2. Plan Anual de Contrataciones
Expediente de Contratación
Comité Especial
Bases
2
3. Segundo Momento (15 días hábiles después)
Aprobación de PIA
Primer
Momento
Consolidación de
cuadro de
necesidades
Usuarios definen
requerimientos
Aprobación
Difundir:
Dentro de los 5
días hábiles de
aprobado
Plan
Anual
SEACE
LOCAL Y WEB DE
LA ENTIDAD
3
4. Podrá ser modificado en cualquier momento, de
conformidad con la asignación presupuestal o en
caso de reprogramaciones de las metas
institucionales.
• Incluir o excluir procesos de selección; o
• Modificar la cantidad prevista de bienes,
servicios u obras en más de 25% del valor
estimado y ello varie el tipo de proceso de
selección.
4
5. » Sentido amplio: Documento que
contiene todas las actuaciones
referidas a la contratación, desde la
decisión de adquirir o contratar
hasta la culminación del contrato.
¿Cuándo se inicia?
Se inicia con el requerimiento del área usuaria.
Concluye con la conformidad de recepción de la
última prestación, o con la liquidación, en caso de
obras, y con el pago.
5
6. NECESIDAD
Consolidar en
el PAC
Área Usuaria /
Requerimiento
OEC
Estudios de las
posibilidades que ofrece
Definición:
C.T.
características técnicas
V.L.
Valor referencial
Prohibición de Fraccionamiento: No se debe
dividir una adquisición o contratación para dar lugar
al cambio del tipo de proceso de selección
Determinación del tipo
de proceso de
selección: LP, CP, ADP,
ADS, AMC.
6
7. »
»
»
»
»
»
»
Requerimiento Área Usuaria
Estudio de mercado / indagación
Características técnicas y cantidad
Valor Referencial
Tipo de proceso de selección
Sistema y Modalidad de Selección
Disponibilidad Presupuestal
El Expediente de Contratación se elabora en la Fase de
Actos preparatorios y acaba en la liquidación del contrato.
7
9. » Antigüedad del VR:
˃Obras: 06 meses contados desde la fecha de determinación
del presupuesto base.
˃Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir de la
aprobación del Expediente de Contratación.
En caso se requiera un período mayor a los consignados, el
OEC indicará el período de actualización del mismo
9
10. Contenido de la Certificación
Presupuestal:
˃ Fuente de Financiamiento
˃ Cadena Funcional Programática y del
gasto
˃ Monto al cual asciende la certificación
con las anotaciones del caso
10
11. » Comité Especial (ad hoc): Para cada proceso de
selección, se da en cualquier tipo de proceso,
salvo menor cuantía (opcional).
» Comité Especial Permanente: Para varios
procesos de selección; solo está permitido en las
Adjudicaciones Directas y las Menores Cuantías.
11
12. Elabora las Bases
Convoca al proceso
Absuelve Consultas y observaciones
Evalúa propuestas
Otorga la Buena Pro
Declara desierto
Consulta o propone las modificaciones de
características técnicas o del valor referencial
» Otros actos necesarios
»
»
»
»
»
»
»
12
13. Tres miembros: uno del área usuaria y otro del
OEC. Por lo menos 01 debe conocer técnicamente
el objeto de la contratación.
La designación debe cuidar que exista
correspondencia entre cada miembro titular y su
suplente.
13
14. » Caso Fortuito o Fuerza Mayor
» Cese en el servicio declarado con documento
motivado
El Comité Especial no tiene competencia directa para modificar:
•Cantidad, plano o dimensión de bien, servicio u obra.
•Características y especificaciones
•Valor referencial
•Financiamiento
•Tipo de proceso
14
15. » Titular de la Entidad
» Funcionarios: Control y fiscalización
» Funcionarios que aprobaron el expediente, Bases,
Comité Especial
» Funcionarios, servidores o expertos independientes
sancionados.
15
16. » Definición.- Son las reglas básicas de un proceso de
selección, orientadas a establecer mecanismos de
selección eficientes en virtud a los principios que
inspiran las contrataciones públicas.
» Deben sujetarse a la Ley y su Reglamento.
» Aspectos que regula:
- Requerimiento.
- Reglas de procedimiento.
