2. DERECHO
Posee dos acepciones fundamentales: como Derecho objetivo se refuere al
conjunto de normas que rigen la vida del hombre en sociedad y sus relaciones
con los demás miembros de la misma, y como derecho subjetivo hace alusión
a las facultades concretas que el ordenamiento reconoce a los individuos
dentro del marco del Derecho objetivo.
4. Derecho subjetivo:
Prerrogativa atribuida en su interés a un individuo, que le permite gozar de
algo o de un valor, o exigir de otro una prestación.
5. FILOSOFIA DEL DERECHO:
Para Stammler (logicista puro):
“derecho es una voluntad vinculatoria, autárquica e inviolable”.
6. Para el Vecchio (neocriticista):
es la coordinación objetiva de las accione posibles entre varios sujetos, según
un principio ético que las determina, excluyendo todo impedimento”.
7. Para Vanni ( positivista critico):
el derecho, en sentido objetivo, es el conjunto de las normas generales
impuestas a la acción humana en sus relaciones externas y apoyadas por la
autoridad del estado para garantir la realización de los fines del individuo y
de la comunidad”.
8. Para Dante:
el derecho es proporción real y personal entre los hombres, que, observada,
conserva la sociedad y corrompida, la corrompe”. En realidad, Dante, como
jusnaturalista que era, define el “derecho natural”, es decir, la justicia.