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CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL (2014)
2015
LEYES 26.994 Y 27.077
Jorge Pérez Delgado
Código Civil y Comercial (2014)
Características principales:
a) Es un código único en materia civil y comercial (2671 artículos)
---
b) Sustituye al Código Civil sancionado en 1869 (4051 artículos);
---
c) Sustituye al Código de Comercio, sancionado como código nacional en 1862,
reformado en 1889 (1611 artículos)
---
d) Deja vigentes diversas leyes
Título preliminar
Libro I. Parte general: persona (humana y jurídica), bienes, hechos y actos
jurídicos, transmisión de los derechos
Libro II. Relaciones de familia: matrimonio (y su régimen patrimonial); uniones
convivenciales; parentesco, filiación, adopción, responsabilidad parental,
procesos de familia
Libro III. Derechos personales:
Obligaciones en general
Contratos en general
Contratos de consumo
Contratos en particular
Otras fuentes de obligaciones
Código Civil y Comercial (2014)
Libro IV. Derechos reales.
Libro V. Transmisión de derechos por causa de muerte.
Libro VI. Disposiciones comunes a los derechos personales y reales:
prescripción y caducidad
privilegios
retención
derecho internacional privado
Código Civil y Comercial (2014)
TÍTULO PRELIMINAR
Título Preliminar
Derecho:
ARTÍCULO 1º. Fuentes (CN, tratados, ley, costumbre).
ARTÍCULO 2º. Interpretación (analogía)
ARTÍCULO 3º. Deber de resolver: “decisión razonablemente fundada”
Ley:
ARTÍCULO 7º. Eficacia temporal de la ley.
Principio general: efecto inmediato
Las leyes no tienen efecto retroactivo. La retroactividad
establecida por la ley no puede afectar derechos amparados
por garantías constitucionales.
Las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos
en curso de ejecución, con excepción de las normas más
favorables al consumidor en las relaciones de consumo.
(Prescripción: 2537)
Título Preliminar
Buena fe:
ARTÍCULO 9°. Los derechos deben ser ejercidos de buena fe.
La buena fe es un estándar al que recurre el Código en
muchísimas oportunidades para calificar el derecho de los
terceros, de los adquirentes de derechos, de los poseedores.
Título Preliminar
Buena fe:
Es un principio reiterado en muchas disposiciones concretas:
144: inoponibilidad de la persona jurídica
292: saneamiento de la incompetencia del oficial público
398: límite a la transmisión de los derechos
729: obrar de deudor y acreedor
961: en materia de contratos
991: en las tratativas contractuales
1011: deber de renegociar en los contratos de larga duración
1710: en la prevención del daño
1732: para valorar la imposibilidad de cumplimiento de una obligación
1743: para establecer la validez de las cláusulas que dispensan
anticipadamente la responsabilidad
Título Preliminar
ARTÍCULOS 10 y 1718, a. Abuso de derecho y ejercicio regular
ARTÍCULO 11. Abuso de posición dominante.
Lo dispuesto sobre el abuso del derecho se aplica cuando se
abuse de una posición dominante en el mercado, sin perjuicio
de las disposiciones específicas contempladas en leyes
especiales.
Título Preliminar
ARTÍCULO 12. Orden público.
Las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto las
leyes en cuya observancia está interesado el orden público.
Difícil trazo de la línea que separa el orden público (958) de la
autonomía privada (962)
Fraude a la ley. Si se invoca el amparo de un texto legal, para lograr un
resultado análogo al prohibido por una norma imperativa, se
considera otorgado en fraude a la ley. En ese caso, el acto debe
someterse a la norma imperativa que se trata de eludir.
(Ejemplo: 2568: exiguo plazo de caducidad)
Título Preliminar
ARTÍCULO 14.- Derechos individuales y de incidencia colectiva.
En este Código se reconocen:
a) derechos individuales;
b) derechos de incidencia colectiva.
La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos individuales
cuando pueda afectar al ambiente y a los derechos de incidencia
colectiva en general.
(Límite de los derechos individuares en relación con los de incidencia colectiva: art. 240)
Título Preliminar
LIBRO PRIMERO
PARTE GENERAL
Arts. 19 a 400
Persona humana: 19/140
Persona jurídica: 141/224
Bienes: 225/256
Hechos y actos jurídicos: 257/397
Transmisión de los derechos: 398/400
Libro Primero - Parte General
Derechos y actos personalísimos: imagen, disposición sobre el propio cuerpo,
investigaciones en seres humanos, consentimiento informado:
51/61
Nombre: 62/72
Domicilio: 73/78
Ausencia: 79/84 y presunción de fallecimiento: 85/92
Representación y asistencia, tutela y curatela: 100/140
Libro Primero - Parte General
PERSONA JURÍDICA
ARTÍCULO 144. Límite de la personalidad jurídica.
Responsabilidad de los socios
La actuación que esté destinada a la consecución de fines
ajenos a la persona jurídica, constituya un recurso para violar la
ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de
cualquier persona, se imputa a quienes a título de socios,
asociados, miembros o controlantes directos o indirectos, la
hicieron posible quienes responderán solidaria e
ilimitadamente por los perjuicios causados.
(ídem, art. 54 LS)
Libro Primero - Parte General
PERSONAS JURÍDICAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
• Nombre de la persona jurídica privada: 151
Recaudos de veracidad, novedad y aptitud distintiva respecto de otros nombres,
marcas…
• Domicilio y sede social: alcances y notificaciones: 153
• Funcionamiento: gobierno administración y fiscalización: 157/162
• Disolución y liquidación: 163/167
Libro Primero - Parte General
Asociaciones civiles: 168/192
Asociaciones civiles
Simples asociaciones
Fundaciones: 193/224
Prácticamente se reproducen las normas de la ley 19.836, aunque esta ley no es
derogada
Libro Primero - Parte General
BIENES
Bienes y cosas: 16
Categorías de bienes: 225/234
Bienes con relación a las personas (dominio público, privado del Estado, particulares) y
con relación a los derechos de incidencia colectiva: 235/241
Bienes en función de garantía e inembargables: 242 ► ver 743/745
Vivienda. Afectación (sustituye la ley 14.394 en cuanto regula el bien de familia):
244/256
Libro Primero - Parte General
HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
Inclusión de la causa: 281/283
Instrumentos privados y particulares no firmados: 287 y 319
Contabilidad: 320
Personas jurídicas y humanas que están obligadas a llevar contabilidad
Registros indispensables: 322
Fuerza probatoria de la contabilidad obligatoria o voluntaria: 330
Libro Primero - Parte General
Modalidad de los actos jurídicos: condición, plazo y cargo: 343 y ss
Representación: 358 y ss
Ineficacia: nulidad e inoponibilidad: 382/397
Transmisión de los derechos
Libro Primero - Parte General
LIBRO SEGUNDO
RELACIONES DE FAMILIA
Arts. 401 a 723
TÍTULOS:
I. Matrimonio
II. Régimen patrimonial del matrimonio
III. Uniones convivenciales
IV. Parentesco
V. Filiación
VI. Adopción
VII. Responsabilidad parental
VIII. Procesos de familia
Libro Segundo - Relaciones de Familia
ALGUNOS ASPECTOS A DESTACAR
Artículo 446: Convenciones matrimoniales
Artículo 456: Actos que en cualquier caso requieren asentimiento: vivienda familiar y
bienes indispensables.
