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La participación ciudadana en materia ambiental en Venezuela.
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Araure, Junio del 2020
La participación ciudadana en materia ambiental en
Venezuela.
Autor:
Amir Aboaasi C.I. 29.800.531
3er. Año Modalidad SAIA “B”
Derecho Agrario.
2. El Derecho ambiental
Es el conjunto de normas que regulan las
relaciones de derecho público y privado,
tendientes a preservar el medio ambiente
libre de contaminación, o mejorarlo en
caso de estar afectado Venezuela se
acoge a las normas que actualmente se
encuentran vigentes a nivel internacional
en cuanto a conservación ambiental global
se refiere.
Además, su principal función es la de
preservar nuestro medio ambiente para
de esta forma poder vivir en un ambiente
sano y seguro. Tan importante es que
solo de nosotros como sociedad depende
garantizar el futuro de las nuevas
generaciones, garantizándoles desde ya
a través de leyes y normas muy efectivas
la conservación del medio ambiente.
Cualquier alteración en el ambiente sin
duda que causara un impacto en la
sociedad, si partimos del principio de que lo
que sucede ambientalmente en el mundo
nos afecta a todos por igual, ya sea de
forma inmediata, a mediano o largo plazo
entendemos entonces la vital importancia
que conlleva implícita esta ley. Para esto es
indispensable le concurso y participación
de toda la sociedad mundial
3. PRINCIPIOS DEL DERECHO
AMBIENTAL
Entre estos destacamos:
Principio de
sostenibilidad
Principio de
Prevención
Principio del enfoque
sistemático de la
biosfera
Principio de
globalidad
Principio de
Interdisciplinariedad
Principio de
cooperación
internacional en
materia ambiental.
Principio del
Ordenamiento ambiental
Principio de
Solidaridad
Principio del daño
ambiental permisible
4. Objetivos del derecho
ambiental
Consagrar y definir
el contenido jurídico
del derecho a un
ambiente adecuado
para vivir.
Jurídicamente definir que
acciones o relaciones
son consideradas como
generadoras de impacto
negativo significativos
sobre el derecho a un
ambiente adecuado y
que requieren de la
regulación legal del
Estado.
Instituir y desarrollar los instrumentos jurídicos
que permitirán alcanzar los objetivos de
desempeño ambiental establecidos, incluyendo
las sanciones jurídicas frente a las acciones u
omisiones que los distintos actores tomen.
5. Participación ciudadana en el
Derecho ambiental
Según la Ley Orgánica del Ambiente, no deja dudas en cuanto al Derecho y
Deber de Participar y los Mecanismos de Participación: Derecho y deber a
participar según lo señalado en los artículos:
Artículo 39 “Todas las personas tienen el
derecho y el deber de participar en los
asuntos relativos a la gestión del
ambiente”. Mecanismos de Participación.
Artículo 40: “El Ejecutivo Nacional, a
través del ministerio con competencia en
materia ambiental, reglamentará los
mecanismos para hacer efectivo el
ejercicio legítimo del derecho a la
participación ciudadana en la formulación,
adopción, ejecución y control de las
políticas, planes, proyectos y otras
medidas dirigidas a la conservación del
ambiente”. Estos artículos establecen
claramente la intención del legislador, de
vincular y establecer que la participación
ciudadana debe ser una prioridad en las
políticas y planes de preservación y
mantenimiento del medio ambiente,
estableciéndola como un Derecho y Deber
del ciudadano de participar y ser
protagonista en la adopción de estrategias
dirigidas hacia la conservación del medio
ambiente.
6. Base
constitucional
Es importante señalar que el Artículo 127 de la Constitución, establece
que “Es un derecho y un deber de cada generación proteger y
mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de
una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos
genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y
monumentos naturales y demás áreas de especial importancia
ecológica.