- Derechos y obligaciones
16
17. » Titular de la Entidad Nunca quien elabora las
Bases
» Por escrito
» Delegación
17
18. Condiciones Mínimas
Art. 26º Ley
- Especificaciones
- Calendario
- Metodología de
evaluación
- Proforma de contrato
- Sistema/modalidad de
contratación
Valor Referencial
- Valor Referencial y Límites
- Antigüedad del Valor
Referencial
18
Contenido de las
propuestas
Art. 42º Rgto.
-
Copia certificado RNP
DDJJ
Doc. Obligatoria.
Documentación
facultativa
- Oferta Económica
20. 2. Proceso de Selección
Es un conjunto de actos (administrativos y de
gestión) que tienen por objeto seleccionar un
proveedor para que suministre un bien, brinde un
servicio o ejecute una obra.
20
21. Etapas del Proceso de Selección
Convocatoria
Registro
de
Participantes
Consultas y
Observaciones a
las Bases
Integración
de Bases
Presentación
de
Propuestas
Evaluación
de
Propuestas
Otorgamiento
de
Buena Pro
21
23. Adjudicación de Menor Cuantía
Consultoría y Ejecución de Obras
Otorgamiento de la
Buena Pro
Convocatoria
6 días
Registro de
Participantes
Consultas y
observaciones
Formulación: Mín. 2 días
Absolución: Máx. 2 días
23
Evaluación de la
Propuesta
Presentación de la
Propuesta
24. Convocatoria
(Publicación en SEACE)
Presentación de
Propuestas
Registro de
Participantes
Integración (2 días)
Evaluación de Propuestas
Otorgamiento
de la Buena Pro
Consultas (Mínimo 5
días)
Absolución de
Consultas (Máximo 5
días)
Observaciones
(Máximo 5 días)
24
Pronunciamiento de OSCE
(10 días) Titular de entidad
(8 días)
Absolución de
Observaciones
(Máximo 5 días)
Consentimiento
de la Buena
Pro
Contrato
25. Licitación Pública XX
Se podrá convocar en un
sólo proceso la
contratación de
bienes, servicios y obras
vinculadas entre sí.
Ítem 1: producto A
Ítem 2: producto B
Ítem 3: producto C
Ítem 4: producto D
Cada uno de los
ítems constituye un
proceso menor
dentro del principal.
25
26. » SEACE (todo proceso)
Medio
» Otros medios
documentos
• Bases
• Resumen ejecutivo
26
28. ¿Qué es una Consulta?
Aclarar
Hacer una Solicitud
•
•
•
•
¿Qué es una
Observación?
Cuestionar el incumplimiento de
las condiciones mínimas o
ilegalidad
Se plantean por escrito.
Comité Especial absuelve consultas y acoge (o no acoge)
observaciones mediante escrito debidamente sustentado.
El Comité Especial no puede de oficio modificar las Bases.
Una vez integradas las Bases constituyen las reglas definitivas de
la contratación.
28
29. »
»
»
»
Para que los participantes
presenten:
LP y CP: Mín. 5 días
ADP y ADS: Mín. 3 días.
MC para obras y consultoría
de obras: Mín. 2 días.
MC para Bienes y Servicios:
NO hay consultas ni
observaciones
Para el Comité Especial
absuelva:
» LP y CP: Máx. 5 días
» ADP y ADS: Máx. 3 días
» MC para obras y consultoría
de obras: Máx. 2 días
29
30. ANTES:
1 Participante observa y Comité Especial absuelve.
2 Si participante no está de acuerdo: Eleva a Consucode.
3 Consucode emite Pronunciamiento (Última instancia)
Decreto Legislativo N 1017:
1 Participante observa y Comité Especial absuelve.
2 Si participante no está de acuerdo:
a)VR ≥ 300 UIT: Eleva a OSCE para Pronunciamiento
b)VR < 300 UIT: Titular de la Entidad absuelve
300 UIT = S/. 1 080,000
30
31. La integración es el acto mediante el cual las
consultas, aclaraciones y observaciones de los
participantes se incorporan a las bases originales,
para dar paso a una versión mejorada. ( segunda
versión DEFINITIVA).
