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Gestión Pública
y Gobierno
Abierto:
Transparentando
el Debate.
agosto 23
2013
Hiroshi Tasaka es filósofo, ingeniero y profesor de la Universidad de Arte de Tama,
ubicada enTokio, Japón, y fundador de Sophia Bank, además de autor de varios libros
sobre gestión del trabajo, estrategias de negocios, los modelos del cambio social y la
revolución Web 2.0. La paradoja del conocimiento no es otra que el escaso valor del
conocimiento, precisamente, en una época que se habla de la “sociedad del
conocimiento” y que define como aquella en la que el conocimiento deja de tener valor, y
debe procurarse Sabiduría. Señala y resalta el valor del conocimiento, el valor de la
inteligencia colectiva frente al talento individual, la imposibilidad de gestionar la cultura en
la empresa por la dificultad de gestionar el “ego”, y plantea asimismo la conveniencia de
crear ecosistemas empresariales, estructuras horizontales, flexibles, abiertas, etc. El
término Web 2.0 como aclara WikiPedia: “(…) comprende sites web que facilitan el
compartir información, la interoperabilidad, el diseño centrado en el usuario y la
colaboración en la World Wide Web. Un sitio Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y
colaborar entre sí como creadores de contenidos generados por usuarios en una
comunidad virtual, a diferencia de los sitios web estáticos donde los usuarios se limitan a
la observación pasiva de contenidos que se han creado para ellos. El hecho que Web 2.0
es cualitativamente diferente de tecnologías web anteriores ha sido cuestionado por el
creador de la World Wide Web, Tim Berners-Lee, quien calificó al término como "tan sólo
una jerga"- precisamente porque tenía la intención de que la Web incorporase estos
valores en el primer lugar”. En Septiembre 2011, LXVI Asamblea General de Naciones
Unidas, Nueva York, USA, la República del Perú hace oficial su adscripción a la iniciativa
mundial “Open Government Partnership (OGP)” o la Sociedad de Gobierno Abierto, cuya
evolución al momento actual, desde una perspectiva legislativa, resulta avanzada. Ello no
es una visión compartida, de allí el debate.
Articulo 51
Página1
Gestión Pública y Gobierno Abierto: Transparentando el Debate.
Por Mag. Econ. Alfredo Espinal
Paradoja del Conocimiento.
Hiroshi Tasaka1 es filósofo, ingeniero y profesor de la Universidad de Arte de Tama, ubicada en los suburbios de Tokio,
Japón, y fundador de Sophia Bank, además de autor de varios libros sobre gestión del trabajo, estrategias de negocios,
los modelos del cambio social y la revolución Web 2.0. La paradoja del conocimiento no es otra que el escaso valor del
conocimiento, precisamente, en una época que se habla de la “sociedad del conocimiento” y que define como aquella
en la que el conocimiento deja de tener valor, y debe procurarse Sabiduría. Señala y resalta el valor del conocimiento, el
valor de la inteligencia colectiva frente al talento individual, la imposibilidad de gestionar la cultura en la empresa por la
dificultad de gestionar el “ego”, y plantea asimismo la conveniencia de crear ecosistemas empresariales, estructuras
horizontales, flexibles, abiertas, etc. El término Web 2.0 como aclara WikiPedia: “(…) comprende sites web que facilitan
el compartir información, la interoperabilidad, el diseño centrado en el usuario y la colaboración en la World Wide Web.
Un sitio Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y colaborar entre sí como creadores de contenidos generados por
usuarios en una comunidad virtual, a diferencia de los sitios web estáticos donde los usuarios se limitan a la observación
pasiva de contenidos que se han creado para ellos. El hecho que Web 2.0 es cualitativamente diferente de tecnologías
web anteriores ha sido cuestionado por el creador de la World Wide Web, Tim Berners-Lee, quien calificó al término
como "tan sólo una jerga"- precisamente porque tenía la intención de que la Web incorporase estos valores en el primer
lugar”. En Septiembre 2011, LXVI Asamblea General de Naciones Unidas, Nueva York, USA, la República del Perú
hace oficial su adscripción a la iniciativa mundial “Open Government Partnership (OGP)” o la Sociedad de Gobierno
Abierto, cuya evolución al momento actual, desde una perspectiva legislativa, resulta avanzada. Ello no es una visión
compartida, de allí el debate.
I. ¿Qué es Gobierno Abierto para Perú?.
Para entender este proceso, además de la referencia previa a la LXVI Asamblea de Naciones Unidas, que es el punto
de partida, veamos el propósito de la Alianza para el Gobierno Abierto, según el portal de tal iniciativa2: “La Alianza para
el Gobierno Abierto fue lanzada el año 2011 para proveer una plataforma internacional para reformadores domésticos
comprometidos a que sus gobiernos rindan cuentas, sean más abiertos y mejoren en su capacidad de respuesta hacia
sus ciudadanos. Desde entonces OGP ha pasado de 8 países participantes hasta contar con 63 países (…). En todos
esos países, gobierno y sociedad civil trabajan juntos para desarrollar e implementar reformas ambiciosas en torno al
gobierno abierto”; en síntesis las iniciativas de Gobierno Abierto buscan promover un Estado transparente y participativo
donde gobierno y ciudadanos colaboran en el desarrollo colectivo de soluciones a los problemas de interés público, a
través de la implementación de plataformas para la gestión de información e interacción social. A partir de la adhesión
(Setiembre 2011) preparada en la Administración García Pérez (2006-2011), la Administración Humala Tasso (2011-
2016) adopta las acciones institucionales para concretar los compromisos derivados de la Alianza.
La estructura formal seguida es la siguiente:
Cuadro 1: Normas legales.
Dispositivo Sumilla Resultado
Resolución Ministerial Nº 085-2012-PCM
Aprueba el Plan de Acción del Perú para su
incorporación a la Sociedad de Gobierno
Abierto
El plan se formula de acuerdo a las exigencias
de la Alianza, de manera participativa,
favoreciendo la integración de los diversos
sectores y representantes de la sociedad civil y
la empresa privada. Este requisito fue cumplido
con el impulso de un Grupo de Trabajo paritario
conformado por 4 representantes del Estado y
cuatro (4) representantes de la sociedad civil.
La propuesta de Plan de Acción, compartida
con todos los ministerios, Poder Judicial y
Legislativo, asociaciones de gobiernos
regionales y locales, Plan AGA 2012-2014, ha
sido aprobada.
Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM
Crean la Comisión Multisectorial de naturaleza
permanente para el seguimiento de la
implementación del Plan de Acción de
Gobierno Abierto
Constituye la Comisión Multisectorial, adscrita
a la Presidencia del Consejo de Ministros, para
elaborar y presentar la propuesta de informe
que contenga la metodología e instrumentos de
seguimiento del Plan de Acción, el seguimiento
de la implementación del Plan, emitir informes
técnicos de avance y coordinar el desarrollo de
su labor de segui9miento.
La Comisión ha sido constituida y está en
funcionamiento.
Fuente: Normas legales invocadas. Cabe resaltar que a la fecha está en formulación el Plan AGA 2014-2016 cuya primera versión se encuentra en el
portal de la Secretaria de Gestión Pública - PCM.
1 Tomado de http://humanismoyconectividad.wordpress.com/2008/07/25/paradoja-del-conocimiento/
2 http://www.opengovpartnership.org/es
Página2
Pero, ¿Qué nos señala el Plan de Acción, cuyo contenido refleja compromisos vinculantes para le República del Perú?
Propone abordar cumplir acciones encaminadas a enfrentar cuatro retos específicos:
i. Revisar y mejorar el marco normativo y los mecanismos de implementación sobre la Transparencia y acceso a la
información, Rendición de Cuentas y Lucha contra la corrupción;
ii. Promover la participación y vigilancia ciudadana, informada y alerta;
iii. Aumentar la integridad Pública, garantizando un Servicio Civil moderno e íntegro, sistemas de adquisiciones y
contrataciones blindadas contra la corrupción y un control ,efectivo y disuasivo;
iv. Mejorar la calidad de los servicios públicos, en especial aquellos dirigidos a los sectores de la población que viven
en condiciones de pobreza, y garantizar mecanismos de información y denuncias para monitorear su desempeño.
El contenido del Plan, estructurado siguiendo los retos indicados, establece las condiciones específicas plasmadas en
normas y mecanismos existentes a ese momento, que en términos sumarios, se describe a continuación:
Cuadro 2: Marco institucional coincidente con los principios de la Alianza.
Principios Avances institucionales Compromisos de Hacer
Compromiso 0: Establecimiento del Plan
2012-2014
2.1 Acceso a la Información Pública y
Transparencia
Señala existencia de un derecho constitucional
a la información pública y una malla legal de
soporte (Ley Nº 27806, D. S. Nº 043-2003-
PCM, Ley Nº 28411), consulta Transparencia
Fiscal conteniendo temas de presupuesto,
proyecciones económicas, deuda pública,
proyectos de inversión, Cuenta General de la
Republica, actividad empresarial y procesos de
adquisiciones y contrataciones, y limitada
oferta de información de los demás Poderes,
Señala la conveniencia de una Comisión de
Información, que resuelva negativas a informar,
demoras y similares.
Evaluar la conformación de la Comisión de
Información.
