliendo
con sus competencias,
crea el registro de
delegados o delegadas de
prevención el cual será
realizado en las unidades
técnico administrativas
(DIRESAT).
Artículos 44, 46 y 18 numeral 18, de la LOPCyMAT