4ª SESION la misión santificadora del Espíritu Santo en la vida de la Iglesi...
Cuadro explicativo: La Organización Administrativa Estadal.
1. Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Fermín Toro
Decanato de Derecho
Cuadro Sinóptico:
Derecho de Familia
Alumna:
Gaby Pineda
C.I: 25.541.929
SAIA B
Modalidad 100% en línea
2. Los Estados como
Personas Territoriales
de Derecho Público
Estado Federal: Gobernador,
04 años de cargo, con la
posibilidad de reelección. El
Consejo Legislativo: 7 a 15
integrantes, 04 años de
cargo, así como una
Contraloría Estadal, un
Consejo de Planificación y
Coordinación de Políticas
Públicas con los diferentes
agentes elegidos por el
Estado a la Asamblea
Nacional.
El Gobernador como Jefe del
Ejecutivo Estadal
El Consejo de Planificación y
coordinación de políticas
públicas
El Consejo Legislativo en
ejercicio de la función
administrativa
El Gobernador rendirá
cuentas de su gestión anual y
públicamente, ante la
Contraloría del Estado y
presentaran un informe del
mismo alConsejoLegislativoy
el Consejo de Planificación y
Coordinación de Políticas
Públicas.
Es el órgano rector de la
planificación de las políticas
públicas, a fin de promover el
desarrollo armónico,
equilibrado y sustentable del
estado.
Representa el Poder
Legislativo, compuesto por
una sola cámara de diputados,
donde se eligen de 7 a 15
Diputados, deben rendir
cuentas anualmente ante el
Estado y su pueblo.
"Los Estados son entidades
autónomas e iguales en lo
político, con personalidad
jurídica plena, y quedan
obligados a mantener la
independencia, soberanía e
integridad nacional, y a
cumplir la Constitución y las
leyes de la República."
El gobernador es la suprema
autoridad de un estado. Tiene
un período de 4 años,
pudiendo ser reelecto
inmediatamente para el
siguiente período.
La Contraloría del Estado
ejercerá el control, la
vigilancia y la fiscalización de
los ingresos, gastos y bienes
estadales, actuará bajo la
dirección y responsabilidad
de un Contralor o Contralora.
Ejercen funciones
administrativas, circunscribe a
las potestades internas
relativas a su organización y
funcionamiento; dictan su
reglamento, debates,
nombramientos y remociones
de su personal.