Si las bases integradas no se publican en el
SEACE, los actos posteriores son nulos.
31
32. » Acto Público, por excepción privado (ADS y AMC)
» Acreditación de representantes para presentar
propuestas: carta poder simple y representación
legal.
» PRESENTACIÓN:
˃ En dos sobres cerrados : propuesta técnica y propuesta económica.
˃ En AMC para servicios: la presentación de propuestas podrá realizarse a través
del SEACE.
32
33. » Subsanación de propuesta técnica: defectos de
forma (omisiones o errores en documentos
presentados que no modifiquen el alcance de la
propuesta).
» Plazo máximo de dos (2) días, desde el día siguiente
de la notificación o corrección del defecto en el
mismo acto.
» No cabe subsanación alguna por omisiones o errores
en la propuesta económica, salvo foliación y rúbrica.
33
35. » Se califica sobre 100 puntos.
» Propuestas Técnicas que no
alcancen puntaje mínimo
serán descalificadas.
» Puntaje Mínimo:
˃ En bienes y obras: 60 pts.
˃ En servicios y consultoría: 80 pts.
35
36. En AMC y ADS: no se efectúa
evaluación técnica.
Sólo se evalúa la propuesta
económica y la evaluación se
realiza sobre cien (100) puntos.
36
37. La Evaluación Económica se califica sobre cien
(100) puntos.
1. Verificar los límites del Art. 33º de la Ley
2. Aplicación de la fórmula del art. 70º Reglamento.
3. Resultado : Puntaje de Evaluación Económica.
37
38. Bienes y Servicios
100% del VR, no hay mínimo
Ejecución de Obras
110% y 90% del VR
Consultoría
100% y 90% VR
38
39. 1. En AD y AMC: con preferencia a favor de las MYPES
2. A favor del postor que haya obtenido:
˃ bienes u obras: el mejor puntaje económico
˃ servicios: mejor puntaje técnico
3. A prorrata entre los postores ganadores
4. A través de sorteo en el mismo acto.
Otorgamiento de la buena pro en acto privado: el
desempate requiere de la presencia de los postores
que hayan empatado.
39
40. »
»
»
»
»
Por acto público, excepto en ADS y AMC
Publicación en el SEACE.
Distribución de la Buena pro.
Ofertas que excedan VR.
Consentimiento.
40
41. » Pluralidad de Postores
* 8 días hábiles (LP Y CP)
* 5 días (AD y AMC) desde su notificación si no
hay Recurso de Apelación.
» Un solo postor:
* El día de su notificación
41
42. » Cuando no se presente ningún postor o no quede
ninguna propuesta válida.
» Proceso de selección parcialmente desierto:
tratándose de ítems
» Antes de convocar nuevamente, la Entidad debe
evaluar y superar las causas.
» Segunda convocatoria de LP, CP o AD es siempre una
AMC
42
43. Se Produce cuando:
» Se suscribe el contrato
» Se cancela el proceso de selección
» Se deja sin efecto el otorgamiento de la buena pro:
* Por causa imputable a la Entidad
* Por causa imputable al postor
43
44. Solución de Controversias durante
el Proceso de Selección
Titular de la Entidad
- Cuando el Valor Referencial del Proceso es menor a las 600
UIT.
- El Titular de la Entidad puede delegar la potestad de resolver
el recurso.
Tribunal
- En caso el VR sea igual o superior a 600 UIT
- Actos que afecten la continuación del proceso.
La resolución que resuelve el recurso de apelación agota la vía
administrativa.
44
45. » Los actos administrativos emitidos dentro
del proceso de selección
» Excepciones: No se pueden impugnar vía
apelación:
1. Las actuaciones y los actos preparatorios
2. Las Bases ni su integración
3. Actuaciones materiales
4. Los actos que aprueban la exoneración
45
46. » Los actos administrativos emitidos desde la
convocatoria hasta el otorgamiento de la buena
pro, será dentro del plazo de 8 o 5 días de otorgada
ésta.
» Si son actos posteriores a la buena pro, dentro del
plazo de 8 o 5 días de conocido el acto.
46
47. » Garantía equivalente al 3% del Valor Referencial del
Proceso o del ítem impugnado. (Antes 1%)
» No puede ser menor al 50% de una UIT. (Antes 25%
UIT).