Compromiso 1: Mejorar los niveles de
transparencia y acceso a la información
pública, mediante la revisión de la normativa
vigente, el seguimiento al cumplimiento de las
leyes y el mejoramiento de los Portales de
Transparencia Estándar. Es importante
además mejorar los mecanismos de acceso a
información y capacitar a funcionarios y
ciudadanos en distintos componentes de la
normatividad sobre transparencia y acceso a la
información pública, así como sensibilizarlos en
la importancia de garantizar este derecho.
2.2 Gobierno Electrónico
Resalta se contaba ya con el Plan Estratégico
de Gobierno Electrónico aprobado y la Agenda
Digital Peruana 2.0.
Para superar la brecha digital se formuló un
Plan nacional para el desarrollo de la Banda
Ancha en Perú.
Está pendiente el desarrollo de herramientas
de monitoreo y evaluación para garantizar la
implementación de la Agenda.
Compromiso 2: Promover la participación y la
vigilancia ciudadana informada y alerta,
mediante el fortalecimiento los espacios de
participación, concertación y fiscalización y los
mecanismos de rendición de cuentas en todos
los niveles de gobierno. Promover el
fortalecimiento de las capacidades de las
instituciones de la sociedad civil y de la
ciudadanía así como de los funcionarios y
servidores públicos para dar importancia a los
procesos de participación y garantizar que
estos se realicen de forma exitosa y de
acuerdo a las normas. Es importante la
utilización de tecnologías de la información
para recoger opiniones y sugerencias de la
ciudadanía, así como para devolverle a ésta
información relevante.
2.3 Integridad Pública
Se verifica el cumplimiento de la Ley Nº 27842
que regula la publicación de la Declaración
Jurada de ingresos y de bienes y rentas de los
Funcionarios y Servidores Públicos, cuyo
complemento es su publicación en los Portales
de Transparencia de las entidades estatales.
Se complementa con la Ley Nº 27815, Ley del
Código de Ética, Plan Nacional de Lucha
contra la Corrupción, Ley Nº 27588, que señala
las prohibiciones e incompatibilidad de
Funcionarios y Servidores Públicos, Ley Nº
29542, Ley de protección al denunciante en el
ámbito administrativo y de colaboración eficaz,
Ley N1 28024, Ley que regula la gestión de
intereses en la Administración Pública.
Complementar la información de Funcionarios
y Servidores Públicos con declaración de
información vinculada a las actividades de
carácter profesional u ocupacional, o de
carácter comercial, para evitar o detectar
conflictos de intereses.
Compromiso 3: Aumentar la integridad pública
garantizando un servicio civil moderno e
íntegro, sistemas de adquisiciones y
contrataciones blindadas contra la corrupción y
un control efectivo y disuasivo.
Página3
Principios Avances institucionales Compromisos de Hacer
2.4 Participación Ciudadana y Rendición de
Cuentas
Derecho fundamental de la Constitución y
complementado por la Ley N1 26300, Ley de
Derechos de Participación y Control
Ciudadanos, Ley Nº 27658, Ley de
Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº
27444, Ley del procedimiento administrativo
general, Ley N1 29785, Ley de consulta previa
a Pueblos Indígenas u Originarios, y otros de
filiación especifica referidos a Clubes de
Madres, Programas Sociales, Mesas de
Concertación Lucha contra la Pobreza, etc.
Compromiso 4: Gobierno electrónico y
mejoras en la calidad de los servicios públicos,
en especial aquellos dirigidos a los sectores de
la población que viven en condiciones de
pobreza, y garantizar mecanismos de
información y denuncias para monitorear su
desempeño.
Elaboración: De Autor, en base al Plan aprobado por Resolución Ministerial Nº 085-2012-PCM.
Desde la creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el Seguimiento de la Implementación del
Plan de Acción de Gobierno Abierto, hecho cuyo inicio formal data de Enero 6, 2013, mediante publicación del Decreto
Supremo N° 003-2013-PCM, se ha generado diversas iniciativas y también propuestas para la modificación, sustitución
y dación de nuevos marcos legales, respecto a los que fueran listados y referidos en el Plan de Acción del Perú para su
incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto, habiéndose efectuado una evaluación de seguimiento y de validación
de indicadores y metas a Septiembre 2013, contenidas3 en el “Reporte de cumplimiento del Plan de Acción de Gobierno
Abierto del Perú”. Esta evaluación tiene un grupo de control amplio y multi-posicional (según naturaleza de las entidades
participantes, intereses, tradición en las áreas de interés a la que adscriben los compromisos) que detalla el documento
citado, el que está conformada de la siguiente manera:
- El Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la preside.
- Un representante designado por la Presidencia del Consejo Ministros a propuesta de la Secretaría de Gestión Pública.
- Un representante designado por la Presidencia del Consejo Ministros a propuesta de la Oficina Nacional de Gobierno
Electrónico e Informática - ONGEI.
- Un representante designado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Un representante designado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
- Un representante del Poder Judicial.
- Un representante de las organizaciones de la actividad empresarial, que será designado por los respectivos gremios
empresariales, de acuerdo al procedimiento que éstos estos establezcan.
- Tres representantes de organizaciones de la sociedad civil vinculadas con los temas contenidos en los compromisos
del Plan de Acción de Gobierno Abierto.
Como observadores de la citada Comisión Multisectorial participan la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Alto Nivel
Anticorrupción y la Contraloría General de la República.
Las Organizaciones de la Sociedad Civil que forman parte de la referida Comisión multisectorial son:
- Ciudadanos al Día -CAD.
- Consejo de la Prensa Peruana –CPP.
- ProÉtica -Capítulo peruano de Transparencia Internacional.
Los representantes de los gremios empresariales son:
- La Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, Titular.
- La Cámara de Comercio de Lima –CCL, Alterno.
Sin duda, tal esfuerzo para establecer un marco de referencia con que construir actitudes orientadas a lograr un Estado
transparente y participativo, y donde Gobierno (en sus tres niveles) y ciudadanos colaboran en el desarrollo colectivo de
soluciones a los problemas de interés público, merece destacarse, y positivamente, a pesar de la abultada Agenda de
pendientes, y no pocas zonas grises y ralentización de acciones de la Gestión Pública peruana, reciente. Es también
claro que la razón de contar hoy con tal profusa legislación y procedimientos que consideran la transparencia, rendición
de cuentas, lucha contra la corrupción y la participación activa ciudadana, tienen su génesis común en las condiciones
político institucionales que a partir del año 2000, le tocara a la ciudadanía y actores políticos peruanos, como valores
contrarios precisamente a los aquí enumerados.
Tras catorce años de un proceso de construcción jurídica del marco normativo y regulador, en el cual se destacaba con
un énfasis sobre todo político, el dar anuncios y proclamar medidas “enérgicas” para marcar diferencias y el establecer
3 Ver en http://www.pcm.gob.pe/wp-content/uploads/2013/09/REP_CUMPLIMIENTO_GGAA.pdf
Página4
notorias distancias entre sospecha o parecido con la “Corrupción” en el Gobierno y donde cada Administración sucesiva
desde tal quiebre (2000) ha aportado su propia interpretación de transparencia, rendición de cuentas, lucha contra la
corrupción y participación activa ciudadana, se ha logrado legar a la actualidad una amalgama de normas, regulaciones
e interpretaciones tal, que la sospecha y duda en lugar de despejarse en orden a conocer y reconocer prácticas de Buen
Gobierno y de Gobierno Corporativo, se ha complejizado, y en su evolución resulta ahora percibida con rasgos propios y
evidentes, como un universo paralelo y coexistente con el formal real, propio a la gestión del Estado.
En adición a lo reseñado, es interesante anotar que tales disposiciones, además de estar inspiradas en prevenir futuras
hipotéticas situaciones como la vivida, surgen en un contexto de una situación económica de mejora y con tendencia al
sostenimiento de tal senda de crecimiento, pero con un aparato estatal habituado a vivir y ajustarse a la situación propia
de una restricción “habitual” desde mediados de los ochenta, donde el control, ajuste, la limitación y la fiscalización eran
moneda corriente, como “incentivos” para la ejecución de actividades y proyectos bajo incertidumbre.
Los mejores tiempos modificaron el nivel del gasto fiscal por mayor rendimiento incremental de ingresos no provenientes
del endeudamiento público, y con ello un manejo de mayores recursos públicos, pero sin mayores cambios (al menos de
un cambio de la “Cultura de la Sospecha”), pero de otro lado, se produjeron igualmente cambio de paradigmas (La
Tercera4 Generación de Reformas del Estado, Presupuesto para Resultados, Descentralización, etc.) que impulsaron en
los tres niveles de Gobierno, asumir la gestión de mayores niveles de recursos y de la complejidad de metodologías y
procedimientos, y por tanto ejecutar Programas y Proyectos de mayor cuantía, sofisticación y el enfrentar otro problema,
de igual o mayor escala: La pertinencia del Gasto, que sin caer en prácticas de corrupción, si genera colisión de opinión
y miradas de sospecha, como por ejemplo si con la participación de la ciudadanía y su aprobación, se ejecuta proyectos
del mayor interés “comunitario” como Plazas y Parques, antes que Proyectos de Saneamiento o Vías carrozables.
