Se promulgó la ley para el blanqueo de capitales en Argentina.
EY Argentina presenta a continuación la información más relevante a saber respecto a la "Ley de Sinceramiento Fiscal"
Esta presentación abarca las temáticas de:
- Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados.
- Régimen de Sinceramiento Fiscal.
Para más información contactarse con:
Carlos Casanovas
Tax Managing Partner
Teléfono: +5411 4318 1619
E-mail: carlos.casanovas@ar.ey.com
Osvaldo Flores
Partner - People Advisory Services Leader
Tel.: +54 11 4318 1641
E-mail: osvaldo.flores@ar.ey.com
Daniel Dasso
Partner - Energy, Mining & Metals Tax Leader
Tel.: +54 11 4318 1694
E-mail: daniel.dasso@ar.ey.com
Gustavo Scravaglieri
Partner -International Tax Services Leader
Tel.: +54 11 4510 2224
E-mail: gustavo.scravaglieri@ar.ey.com
2. Page 2
Agenda
► Libro I - Programa Nacional de Reparación Histórica
para Jubilados y Pensionados
► Libro II - Régimen De Sinceramiento Fiscal
► Introducción / Antecedentes
► Blanqueo
► Moratoria
► Modificación a normas fiscales
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► Carlos Casanovas
► Osvaldo Flores
► Daniel Dasso
► Gustavo Scravaglieri
Expositores
4. Page 4
¿Adherir al Régimen de Sinceramiento?
¿Por qué en esta oportunidad el riesgo de no adherir es
mayor?
¿Hay riesgo de aparecer en los medios?
Estados Unidos, el nuevo paraíso fiscal
¿Exteriorización o Moratoria?
¿Qué estamos escuchando?
5. Page 5
¿Cuál riesgo puede provocar más daño?
¿Qué estamos escuchando?
Aparecer en los medios por adherirse o no adherirse…
7. Page 7
► Domiciliadas Residentes, inscriptas o no ante la AFIP
► Establecidas o constituidas en el país
al 31 de Diciembre de 2015
SUJETOS
• Personas Humanas
• Sucesiones Indivisas
• Personas Jurídicas
Sistema Voluntario y Excepcional de Declaración de Tenencia
de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país
y en el exterior
8. Page 8
Sistema Voluntario y Excepcional de Declaración de Tenencia
de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país
y en el exterior
BIENES OBJETO DE DECLARACIÓN
► Tenencia de moneda nacional o extranjera.
► Inmuebles.
► Muebles (incluye todo tipo de títulos valores e instrumentos financieros).
► Demás Bienes en el país y en el exterior (cosas y derechos).
9. Page 9
► Bienes Preexistentes a la fecha de promulgación.*-Personas Humanas
-Sucesiones Indivisas
► Bienes Preexistentes a la fecha de cierre del último
Balance anterior al 01-01-16.*-Personas Jurídicas
Sistema Voluntario y Excepcional de Declaración de Tenencia
de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país
y en el exterior
* Se referirá a estas fechas como Fecha de Preexistencia de los Bienes (FPB).
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Adquisiciones no cubiertas
-Personas Humanas
-Sucesiones Indivisas
-Personas Jurídicas
Sistema Voluntario y Excepcional de Declaración de Tenencia
de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país
y en el exterior
Julio 2016
Declaración (hasta
el 31 de Marzo 2017)
Adquisiciones no cubiertas
31 Diciembre 2015
Declaración (hasta
el 31 de Marzo 2017)
11. Page 11
Sistema Voluntario y Excepcional de Declaración de Tenencia
de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país
y en el exterior
FLEXIBILIDAD PARA TENENCIA DE MONEDA NACIONAL O EXTRANJERA
Si con anterioridad a la
FPB estuvieron
depositadas en bancos
del país o del exterior
por un período de al
menos 3 meses corridos
Entre la FPB y la
Declaración, los
fondos se pueden
afectar a:
• Adquisición de inmuebles o muebles no fungibles (en el país o en el exterior).
• Aportado como capital de empresas o prestado a otros sujetos del impuesto a
las ganancias domiciliados en el país.