Artículo 463: Régimen patrimonial opcional
Artículo 470: Bienes gananciales para cuya disposición se requiere asentimiento e la
comunidad. Ampliación
Artículos 505/508: Régimen de separación de bienes
Libro Segundo - Relaciones de Familia
UNIONES CONVIVENCIALES
Artículos 509/510: Requisitos
Artículo 511: Registro en cada jurisdicción
Artículo 513 y ss: Alcances de la autonomía privada en los pactos de convivencia
Artículo 522: Protección y disponibilidad de la vivienda familiar. Inscripción del pacto
de convivencia
Libro Segundo - Relaciones de Familia
LIBRO TERCERO
DERECHOS PERSONALES
Arts. 724 a 1881
TÍTULOS
I. Obligaciones en general
II. Contratos en general
III. Contratos de consumo
IV. Contratos en particular
V. Otras fuentes de obligaciones
Libro Tercero - Derechos Personales
OBLIGACIONES EN GENERAL
Novedades
• Regulación de la acción directa y de la subrogatoria: 736/742. Sublocación: 1216
• Garantía común de los acreedores: bienes incluidos y excluidos: 743/745
• Obligaciones de dar dinero: 765/766: ver depósito bancario: 1390 y mutuo: 1525
• Anatocismo: 770. Cuenta corriente bancaria: 1398
• Cláusula penal por el simple retardo: 797
Libro Tercero - Derechos Personales
OBLIGACIONES EN GENERAL
Novedades
• Obligaciones concurrentes: 850 y ss
• Rendición de cuentas: 858/864
• Consignación extrajudicial: 910/913
• Compensación judicial: no requiere reconvención: 928
• Renuncia de derechos: “no se admite la renuncia anticipada de las defensas que
puedan hacerse valer en juicio”: 944
• Imposibilidad temporaria como modo de extinción: 956
Libro Tercero - Derechos Personales
CONTRATOS EN GENERAL - Particularidades
ARTÍCULO 958. Libertad de contratación.
Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de
los límites impuestos por la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres.
(Las normas legales relativas a los contratos son supletorias de la voluntad de las
partes, a menos que de su modo de expresión, de su contenido, o de su contexto,
resulte su carácter indisponible: art. 962)
ARTÍCULO 959. Efecto vinculante.
Todo contrato válidamente celebrado es obligatorio para las partes. Su contenido sólo
puede ser modificado o extinguido por acuerdo de partes o en los supuestos en que la
ley lo prevé.
Libro Tercero - Derechos Personales
CONTRATOS EN GENERAL - Particularidades
ARTÍCULO 960. Facultades de los jueces.
Como principio, los jueces no tienen facultades para modificar las estipulaciones de los
contratos, excepto que sea a pedido de una de las partes cuando lo autoriza la ley, o
de oficio cuando se afecta, de modo manifiesto, el orden público.
• Conversión del acto nulo: 384
• El caso de la imprevisión: 1061
• Integración del contrato: 964. Supuestos de los arts. 982, 989, 1091, 1122, c, 1134, 2190
(especialidad en la hipoteca)
Libro Tercero - Derechos Personales
CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta:
• Eliminación de la categoría de los contratos reales
ARTÍCULO 984. El contrato por adhesión
Es aquél mediante el cual uno de los contratantes adhiere a cláusulas generales
predispuestas unilateralmente, por la otra parte o por un tercero, sin que el adherente haya
participado en su redacción.
ARTÍCULO 985. Requisitos. Las cláusulas generales predispuestas deben ser comprensibles
y autosuficientes. La redacción debe ser clara, completa y fácilmente inteligible…
Estas normas son aplicables a la contratación telefónica, electrónica, o similares.
Libro Tercero - Derechos Personales
CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta:
ARTÍCULO 986. Cláusulas particulares.
Son las que se negocian individualmente y amplían, limitan, suprimen o interpretan una
cláusula general.
En caso de incompatibilidad entre cláusulas generales y particulares, prevalecen estas últimas.
ARTÍCULO 987. Interpretación.
Las cláusulas ambiguas predispuestas por una de las partes se interpretan en sentido
contrario a la parte predisponente.
Libro Tercero - Derechos Personales
CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta:
ARTÍCULO 988. Cláusulas abusivas.
En los contratos por adhesión se deben tener por no escritas:
a) las cláusulas que desnaturalizan las obligaciones del predisponente;
b) las que importan renuncia o restricción a los derechos del adherente, o amplían
derechos del predisponente que resultan de normas supletorias;
c) las que por su contenido, redacción o presentación, no son razonablemente
previsibles.
Libro Tercero - Derechos Personales
CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta:
ARTÍCULO 989. Control judicial de las cláusulas abusivas.
La aprobación administrativa de las cláusulas generales no obsta a su control judicial.
Cuando el juez declara la nulidad parcial del contrato, simultáneamente lo debe
integrar, si no puede subsistir sin comprometer su finalidad (ídem, 1122,c)
Libro Tercero - Derechos Personales
TRATATIVAS CONTRACTUALES
ARTÍCULO 990. Libertad de negociación.
Las partes son libres para promover tratativas dirigidas a la formación del contrato, y
para abandonarlas en cualquier momento.
ARTÍCULO 991. Deber de buena fe. Durante las tratativas preliminares, y aunque no se
haya formulado una oferta, las partes deben obrar de buena fe para no frustrarlas
injustificadamente. El incumplimiento de este deber genera la responsabilidad de
resarcir el daño que sufra el afectado por haber confiado, sin su culpa, en la
celebración del contrato.
Libro Tercero - Derechos Personales
TRATATIVAS CONTRACTUALES
ARTÍCULO 992. Deber de confidencialidad. Si durante las negociaciones, una de las
partes facilita a la otra una información con carácter confidencial, el que la recibió
tiene el deber de no revelarla y de no usarla inapropiadamente en su propio interés. La
parte que incumple este deber queda obligada a reparar el daño sufrido por la otra y,
si ha obtenido una ventaja indebida de la información confidencial, queda obligada a
indemnizar a la otra parte en la medida de su propio enriquecimiento.
Ver además: límites a la presentación de correspondencia como prueba: 318
(Coexiste con la ley 24.766, que se mantiene vigente)
Libro Tercero - Derechos Personales
ARTÍCULO 993. Cartas de intención.
Los instrumentos mediante los cuales una parte, o todas ellas, expresan un
consentimiento para negociar sobre ciertas bases, limitado a cuestiones relativas a un
futuro contrato, son de interpretación restrictiva. Sólo tiene la fuerza obligatoria de
una oferta si cumplen sus requisitos.
ARTÍCULO 982. Acuerdo parcial.
Los acuerdos parciales de las partes concluyen el contrato si todas ellas, con la
formalidad que en su caso corresponda, expresan su consentimiento sobre los
elementos esenciales particulares.
En tal situación, el contrato queda integrado conforme a las reglas del Código en
materia de contratos.
En la duda, el contrato se tiene por no concluido.
No se considera acuerdo parcial la extensión de una minuta o de un borrador respecto
de alguno de los elementos o de todos ellos.
Libro Tercero - Derechos Personales
Algunos aspectos para resaltar:
Tres tipos de contratación:
•  contrato igualitario o discrecional
•  contrato por adhesión
•  contrato de consumo
Regulación de contratos preliminares y del contrato de opción: 994/996
Pacto de preferencia: 997/998; ver además: 1165, 1182
Incapacidad e inhabilidades para contratar: 1000/1002
Pueden ser objeto de los contratos los bienes sujetos a medidas cautelares: 1009
Excepciones a la prohibición de que la herencia futura sea objeto de los contratos:
1010, párrafo segundo
Deber de renegociar en los contratos de larga duración: 1011
Libro Tercero - Derechos Personales
ARTÍCULO 1032. Tutela preventiva.
Una parte puede suspender su propio cumplimiento si sus derechos sufriesen una
grave amenaza de daño porque la otra parte ha sufrido un menoscabo significativo en
su aptitud para cumplir, o en su solvencia. La suspensión queda sin efecto cuando la
otra parte cumple o da seguridades suficientes de que el cumplimiento será realizado.