Ello no es poca cosa, debido a que se suele escuchar y argumentar que tales proyectos son despilfarro y seguramente
han sido otorgados bajo componendas, sin quizá inquirir si los aspectos de tradición y costumbres del pueblo, considera
al espacio comunal, una obra pública de efecto social relevante (Las Ferias comunales, Fiestas Campesinas e inclusive,
la convocatoria a los representantes de organizaciones sociales y autoridades de Centro Poblados y pobladores rurales,
para su participación en Programas Sociales, Alfabetización o acceso a la Identificación, aprovechan de estas reuniones
que se dan casualmente en esas obras públicas, en Domingos u otras celebraciones tradicionalmente cumplidas, y en
donde se concentra la población, como una forma inteligente y alternativa a costos y fatigas de la dispersión ciudadana).
II. Debate bajo la Doctrina Schumpeter5: Destrucción Creativa.
¿Por qué un proceso en construcción, como “Gobierno Abierto”, es el corazón de este trabajo?
La razón es un artículo publicado6 en un Diario local, “El cuento del Gobierno Abierto”, que al margen de su contenido y
las afirmaciones en el establecidas, resulta interesante por visibilizar un punto de vista “no oficial7” desde los no expertos
para lectores que, precisamente, adoptan información de los medios y que estos propalan como resultado de un análisis
que desnuda alguna situación homologable a corrupción, secretismo o abuso del poder, a la que esos lectores adhieren
tomándola por cierta y apropiada, siendo propósito de tal artículo, precisamente, polemizar sobre el Gobierno Abierto.
Al respecto ese artículo señala “Es sorprendente que el discurso presidencial de Fiestas Patrias (2014) omitiera lo que
haría el gobierno para aminorar la corrupción. El propio Contralor Fuad Khoury ha admitido que sobrepasó la capacidad
del Estado, y pocas dudas hay respecto de su generalización. La orden de captura de cinco presidentes regionales es
solo un signo. Una porción enorme de los perseguidores de la epidemia —jueces, policías, fiscales— está contagiada.
El proceso viene de atrás, y dos emblemas son las preinvestigaciones a los ex presidentes Alejandro Toledo y Alan
García. Ahora mismo los candidatos de distintas tendencias políticas se financian con dinero oculto. Quizá el presidente
Humala crea que el problema no es tan importante, o que, siéndolo, a él no le toca enfrentarlo. Otra posibilidad es que
no desee hacerlo. En 2010, cuando el 52% de la población consideraba a la corrupción como el problema principal, el
gobierno de García creó, para concertar políticas, una Comisión Nacional Anticorrupción (CAN). La integran, entre otras,
las mismas que el semestre pasado fueron sorprendidas por los casos Álvarez y Orellana: Ministerio del Interior, Poder
Judicial, Ministerio Público, etcétera. Pero en lo que va del 2014, con la corrupción inundando el escenario público como
la ruptura de una troncal de desagüe, la CAN se ha reunido una sola vez. (…) La base de todo esto era, naturalmente,
la participación social. Así, desde diciembre del 2011 hasta abril del año siguiente, en la hechura del plan participaron la
4 Centrada en hacer que los ciudadanos sean parte del ciclo de la administración y ha incluido temas como la ética, cartas de ciudadanos, el respeto
hacia los valores, etc.
5 Economista austriaco Joseph Schumpeter (Capitalismo, socialismo y democracia; 1942), que describe el proceso de innovación que tiene lugar en
una economía de mercado en el que los nuevos productos destruyen viejas empresas y modelos de negocios.
6 La República, Martes, 05 de agosto de 2014, edición nacional para Perú.
7 Usualmente excluyente, sin fisuras o puentes para la disensión, e impermeable a la crítica.
Página5
Asociación Nacional de Centros, el Consejo de la Prensa, Ciudadanos al Día y Proética, junto con las instituciones
públicas concernidas. El resultado fueron objetivos en materia de acceso a la información, integridad pública y gobierno
electrónico que debían cumplirse durante los siguientes dos años. Nada exigente, porque lo principal de esta etapa era
construir un espacio que concertara eficaces mecanismos de fiscalización ciudadana. Después, a partir del 2014, se
pondrían a prueba estos procesos. Hubo un comité de seguimiento también participativo, que, cuando se venció el
plazo, se mostró satisfecho en términos generales. Pero algo no funcionaba. En diciembre del 2012, al mismo tiempo
que los esperanzados aliancistas por el Gobierno Abierto hacían el plan, el sector militar del gobierno dio el D. Leg. Nº
1129, que volvía secreta cualquier información sobre seguridad nacional y sancionaba a los infractores con hasta quince
años de cárcel. Una norma grotescamente violatoria de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que
precisamente había que mejorar, y que daba la impresión de que alguien en el gobierno estaba asustado porque se
conocieran detalles de las compras militares. Salvo Daniel Mora, todos los ex ministros de Defensa y del Interior
convocados por el IPYS opinaron que era innecesaria y encubridora. La Defensoría del Pueblo planteó una acción de
inconstitucionalidad que está por resolverse en el Tribunal Constitucional. Y la resistencia a cambiar la norma en el
Ejecutivo, luego de demostrarse su ilegalidad, demostró que los principios del Gobierno Abierto eran retórica publicitaria
oficial, por lo menos en asuntos de seguridad. No era el único caso. La segunda contradicción fueron las normas sobre
declaraciones juradas de los altos funcionarios públicos. Pese a que la Constitución establece que son públicas, un
reglamento y después una ley han impedido que los ciudadanos las conozcan plenamente —la parte que se autoriza es
irrelevante para fiscalizar—, y por eso nadie que no sea la Contraloría puede realizar un escrutinio cabal de ingresos y
bienes. Tampoco lo ha hecho, que se sepa, la Contraloría. La ley vigente con este secretismo fue propuesta por la
Contraloría, y el Congreso la hizo más restrictiva aun tratándose de bienes de altos funcionarios que tienen cónyuge
pero un régimen de separación de bienes. Es el caso de la pareja presidencial, por un acuerdo entre ambos. Según la
propuesta de la Contraloría, recomendada por un comité de la OEA que supervisa la Convención Interamericana Contra
la Corrupción, la cónyuge tipo Nadine Heredia, cuyos bienes están separados legalmente de los de Ollanta Humala,
debía declarar sus propiedades. Ahora no. En julio del 2013, cuando la restricción de la información de declaraciones
juradas estaba a nivel de reglamento —la ley fue aprobada8 en enero del año 2014— diversas organizaciones de la
sociedad civil le dirigieron una carta a Ollanta Humala pidiéndole que los documentos se conocieran a plenitud.
Adicionalmente solicitaron crear una Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información que hiciera
cumplir la ley. El ciudadano debe recurrir al Poder Judicial, inoperante para estos asuntos, cuando una información
pública le es denegada. La carta cayó en el vacío y la cita que le fue solicitada al Presidente jamás fue concedida. Y así
tenemos la triste realidad del Gobierno Abierto hoy por hoy: una Espada de Damocles sobre quien informe sobre temas
de seguridad, una prohibición al conocimiento de los bienes y rentas de los altos funcionarios, una ley de acceso a la
información que no puede cumplirse. De todos modos, gobierno y delegados de la sociedad continuaron en el proceso.
Consensuaron una segunda parte del plan, en el cual se concebía una Autoridad de Transparencia con carácter
independiente, que resolviera conflictos por peticiones de acceso a la información no resuelta, y que tuviera capacidad
sancionadora. Pero mientras tanto, 25 de los 30 funcionarios de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM fueron
renunciando, comenzando por la responsable, Mariana Llona. En su caso, René Cornejo no la ratificó, pero en el
resto primaron desacuerdos de estilos y de línea con la reemplazante de Llona, Jennifer Contreras. Mientras el
desbande se producía, el nuevo Plan de Gobierno Abierto quedó para ser convertido en resolución. Entonces los
nuevos encargados eliminaron el compromiso de la creación de una Autoridad de Transparencia. Hubo una discusión
interna. —Es una cojudez —se le escuchó decir al entonces Secretario General (de la PCM), Rafael Donayre”.
Antes de darle el encuentro a los conceptos y afirmaciones vertidas en el artículo aludido, es conveniente dejar en claro
algunas reflexiones que enmarcan el tema bajo debate, esto es el procurar un Estado transparente y participativo donde
gobierno y ciudadanos colaboran en el desarrollo colectivo de soluciones a los problemas de interés público:
1. Contar con “Datos” no es lo mismo que contar con “información”, como bien esclarecen9 Davenport y Prusak (1998),
“(…) los datos están localizados en el mundo y el conocimiento está localizado en agentes de cualquier tipo
(personas, empresas, máquinas...), mientras que la información adopta un papel mediador entre ambos. Los datos
son la mínima unidad semántica, y se corresponden con elementos primarios de información que, por sí solos, son
irrelevantes como apoyo a la toma de decisiones. La información se puede definir como un conjunto de datos
procesados y que tienen un significado (relevancia, propósito y contexto), y que por lo tanto son de utilidad para
quién debe tomar decisiones, al disminuir su incertidumbre. El conocimiento es una mezcla de experiencia, valores,
información y know-how que sirve como marco para la incorporación de nuevas experiencias e información, y es útil
para la acción”. Por ello, hay una sutileza al tomar contacto con hechos y datos bajo formato de información, al estar
formulados bajo una orientación e interpretación propia del formulador, que no es necesariamente la del observador.
