1. CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y
EXPLOTACIÓN DE LOS RECURSOS
NATURALES RENOVABLES Y NO
RENOVABLES
ING. AMBIENTAL Y DE SANEAMIENTO
2. RECURSO
conjunto de capacidades y elementos (tanto natural
como producidos por el hombre) que se utilizan para
producir bienes o servicios o tiene un valor intrínseco
sin la necesidad de ser modificados, y que son escasos
en relación a su demanda actual o potencial.
5. .
LEY 80/93
ARTICULO 76
Las entidades
estatales dedicadas a
dichas actividades
determinarán en sus
reglamentos internos
el procedimiento de
selección de los
contratistas, las
cláusulas
excepcionales que
podrán pactarse, las
cuantías y los
trámites a que deben
sujetarse.
Los contratos de
recursos, así como
los concernientes a la
comercialización y
actividades
comerciales e
industriales propias
de las entidades
estatales para estos
asuntos, continuarán
rigiéndose por la
legislación que les
sea aplicable
6. CONTRATOS MINEROS
Los contratos mineros son los instrumentos
mediante los cuales se crean derechos y
obligaciones en la exploración, montaje de
minas, explotación y beneficio de minerales.
7. Son contratos
celebrados por el
MME y confieren al
concesionario el
derecho exclusivo a
extraer los minerales
y a realizar obras y
labores de montaje y
desarrollo de la
explotación y
transporte del
mineral.
Son contratos que
celebran los
establecimientos
públicos y las
empresas
industriales
vinculadas y
adscritas al MME
para explorar y
explotar áreas que
sean recibidas en
aporte.
Contratosde
concesión
Contratosconentidades
descentralizada
8. Al comenzar el nuevo milenio el estado colombiano
implementó unas modificaciones dentro del sector
hidrocarbonífero, con el objetivo de incrementar las
reservas y mejorar los niveles de producción
observados hasta el momento. Ciertamente queda
claro que diez años después queda claro que ambas
metas se cumplieron satisfactoriamente en particular
la producción del petróleo, en el país se recupero
notablemente.
9. CONTRATO DE CONCESIÓN DE RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
La corte constitucional en sentencia C-028/97 expreso dos
aspectos primordiales:
el derecho de explotación que se origina una vez se inscriba
al acto que otorga el titulo minero.
actividad autorizada a desarrollar estas explotación o
exploración del bien publico
10. La exploración de la petrolera en Colombia inicio
de concesiones típicas( regalías e impuestos)
donde solo hoy por hoy solo ahí vigente uno de
ellos.
en 1974 con el decreto 2310 se faculto a
Ecopetrol como empresa industrial y comercial del
estado que administra los recursos
hidrocarboníferos que explora y explotara,
directamente por medio de contratos de asociados
servicios operación de todo riesgo
De ahí en adelante Ecopetrol explota campos
petroleros y por otro celebra contratos de
asociación con los que vincula capital privado de
empresas petroleras extranjeras
11. DISTINTOS CONTRATOS DE
ECOPETROL
Contratos de riesgos compartido
Contrato de producción incremental
Contratos para la explotación de campos descubiertos
no desarrollados e inactivos