Libro Tercero - Derechos Personales
Plazos de caducidad para el reclamo de vicios ocultos: 1054
Señal confirmatoria: 1059
Interpretación de los contratos: 1061 y ss
Actos propios = protección de la confianza: 1067
Subcontrato: 1069/1072
Contratos conexos: 1073/1075
Libro Tercero - Derechos Personales
Extinción, modificación y adecuación del contrato
• Rescisión bilateral: 1076
• Extinción por declaración unilateral: 1077
• Rescisión unilateral: ej. contrato de obra: 1261 “desistimiento”, poder: 380, c y d
“revocación y renuncia”, mandato: 1329, c y d “revocación y renuncia”, comodato: 1541
c
• Revocación: donación: 1569; en el contrato de consumo: 1110
• Resolución: cláusulas resolutorias expresa e implícita: 1086 y ss, frustración del fin del
contrato: 1090, imprevisión: 1091
Libro Tercero - Derechos Personales
Contratos y relación de consumo: 1092 – 1122
Publicidad falsa, comparativa, discriminatoria: 1101
Contratos bancarios: 1384/1389
Libro Tercero - Derechos Personales
Contratos en particular: 1123 – 1707
Contratos clásicos que están incorporados a los Códigos Civil y de Comercio, y nuevos
tipos contractuales:
Compraventa
Permuta
Suministro: 1176
Locación - plazos máximos: 20 y 50 años según el destino
Leasing: 1227/1250; ver ley 25.248
Obra y servicios
Libro Tercero - Derechos Personales
Transporte
Mandato
Consignación
Corretaje
Depósito
Libro Tercero - Derechos Personales
Contratos bancarios: 1378/1420
- contratos con usuarios y consumidores
- depósito bancario
- cuenta corriente bancaria
- préstamo y descuento bancario
- apertura de crédito
- servicio de caja de seguridad
-  custodia de títulos
Factoraje: 1421
Contratos celebrados en bolsa o mercados de comercio: 1429
Cuenta corriente
Contratos asociativos: 1442
- negocio en participación
- agrupaciones de colaboración
- uniones transitorias
- consorcios de cooperación (ver leyes 22.093 y 26.005)
Libro Tercero - Derechos Personales
Agencia >
>
Concesión >
>
Franquicia >
Mutuo
Comodato
Donación
Fianza
Libro Tercero - Derechos Personales
Renta vitalicia
Juego y apuesta
Cesión de derechos
- cesión de deudas: 1632
Cesión de la posición contractual: 1636
Transacción: 1641
Arbitraje: 1649
Fideicomiso: 1666; ver ley 24.441
Libro Tercero - Derechos Personales
Algunos aspectos salientes:
Compraventa:
boleto de compraventa: 1170/1171
nomen iuris: 1127
precio a ser determinado por un tercero: facultad del juez: 1134
Suministro:
plazo máximo (20 ó 10 años, 1177)
tiempo indeterminado: rescisión unilateral con preaviso según los usos: 1183
Libro Tercero - Derechos Personales
Locación
Forma escrita: 1188
Poder especial: (para arrendar por más de tres años), 1191
Restricciones a la autonomía privada en locaciones con destino habitacional: 1196
Plazo máximo: 20 años para destino habitacional y 50 años para otros destinos: 1197
Plazo mínimo: dos años: 1198. Excepciones: 1199
Leasing
Los arts.1227/1250 constituyen una transcripción de la ley 25.248
Libro Tercero - Derechos Personales
Obra y servicios
Muerte del comitente: no extingue el contrato excepto ejecución imposible o inútil:
1259
Muerte del contratista o prestador: extingue salvo acuerdo con los herederos: 1260
Obra
Distinción entre los defectos ocultos: 1271, y los de obra en ruina o impropia para su
destino: 1273 y ss
Transporte
Responsabilidad objetiva: 1286 y 1757
Transportes sucesivos o continuados: 1287. El multimodal se rige por la ley 24.921: 1281
Nulidad de la cláusula limitativa de responsabilidad, de personas: 1292 y de cosas: 1313
Libro Tercero - Derechos Personales
Mandato
Definición: mandato “conferido”: 1319
Mandatario incapaz: 1323
Contratos bancarios
Moneda de la misma especie: depósito: 1390, préstamo: 1408 y descuento: 1409
Servicio de caja de seguridad
Caso fortuito externo a la actividad: 1413
Límites de responsabilidad: 1414
Agencia, concesión y franquicia
Preaviso: 1492, 1508, 1522. Ver suministro: 1183
Libro Tercero - Derechos Personales
Mutuo
Contrato consensual
Capital e intereses en la moneda pactada: 1525 y 1527
Resolución por incumplimiento en el pago de intereses: 1529
Donación
La oferta de donación debe ser aceptada en vida de donante y donatario: 1545 ǂ1795
CC
Escritura pública: también para cosas muebles registrables: 1552
Libro Tercero - Derechos Personales
Fianza
Fianza general: obligación de precisar el monto máximo: 1578
Obligaciones futuras: extinción de la fianza si no nacieron dentro de los 5 años: 1596, c
Cesión de derechos
Forma: cesión de derecho hereditarios por escritura pública: 1618, a
Efecto respecto de terceros: desde la notificación por instrumento público o privado
de fecha cierta: 1620
Si el cedente garantiza la solvencia del deudor: se rige por las normas de la fianza:
1630
Libro Tercero - Derechos Personales
Cesión de deudas
Liberación expresa del deudor. Contrato por adhesión: 1634
Transacción
Efectos de cosa juzgada sin necesidad de homologación: 1642
Forma: sólo por presentación ante el juez si recae sobre derechos litigiosos: 1643
Contrato de arbitraje
Materias excluidas: derechos de usuarios y consumidores, contratos por adhesión,
relaciones laborales: 1651
Libro Tercero - Derechos Personales
Fideicomiso: 1666/1700
Algunas modificaciones: registro del contrato: 1669; las universalidades pueden ser
objeto del contrato: 1670; autoriza al fiduciario a ser beneficiario: 1671; aceptación del
beneficiario y del fideicomisario: 1681
Fiduciario: dispensas prohibidas: rendición de cuentas, culpa o dolo: 1676 = ley 24.441
Dominio fiduciario
Se le dedica un capítulo propio (el 31) a pesar de ser una consecuencia de la
constitución de un fideicomiso
Libro Tercero - Derechos Personales
Otras fuentes de obligaciones: 1708 –1881
- Responsabilidad civil
- Gestión de negocios
- Empleo útil
- Enriquecimiento sin causa
- Declaración unilateral de voluntad
- Títulos valores
Libro Tercero - Derechos Personales
Responsabilidad civil: 1708 y ss
Unificación de la responsabilidad civil contractual y extracontractual: 1082, 1716/1717
Función preventiva: 1710 y su relación con el 1729: ver 1111 CC
Atribuciones de los jueces: 1711 y 1713. “Interés razonable”: 1712
Revisión de la punición excesiva: 1714
Libro Tercero - Derechos Personales
Responsabilidad civil: 1708 y ss
Asunción voluntaria de riesgos: 1719 y consentimiento del damnificado: 1720
Factor de atribución: la culpa: 1721
Hay también dolo cuando se obra con manifiesta indiferencia por los intereses ajenos: 1724
Previsibilidad contractual: hipótesis de dolo: 1728
Hecho de un tercero: debe reunir los caracteres del caso fortuito: 1731
Libro Tercero - Derechos Personales
Responsabilidad civil: 1708 y ss
Imposibilidad de cumplimiento: 1732/1734
Carga probatoria dinámica: 1735
Consecuencias no patrimoniales (daño moral). Legitimación: damnificado directo e
hipótesis de muerte o “gran discapacidad”: 1741
Prueba del daño. Daño notorio: 1744
Alcances de la indemnización por fallecimiento y por lesiones: 1745/1746
Libro Tercero - Derechos Personales
Responsabilidad civil: 1708 y ss
Responsabilidad por el riesgo de las cosas: quien obtiene un provecho es considerado
guardián: 1758
Indiferencia de la autorización administrativa: 1757/1758
Responsabilidad colectiva o anónima: 1760 y ss
La actividad del profesional liberal no está comprendida en la responsabilidad por
actividades riesgosas: 1768
Acusación calumniosa: dolo y culpa grave: 1771
Supuestos de suspensión de la acción civil. No, si está fundada en un factor objetivo de
responsabilidad: 1775, c, con la consecuencia del 1780, b (revisión de la sentencia civil)
Libro Tercero - Derechos Personales
Consideración separada de la gestión de negocios y del empleo útil: 1781/1790 y
1791/1793
Enriquecimiento sin causa y pago indebido: 1794 y ss
Declaración unilateral de voluntad: 1800/1814
Regla general: 1800
• Promesa de pago: 1801
• Carta de crédito: 1802
• Promesa pública de recompensa: 1803 y ss
• Concurso público: 1807 y ss
• Garantías unilaterales: 1810 y ss
Libro Tercero - Derechos Personales
Títulos valores: 1815 y ss
• Principios generales
• Libertad de creación: 1820
• Títulos valores: 1815 y ss
- cartulares: 1830 y ss
- al portador: 1837
- a la orden: 1838 y ss
- nominativos endosables: 1847/8
- nominativos no endosables: 1849
- no cartulares: 1850 y ss
• Destrucción, deterioro, pérdida: 1852/1881
Libro Tercero - Derechos Personales
LIBRO CUARTO
DERECHOS REALES
(1882 – 2276)
Relaciones de poder y enumeración: 1882 y ss
Adquisición, título y modo; publicidad suficiente: 1892
Prescripción adquisitiva: 1897/1905
Posesión y tenencia: 1908 y ss
Transmisión de obligaciones al sucesor: 1937
Cláusulas de no enajenabilidad: plazos de vigencia: 1972
Aplicación de las reglas del condominio a todo supuesto de comunión de derechos
reales o de otros bienes: 1984
Libro Cuarto - Derechos Reales
Propiedad horizontal: 2037
• el consorcio es persona jurídica
• reglamento de copropiedad
• asambleas
• atribuciones del Consejo de Propietarios: 2064
• subconsorcios: 2068
• prehorizontalidad: 2070/2072
Conjuntos inmobiliarios: reglas generales: 2073 y ss
•  tiempo compartido: 2087/2102
•  cementerios privados: 2103 y ss
•  relación de consumo: 2100 y 2111
Superficie: 2114/2128
Libro Cuarto - Derechos Reales
Usufructo: 2129/2153
(Los artículos del CCC se reducen a 24, con relación a los 140 del CC).