8 Debe probablemente estar aludiendo a la Ley Nº 30161, Ley que regula la presentación de la declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de
los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado.
9 Davenport, T. H. y Prusak, L., “Working knowledge: How organizations manage what they know”. Boston, EUA: Harvard Business School Press,
1998.
Página6
2. Entre el Espacio Público y Espacio Privado, existe una “Chínese Wall”, una suerte de contenedor entre ambos, que
tiene entradas y salidas de doble vía, y cuya dimensión, impulso y persistencia define el modelo de sociedad y estilo
del Gobierno (aceptado, denostado, resistido o elusivo) y que deriva en las funciones del Estado; de allí el derecho
de saber qué hace este en nuestro nombre, pero también el deber de analizar y proponer prioridades y opciones.
3. Los datos del Espacio Público (la oferta de información) provienen en su mayor parte, de procesos y metodologías
homologadas en sus aspectos instrumentales (ejemplo de ello son las reglas de la Contabilidad macroeconómica y
de actividades económicas -Cuentas Nacionales, CIIU, Basilea II y III, NIIF, etc.-) por Organismos Internacionales, y
sus productos (datos) son estructurados en función a hechos (ejemplo: exportaciones en volumen físico o precios, la
ejecución del gasto fiscal, pacientes tratados, etc.) u opiniones (encuesta nacional de hogares para los análisis de la
pobreza, Priorización dentro del Presupuesto Participativo, Producto Bruto Interno potencial, etc.), que demanda del
analista, una preparación de carácter técnico mínima para su comprensión e interpretación.
Con estos elementos de reflexión previos, veamos el contenido del artículo precitado.
Se hace una invocación cierta de declaraciones públicas del Contralor General de la República sobre las limitaciones de
ese ente de control nacional, a efectos de los actos de Corrupción (a ese efecto, entenderemos que tales actos tienen la
naturaleza de ilicitud -de carácter penal- y Grave Falta –según regulación administrativa–) lo que hace evidente existen
dos Fallas de Estado10, preocupantes y consuetudinarias: i. Los mecanismos de control, seguimiento y evaluación de los
sistemas administrativos, a pesar de su estructura restrictiva y parametrada, y de su instalación y operación centralizada
en sistemas o plataformas, que se sujetan a las reglas de los entes rectores centralizados, resultan vulnerables sea por
su diseño o porque se hace evidente la presencia11 de “Selección Adversa y Riesgo Moral”, cuyos incentivos para
transgredir los controles de tales sistemas, motivan a algunos Funcionarios y Servidores a perforar tales mecanismos
restrictivos: Fallas del Control Previo; y, ii. Participación activa del Sector Privado, que sujetándose a los procedimientos
y condiciones de contratación de esos sistemas, inducen el lograr ser seleccionados por la vía de “premios” entregados
como parte de liberalidades, sustrayéndose a la apropiación directa e ilícita de recursos públicos (sobornos, dadivas):
Falla de la Gestión por Procesos.
Lo señalado solo puede ser evidenciado por la denuncia pública (que debe ser probada) lo cual hace poco probable se
produzca (salvo acción de oficio, principalmente por investigaciones aleatorias y desde el sistema financiero –patrimonio
financiero desproporcionado respecto a la Declaración Jurada, inicial), no siendo cuestión de un sistema de información
paralelo, ya que la perversión del sistema es, precisamente, que el ilícito es parte de los datos registrados en sistemas y
plataformas “de consulta”. La apropiación directa de recursos públicos es un acto torpe y burdo, de allí que demanda del
conocimiento profundo y técnico de los sistemas administrativos, para burlarlos.
Cita también el artículo debía construirse un espacio que concertara eficaces mecanismos de fiscalización ciudadana, y
que un hecho evidencia “algo no funcionaba”, materializado en la aprobación del D. Leg. Nº 1129, que volvía secreta
cualquier información sobre seguridad nacional, sancionando sus infracciones hasta con 15 años de cárcel. Siendo un
dato especifico, cabe destacar que en nuestro ordenamiento legal, para que el gobierno emita un Decreto Legislativo, el
Congreso lo habilita mediante una "Ley de delegación del ejercicio de la potestad legislativa" (que también es llamada
Ley Autoritativa), por lo que ausente de ánimos de justificación, debe precisarse que los propósitos de la autorización y
sus alcances, debieran haber sido plenamente delimitados, asegurarse que aquellas materias sujetas a los niveles de
clasificación no estuvieran discrecionalmente sujetas a la decisión de Funcionarios (por ejemplo, la compra de uniformes
para las Fuerzas Policiales no resultan secreto de Estado), lo cual implica que el instrumento no es inadecuado siéndolo
si las decisiones derivadas de su interpretación, pues la misma norma con un conjunto de parámetros precisos por parte
del Legislador y un adecuado control político, la harían adecuada a sus fines. Una Falla del Control Difuso político.
Asimismo, destaca el artículo las normas sobre las declaraciones juradas de los altos funcionarios públicos, citando que
a pesar que la Constitución establece son públicas, un reglamento y después una ley han impedido que los ciudadanos
las conozcan plenamente —la parte que se autoriza es irrelevante para fiscalizar—, y por eso nadie que no sea la
Contraloría puede realizar un escrutinio cabal de ingresos y bienes. La Ley Nº 30161 dispone informar: a) Los ingresos,
rentas, bienes, ahorros, inversiones, acreencias y pasivos, propios del obligado y comunes del matrimonio, siempre que
el régimen patrimonial sea el de sociedad de gananciales; b) La especificación de derechos o participaciones propios
del obligado y comunes del matrimonio que mantengan con empresas, corporaciones, sociedades, asociaciones,
fundaciones o cualquier otra forma asociativa privada, siempre que el régimen patrimonial sea sociedad de gananciales.
10 Como señalara Charles Wolf Jr. (“Mercados o gobiernos: Elegir entre alternativas imperfectas”; Instituto de Estudios Fiscales, 1995) economista e
investigador norteamericano, determinó que así como existen fallos en el mercado, también existen fallos del no mercado o fallos del Estado, los
cuales nacen de una deficiente y mal planificada intervención estatal, que puede llegar incluso a aumentar el problema y los efectos negativos de un
fallo del mercado.
11 La teoría de la agencia fue desarrollada en 1977 por Jensen y Meckling, y pone énfasis en la asimetría de información, que origina una dinámica de
aprovechamiento de información y adopción de decisiones.
Página7
Poner como caso emblemático al Presidente de la República y su cónyuge, es por lo menos de poca elegancia, hubiera
bastado un ejemplo cualquiera, innominado; la normativa no es sustancialmente diferente de la existente en la Ley Nº
27842 que se deroga, aunque si amplia el universo de obligados, y dado que el propósito es establecer las variaciones y
fuentes del patrimonio al inicio y final de la función pública, consideramos si muestra suficiencia, pero otra vez, la norma
no es culpable de una gestión de control insuficiente (término por verificarse en el caso de la Contraloría, a pesar que el
sistema desconcentrado de control mediante Oficinas de Control Interno, más bien ha probado resultar poco proactivo y
proclive a su captura por los infractores), y no surte efectos para prevenir maniobras elusivas.
Y como expresan los Sajones, “Least but don`t last” señala también que la sociedad civil ha manifestado su demanda de
creación de una Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información que hiciera cumplir la ley para evitar
que ciudadanos deban recurrir al Poder Judicial si la información pública le es negada, instancia inoperante. Sobre este
extremo, la teoría señala que los Portales de Transparencia, sujetos a los formatos y plataformas contendido las bases
de datos que se formulan siguiendo metodologías y procedimientos normalizados, debían resolver el problema, y allí se
debe igualmente poner énfasis en que no poca de la información denegada, es en realidad una solicitud de información
pública disponible en tales portales, pero que debe ser reelaborada según el formato propio o especifico del solicitante,
por lo que realmente “entregar la información solicitada” es procesar las bases de datos para construir un reporte que es
personalizado según cada solicitante, por lo cual innúmeras veces las entidades señalan que lo solicitado se encuentra
en el Portal de Transparencia, pero como información insumo. Una forma expeditiva e inteligente es la que desde buen
tiempo atrás, ha hecho disponible el INEI, al disponer de una ventana de explotación de las bases de datos en formatos
de manejo de grandes lotes de datos (DBF, SPSS, etc.), pudiendo ser una solución que las bases de datos de mayor
relevancia (acuerdo que debería provenir de analistas, usuarios frecuentes y matrices de compromisos y objetivos) sean
disponibles como por ejemplo, las bases de microdatos del INEI antes aludidas. Una entidad más (su profusa creación
en diversos sectores, de muy reciente aprobación, no se ha reflejado en un aumento proporcional de valor agregado) no
parece ni tiene los atributos técnico institucionales para eliminar el problema, siendo mucho más eficiente una ley que
haga cumplir las leyes existentes. Y habría que añadir: “Políticos informados” aludiendo a la tipología Weber.