– Permanencia de la inversión: Hasta 31/03/2017 o 6 meses, el mayor.
12. Page 12
Declaración voluntaria
Procedimiento para declarar
Tenencia de moneda o títulos depositados en el exterior
Tenencia de moneda nacional o extranjera o títulos valores depositados en el país.
Tenencia de moneda nacional o extranjera en efectivo en el país
Demás Bienes muebles e inmuebles situados en el país o en el exterior.
13. Page 13
Declaración voluntaria
Ventajas adicionales del sistema
La tenencia de moneda o títulos depositados en el exterior NO TIENE QUE REPATRIARSE
Se pueden declarar bienes a nombre de terceros con domicilio en Argentina (*)
Por única vez, se puede dejar de lado la estructura jurídica creada en el exterior y declarar los
bienes a nombre de la misma, en cabeza del accionista, titular o beneficiario al 31/12/2015.
El requisito del depósito de 6 meses se libera si los fondos se destinan a adquirir bienes
inmuebles y muebles registrables.
(*) Con anterioridad a la presentación de la declaración jurada del Impuesto, período fiscal 2017 (Abril/Mayo
2018), los bienes declarados deberán figurar a nombre del declarante.
14. Page 14
Impuesto especial por la Declaración Voluntaria
Bienes, incluidos Inmuebles que en su conjunto sean inferior a
$ 305.000
Bienes incluidos los inmuebles que superen los $305.000 y sean
menores a $ 800.000
Bienes Inmuebles en el país o en el exterior
Bienes (no inmuebles) que superen los $800.000 declarados
antes del 31/12/2016
Bienes (no inmuebles) que superen los $ 800.000 declarados entre
el 01/01/2017 y 31/03/2017.
Bienes (no inmuebles) que superen los $ 800.000 si optan por abonar el
impuesto especial con la entrega de BONAR 17 Y/o GLOBAL 17.
0 %
5 %
10%
15 %
10 %
5%
15. Page 15
Excepción al Ingreso del Impuesto Especial
por Declaración Voluntaria
No ingresa el impuesto especial si los fondos se afectan a:
Bono denominado en USD a 3 años. Adquirido hasta el
30/09/2016, intransferible y no negociable.
Cupón de interés 0 %.
Bono denominado en USD a 7 años. Adquirido hasta el
31/12/2016, intransferible y no negociable durante los
primeros 4 años. Cupón de interés del 1 % y exceptuara
3 veces el monto suscripto.
Fondos Comunes de Inversión abiertos o cerrados regulados por
ley 24.083 y 26.831 cuyo objeto sea el fijado por reglamentación.
Deberán mantenerse por 5 años.
16. Page 16
¿Cuáles son las alternativas?
Oportunidades de Retorno
► Pago de Impuesto = 10%?
► Compra Bono 3?
► Compra Bono 7?
► Fondos Comunes de Inversión?
18. Page 18
Contribuyentes y responsables de tributos (incluido
aduaneros) y recursos de la seguridad social bajo el ámbito
de la AFIP
Quiénes?
Sujetos alcanzados
Vencidas al 31/5/16 Regularización de deudas tributarias
Infracciones vinculadas Exención de intereses, multas y
sanciones
I. Regularización excepcional de obligaciones
tributarias, de la seguridad social y aduaneras
Qué?
Obligaciones
comprendidas
Excluye:
► Aportes y contribuciones con destino a OS y cuotas ART
► Obligaciones e infracciones vinculadas con regímenes
promocionales
Incluye:
► Obligaciones en discusión administrativa o judicial Condiciones
► Planes de facilidades de pago caducos y reformulación
de planes vigentes
19. Page 19
Desde el mes siguiente a la publicación de la reglamentación
hasta el 31/03/17
Cuándo?
Plazo para el
acogimiento
Acogimiento:
► Suspensión de acciones penales tributarias y aduaneras en curso
► Interrupción de la prescripción penal
Cancelación total Contado o PFP:
► Extinción de la acción penal no debe existir sentencia firme
Caducidad del plan:
► Reanudación/promoción de acciones penales y comienzo del
cómputo de la prescripción
Consecuencias?