En favor de personas jurídicas: hasta 50 años.
Uso: 2154/2157 y Habitación: 2158/2161 como derechos reales autónomos.
Servidumbre:
(Los artículos del CCC se reducen a 21, con relación a los 130 del CC).
Libro Cuarto - Derechos Reales
Derechos reales de garantía:
Disposiciones comunes a la hipoteca, anticresis y prenda: 2184/2204
Hipoteca: Legitimación de los titulares de derechos reales de dominio, condominio,
propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios y superficie: 2206
Ejecución de la hipoteca: continúa la vigencia de la leyes especiales: 2211
Prenda: - sobre cosas muebles no registrables o créditos instrumentados: 2219
- prenda con registro: legislación especial
- posibilidad de que la cosa sea adjudicada al acreedor: 2229, a
Libro Cuarto - Derechos Reales
Acciones posesorias y acciones reales: 2238 y ss
• Defensa de la posesión y tenencia: 2238/2246
• Procedimiento más abreviado que establecen las leyes procesales: 2246
Defensa del derecho real. Acciones: 2248
•  Acción reivindicatoria: 2253 y ss
•  Acción negatoria: 2262/3
•  Acción confesoria: 2264/5
•  Acción de deslinde: 2266/2268
Libro Cuarto - Derechos Reales
LIBRO QUINTO
Transmisión de derechos por causa de
muerte
(2277 – 2531)
Como principio, los herederos responden por las deudas del causante con los bienes
que reciben o con su valor en caso de haber sido enajenados: 2280; ídem 2317
El derecho de aceptar la herencia caduca a los diez años de la apertura de la sucesión:
2288
Cesión de herencia: 2302/2309
Indivisión forzosa del establecimiento que constituye una unidad económica; derechos
del cónyuge y de ciertos herederos: 2332/3
Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
Proceso sucesorio: 2335 y ss
•  Competencia: 2336,
•  Declaratoria de herederos: 2337/2338,
•  Inventario y avalúo: 2341/2344,
•  Administración judicial de la sucesión: 2345 y ss
Partición: 2363 y ss
• partición parcial: 2367
• atribución preferencial de establecimiento y de otros bienes: 2380/2381
• colación de donaciones: 2385 y ss
• partición por donación: acción de reducción: 2417
Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
Porciones legítimas:
descendientes, 2/3; ascendientes y cónyuge, 1/2: 2445
Mejora en favor del ascendiente o del descendiente con discapacidad: 1/3 de las
porciones legítimas: 2448
Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
Efectos de la reducción de las donaciones.
Derecho del donatario para completar el valor de la porción legítima: 2454
Acción reipersecutoria
• el donatario y el subadquirente pueden desinteresar al legitimario mediante una
indemnización en dinero: 2458
• la acción de reducción no procede si el donatario o el subadquirente han poseído la
cosa durante diez años computados desde la adquisición de la posesión: 2459
Subsistencia del actual 3477 CC y su nota
Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
Forma de los testamentos: 2472 y ss
Ológrafo: 2477
Por acto público (dos testigos): 2479
(Supresión del testamento cerrado)
Testamento consular: abierto y cerrado: 2646
Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
LIBRO SEXTO (2532 – 2671)
Disposiciones comunes a los derechos
personales y reales
Prescripción
Privilegios
Derecho de retención
Disposiciones de derecho internacional privado
Prescripción: 2532 y ss
Carácter imperativo de la prescripción: 2533
Vigencia de la ley nueva (ídem art. 4051, C.Civ.): 2537
Suspensión por interpelación (6 meses): 2541
Suspensión por mediación (se reanuda 20 días después del cierre): 2542
Interrupción por petición judicial (se contempla el plazo de gracia procesal): 2546
Interrupción por solicitud de arbitraje: 2547
Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos
personales y reales
Prescripción: 2532 y ss
Interrupción por reclamo administrativo si es exigido por la ley como requisito previo:
2548
Dispensa de la prescripción: aplicación del plazo de 6 meses: 2550
Planteo por vía de acción o de excepción: 2551
Oportunidad: al contestar demanda o al oponer excepción en la ejecución: 2553
Comienzo del cómputo: día en que la prestación es exigible: 2554
Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos
personales y reales
Plazos
ordinario: 5 años: 2560
Daños causados por la agresión sexual a personas incapaces: 10 años
Responsabilidad civil: 3 años: 2561
2 años:
• daños derivados del contrato de transporte de personas o cosas;
• accidentes laborales;
• todo lo que se devenga por años o períodos más cortos: 2562
Plazo de un año: casos varios: vicios redhibitorios (¿ocultos?), acciones posesorias, revisión
cosa juzgada (2564)
Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos
personales y reales
Caducidad de los derechos: 2566 y ss
• Nulidad de la cláusula de caducidad que dificulta el ejercicio del derecho: 2568
• El reconocimiento del derecho impide la caducidad: 2569, b
Ejemplos de caducidad: arts.:
456: asentimiento conyugal
748: entrega de cosa mueble bajo cubierta y sin inspeccionar
1054/1055: denuncia y garantía por defectos ocultos
1157: compraventa sobre muestras y de cosas que no están a la vista: designación de perito
arbitrador
2060:nulidad de la asamblea del Consorcio
2288: derecho de aceptar la herencia
2319: acción de los acreedores del causante contra los legatarios
Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos
personales y reales
Privilegios: 2573/2586
•  Disposiciones generales y aplicación de las reglas de los concursos
•  Privilegios especiales
Derecho de retención: 2587/2593
Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos
personales y reales
Disposiciones de derecho internacional privado: 2584/2671
Aplicación del derecho extranjero:
• Interpretación: 2595;
• Reenvío: 2596;
• Normas internacionalmente imperativas: 2599 y de orden público: 2600
Jurisdicción internacional: 2601/2612:
• competencia de los jueces argentinos en medidas provisionales y cautelares: 2603;
• acuerdos de elección de foro: 2605;
• jurisdicción argentina exclusiva: 2609
Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos
personales y reales
Reglas especiales: 2613/2671
• Persona humana: nombre, incapacidad, domicilio
• Matrimonio: efectos personales y patrimoniales
• Unión convivencial
• Alimentos
• Filiación por naturaleza y por técnicas de reproducción humana asistida
• Adopción
• Responsabilidad parental: tutela y curatela
• Restitución internacional de niños
• Sucesiones
Contratos: 2650/2655: Cláusula de excepción: 2653
• Responsabilidad civil
• Títulos valores
• Derechos reales
• Prescripción
Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos
personales y reales
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Jorge Pérez Delgado - Método y contenido del Nuevo Código Civil y Comercial

  • 1. CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL (2014) 2015 LEYES 26.994 Y 27.077 Jorge Pérez Delgado
  • 2. Código Civil y Comercial (2014) Características principales: a) Es un código único en materia civil y comercial (2671 artículos) --- b) Sustituye al Código Civil sancionado en 1869 (4051 artículos); --- c) Sustituye al Código de Comercio, sancionado como código nacional en 1862, reformado en 1889 (1611 artículos) --- d) Deja vigentes diversas leyes
  • 3. Título preliminar Libro I. Parte general: persona (humana y jurídica), bienes, hechos y actos jurídicos, transmisión de los derechos Libro II. Relaciones de familia: matrimonio (y su régimen patrimonial); uniones convivenciales; parentesco, filiación, adopción, responsabilidad parental, procesos de familia Libro III. Derechos personales: Obligaciones en general Contratos en general Contratos de consumo Contratos en particular Otras fuentes de obligaciones Código Civil y Comercial (2014)