Hay, como habrá percibido el lector, dos fuertes sesgos en la percepción periodística que no coinciden necesariamente
con nuestra opinión, ello en virtud a los objetivos de la transparencia en la Gestión: el interés por los actos de Gestión, y,
la trayectoria patrimonial -personal- de los actores que conducen la Gestión. Nuestra disensión es que lo último tiene un
tinte persecutorio y de sospecha ex-ante (desgraciadamente, validado por la experiencia) en tanto nuestra preocupación
es por los datos que hacen posible construir información con la que evaluar la Gestión, ergo, el interés por los actores
versus el interés por los actuados.
III. ¿Epilogo o Precuela? Conclusiones.
Epílogo es la parte final de un discurso, o ensayo, que resume argumentos y conclusiones fundamentales; Precuela es
una historia que precede a una inicial enfocándose en acontecimientos producidos antes del relato inicial y que explican
los antecedentes que llevaron a los acontecimientos de la principal.
Utilizamos tales términos como abalorios en una misma cuenta, Corrupción, debido a que ni una estrategia de Gobierno
Abierto plenamente configurada y funcionando concertadamente bajo la vigilancia de una Entidad ad hoc resultaría en
su extinción, ni la ausencia del Gobierno Abierto resulta la causa de su existencia y progresiva expansión, considerando
además que su génesis en gran escala y carácter endémico, ya tiene precedentes ampliamente conocidos.
Y aplicamos selectivamente el término “Corrupción”, porque la secuencia lógica del articulo comentado es: “lucha contra
la corrupción-participación social-eliminación del secretismo-Autoridad de Transparencia” en una suerte de consecuente
a antecedente (la ausencia de una Autoridad de Transparencia conlleva Corrupción) siendo ello una conclusión invalida
y recortada de la amplitud de lo que Gobierno Abierto12 significa. Los ilícitos, de orden criminal o de orden administrativo
(la apropiación directa de, por ejemplo, un bien mueble o el efectivo de Caja Chica son actos criminales, pero orientar el
proceso de contrataciones para un postor determinado o simular valorizaciones o ejecución de obras, son del segundo
tipo, pero igualmente ilícitos) tienen un cuerpo instrumental definido y regulado según la configuración de hechos y debe
ser su continua adaptación a la evolución de tales ilícitos una regla de oro, lo cual está dentro de la lógica de tipicidad y
penalización judicial (algunas iniciativas o propuestas de las organizaciones de la sociedad civil devienen en ilógicas y el
caos: por ejemplo, se ha propuesto penalizar con 12 años de prisión la comisión de delitos de tocamientos indebidos en
medios de transporte masivos, pero crímenes de homicidio tendrían penas menores; ¿Matar es preferible?) pero ello no
12 Revisar y mejorar el marco normativo y mecanismos de implementación sobre la Transparencia y acceso a la información, Rendición de Cuentas y
Lucha contra la corrupción; Promover la participación y vigilancia ciudadana, informada y alerta; Aumentar la integridad Pública, garantizando Servicio
Civil moderno e íntegro, sistemas de adquisiciones y contrataciones blindadas contra la corrupción y un control ,efectivo y disuasivo; y, Mejorar la
calidad de los servicios públicos, en especial aquellos dirigidos a los sectores de la población que viven en condiciones de pobreza, y garantizar
mecanismos de información y denuncias para monitorear su desempeño.
Página8
es parte sino un complemento de una filosofía de Gobierno Abierto, que sí debería producir análisis de pertinencia de la
oferta de información (Transparencia de la Gestión: Rendición de Cuentas) respecto a los resultados declarados, o el
generar incidencias para la Agenda Pública.
Se hace claro que la información disponible, en los casos que principalmente se refiere a materia fiscal, tienen amplitud
y elementos de evidencia que facilitan análisis conducentes a evaluaciones serias, no obstante hay otras fuentes de la
misma naturaleza que resultan insuficientes y que no permiten reducir análisis de secuencia (un resultado dado, de sus
insumos –que son también resultados para la entidad o proceso dentro de esta, según sus competencias– o de efectos
y marco temporal en que estos se esperan), siendo necesario un mejoramiento sensible de la estructura estadística y de
las bases de datos que permitan construir secuencias (muchos de los análisis bajo esta inferencia generan conjeturas,
lo que es preferible a estimaciones bajo metodologías o deducciones que no pueden ser probadas o descartadas), con
lo que se podría generar una sólida base de estudios para dotar de mejor fundamento a la formulación de Políticas
Públicas basadas en Evidencia. Una salida clara, especifica y prudente seria complementar la legislación y parámetros
de información y acceso a la información, con la tipificación de causal de interpelación o causal de pérdida de confianza
a los funcionarios elegidos, designados o nombrados que incumplan los parámetros (claramente) establecidos por el
Poder Legislativo referidos a la materia. Cabe añadir que no hay falta, o delito, si esta no es tipificado o regulado.
Finalmente, consideramos que la referencia a Funcionarios más que a Institucionalidad y con ello inducir a la creencia
de “Salvadores” o “Iluminados” que resultan los portadores de la magia para que las cosas sucedan, debiera estar lejos
de la creencia ciudadana, dado que la Sociedad es un patrimonio donde el capital político se compone de una acción un
voto y nadie tiene más de su propia opción para ejercerlo, siendo folclórico escuchar cosas como “El Ministro quiere que
en su Sector…”, o “El Gobierno ha decidido …”, como si los ciudadanos no tuviéramos opinión o preferencias. La cita a
los funcionarios citadas en tal artículo tiene ese (indeseado) cariz, pero también tiene el mérito de lograr hacer visible un
hecho que (el lector interesado puede hacer las pesquisas pertinentes en internet y encontrar referentes al respecto) no
ha sido notado o relevado con la suficiencia del caso: La actual Administración tiene como sus Funcionarios de mayor
nivel jerárquico y de Confianza (los que, por tal merito, representan al Poder Ejecutivo y toman decisiones en su nombre
asumimos en base al contenido de su Plan de Gobierno, con el cual deberían estar familiarizados y tener una ideología
interpretativa –no personal o prestada de Planes de Gobierno ya agotados y que no aportaron tampoco en su momento
con los mismos ejecutantes de hoy– para su implantación en el proceso dinámico y cambiante del día a día) a los
mismos Funcionarios de Administraciones anteriores en una proporción considerable, evidenciando con ello carencia de
cuadros técnicos propios, con similitudes conceptuales compartidas y ejercidas, y de operadores conocedores de las
orientaciones políticas de la propuesta por la que la ciudadanía eligió en un proceso electoral, a sus Autoridades del
Gobierno Nacional.
¿Será por eso que no logramos afirmar nuestra Institucionalidad?
Economista Alfredo Espinal, Especialista en Economía Pública y Planificación Regional. Diplomado de Diseño y Evaluación de
Proyectos Sociales - Pontificia Universidad Católica, Perú; Magister en Economía Empresarial y Regional, Universidad Nacional
Mayor de San Marcos, Perú. Docente Universitario de Post Grado, Maestría en Economía, Mención en Gestión y Políticas Públicas.
Email: gobernaphenom@gmail.com
Artículo publicado en la Revista Gestión Pública y Desarrollo, Año VII - Nº 85, Agosto 2014, Ediciones Caballero Bustamante, Perú
(www.gestionpublica.org.pe)
Portada: magisterioperu.blogspot.com; Perú: Niños que trabajan.