» En caso de desistimiento se ejecuta 100%.
47
50. Consentida la Buena Pro
surge la obligación de la
Entidad y del ganador de la
Buena Pro de suscribir el
contrato.
51. PROFORMA DEL CONTRATO
• Es el proyecto del contrato que forma parte de las
Bases.
• Las cláusulas obligatorias de la proforma de contrato
son:
• Garantías.
• Solución de Controversias.
• Causales de resolución de Contrato por
Incumplimiento.
La proforma del contrato puede ser modificada en la etapa
de selección; una vez suscrito el contrato, éste también
puede ser modificado en la etapa de ejecución contractual.
51
52. Formalidad:
• Por Escrito (mediante la suscripción del documento
contractual, según la proforma contenida en las Bases
Integradas, la propuesta técnica y económica ganadora).
• Menor Cuantía: mediante orden de compra o de servicios.
• Registro en el SEACE: 10 días
52
53. EL CONTRATO
COMPRENDE
El
documento
que lo
contiene
La Oferta
Ganadora
Las Bases
integradas
Documentos
derivados del
proceso de
selección que
establezcan
obligaciones
Los montos y plazos respectivos. Incluso las
mejoras técnicas propuestas por el postor
ganador e información relativa a las
garantías.
Puede incorporar las modificaciones no
sustanciales a la proforma como al contrato
definitivo.
53
54. - Desde el día siguiente de la
suscripción del contrato o de la
recepción de la orden de compra
o de servicios, hasta la
conformidad de recepción y el
pago (Bs. y Ss.)
Asesoría Legal (patrocinio
judicial, arbitral u otros similares):
podrá extenderse hasta la duración
del encargo
54
55. Cómputo en días naturales (regla general), las excepciones
están reguladas de forma expresa.
Por uno o más ejercicios presupuestales
(máximo 3)
Arrendamiento de inmuebles: contratos de hasta 3
años, renovables y con cláusula de resolución unilateral.
Ejecución y consultoría de obras:
55
el previsto para su culminación.
56. Art. 148
Dentro de los 7 días hábiles
siguientes al consentimiento
de la Buena Pro, sin mediar
citación alguna, el postor
ganador deberá presentar a la
Entidad la documentación para
la suscripción del contrato.
Asimismo, dentro de los 3 días
hábiles siguientes a la
presentación de dicha
documentación, deberá
concurrir ante la Entidad para
suscribir el contrato.
En los casos que el contrato se
perfeccione mediante orden de
compra o de servicios, el postor
deberá presentar la documentación
para la suscripción del
contrato, dentro de los 3 días hábiles
siguientes al consentimiento de la
Buena Pro, sin mediar citación alguna.
Asimismo, la Entidad deberá
notificarle la orden de compra o de
servicios en un plazo no mayor de 4
días hábiles siguientes a la
presentación de dicha
documentación.
56
57. Art. 148
El OEC citará al postor que ocupó el 2do lugar en el orden de prelación a fin que presente la
documentación para la suscripción del contrato en el plazo previsto en el numeral 1, y
posteriormente, concurra a suscribir el contrato en el plazo previsto en dicho numeral. En el
caso que el contrato se perfeccione con la notificación de la orden de compra o de servicios, la
Entidad citará al postor que ocupó el 2do lugar en el orden de prelación a fin que presente la
documentación para la suscripción del contrato conforme a los plazos antes mencionados. Si
este postor no suscribe el contrato, dicho órgano declarará desierto el proceso de selección, sin
perjuicio de la sanción administrativa aplicable.
Cuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el
numeral 1, el postor ganador de la Buena Pro podrá requerirla para su suscripción, dentro de
los 2 días hábiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de
entre 5 a 10 días hábiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el
contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el
57
otorgamiento de la Buena Pro.
58. Art. 148
Cuando la Entidad no cumpla con notificar la
orden de compra o de servicios al contratista en el
plazo establecido en el numeral 2, dentro de los 2
días hábiles siguientes de vencido dicho plazo, el
contratista podrá requerirla para que cumpla con
efectuar la notificación en el plazo de 3 días
hábiles; vencido este plazo, el contratista podrá
solicitar a la Entidad que deje sin efecto el
otorgamiento de la Buena Pro.