  • 4. Libro IV. Derechos reales. Libro V. Transmisión de derechos por causa de muerte. Libro VI. Disposiciones comunes a los derechos personales y reales: prescripción y caducidad privilegios retención derecho internacional privado Código Civil y Comercial (2014)
  • 6. Título Preliminar Derecho: ARTÍCULO 1º. Fuentes (CN, tratados, ley, costumbre). ARTÍCULO 2º. Interpretación (analogía) ARTÍCULO 3º. Deber de resolver: “decisión razonablemente fundada”
  • 7. Ley: ARTÍCULO 7º. Eficacia temporal de la ley. Principio general: efecto inmediato Las leyes no tienen efecto retroactivo. La retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales. Las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos en curso de ejecución, con excepción de las normas más favorables al consumidor en las relaciones de consumo. (Prescripción: 2537) Título Preliminar
  • 8. Buena fe: ARTÍCULO 9°. Los derechos deben ser ejercidos de buena fe. La buena fe es un estándar al que recurre el Código en muchísimas oportunidades para calificar el derecho de los terceros, de los adquirentes de derechos, de los poseedores. Título Preliminar
  • 9. Buena fe: Es un principio reiterado en muchas disposiciones concretas: 144: inoponibilidad de la persona jurídica 292: saneamiento de la incompetencia del oficial público 398: límite a la transmisión de los derechos 729: obrar de deudor y acreedor 961: en materia de contratos 991: en las tratativas contractuales 1011: deber de renegociar en los contratos de larga duración 1710: en la prevención del daño 1732: para valorar la imposibilidad de cumplimiento de una obligación 1743: para establecer la validez de las cláusulas que dispensan anticipadamente la responsabilidad Título Preliminar
  • 10. ARTÍCULOS 10 y 1718, a. Abuso de derecho y ejercicio regular ARTÍCULO 11. Abuso de posición dominante. Lo dispuesto sobre el abuso del derecho se aplica cuando se abuse de una posición dominante en el mercado, sin perjuicio de las disposiciones específicas contempladas en leyes especiales. Título Preliminar
  • 11. ARTÍCULO 12. Orden público. Las convenciones particulares no pueden dejar sin efecto las leyes en cuya observancia está interesado el orden público. Difícil trazo de la línea que separa el orden público (958) de la autonomía privada (962) Fraude a la ley. Si se invoca el amparo de un texto legal, para lograr un resultado análogo al prohibido por una norma imperativa, se considera otorgado en fraude a la ley. En ese caso, el acto debe someterse a la norma imperativa que se trata de eludir. (Ejemplo: 2568: exiguo plazo de caducidad) Título Preliminar
  • 12. ARTÍCULO 14.- Derechos individuales y de incidencia colectiva. En este Código se reconocen: a) derechos individuales; b) derechos de incidencia colectiva. La ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos individuales cuando pueda afectar al ambiente y a los derechos de incidencia colectiva en general. (Límite de los derechos individuares en relación con los de incidencia colectiva: art. 240) Título Preliminar
  • 14. Persona humana: 19/140 Persona jurídica: 141/224 Bienes: 225/256 Hechos y actos jurídicos: 257/397 Transmisión de los derechos: 398/400 Libro Primero - Parte General
  • 15. Derechos y actos personalísimos: imagen, disposición sobre el propio cuerpo, investigaciones en seres humanos, consentimiento informado: 51/61 Nombre: 62/72 Domicilio: 73/78 Ausencia: 79/84 y presunción de fallecimiento: 85/92 Representación y asistencia, tutela y curatela: 100/140 Libro Primero - Parte General
  • 16. PERSONA JURÍDICA ARTÍCULO 144. Límite de la personalidad jurídica. Responsabilidad de los socios La actuación que esté destinada a la consecución de fines ajenos a la persona jurídica, constituya un recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar derechos de cualquier persona, se imputa a quienes a título de socios, asociados, miembros o controlantes directos o indirectos, la hicieron posible quienes responderán solidaria e ilimitadamente por los perjuicios causados. (ídem, art. 54 LS) Libro Primero - Parte General
  • 17. PERSONAS JURÍDICAS PÚBLICAS Y PRIVADAS • Nombre de la persona jurídica privada: 151 Recaudos de veracidad, novedad y aptitud distintiva respecto de otros nombres, marcas… • Domicilio y sede social: alcances y notificaciones: 153 • Funcionamiento: gobierno administración y fiscalización: 157/162 • Disolución y liquidación: 163/167 Libro Primero - Parte General
  • 18. Asociaciones civiles: 168/192 Asociaciones civiles Simples asociaciones Fundaciones: 193/224 Prácticamente se reproducen las normas de la ley 19.836, aunque esta ley no es derogada Libro Primero - Parte General
  • 19. BIENES Bienes y cosas: 16 Categorías de bienes: 225/234 Bienes con relación a las personas (dominio público, privado del Estado, particulares) y con relación a los derechos de incidencia colectiva: 235/241 Bienes en función de garantía e inembargables: 242 ► ver 743/745 Vivienda. Afectación (sustituye la ley 14.394 en cuanto regula el bien de familia): 244/256 Libro Primero - Parte General
  • 20. HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS Inclusión de la causa: 281/283 Instrumentos privados y particulares no firmados: 287 y 319 Contabilidad: 320 Personas jurídicas y humanas que están obligadas a llevar contabilidad Registros indispensables: 322 Fuerza probatoria de la contabilidad obligatoria o voluntaria: 330 Libro Primero - Parte General
  • 21. Modalidad de los actos jurídicos: condición, plazo y cargo: 343 y ss Representación: 358 y ss Ineficacia: nulidad e inoponibilidad: 382/397 Transmisión de los derechos Libro Primero - Parte General
  • 22. LIBRO SEGUNDO RELACIONES DE FAMILIA Arts. 401 a 723
  • 23. TÍTULOS: I. Matrimonio II. Régimen patrimonial del matrimonio III. Uniones convivenciales IV. Parentesco V. Filiación VI. Adopción VII. Responsabilidad parental VIII. Procesos de familia Libro Segundo - Relaciones de Familia
  • 24. ALGUNOS ASPECTOS A DESTACAR Artículo 446: Convenciones matrimoniales Artículo 456: Actos que en cualquier caso requieren asentimiento: vivienda familiar y bienes indispensables. Artículo 463: Régimen patrimonial opcional Artículo 470: Bienes gananciales para cuya disposición se requiere asentimiento e la comunidad. Ampliación Artículos 505/508: Régimen de separación de bienes Libro Segundo - Relaciones de Familia
  • 25. UNIONES CONVIVENCIALES Artículos 509/510: Requisitos Artículo 511: Registro en cada jurisdicción Artículo 513 y ss: Alcances de la autonomía privada en los pactos de convivencia Artículo 522: Protección y disponibilidad de la vivienda familiar. Inscripción del pacto de convivencia Libro Segundo - Relaciones de Familia
  • 27. TÍTULOS I. Obligaciones en general II. Contratos en general III. Contratos de consumo IV. Contratos en particular V. Otras fuentes de obligaciones Libro Tercero - Derechos Personales