Efectos de regularizar
I. Regularización excepcional de obligaciones
tributarias, de la seguridad social y aduaneras
20. Page 20
Exención y/o condonación de:
► Multas y sanciones No firmes a la fecha del acogimiento
► Trabajadores autónomos: 100% de los intereses
► Importe de intereses resarcitorios y/o punitorios que excedan de:
► PF 2015 y obligaciones mensuales vencidas al 31/05/16:
10% del capital
► PF 2013 y 2014: 25% del capital
► PF 2011 y 2012: 50% del capital
► PF 2010 y anteriores: 75% del capital
Particularidades:
► Intereses y/o multas: cancelados con anterioridad
a la FEV sin derecho a reintegro o repetición
► Infracciones formales: liberación de la multa bajo cumplimiento
de la obligación antes del 31/03/17; o de oficio, según el caso
Beneficios?
I. Regularización excepcional de obligaciones
tributarias, de la seguridad social y aduaneras
21. Page 21
Particularidades (cont.):
► Infracciones sustanciales: condonación de pleno derecho cuando
la obligación principal hubiera sido cancelada a la FEV
► Intereses resarcitorios y/o punitorios: condonación cuando el
capital esté cancelado con anterioridad a la FEV
► Baja de la inscripción en REPSAL
Agentes de retención y percepción liberación de multas
y sanciones No firmes a la FEV bajo cancelación de:
► Importe omitido de retener/percibir
► Importe retenido/percibido y No ingresado
► Eximición de responsabilidad por regularización anterior del
sujeto pasible o mediante el presente régimen
(exteriorización/regularización)
Beneficios?
I. Regularización excepcional de obligaciones
tributarias, de la seguridad social y aduaneras
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Cancelación del capital, multas firmes e intereses
No condonados Opciones Grandes Empresas
Pago al Contado
► Reducción del 15% de la deuda consolidada
Plan de Facilidades de Pago
► Opción 1:
► Pago a cuenta: 5% de la deuda
► Saldo: hasta 60 cuotas mensuales
► Interés: 1,5% mensual
► Opción 2:
► Pago a cuenta: 15% de la deuda
► Saldo: hasta 90 cuotas mensuales
► Interés: tasa pasiva promedio del BNA piso del 1,5%
mensual
► Posibilidad de cancelación anticipada
Condiciones?
Notas
adicionales
► No se establece la suspensión de prescripción
► No requiere renuncia a las acciones planteadas por AxI
I. Regularización excepcional de obligaciones
tributarias, de la seguridad social y aduaneras
23. Page 23
► Contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones
tributarias correspondientes a los PFs 2014 y 2015
► No haber adherido en PFs 2014 y 2015 al régimen de
exteriorización/regularización de la Ley 26.860, ni a planes de
pago particulares otorgados por AFIP
► No poseer deudas en condición de ser ejecutadas, no haber sido
ejecutado fiscalmente, ni condenado en firme por multas por
defraudación fiscal en los PFs 2014 y 2015
► No adherir al sistema de declaración de tenencias/bienes
del presente régimen
► Presentar DDJJ de confirmación de datos manifestación de
que la totalidad de los bienes y tenencias poseídos son
los exteriorizados en las DDJJs del IG, IBP o IGMP
correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado al 31/12/15
Detección de bienes no declarados privación
de beneficios
II. Beneficios para contribuyentes cumplidores
Quiénes?
“Cumplidores”
24. Page 24
► Exención del IBP por los PFs 2016, 2017 y 2018
► Incluye a responsables sustitutos acciones y
participaciones + otros supuestos
► Anticipos a cuenta del PF 2016: devolución o compensación
según reglamentación a ser dictada
► Cumplidores sin acceso al beneficio de IBP: exención del IG
aplicable a la primera cuota del SAC del PF 2016
II. Beneficios para contribuyentes cumplidores
Beneficios?