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  • 1. Gestión Pública y Gobierno Abierto: Transparentando el Debate. agosto 23 2013 Hiroshi Tasaka es filósofo, ingeniero y profesor de la Universidad de Arte de Tama, ubicada enTokio, Japón, y fundador de Sophia Bank, además de autor de varios libros sobre gestión del trabajo, estrategias de negocios, los modelos del cambio social y la revolución Web 2.0. La paradoja del conocimiento no es otra que el escaso valor del conocimiento, precisamente, en una época que se habla de la “sociedad del conocimiento” y que define como aquella en la que el conocimiento deja de tener valor, y debe procurarse Sabiduría. Señala y resalta el valor del conocimiento, el valor de la inteligencia colectiva frente al talento individual, la imposibilidad de gestionar la cultura en la empresa por la dificultad de gestionar el “ego”, y plantea asimismo la conveniencia de crear ecosistemas empresariales, estructuras horizontales, flexibles, abiertas, etc. El término Web 2.0 como aclara WikiPedia: “(…) comprende sites web que facilitan el compartir información, la interoperabilidad, el diseño centrado en el usuario y la colaboración en la World Wide Web. Un sitio Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y colaborar entre sí como creadores de contenidos generados por usuarios en una comunidad virtual, a diferencia de los sitios web estáticos donde los usuarios se limitan a la observación pasiva de contenidos que se han creado para ellos. El hecho que Web 2.0 es cualitativamente diferente de tecnologías web anteriores ha sido cuestionado por el creador de la World Wide Web, Tim Berners-Lee, quien calificó al término como "tan sólo una jerga"- precisamente porque tenía la intención de que la Web incorporase estos valores en el primer lugar”. En Septiembre 2011, LXVI Asamblea General de Naciones Unidas, Nueva York, USA, la República del Perú hace oficial su adscripción a la iniciativa mundial “Open Government Partnership (OGP)” o la Sociedad de Gobierno Abierto, cuya evolución al momento actual, desde una perspectiva legislativa, resulta avanzada. Ello no es una visión compartida, de allí el debate. Articulo 51
  • 2. Página1 Gestión Pública y Gobierno Abierto: Transparentando el Debate. Por Mag. Econ. Alfredo Espinal Paradoja del Conocimiento. Hiroshi Tasaka1 es filósofo, ingeniero y profesor de la Universidad de Arte de Tama, ubicada en los suburbios de Tokio, Japón, y fundador de Sophia Bank, además de autor de varios libros sobre gestión del trabajo, estrategias de negocios, los modelos del cambio social y la revolución Web 2.0. La paradoja del conocimiento no es otra que el escaso valor del conocimiento, precisamente, en una época que se habla de la “sociedad del conocimiento” y que define como aquella en la que el conocimiento deja de tener valor, y debe procurarse Sabiduría. Señala y resalta el valor del conocimiento, el valor de la inteligencia colectiva frente al talento individual, la imposibilidad de gestionar la cultura en la empresa por la dificultad de gestionar el “ego”, y plantea asimismo la conveniencia de crear ecosistemas empresariales, estructuras horizontales, flexibles, abiertas, etc. El término Web 2.0 como aclara WikiPedia: “(…) comprende sites web que facilitan el compartir información, la interoperabilidad, el diseño centrado en el usuario y la colaboración en la World Wide Web. Un sitio Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y colaborar entre sí como creadores de contenidos generados por usuarios en una comunidad virtual, a diferencia de los sitios web estáticos donde los usuarios se limitan a la observación pasiva de contenidos que se han creado para ellos. El hecho que Web 2.0 es cualitativamente diferente de tecnologías web anteriores ha sido cuestionado por el creador de la World Wide Web, Tim Berners-Lee, quien calificó al término como "tan sólo una jerga"- precisamente porque tenía la intención de que la Web incorporase estos valores en el primer lugar”. En Septiembre 2011, LXVI Asamblea General de Naciones Unidas, Nueva York, USA, la República del Perú hace oficial su adscripción a la iniciativa mundial “Open Government Partnership (OGP)” o la Sociedad de Gobierno Abierto, cuya evolución al momento actual, desde una perspectiva legislativa, resulta avanzada. Ello no es una visión compartida, de allí el debate. I. ¿Qué es Gobierno Abierto para Perú?. Para entender este proceso, además de la referencia previa a la LXVI Asamblea de Naciones Unidas, que es el punto de partida, veamos el propósito de la Alianza para el Gobierno Abierto, según el portal de tal iniciativa2: “La Alianza para el Gobierno Abierto fue lanzada el año 2011 para proveer una plataforma internacional para reformadores domésticos comprometidos a que sus gobiernos rindan cuentas, sean más abiertos y mejoren en su capacidad de respuesta hacia sus ciudadanos. Desde entonces OGP ha pasado de 8 países participantes hasta contar con 63 países (…). En todos esos países, gobierno y sociedad civil trabajan juntos para desarrollar e implementar reformas ambiciosas en torno al gobierno abierto”; en síntesis las iniciativas de Gobierno Abierto buscan promover un Estado transparente y participativo donde gobierno y ciudadanos colaboran en el desarrollo colectivo de soluciones a los problemas de interés público, a través de la implementación de plataformas para la gestión de información e interacción social. A partir de la adhesión (Setiembre 2011) preparada en la Administración García Pérez (2006-2011), la Administración Humala Tasso (2011- 2016) adopta las acciones institucionales para concretar los compromisos derivados de la Alianza. La estructura formal seguida es la siguiente: Cuadro 1: Normas legales. Dispositivo Sumilla Resultado Resolución Ministerial Nº 085-2012-PCM Aprueba el Plan de Acción del Perú para su incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto El plan se formula de acuerdo a las exigencias de la Alianza, de manera participativa, favoreciendo la integración de los diversos sectores y representantes de la sociedad civil y la empresa privada. Este requisito fue cumplido con el impulso de un Grupo de Trabajo paritario conformado por 4 representantes del Estado y cuatro (4) representantes de la sociedad civil. La propuesta de Plan de Acción, compartida con todos los ministerios, Poder Judicial y Legislativo, asociaciones de gobiernos regionales y locales, Plan AGA 2012-2014, ha sido aprobada. Decreto Supremo Nº 003-2013-PCM Crean la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento de la implementación del Plan de Acción de Gobierno Abierto Constituye la Comisión Multisectorial, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, para elaborar y presentar la propuesta de informe que contenga la metodología e instrumentos de seguimiento del Plan de Acción, el seguimiento de la implementación del Plan, emitir informes técnicos de avance y coordinar el desarrollo de su labor de segui9miento. La Comisión ha sido constituida y está en funcionamiento. Fuente: Normas legales invocadas. Cabe resaltar que a la fecha está en formulación el Plan AGA 2014-2016 cuya primera versión se encuentra en el portal de la Secretaria de Gestión Pública - PCM. 1 Tomado de http://humanismoyconectividad.wordpress.com/2008/07/25/paradoja-del-conocimiento/ 2 http://www.opengovpartnership.org/es
  • 3. Página2 Pero, ¿Qué nos señala el Plan de Acción, cuyo contenido refleja compromisos vinculantes para le República del Perú? Propone abordar cumplir acciones encaminadas a enfrentar cuatro retos específicos: i. Revisar y mejorar el marco normativo y los mecanismos de implementación sobre la Transparencia y acceso a la información, Rendición de Cuentas y Lucha contra la corrupción; ii. Promover la participación y vigilancia ciudadana, informada y alerta; iii. Aumentar la integridad Pública, garantizando un Servicio Civil moderno e íntegro, sistemas de adquisiciones y contrataciones blindadas contra la corrupción y un control ,efectivo y disuasivo; iv. Mejorar la calidad de los servicios públicos, en especial aquellos dirigidos a los sectores de la población que viven en condiciones de pobreza, y garantizar mecanismos de información y denuncias para monitorear su desempeño. El contenido del Plan, estructurado siguiendo los retos indicados, establece las condiciones específicas plasmadas en normas y mecanismos existentes a ese momento, que en términos sumarios, se describe a continuación: Cuadro 2: Marco institucional coincidente con los principios de la Alianza. Principios Avances institucionales Compromisos de Hacer Compromiso 0: Establecimiento del Plan 2012-2014 2.1 Acceso a la Información Pública y Transparencia Señala existencia de un derecho constitucional a la información pública y una malla legal de soporte (Ley Nº 27806, D. S. Nº 043-2003- PCM, Ley Nº 28411), consulta Transparencia Fiscal conteniendo temas de presupuesto, proyecciones económicas, deuda pública, proyectos de inversión, Cuenta General de la Republica, actividad empresarial y procesos de adquisiciones y contrataciones, y limitada oferta de información de los demás Poderes, Señala la conveniencia de una Comisión de Información, que resuelva negativas a informar, demoras y similares. Evaluar la conformación de la Comisión de Información. Compromiso 1: Mejorar los niveles de transparencia y acceso a la información pública, mediante la revisión de la normativa vigente, el seguimiento al cumplimiento de las leyes y el mejoramiento de los Portales de Transparencia Estándar. Es importante además mejorar los mecanismos de acceso a información y capacitar a funcionarios y ciudadanos en distintos componentes de la normatividad sobre transparencia y acceso a la información pública, así como sensibilizarlos en la importancia de garantizar este derecho. 2.2 Gobierno Electrónico Resalta se contaba ya con el Plan Estratégico de Gobierno Electrónico aprobado y la Agenda Digital Peruana 2.0. Para superar la brecha digital se formuló un Plan nacional para el desarrollo de la Banda Ancha en Perú. Está pendiente el desarrollo de herramientas de monitoreo y evaluación para garantizar la implementación de la Agenda. Compromiso 2: Promover la participación y la vigilancia ciudadana informada y alerta, mediante el fortalecimiento los espacios de participación, concertación y fiscalización y los mecanismos de rendición de cuentas en todos los niveles de gobierno. Promover el fortalecimiento de las capacidades de las instituciones de la sociedad civil y de la ciudadanía así como de los funcionarios y servidores públicos para dar importancia a los procesos de participación y garantizar que estos se realicen de forma exitosa y de acuerdo a las normas. Es importante la utilización de tecnologías de la información para recoger opiniones y sugerencias de la ciudadanía, así como para devolverle a ésta información relevante. 2.3 Integridad Pública Se verifica el cumplimiento de la Ley Nº 27842 que regula la publicación de la Declaración Jurada de ingresos y de bienes y rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos, cuyo complemento es su publicación en los Portales de Transparencia de las entidades estatales. Se complementa con la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética, Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción, Ley Nº 27588, que señala las prohibiciones e incompatibilidad de Funcionarios y Servidores Públicos, Ley Nº 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz, Ley N1 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la Administración Pública. Complementar la información de Funcionarios y Servidores Públicos con declaración de información vinculada a las actividades de carácter profesional u ocupacional, o de carácter comercial, para evitar o detectar conflictos de intereses. Compromiso 3: Aumentar la integridad pública garantizando un servicio civil moderno e íntegro, sistemas de adquisiciones y contrataciones blindadas contra la corrupción y un control efectivo y disuasivo.
