1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y
JURIDICAS ESCUELA DE DERECHO
EXTENSION-YARACUY
Participante
Rafael Castillo
V-17.133.918
Sección N-623
San Felipe, 2019
ESQUEMA SOBRE EL DERECHO AMBIENTAL,
EDUCACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
2. DERECHOAMBIENTAL
OBJETIVOS
BASE LEGAL
CARACTERÍSTICAS
Definir el contenido jurídico del derecho a un ambiente
Considerada (jurídicamente) como generadores de impactos negativos.
Instituir los instrumentos jurídicos que permitirán alcanzar los objetivos de desempeño ambiental,
incluyendo las sanciones jurídicas
Art.127. CRBV: es un derecho de y un deber, proteger y mantener el medio ambiente
Art.128. CRBV: el estado desarrollara políticas de ordenación del territorio a la realidad
Art.129. CRBV: todas las actividades que generen daño al ambiente serán de estudio anticipado
Es de carácter público y su defensa de interés
público
Es un derecho y un deber
FUENTES
Internas
Internacionales
Leyes materiales y formales emanadas
del estado nacional, provincial y
municipal
Los tratados, pactos y convenios
internacionales no constitucionalizados
FUENTE DEL
DERECHO
AMBIENTAL
VENEZOLANO
La Constitución Nacional, normas y leyes
nacionales relativas a la protección ambiental,
así como los Tratados, Acuerdos y Convenciones
Internacionales
Art. 02
(LOA)
gestión
ambiental
Principios: art. 10
(LOA)
3. ORGANIZACIÓNCONSTITUCIONALDELDERECHOAMBIENTAL
VENEZOLANO
SUPREMACÍA
EJERCIDA POR EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Poderes públicos, nacional,
estadal y municipal
Autoridades ambientales
Órganos de defensa
ambiental
Ejercida por el
ministerio de
competencia
-
-Procuraduría de la
República
- Ministerio público.
- Defensoría del pueblo.
-Fuerza Armada
Nacional
Control previo ambiental
Autorización, licencias, permiso,
contratos, registro, consecuencias,
planes de manejo y la que
establece la ley. Art. 82 (LOA).
Control posterior ambiental
Se realiza a través de los órganos
siguientes : guardería, policial,
auditoria, y supervisión con
competencia ambiental.
GUARDERÍA
AMBIENTAL
Sera ejercida por los
ministerios competentes:
ambiente, industria,
minería, infraestructura,
salud, agricultura y tierra,
energía y petróleo y por la
FAN
Tiene como facultad: lo
conducente en hechos
punibles o infracción
administrativa, todo en
garantía del desarrollo y
equilibrio del medio
ambiente.
-Infracción, sanciones y medidas
administrativas: a través de la autoridad
ambiental nacional acorde a lo que
establece la ley.
-La infracciones serán sanciones con
multas.
-Sanciones se aplican a la recuperación
del ambiente afectado.
-De os delitos se aplicaran las leyes
penales con privación de libertad, una
vez que el juez valore las pruebas
mediante las experticias y cumpla
debidamente con los lapsos procesales.
-Medidas y sanciones: serán dictadas
acorde a las leyes penales y
administrativas con multas y privativas
de libertad.
-Nulidad de los actos administrativos:
Los permisos y contratos de actos
administrativos, contrario a los
principios de la ley, se consideran nulo
emitiendo responsabilidad a los
funcionarios que los otorgaron.
Medidas preventivas.
Art 111, medidas
accesorias. Art 112,
medidas equivalentes
art.113, medidas de
seguridad art. 114,
impugnacion de gasto
y costo art 115,
valoración del daño
provocado, art. 116,
y crédito
privilegiados. Art 117
(LOA)
4. EDUCACIÓNAMBIENTALYPARTICIPACIÓNCIUDADANA
OBJETO
Promover, generar, desarrollar y consolidar
en los ciudadanos conocimientos, aptitudes
y actitudes para contribuir con la
transformación de la sociedad, que se
reflejará en alternativas de solución a los
problemas socio-ambientales
LINEAMIENTOS PARA LA EDUCACIÓN
-Incorporar una cátedra en educación
ambiental.
-Vincular el ambiente conos temas
asociados .
-Desarrollar procesos educativos
ambientales.
-Incorporar a la educación que reconozca
diversidad cultural y ecológica.
GENERACIÓN
AMBIENTAL
-Es de carácter obligatorio y constitutivo
del pensum en todos los niveles educativos,
el desarrollo de los ciudadanos ambientales
-Las personas naturales y jurídicas: son
responsables de la formulación de
proyectos del uso de los recursos naturales
-Las instituciones públicas y privadas:
deberán involucrar principios de la
educación ambiental y capacitar el personal
DEBER Y
DERECHO DE
PARTICIPAR
-Todas las personas tiene derecho a
la participación de la gestión
ambiental. Art 39 (LOA).
-El ejecutivo nacional a través
ministerio con competencia
determina os mecanismo de
participación ciudadana. Art
40(LOA).
-Los pueblos indígenas Art 41 (LOA).
Todas las
personas, las
organizaciones
ambientales,
comunidades y
pueblos
indígenas tienen
el derecho de
denunciar,
cualquier hecho
que atente
contra cualquier
ambiente sano y
ecológico, arts.
42 y 43 (LOA).
La Autoridad Nacional Ambiental
deberá:
Implementar herramientas y
mecanismos, para la
descentralización y transferencia de
la gestión ambiental; a las
comunidades, grupos vecinales
organizados, previa capacitación
acorde a los principios de
corresponsabilidad para desarrollar
procesos de autogestión y cogestión
para un ambiente sano, seguro y
ecológicamente equilibrado.
5. De acuerdo a la interrogante sobre que estaría dispuesto hacer
para mejorar el medio ambiente, en conformidad de luego haber realizado un
estudio minucioso, sobre todo lo que establece nuestro ordenamiento
jurídico, tenemos que tener en cuenta que son excelentes las políticas que
allí están plasmadas, pero es de lamentar que hoy en día muchas de ellas no
se cumplan y que muchas estén inclinadas para beneficiar alguna de las
partes, violando todo nuestro normativo, en relación a mi opinión
principalmente debemos nosotros como ciudadanos, mantener los valores y
principios que vienen desde del hogar, para que de forma espontanea sean
cumplida las exigencias por la ley, debido que ella no solo regulan y
sancionan, si no que previene a futuro el buen desarrollo de nuestro
ecosistema.
Es por ello que yo, propongo que se deben realizar organizaciones
instructivas en esta materia, que comiencen desde nuestro hogares y las
unidades educativas en todos sus niveles, a impartir aquella prevención del
cuidado de nuestro ambiente, es allí, donde arraigamos en el ser, de cada
una de las personas, aquel sentido de pertenecía y el cuidado de todo
nuestros espacios y nos ayuda a comprender que nuestra naturaleza la
debemos respetar en todos sus sentidos, porque de ella depende nuestro
bienestar y el desarrollo de todas las sociedades, por cuanto al conseguir en
un gran número aquel amor por nuestro ambiente, lograremos que sean
aplicadas las políticas y normas de la manera correcta y acabar con esas
malas prácticas y la parcialidad.
6. BIBLIOGRAFÍA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA (1999)
LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE. AÑO (2006)
DERECHO AMBIENTAL. UNIDAD IV. TEMAS 01 Y 10 SAIA.