Cuándo? ► Acogimiento hasta el 31/03/17
26. Página 26
III. Impuesto sobre los Bienes Personales
Impuesto Sobre la Ganancia Mínima Presunta
IBP
Mínimo No Imponible
Baja Progresiva Tasa
Tasa Única
No se deroga a 2018
2020?
Año Mínimo No Imponible s/Excedente Participaciones
Societarias
2016 AR$ 800.000 0,75% 0,25%
2017 AR$ 950.000 0,50% 0,25%
2018 AR$ 1.050.000 0,25% 0,25%
10,5%
18,75%
27. Página 27
III. Impuesto sobre los Bienes Personales
Impuesto Sobre la Ganancia Mínima Presunta
IGMP Derogado a partir de 2019
28. Página 28
IV. Impuesto a las Ganancias
Eliminación del impuesto al
dividendo. 10%.
Diferencia de cambio por
crédito/tenencias en el
exterior.
Resultado de
Compraventa de
acciones/títulos
del Exterior.
► Esperar la reglamentación por utilidades retenidas.
► Aprobado vs. Puesto a disposición vs. Pago efectivo.
► Inclusión como resultado exento.
► Personas Físicas. Refuerza la “No Gravabilidad”.
► ¿Podría alcanzar a Personas Jurídicas?
► Verdadera intención de la reforma.
29. Página 29
IV. Impuesto a las Ganancias
Cuestiones a Considerar
► Importancia para la venta de
acciones/cuotas en el exterior.
► Siempre están gravados. Tasa del 15%
Personas Físicas. 35% Personas Jurídicas.
► Costo en Pesos Vs. Costo en Moneda
Extranjera.
► Convalidaría el criterio de que el costo se
mantiene en moneda extranjera y se
convierte al momento de la venta (se
espera que la reglamentación aclare el
punto).
► Compatibilidad con Blanqueo.
Resultado de
Compraventa de
acciones/títulos
del Exterior.
30. Página 30
V. Disposiciones Generales
Creación de Registro de Entidades Pasivas del Exterior
Entidades del Exterior.
(Sociedad/
Fideicomisos/
Fundaciones, etc.).
Obtengan más del 50%
de renta pasiva en el
exterior sobre el total
de ingresos brutos en
un año calendario.
► Titulares > 50%
del capital.
► Directores.
► Gerentes.
► Apoderados.
► Órganos de
fiscalización.
► Cargos similares.
¿Cuáles
deben
Informarse?
¿Cuándo
deben
informarse?
¿Quiénes
Informan?
31. Página 31
VI. Cuestiones Importantes a tener en cuenta
a futuro
Desafío de administrar
inversiones en el exterior
bajo el régimen fiscal
argentino.
► ¿Cómo lo voy a hacer?
► ¿Quién me va a asistir?
► ¿Cuándo necesito
la información?
Momento
de reconocimiento
de los resultados.
► Cuando Cobro / Termina
el año.
► ¿Es lo mismo una S.A.
que una Limitada?
¿Puedo usar como
crédito el impuesto
pagado en el exterior
contra el impuesto
argentino?
Planificar el Futuro
32. Page 32
Carlos Casanovas
Tax Managing Partner
Teléfono: +5411 4318 1619
E-mail: carlos.casanovas@ar.ey.com
Contactos
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Osvaldo Flores
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Daniel Dasso
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Gustavo Scravaglieri
Partner - International Tax Services Leader
Tel.: +54 11 4510 2224
E-mail: gustavo.scravaglieri@ar.ey.com
33. Página 33 - BORRADOR PARA DISCUSIÓN -
EY | Auditoría | Impuestos | Transacciones | Advisory
Acerca de EY
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transacciones y advisory. La información y el servicio de calidad que
brindamos ayuda a generar confianza en los mercados de capitales
y las economías de todo el mundo. Desarrollamos líderes
excepcionales que integrados en equipos cumplen nuestra promesa
de valor a nuestros clientes y la comunidad.
Haciendo esto, desempeñamos un papel fundamental en la
construcción de un mundo de negocios que funcione mejor para
nuestra gente, nuestros clientes y nuestras comunidades.
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