  • 28. OBLIGACIONES EN GENERAL Novedades • Regulación de la acción directa y de la subrogatoria: 736/742. Sublocación: 1216 • Garantía común de los acreedores: bienes incluidos y excluidos: 743/745 • Obligaciones de dar dinero: 765/766: ver depósito bancario: 1390 y mutuo: 1525 • Anatocismo: 770. Cuenta corriente bancaria: 1398 • Cláusula penal por el simple retardo: 797 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 29. OBLIGACIONES EN GENERAL Novedades • Obligaciones concurrentes: 850 y ss • Rendición de cuentas: 858/864 • Consignación extrajudicial: 910/913 • Compensación judicial: no requiere reconvención: 928 • Renuncia de derechos: “no se admite la renuncia anticipada de las defensas que puedan hacerse valer en juicio”: 944 • Imposibilidad temporaria como modo de extinción: 956 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 30. CONTRATOS EN GENERAL - Particularidades ARTÍCULO 958. Libertad de contratación. Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres. (Las normas legales relativas a los contratos son supletorias de la voluntad de las partes, a menos que de su modo de expresión, de su contenido, o de su contexto, resulte su carácter indisponible: art. 962) ARTÍCULO 959. Efecto vinculante. Todo contrato válidamente celebrado es obligatorio para las partes. Su contenido sólo puede ser modificado o extinguido por acuerdo de partes o en los supuestos en que la ley lo prevé. Libro Tercero - Derechos Personales
  • 31. CONTRATOS EN GENERAL - Particularidades ARTÍCULO 960. Facultades de los jueces. Como principio, los jueces no tienen facultades para modificar las estipulaciones de los contratos, excepto que sea a pedido de una de las partes cuando lo autoriza la ley, o de oficio cuando se afecta, de modo manifiesto, el orden público. • Conversión del acto nulo: 384 • El caso de la imprevisión: 1061 • Integración del contrato: 964. Supuestos de los arts. 982, 989, 1091, 1122, c, 1134, 2190 (especialidad en la hipoteca) Libro Tercero - Derechos Personales
  • 32. CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta: • Eliminación de la categoría de los contratos reales ARTÍCULO 984. El contrato por adhesión Es aquél mediante el cual uno de los contratantes adhiere a cláusulas generales predispuestas unilateralmente, por la otra parte o por un tercero, sin que el adherente haya participado en su redacción. ARTÍCULO 985. Requisitos. Las cláusulas generales predispuestas deben ser comprensibles y autosuficientes. La redacción debe ser clara, completa y fácilmente inteligible… Estas normas son aplicables a la contratación telefónica, electrónica, o similares. Libro Tercero - Derechos Personales
  • 33. CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta: ARTÍCULO 986. Cláusulas particulares. Son las que se negocian individualmente y amplían, limitan, suprimen o interpretan una cláusula general. En caso de incompatibilidad entre cláusulas generales y particulares, prevalecen estas últimas. ARTÍCULO 987. Interpretación. Las cláusulas ambiguas predispuestas por una de las partes se interpretan en sentido contrario a la parte predisponente. Libro Tercero - Derechos Personales
  • 34. CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta: ARTÍCULO 988. Cláusulas abusivas. En los contratos por adhesión se deben tener por no escritas: a) las cláusulas que desnaturalizan las obligaciones del predisponente; b) las que importan renuncia o restricción a los derechos del adherente, o amplían derechos del predisponente que resultan de normas supletorias; c) las que por su contenido, redacción o presentación, no son razonablemente previsibles. Libro Tercero - Derechos Personales
  • 35. CONTRATOS EN GENERAL - Innovaciones a tener en cuenta: ARTÍCULO 989. Control judicial de las cláusulas abusivas. La aprobación administrativa de las cláusulas generales no obsta a su control judicial. Cuando el juez declara la nulidad parcial del contrato, simultáneamente lo debe integrar, si no puede subsistir sin comprometer su finalidad (ídem, 1122,c) Libro Tercero - Derechos Personales
  • 36. TRATATIVAS CONTRACTUALES ARTÍCULO 990. Libertad de negociación. Las partes son libres para promover tratativas dirigidas a la formación del contrato, y para abandonarlas en cualquier momento. ARTÍCULO 991. Deber de buena fe. Durante las tratativas preliminares, y aunque no se haya formulado una oferta, las partes deben obrar de buena fe para no frustrarlas injustificadamente. El incumplimiento de este deber genera la responsabilidad de resarcir el daño que sufra el afectado por haber confiado, sin su culpa, en la celebración del contrato. Libro Tercero - Derechos Personales
  • 37. TRATATIVAS CONTRACTUALES ARTÍCULO 992. Deber de confidencialidad. Si durante las negociaciones, una de las partes facilita a la otra una información con carácter confidencial, el que la recibió tiene el deber de no revelarla y de no usarla inapropiadamente en su propio interés. La parte que incumple este deber queda obligada a reparar el daño sufrido por la otra y, si ha obtenido una ventaja indebida de la información confidencial, queda obligada a indemnizar a la otra parte en la medida de su propio enriquecimiento. Ver además: límites a la presentación de correspondencia como prueba: 318 (Coexiste con la ley 24.766, que se mantiene vigente) Libro Tercero - Derechos Personales
  • 38. ARTÍCULO 993. Cartas de intención. Los instrumentos mediante los cuales una parte, o todas ellas, expresan un consentimiento para negociar sobre ciertas bases, limitado a cuestiones relativas a un futuro contrato, son de interpretación restrictiva. Sólo tiene la fuerza obligatoria de una oferta si cumplen sus requisitos. ARTÍCULO 982. Acuerdo parcial. Los acuerdos parciales de las partes concluyen el contrato si todas ellas, con la formalidad que en su caso corresponda, expresan su consentimiento sobre los elementos esenciales particulares. En tal situación, el contrato queda integrado conforme a las reglas del Código en materia de contratos. En la duda, el contrato se tiene por no concluido. No se considera acuerdo parcial la extensión de una minuta o de un borrador respecto de alguno de los elementos o de todos ellos. Libro Tercero - Derechos Personales
  • 39. Algunos aspectos para resaltar: Tres tipos de contratación: •  contrato igualitario o discrecional •  contrato por adhesión •  contrato de consumo Regulación de contratos preliminares y del contrato de opción: 994/996 Pacto de preferencia: 997/998; ver además: 1165, 1182 Incapacidad e inhabilidades para contratar: 1000/1002 Pueden ser objeto de los contratos los bienes sujetos a medidas cautelares: 1009 Excepciones a la prohibición de que la herencia futura sea objeto de los contratos: 1010, párrafo segundo Deber de renegociar en los contratos de larga duración: 1011 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 40. ARTÍCULO 1032. Tutela preventiva. Una parte puede suspender su propio cumplimiento si sus derechos sufriesen una grave amenaza de daño porque la otra parte ha sufrido un menoscabo significativo en su aptitud para cumplir, o en su solvencia. La suspensión queda sin efecto cuando la otra parte cumple o da seguridades suficientes de que el cumplimiento será realizado. Libro Tercero - Derechos Personales
  • 41. Plazos de caducidad para el reclamo de vicios ocultos: 1054 Señal confirmatoria: 1059 Interpretación de los contratos: 1061 y ss Actos propios = protección de la confianza: 1067 Subcontrato: 1069/1072 Contratos conexos: 1073/1075 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 42. Extinción, modificación y adecuación del contrato • Rescisión bilateral: 1076 • Extinción por declaración unilateral: 1077 • Rescisión unilateral: ej. contrato de obra: 1261 “desistimiento”, poder: 380, c y d “revocación y renuncia”, mandato: 1329, c y d “revocación y renuncia”, comodato: 1541 c • Revocación: donación: 1569; en el contrato de consumo: 1110 • Resolución: cláusulas resolutorias expresa e implícita: 1086 y ss, frustración del fin del contrato: 1090, imprevisión: 1091 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 43. Contratos y relación de consumo: 1092 – 1122 Publicidad falsa, comparativa, discriminatoria: 1101 Contratos bancarios: 1384/1389 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 44. Contratos en particular: 1123 – 1707 Contratos clásicos que están incorporados a los Códigos Civil y de Comercio, y nuevos tipos contractuales: Compraventa Permuta Suministro: 1176 Locación - plazos máximos: 20 y 50 años según el destino Leasing: 1227/1250; ver ley 25.248 Obra y servicios Libro Tercero - Derechos Personales