  • 4. Página3 Principios Avances institucionales Compromisos de Hacer 2.4 Participación Ciudadana y Rendición de Cuentas Derecho fundamental de la Constitución y complementado por la Ley N1 26300, Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos, Ley Nº 27658, Ley de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27444, Ley del procedimiento administrativo general, Ley N1 29785, Ley de consulta previa a Pueblos Indígenas u Originarios, y otros de filiación especifica referidos a Clubes de Madres, Programas Sociales, Mesas de Concertación Lucha contra la Pobreza, etc. Compromiso 4: Gobierno electrónico y mejoras en la calidad de los servicios públicos, en especial aquellos dirigidos a los sectores de la población que viven en condiciones de pobreza, y garantizar mecanismos de información y denuncias para monitorear su desempeño. Elaboración: De Autor, en base al Plan aprobado por Resolución Ministerial Nº 085-2012-PCM. Desde la creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el Seguimiento de la Implementación del Plan de Acción de Gobierno Abierto, hecho cuyo inicio formal data de Enero 6, 2013, mediante publicación del Decreto Supremo N° 003-2013-PCM, se ha generado diversas iniciativas y también propuestas para la modificación, sustitución y dación de nuevos marcos legales, respecto a los que fueran listados y referidos en el Plan de Acción del Perú para su incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto, habiéndose efectuado una evaluación de seguimiento y de validación de indicadores y metas a Septiembre 2013, contenidas3 en el “Reporte de cumplimiento del Plan de Acción de Gobierno Abierto del Perú”. Esta evaluación tiene un grupo de control amplio y multi-posicional (según naturaleza de las entidades participantes, intereses, tradición en las áreas de interés a la que adscriben los compromisos) que detalla el documento citado, el que está conformada de la siguiente manera: - El Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la preside. - Un representante designado por la Presidencia del Consejo Ministros a propuesta de la Secretaría de Gestión Pública. - Un representante designado por la Presidencia del Consejo Ministros a propuesta de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI. - Un representante designado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. - Un representante designado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. - Un representante del Poder Judicial. - Un representante de las organizaciones de la actividad empresarial, que será designado por los respectivos gremios empresariales, de acuerdo al procedimiento que éstos estos establezcan. - Tres representantes de organizaciones de la sociedad civil vinculadas con los temas contenidos en los compromisos del Plan de Acción de Gobierno Abierto. Como observadores de la citada Comisión Multisectorial participan la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Contraloría General de la República. Las Organizaciones de la Sociedad Civil que forman parte de la referida Comisión multisectorial son: - Ciudadanos al Día -CAD. - Consejo de la Prensa Peruana –CPP. - ProÉtica -Capítulo peruano de Transparencia Internacional. Los representantes de los gremios empresariales son: - La Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, Titular. - La Cámara de Comercio de Lima –CCL, Alterno. Sin duda, tal esfuerzo para establecer un marco de referencia con que construir actitudes orientadas a lograr un Estado transparente y participativo, y donde Gobierno (en sus tres niveles) y ciudadanos colaboran en el desarrollo colectivo de soluciones a los problemas de interés público, merece destacarse, y positivamente, a pesar de la abultada Agenda de pendientes, y no pocas zonas grises y ralentización de acciones de la Gestión Pública peruana, reciente. Es también claro que la razón de contar hoy con tal profusa legislación y procedimientos que consideran la transparencia, rendición de cuentas, lucha contra la corrupción y la participación activa ciudadana, tienen su génesis común en las condiciones político institucionales que a partir del año 2000, le tocara a la ciudadanía y actores políticos peruanos, como valores contrarios precisamente a los aquí enumerados. Tras catorce años de un proceso de construcción jurídica del marco normativo y regulador, en el cual se destacaba con un énfasis sobre todo político, el dar anuncios y proclamar medidas “enérgicas” para marcar diferencias y el establecer 3 Ver en http://www.pcm.gob.pe/wp-content/uploads/2013/09/REP_CUMPLIMIENTO_GGAA.pdf
  • 5. Página4 notorias distancias entre sospecha o parecido con la “Corrupción” en el Gobierno y donde cada Administración sucesiva desde tal quiebre (2000) ha aportado su propia interpretación de transparencia, rendición de cuentas, lucha contra la corrupción y participación activa ciudadana, se ha logrado legar a la actualidad una amalgama de normas, regulaciones e interpretaciones tal, que la sospecha y duda en lugar de despejarse en orden a conocer y reconocer prácticas de Buen Gobierno y de Gobierno Corporativo, se ha complejizado, y en su evolución resulta ahora percibida con rasgos propios y evidentes, como un universo paralelo y coexistente con el formal real, propio a la gestión del Estado. En adición a lo reseñado, es interesante anotar que tales disposiciones, además de estar inspiradas en prevenir futuras hipotéticas situaciones como la vivida, surgen en un contexto de una situación económica de mejora y con tendencia al sostenimiento de tal senda de crecimiento, pero con un aparato estatal habituado a vivir y ajustarse a la situación propia de una restricción “habitual” desde mediados de los ochenta, donde el control, ajuste, la limitación y la fiscalización eran moneda corriente, como “incentivos” para la ejecución de actividades y proyectos bajo incertidumbre. Los mejores tiempos modificaron el nivel del gasto fiscal por mayor rendimiento incremental de ingresos no provenientes del endeudamiento público, y con ello un manejo de mayores recursos públicos, pero sin mayores cambios (al menos de un cambio de la “Cultura de la Sospecha”), pero de otro lado, se produjeron igualmente cambio de paradigmas (La Tercera4 Generación de Reformas del Estado, Presupuesto para Resultados, Descentralización, etc.) que impulsaron en los tres niveles de Gobierno, asumir la gestión de mayores niveles de recursos y de la complejidad de metodologías y procedimientos, y por tanto ejecutar Programas y Proyectos de mayor cuantía, sofisticación y el enfrentar otro problema, de igual o mayor escala: La pertinencia del Gasto, que sin caer en prácticas de corrupción, si genera colisión de opinión y miradas de sospecha, como por ejemplo si con la participación de la ciudadanía y su aprobación, se ejecuta proyectos del mayor interés “comunitario” como Plazas y Parques, antes que Proyectos de Saneamiento o Vías carrozables. Ello no es poca cosa, debido a que se suele escuchar y argumentar que tales proyectos son despilfarro y seguramente han sido otorgados bajo componendas, sin quizá inquirir si los aspectos de tradición y costumbres del pueblo, considera al espacio comunal, una obra pública de efecto social relevante (Las Ferias comunales, Fiestas Campesinas e inclusive, la convocatoria a los representantes de organizaciones sociales y autoridades de Centro Poblados y pobladores rurales, para su participación en Programas Sociales, Alfabetización o acceso a la Identificación, aprovechan de estas reuniones que se dan casualmente en esas obras públicas, en Domingos u otras celebraciones tradicionalmente cumplidas, y en donde se concentra la población, como una forma inteligente y alternativa a costos y fatigas de la dispersión ciudadana). II. Debate bajo la Doctrina Schumpeter5: Destrucción Creativa. ¿Por qué un proceso en construcción, como “Gobierno Abierto”, es el corazón de este trabajo? La razón es un artículo publicado6 en un Diario local, “El cuento del Gobierno Abierto”, que al margen de su contenido y las afirmaciones en el establecidas, resulta interesante por visibilizar un punto de vista “no oficial7” desde los no expertos para lectores que, precisamente, adoptan información de los medios y que estos propalan como resultado de un análisis que desnuda alguna situación homologable a corrupción, secretismo o abuso del poder, a la que esos lectores adhieren tomándola por cierta y apropiada, siendo propósito de tal artículo, precisamente, polemizar sobre el Gobierno Abierto. Al respecto ese artículo señala “Es sorprendente que el discurso presidencial de Fiestas Patrias (2014) omitiera lo que haría el gobierno para aminorar la corrupción. El propio Contralor Fuad Khoury ha admitido que sobrepasó la capacidad del Estado, y pocas dudas hay respecto de su generalización. La orden de captura de cinco presidentes regionales es solo un signo. Una porción enorme de los perseguidores de la epidemia —jueces, policías, fiscales— está contagiada. El proceso viene de atrás, y dos emblemas son las preinvestigaciones a los ex presidentes Alejandro Toledo y Alan García. Ahora mismo los candidatos de distintas tendencias políticas se financian con dinero oculto. Quizá el presidente Humala crea que el problema no es tan importante, o que, siéndolo, a él no le toca enfrentarlo. Otra posibilidad es que no desee hacerlo. En 2010, cuando el 52% de la población consideraba a la corrupción como el problema principal, el gobierno de García creó, para concertar políticas, una Comisión Nacional Anticorrupción (CAN). La integran, entre otras, las mismas que el semestre pasado fueron sorprendidas por los casos Álvarez y Orellana: Ministerio del Interior, Poder Judicial, Ministerio Público, etcétera. Pero en lo que va del 2014, con la corrupción inundando el escenario público como la ruptura de una troncal de desagüe, la CAN se ha reunido una sola vez. (…) La base de todo esto era, naturalmente, la participación social. Así, desde diciembre del 2011 hasta abril del año siguiente, en la hechura del plan participaron la 4 Centrada en hacer que los ciudadanos sean parte del ciclo de la administración y ha incluido temas como la ética, cartas de ciudadanos, el respeto hacia los valores, etc. 5 Economista austriaco Joseph Schumpeter (Capitalismo, socialismo y democracia; 1942), que describe el proceso de innovación que tiene lugar en una economía de mercado en el que los nuevos productos destruyen viejas empresas y modelos de negocios. 6 La República, Martes, 05 de agosto de 2014, edición nacional para Perú. 7 Usualmente excluyente, sin fisuras o puentes para la disensión, e impermeable a la crítica.