58
59. El ganador de Buena Pro debe presentar previamente:
La Constancia de no estar inhabilitado, salvo AMC.
Garantías, salvo excepciones
Contrato de Consorcio formalizado, de ser el caso.
Vigencia de poder (caso de personas jurídicas).
Otros documentos requeridos en las Bases Integradas y en la
normativa especial
59
60. Art. 141 (D.S. 138-2012-EF)
• Código de cuenta interbancaria (CCI)
• Traducción oficial efectuada por
traductor publico juramentado de
todos los documentos de la propuesta
presentados en idioma extranjero que
fueron acompañados de traducción
certificada.
60
61. Art. 145 (D.S. 138-2012-EF)
• Al suscribirse el contrato de consorcio
se mantendrá la información referida al
porcentaje de obligaciones de cada uno
de sus integrantes, conforme a lo
indicado en la promesa formal de
consorcio.
• Ver Directiva de consorcios
61
62. ES EMITIDA POR OSCE Y RESPONDE A UNA FINALIDAD CONCRETA
TRÁMITE:
Dentro de los 15
dh siguientes al
consentimiento de
la Buena Pro.
Obligatorio en
LP, CP, ADP y ADS.
No se presenta en
AMC o en ítem
cuyo valor no
supere AMC.
62
63. Su finalidad
Es una garantía
personal
Únicas garantías
permitidas:
• Carta fianza y
• Póliza de caución
• Un 3ro (una entidad
financiera) respalda la
obligación asumida por
el deudor principal (el
contratista)
• Asegurar parcialmente
el pago de los daños y
perjuicios derivados de
la inejecución
injustificada de las
prestaciones a cargo
del contratista.
¡ADVERTENCIA! Previa a la suscripción del contrato, debe verificarse la
autenticidad de las garantías mediante comunicación (telefónica) con la
institución emisora
63
64. Las garantías pueden ser:
Pre-contractuales:
• - Por recurso de apelación.
Contractuales:
• - Fiel cumplimiento (Prestación principal y
prestaciones accesorias).
• - Por adelantos.
• - Por monto diferencial de propuesta.
64
65. Debe ser emitida por el 10% del monto del contrato (ampliación en caso de
adicionales), a fin de garantizar las obligaciones asumidas por el contratista.
Debe entregarse previa a la suscripción del contrato.
Vigencia: desde la suscripción del contrato, hasta:
La conformidad de la recepción (bienes y
servicios) o,
El consentimiento de la liquidación final (obras y
consultoría de obras).
Si contrato es por más de 1 año, puede tener vigencia de 1 año, pero con el
compromiso de renovación antes de su vencimiento.
65
66. GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL
DE LA PROPUESTA
Finalidad y vigencia: iguales que la GFC.
• Servicios: Cuando la propuesta del adjudicatario es inferior
en más del 10% del valor referencial.
• Bienes: Cuando la propuesta del adjudicatario es inferior
en más del 20% del valor referencial.
• NO se aplica en ejecución de obras ni consultorías de
obras.
• NO se presenta en contratos derivados de AMC para
bienes y servicios.
• Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el valor
referencial y la propuesta económica
66
67. En adquisición de bienes, servicios o contratación de obras que
requieran mantenimiento, reparación o actividades afines.
Origen: Bases, Contrato
Monto: 10% del valor de las prestaciones accesorias
Vigencia: hasta el cumplimiento de obligaciones del contrato
Excepciones: Similares a la de fiel cumplimiento
Regulación específica: Directiva 09-2009-OSCE
67
68. Pueden presentar Carta Fianza o Póliza de Caución.
Como Garantía de Fiel Cumplimiento para el suministro de
bienes o servicios de ejecución periódica, servicios de
consultoría y ejecución de obras:
- Declaración Jurada autorizando retención. La Entidad retendrá un 10%
del monto total del Contrato, en la primera mitad del plazo del contrato.
- Para el caso de Obras: Monto sea AMC, ADS, ADP; Plazo sea igual o mayor a 60
días; Pago considere mínimo 2 Valorizaciones
68
69. Contratos por el monto de menor cuantía en bienes y
servicios.