  • 46. Contratos bancarios: 1378/1420 - contratos con usuarios y consumidores - depósito bancario - cuenta corriente bancaria - préstamo y descuento bancario - apertura de crédito - servicio de caja de seguridad -  custodia de títulos Factoraje: 1421 Contratos celebrados en bolsa o mercados de comercio: 1429 Cuenta corriente Contratos asociativos: 1442 - negocio en participación - agrupaciones de colaboración - uniones transitorias - consorcios de cooperación (ver leyes 22.093 y 26.005) Libro Tercero - Derechos Personales
  • 47. Agencia > > Concesión > > Franquicia > Mutuo Comodato Donación Fianza Libro Tercero - Derechos Personales
  • 48. Renta vitalicia Juego y apuesta Cesión de derechos - cesión de deudas: 1632 Cesión de la posición contractual: 1636 Transacción: 1641 Arbitraje: 1649 Fideicomiso: 1666; ver ley 24.441 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 49. Algunos aspectos salientes: Compraventa: boleto de compraventa: 1170/1171 nomen iuris: 1127 precio a ser determinado por un tercero: facultad del juez: 1134 Suministro: plazo máximo (20 ó 10 años, 1177) tiempo indeterminado: rescisión unilateral con preaviso según los usos: 1183 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 50. Locación Forma escrita: 1188 Poder especial: (para arrendar por más de tres años), 1191 Restricciones a la autonomía privada en locaciones con destino habitacional: 1196 Plazo máximo: 20 años para destino habitacional y 50 años para otros destinos: 1197 Plazo mínimo: dos años: 1198. Excepciones: 1199 Leasing Los arts.1227/1250 constituyen una transcripción de la ley 25.248 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 51. Obra y servicios Muerte del comitente: no extingue el contrato excepto ejecución imposible o inútil: 1259 Muerte del contratista o prestador: extingue salvo acuerdo con los herederos: 1260 Obra Distinción entre los defectos ocultos: 1271, y los de obra en ruina o impropia para su destino: 1273 y ss Transporte Responsabilidad objetiva: 1286 y 1757 Transportes sucesivos o continuados: 1287. El multimodal se rige por la ley 24.921: 1281 Nulidad de la cláusula limitativa de responsabilidad, de personas: 1292 y de cosas: 1313 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 52. Mandato Definición: mandato “conferido”: 1319 Mandatario incapaz: 1323 Contratos bancarios Moneda de la misma especie: depósito: 1390, préstamo: 1408 y descuento: 1409 Servicio de caja de seguridad Caso fortuito externo a la actividad: 1413 Límites de responsabilidad: 1414 Agencia, concesión y franquicia Preaviso: 1492, 1508, 1522. Ver suministro: 1183 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 53. Mutuo Contrato consensual Capital e intereses en la moneda pactada: 1525 y 1527 Resolución por incumplimiento en el pago de intereses: 1529 Donación La oferta de donación debe ser aceptada en vida de donante y donatario: 1545 ǂ1795 CC Escritura pública: también para cosas muebles registrables: 1552 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 54. Fianza Fianza general: obligación de precisar el monto máximo: 1578 Obligaciones futuras: extinción de la fianza si no nacieron dentro de los 5 años: 1596, c Cesión de derechos Forma: cesión de derecho hereditarios por escritura pública: 1618, a Efecto respecto de terceros: desde la notificación por instrumento público o privado de fecha cierta: 1620 Si el cedente garantiza la solvencia del deudor: se rige por las normas de la fianza: 1630 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 55. Cesión de deudas Liberación expresa del deudor. Contrato por adhesión: 1634 Transacción Efectos de cosa juzgada sin necesidad de homologación: 1642 Forma: sólo por presentación ante el juez si recae sobre derechos litigiosos: 1643 Contrato de arbitraje Materias excluidas: derechos de usuarios y consumidores, contratos por adhesión, relaciones laborales: 1651 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 56. Fideicomiso: 1666/1700 Algunas modificaciones: registro del contrato: 1669; las universalidades pueden ser objeto del contrato: 1670; autoriza al fiduciario a ser beneficiario: 1671; aceptación del beneficiario y del fideicomisario: 1681 Fiduciario: dispensas prohibidas: rendición de cuentas, culpa o dolo: 1676 = ley 24.441 Dominio fiduciario Se le dedica un capítulo propio (el 31) a pesar de ser una consecuencia de la constitución de un fideicomiso Libro Tercero - Derechos Personales
  • 57. Otras fuentes de obligaciones: 1708 –1881 - Responsabilidad civil - Gestión de negocios - Empleo útil - Enriquecimiento sin causa - Declaración unilateral de voluntad - Títulos valores Libro Tercero - Derechos Personales
  • 58. Responsabilidad civil: 1708 y ss Unificación de la responsabilidad civil contractual y extracontractual: 1082, 1716/1717 Función preventiva: 1710 y su relación con el 1729: ver 1111 CC Atribuciones de los jueces: 1711 y 1713. “Interés razonable”: 1712 Revisión de la punición excesiva: 1714 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 59. Responsabilidad civil: 1708 y ss Asunción voluntaria de riesgos: 1719 y consentimiento del damnificado: 1720 Factor de atribución: la culpa: 1721 Hay también dolo cuando se obra con manifiesta indiferencia por los intereses ajenos: 1724 Previsibilidad contractual: hipótesis de dolo: 1728 Hecho de un tercero: debe reunir los caracteres del caso fortuito: 1731 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 60. Responsabilidad civil: 1708 y ss Imposibilidad de cumplimiento: 1732/1734 Carga probatoria dinámica: 1735 Consecuencias no patrimoniales (daño moral). Legitimación: damnificado directo e hipótesis de muerte o “gran discapacidad”: 1741 Prueba del daño. Daño notorio: 1744 Alcances de la indemnización por fallecimiento y por lesiones: 1745/1746 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 61. Responsabilidad civil: 1708 y ss Responsabilidad por el riesgo de las cosas: quien obtiene un provecho es considerado guardián: 1758 Indiferencia de la autorización administrativa: 1757/1758 Responsabilidad colectiva o anónima: 1760 y ss La actividad del profesional liberal no está comprendida en la responsabilidad por actividades riesgosas: 1768 Acusación calumniosa: dolo y culpa grave: 1771 Supuestos de suspensión de la acción civil. No, si está fundada en un factor objetivo de responsabilidad: 1775, c, con la consecuencia del 1780, b (revisión de la sentencia civil) Libro Tercero - Derechos Personales
  • 62. Consideración separada de la gestión de negocios y del empleo útil: 1781/1790 y 1791/1793 Enriquecimiento sin causa y pago indebido: 1794 y ss Declaración unilateral de voluntad: 1800/1814 Regla general: 1800 • Promesa de pago: 1801 • Carta de crédito: 1802 • Promesa pública de recompensa: 1803 y ss • Concurso público: 1807 y ss • Garantías unilaterales: 1810 y ss Libro Tercero - Derechos Personales
  • 63. Títulos valores: 1815 y ss • Principios generales • Libertad de creación: 1820 • Títulos valores: 1815 y ss - cartulares: 1830 y ss - al portador: 1837 - a la orden: 1838 y ss - nominativos endosables: 1847/8 - nominativos no endosables: 1849 - no cartulares: 1850 y ss • Destrucción, deterioro, pérdida: 1852/1881 Libro Tercero - Derechos Personales