Contratos de servicios de ADS.
Adquisición de inmuebles.
Contratación ocasional de transporte.
Contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.
Monto del ítem es de menor cuantía.
Contratos complementarios con montos equivalentes a AMC y
ADS de servicios
70. CAUSALES DE EJECUCIÓN DE LA GFC Y GMD
1.- No renovación oportuna. Sólo queda en custodia el monto ejecutado.
2.- Resolución de contrato por incumplimiento, siempre que ésta quede
consentida y/o firme.
3.- Laudo Arbitral que declare procedente resolución del contrato.
4.- Cuando luego de 3 días de requerido, el contratista no haya cancelado
el saldo a su cargo, luego de la liquidación o la conformidad de
prestación, según corresponda.
5.- Excepcionalmente: cobro de penalidades.
70
72. 3. Ejecución
Suscripción
Ejecución dentro del plazo
contractual y a satisfacción
Modificación del Contrato
Cesión de Derechos y Cesión
de Posición Contractual
Subcontratación
Adicionales o Reducciones
Conformidad
Ampliaciones
Pago
Penalidades
Resolución o Nulidad
Complementario
73. (Siempre que estén establecidos en las Bases o en el contrato)
Clases:
• Directos (No mas de 30% - Bs y Ss)
• Directos (No mas del 20% - obras)
• Para insumos y materiales (No mas del 40% - obras)
Oportunidad de entrega:
• Según el contrato
Requisito para entrega:
• Presentar Garantía
73
74. Sólo sobre bienes y/o servicios con iguales o mejores
características técnicas, de calidad y de precios, que satisfagan
la necesidad de la Entidad
Previa evaluación de la Entidad
No deberán variar en forma alguna las condiciones originales
que motivaron la selección del contratista
Ante un cambio fundamental de las circunstancias, ¿es
posible modificar el contrato?
75. SUBCONTRATACIÓN
Excepciones, cuando el contrato lo prohíba y los casos de contratos
personalísimos.
Tope máximo:
Las prestaciones a subcontratarse con terceros no excedan del 40%
del monto contractual
CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL
No procede, salvo en casos de transferencia de propiedad de bienes
que se encuentren arrendados a las Entidades, cuando se produzcan
fusiones o escisiones, o que exista norma legal que lo permita
expresamente
76. ADICIONALES Y REDUCCIONES:
Excepcionalmente y sustentado por Área Usuaria
Siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato.
Previa Resolución interna que autorice la misma.
La Entidad podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de
prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios hasta el 25% de su
monto.
Igualmente, podrá disponerse la reducción de prestaciones hasta el 25%
77. ADICIONALES Y REDUCCIONES:
Los adicionales o reducciones que se dispongan durante la
ejecución de proyectos de inversión pública deberán ser
comunicados por la Entidad a la autoridad competente del
Sistema Nacional de Inversión Pública.
En el caso de la consultoría de obras, debe pagarse al
contratista, además del
gasto general variable, el costo directo.
78. AMPLIACIONES DEL PLAZO CONTRACTUAL
Procede:
Por aprobación de
adicional que afecte el
plazo.
Por atrasos y/o
paralizaciones no
imputables al
contratista o por culpa
de la Entidad.
Por caso fortuito o
fuerza mayor.
Trámite:
Solicitud fundamentada
dentro de los 7 días
hábiles siguientes de
finalizado el hecho.
Reconocimiento de los
costos directos y gastos
generales que
correspondan.
Gastos generales
debidamente acreditados.
79. ART. 175
La Entidad deberá resolver
las solicitudes de
ampliación de plazo en diez
días hábiles computado
desde el día siguiente de su
presentación
79
80. Oportunidad:
˃Después de ejecutada la
prestación (parcial o
total) y luego de emitida
la conformidad del bien o
servicio.
Reajustes:
Sólo cuando condiciones que
originaron contrato, varían. Aplicable
cuando se produce incremento en
costos del contratista:
IGV, RMV, aumento en los costos de
materiales (Rubus Sic Stantibus)
Excepciones:
˃Antes de ejecutada la
prestación (según su
naturaleza).
Plazos:
Conforme al contrato, máximo 15
días calendario
Retraso = Interés Legal
81. Art. 181 DS 138-2012-EF
• El responsable de otorgar la conformidad de recepción de los
bienes o servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá
de los (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la
Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de
los (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen
las demás condiciones establecidas en el contrato.
• Las controversias en relación a los pagos que la Entidad debe
efectuar al contratista podrán ser sometidas a conciliación y/o
arbitraje dentro del plazo de quince (15) días hábiles
siguientes de vencido el plazo para hacer efectivo el pago.
81
82. Por mora:
Retraso injustificado.
Aplicar fórmula.
Máximo a cobrar 10% del monto materia de contrato.
Para el cálculo se considerará monto del contrato vigente.
Otras penalidades distintas a la mora :
Deben estar señaladas en las bases o el contrato
EJEMPLO: En casos de vigilancia, que el personal no este
debidamente uniformado.
Hasta por un monto máximo del 10% del monto del contrato
vigente.
83. Es una atribución de las partes para
dejar sin efecto las obligaciones
derivadas del contrato.
Causales:
Caso fortuito o fuerza mayor;
Incumplimiento injustificado de una de las
partes; y,
Acumulación del monto máximo de la
penalidad por mora o de las otras
penalidades.
84. Procedimiento de resolución de
contrato:
Carta Notarial requiriendo cumplimiento de
obligación, bajo apercibimiento.
Plazo:
Ordinariamente : No mayor a 5 días.
Casos complejos (Por ej. Obras): 15 días.
Carta Notarial de resolución.
85. Controversias pueden ser
conciliación y/o arbitraje.
sometidas
a
No es necesario requerimiento previo cuando
resolución del contrato es por acumulación
del monto máximo de la penalidad por
mora, otras penalidades, o situación de
incumplimiento no es revertida.
Sólo necesita resolución
mediante Carta Notarial.
comunicada
86. Entidad perjudicada, ejecuta garantías y danos y
perjuicios por mayores daños ocasionados.
Contratista perjudicado, daños y perjuicios irrogados.
En caso de caso fortuito o fuerza mayor no procede
indemnización.
86
87. Se declara de oficio por la Entidad cuando contratista incurra
en causales contenidas en el artículo 56º de la Ley:
˃
Suscripción por contratista con impedimento.
˃
Trasgresión al principio de presunción de veracidad. (Da
lugar a inicio de procedimiento sancionador)
˃
Suscripción cuando se encontraba en trámite recurso de
apelación.
88. ˃
Incumplimiento de las condiciones y/o requisitos
establecidos en la normativa a fin de la configuración de
alguna de las causales de exoneración.
˃
Cuando no se haya utilizado los procedimientos
previstos en la Ley estando la contratación bajo su
ámbito de aplicación. En este supuesto, asumirán
responsabilidad los funcionarios y servidores de la
Entidad contratante, conjuntamente con los contratistas
que celebraron irregularmente el contrato
89. En caso de BIENES Y SERVICIOS:
conformidad de la última prestación más el pago
correspondiente (para bienes y servicios)
En caso de OBRAS:
consentimiento de la liquidación más pago
correspondiente.
Es conveniente que la entidad comunique al contratista que
se acerque a recoger su constancia por las prestaciones
realizadas y su garantía.
90. RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
BIENES Y SERVICIOS: Un año (01) contado a
partir de la conformidad otorgada, excepción
bienes fungibles o perecibles siempre que no se
adecúen al plazo.
OBRAS: Siete (07) años.
91. Es considerada un contrato nuevo.
Las condiciones para que se realice son las siguientes:
Dentro de los 3 meses de concluida la ejecución del
contrato original.
Mismo contratista.
Mientras culmine proceso de selección convocado,
salvo que se agote la necesidad de la entidad lo que
debe sustentarse por área usuaria al formular
requerimiento
Por los mismos bienes y/o servicios.
Por única vez.
Se requiere la aprobación previa del contratista
92. Máximo hasta 30% del contrato original.
Preservando las condiciones que dieron lugar a la
adquisición o contratación original.
No cabe en consultoría de obra
Los requisitos:
No estar inhabilitado.
Estar inscrito en el RNP
Garantías, cuando corresponda