  • 65. Relaciones de poder y enumeración: 1882 y ss Adquisición, título y modo; publicidad suficiente: 1892 Prescripción adquisitiva: 1897/1905 Posesión y tenencia: 1908 y ss Transmisión de obligaciones al sucesor: 1937 Cláusulas de no enajenabilidad: plazos de vigencia: 1972 Aplicación de las reglas del condominio a todo supuesto de comunión de derechos reales o de otros bienes: 1984 Libro Cuarto - Derechos Reales
  • 66. Propiedad horizontal: 2037 • el consorcio es persona jurídica • reglamento de copropiedad • asambleas • atribuciones del Consejo de Propietarios: 2064 • subconsorcios: 2068 • prehorizontalidad: 2070/2072 Conjuntos inmobiliarios: reglas generales: 2073 y ss •  tiempo compartido: 2087/2102 •  cementerios privados: 2103 y ss •  relación de consumo: 2100 y 2111 Superficie: 2114/2128 Libro Cuarto - Derechos Reales
  • 67. Usufructo: 2129/2153 (Los artículos del CCC se reducen a 24, con relación a los 140 del CC). En favor de personas jurídicas: hasta 50 años. Uso: 2154/2157 y Habitación: 2158/2161 como derechos reales autónomos. Servidumbre: (Los artículos del CCC se reducen a 21, con relación a los 130 del CC). Libro Cuarto - Derechos Reales
  • 68. Derechos reales de garantía: Disposiciones comunes a la hipoteca, anticresis y prenda: 2184/2204 Hipoteca: Legitimación de los titulares de derechos reales de dominio, condominio, propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios y superficie: 2206 Ejecución de la hipoteca: continúa la vigencia de la leyes especiales: 2211 Prenda: - sobre cosas muebles no registrables o créditos instrumentados: 2219 - prenda con registro: legislación especial - posibilidad de que la cosa sea adjudicada al acreedor: 2229, a Libro Cuarto - Derechos Reales
  • 69. Acciones posesorias y acciones reales: 2238 y ss • Defensa de la posesión y tenencia: 2238/2246 • Procedimiento más abreviado que establecen las leyes procesales: 2246 Defensa del derecho real. Acciones: 2248 •  Acción reivindicatoria: 2253 y ss •  Acción negatoria: 2262/3 •  Acción confesoria: 2264/5 •  Acción de deslinde: 2266/2268 Libro Cuarto - Derechos Reales
  • 70. LIBRO QUINTO Transmisión de derechos por causa de muerte (2277 – 2531)
  • 71. Como principio, los herederos responden por las deudas del causante con los bienes que reciben o con su valor en caso de haber sido enajenados: 2280; ídem 2317 El derecho de aceptar la herencia caduca a los diez años de la apertura de la sucesión: 2288 Cesión de herencia: 2302/2309 Indivisión forzosa del establecimiento que constituye una unidad económica; derechos del cónyuge y de ciertos herederos: 2332/3 Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
  • 72. Proceso sucesorio: 2335 y ss •  Competencia: 2336, •  Declaratoria de herederos: 2337/2338, •  Inventario y avalúo: 2341/2344, •  Administración judicial de la sucesión: 2345 y ss Partición: 2363 y ss • partición parcial: 2367 • atribución preferencial de establecimiento y de otros bienes: 2380/2381 • colación de donaciones: 2385 y ss • partición por donación: acción de reducción: 2417 Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
  • 73. Porciones legítimas: descendientes, 2/3; ascendientes y cónyuge, 1/2: 2445 Mejora en favor del ascendiente o del descendiente con discapacidad: 1/3 de las porciones legítimas: 2448 Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
  • 74. Efectos de la reducción de las donaciones. Derecho del donatario para completar el valor de la porción legítima: 2454 Acción reipersecutoria • el donatario y el subadquirente pueden desinteresar al legitimario mediante una indemnización en dinero: 2458 • la acción de reducción no procede si el donatario o el subadquirente han poseído la cosa durante diez años computados desde la adquisición de la posesión: 2459 Subsistencia del actual 3477 CC y su nota Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
  • 75. Forma de los testamentos: 2472 y ss Ológrafo: 2477 Por acto público (dos testigos): 2479 (Supresión del testamento cerrado) Testamento consular: abierto y cerrado: 2646 Libro Quinto - Transmisión de derechos por causa de muerte
  • 76. LIBRO SEXTO (2532 – 2671) Disposiciones comunes a los derechos personales y reales Prescripción Privilegios Derecho de retención Disposiciones de derecho internacional privado
  • 77. Prescripción: 2532 y ss Carácter imperativo de la prescripción: 2533 Vigencia de la ley nueva (ídem art. 4051, C.Civ.): 2537 Suspensión por interpelación (6 meses): 2541 Suspensión por mediación (se reanuda 20 días después del cierre): 2542 Interrupción por petición judicial (se contempla el plazo de gracia procesal): 2546 Interrupción por solicitud de arbitraje: 2547 Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos personales y reales
  • 78. Prescripción: 2532 y ss Interrupción por reclamo administrativo si es exigido por la ley como requisito previo: 2548 Dispensa de la prescripción: aplicación del plazo de 6 meses: 2550 Planteo por vía de acción o de excepción: 2551 Oportunidad: al contestar demanda o al oponer excepción en la ejecución: 2553 Comienzo del cómputo: día en que la prestación es exigible: 2554 Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos personales y reales
  • 79. Plazos ordinario: 5 años: 2560 Daños causados por la agresión sexual a personas incapaces: 10 años Responsabilidad civil: 3 años: 2561 2 años: • daños derivados del contrato de transporte de personas o cosas; • accidentes laborales; • todo lo que se devenga por años o períodos más cortos: 2562 Plazo de un año: casos varios: vicios redhibitorios (¿ocultos?), acciones posesorias, revisión cosa juzgada (2564) Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos personales y reales
  • 80. Caducidad de los derechos: 2566 y ss • Nulidad de la cláusula de caducidad que dificulta el ejercicio del derecho: 2568 • El reconocimiento del derecho impide la caducidad: 2569, b Ejemplos de caducidad: arts.: 456: asentimiento conyugal 748: entrega de cosa mueble bajo cubierta y sin inspeccionar 1054/1055: denuncia y garantía por defectos ocultos 1157: compraventa sobre muestras y de cosas que no están a la vista: designación de perito arbitrador 2060:nulidad de la asamblea del Consorcio 2288: derecho de aceptar la herencia 2319: acción de los acreedores del causante contra los legatarios Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos personales y reales
  • 81. Privilegios: 2573/2586 •  Disposiciones generales y aplicación de las reglas de los concursos •  Privilegios especiales Derecho de retención: 2587/2593 Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos personales y reales
  • 82. Disposiciones de derecho internacional privado: 2584/2671 Aplicación del derecho extranjero: • Interpretación: 2595; • Reenvío: 2596; • Normas internacionalmente imperativas: 2599 y de orden público: 2600 Jurisdicción internacional: 2601/2612: • competencia de los jueces argentinos en medidas provisionales y cautelares: 2603; • acuerdos de elección de foro: 2605; • jurisdicción argentina exclusiva: 2609 Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos personales y reales
  • 83. Reglas especiales: 2613/2671 • Persona humana: nombre, incapacidad, domicilio • Matrimonio: efectos personales y patrimoniales • Unión convivencial • Alimentos • Filiación por naturaleza y por técnicas de reproducción humana asistida • Adopción • Responsabilidad parental: tutela y curatela • Restitución internacional de niños • Sucesiones Contratos: 2650/2655: Cláusula de excepción: 2653 • Responsabilidad civil • Títulos valores • Derechos reales • Prescripción Libro Sexto - Disposiciones comunes a derechos personales y reales
  • 84. Av. Leandro N. Alem 928 C1001AAR - Buenos Aires - Argentina T. (+54-11) 4310-0100 F. (+54-11) 4310-0111 www.marval.com Jorge Pérez Delgado jpd@marval.com