  • 6. Página5 Asociación Nacional de Centros, el Consejo de la Prensa, Ciudadanos al Día y Proética, junto con las instituciones públicas concernidas. El resultado fueron objetivos en materia de acceso a la información, integridad pública y gobierno electrónico que debían cumplirse durante los siguientes dos años. Nada exigente, porque lo principal de esta etapa era construir un espacio que concertara eficaces mecanismos de fiscalización ciudadana. Después, a partir del 2014, se pondrían a prueba estos procesos. Hubo un comité de seguimiento también participativo, que, cuando se venció el plazo, se mostró satisfecho en términos generales. Pero algo no funcionaba. En diciembre del 2012, al mismo tiempo que los esperanzados aliancistas por el Gobierno Abierto hacían el plan, el sector militar del gobierno dio el D. Leg. Nº 1129, que volvía secreta cualquier información sobre seguridad nacional y sancionaba a los infractores con hasta quince años de cárcel. Una norma grotescamente violatoria de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública que precisamente había que mejorar, y que daba la impresión de que alguien en el gobierno estaba asustado porque se conocieran detalles de las compras militares. Salvo Daniel Mora, todos los ex ministros de Defensa y del Interior convocados por el IPYS opinaron que era innecesaria y encubridora. La Defensoría del Pueblo planteó una acción de inconstitucionalidad que está por resolverse en el Tribunal Constitucional. Y la resistencia a cambiar la norma en el Ejecutivo, luego de demostrarse su ilegalidad, demostró que los principios del Gobierno Abierto eran retórica publicitaria oficial, por lo menos en asuntos de seguridad. No era el único caso. La segunda contradicción fueron las normas sobre declaraciones juradas de los altos funcionarios públicos. Pese a que la Constitución establece que son públicas, un reglamento y después una ley han impedido que los ciudadanos las conozcan plenamente —la parte que se autoriza es irrelevante para fiscalizar—, y por eso nadie que no sea la Contraloría puede realizar un escrutinio cabal de ingresos y bienes. Tampoco lo ha hecho, que se sepa, la Contraloría. La ley vigente con este secretismo fue propuesta por la Contraloría, y el Congreso la hizo más restrictiva aun tratándose de bienes de altos funcionarios que tienen cónyuge pero un régimen de separación de bienes. Es el caso de la pareja presidencial, por un acuerdo entre ambos. Según la propuesta de la Contraloría, recomendada por un comité de la OEA que supervisa la Convención Interamericana Contra la Corrupción, la cónyuge tipo Nadine Heredia, cuyos bienes están separados legalmente de los de Ollanta Humala, debía declarar sus propiedades. Ahora no. En julio del 2013, cuando la restricción de la información de declaraciones juradas estaba a nivel de reglamento —la ley fue aprobada8 en enero del año 2014— diversas organizaciones de la sociedad civil le dirigieron una carta a Ollanta Humala pidiéndole que los documentos se conocieran a plenitud. Adicionalmente solicitaron crear una Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información que hiciera cumplir la ley. El ciudadano debe recurrir al Poder Judicial, inoperante para estos asuntos, cuando una información pública le es denegada. La carta cayó en el vacío y la cita que le fue solicitada al Presidente jamás fue concedida. Y así tenemos la triste realidad del Gobierno Abierto hoy por hoy: una Espada de Damocles sobre quien informe sobre temas de seguridad, una prohibición al conocimiento de los bienes y rentas de los altos funcionarios, una ley de acceso a la información que no puede cumplirse. De todos modos, gobierno y delegados de la sociedad continuaron en el proceso. Consensuaron una segunda parte del plan, en el cual se concebía una Autoridad de Transparencia con carácter independiente, que resolviera conflictos por peticiones de acceso a la información no resuelta, y que tuviera capacidad sancionadora. Pero mientras tanto, 25 de los 30 funcionarios de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM fueron renunciando, comenzando por la responsable, Mariana Llona. En su caso, René Cornejo no la ratificó, pero en el resto primaron desacuerdos de estilos y de línea con la reemplazante de Llona, Jennifer Contreras. Mientras el desbande se producía, el nuevo Plan de Gobierno Abierto quedó para ser convertido en resolución. Entonces los nuevos encargados eliminaron el compromiso de la creación de una Autoridad de Transparencia. Hubo una discusión interna. —Es una cojudez —se le escuchó decir al entonces Secretario General (de la PCM), Rafael Donayre”. Antes de darle el encuentro a los conceptos y afirmaciones vertidas en el artículo aludido, es conveniente dejar en claro algunas reflexiones que enmarcan el tema bajo debate, esto es el procurar un Estado transparente y participativo donde gobierno y ciudadanos colaboran en el desarrollo colectivo de soluciones a los problemas de interés público: 1. Contar con “Datos” no es lo mismo que contar con “información”, como bien esclarecen9 Davenport y Prusak (1998), “(…) los datos están localizados en el mundo y el conocimiento está localizado en agentes de cualquier tipo (personas, empresas, máquinas...), mientras que la información adopta un papel mediador entre ambos. Los datos son la mínima unidad semántica, y se corresponden con elementos primarios de información que, por sí solos, son irrelevantes como apoyo a la toma de decisiones. La información se puede definir como un conjunto de datos procesados y que tienen un significado (relevancia, propósito y contexto), y que por lo tanto son de utilidad para quién debe tomar decisiones, al disminuir su incertidumbre. El conocimiento es una mezcla de experiencia, valores, información y know-how que sirve como marco para la incorporación de nuevas experiencias e información, y es útil para la acción”. Por ello, hay una sutileza al tomar contacto con hechos y datos bajo formato de información, al estar formulados bajo una orientación e interpretación propia del formulador, que no es necesariamente la del observador. 8 Debe probablemente estar aludiendo a la Ley Nº 30161, Ley que regula la presentación de la declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Públicos del Estado. 9 Davenport, T. H. y Prusak, L., “Working knowledge: How organizations manage what they know”. Boston, EUA: Harvard Business School Press, 1998.
  • 7. Página6 2. Entre el Espacio Público y Espacio Privado, existe una “Chínese Wall”, una suerte de contenedor entre ambos, que tiene entradas y salidas de doble vía, y cuya dimensión, impulso y persistencia define el modelo de sociedad y estilo del Gobierno (aceptado, denostado, resistido o elusivo) y que deriva en las funciones del Estado; de allí el derecho de saber qué hace este en nuestro nombre, pero también el deber de analizar y proponer prioridades y opciones. 3. Los datos del Espacio Público (la oferta de información) provienen en su mayor parte, de procesos y metodologías homologadas en sus aspectos instrumentales (ejemplo de ello son las reglas de la Contabilidad macroeconómica y de actividades económicas -Cuentas Nacionales, CIIU, Basilea II y III, NIIF, etc.-) por Organismos Internacionales, y sus productos (datos) son estructurados en función a hechos (ejemplo: exportaciones en volumen físico o precios, la ejecución del gasto fiscal, pacientes tratados, etc.) u opiniones (encuesta nacional de hogares para los análisis de la pobreza, Priorización dentro del Presupuesto Participativo, Producto Bruto Interno potencial, etc.), que demanda del analista, una preparación de carácter técnico mínima para su comprensión e interpretación. Con estos elementos de reflexión previos, veamos el contenido del artículo precitado. Se hace una invocación cierta de declaraciones públicas del Contralor General de la República sobre las limitaciones de ese ente de control nacional, a efectos de los actos de Corrupción (a ese efecto, entenderemos que tales actos tienen la naturaleza de ilicitud -de carácter penal- y Grave Falta –según regulación administrativa–) lo que hace evidente existen dos Fallas de Estado10, preocupantes y consuetudinarias: i. Los mecanismos de control, seguimiento y evaluación de los sistemas administrativos, a pesar de su estructura restrictiva y parametrada, y de su instalación y operación centralizada en sistemas o plataformas, que se sujetan a las reglas de los entes rectores centralizados, resultan vulnerables sea por su diseño o porque se hace evidente la presencia11 de “Selección Adversa y Riesgo Moral”, cuyos incentivos para transgredir los controles de tales sistemas, motivan a algunos Funcionarios y Servidores a perforar tales mecanismos restrictivos: Fallas del Control Previo; y, ii. Participación activa del Sector Privado, que sujetándose a los procedimientos y condiciones de contratación de esos sistemas, inducen el lograr ser seleccionados por la vía de “premios” entregados como parte de liberalidades, sustrayéndose a la apropiación directa e ilícita de recursos públicos (sobornos, dadivas): Falla de la Gestión por Procesos. Lo señalado solo puede ser evidenciado por la denuncia pública (que debe ser probada) lo cual hace poco probable se produzca (salvo acción de oficio, principalmente por investigaciones aleatorias y desde el sistema financiero –patrimonio financiero desproporcionado respecto a la Declaración Jurada, inicial), no siendo cuestión de un sistema de información paralelo, ya que la perversión del sistema es, precisamente, que el ilícito es parte de los datos registrados en sistemas y plataformas “de consulta”. La apropiación directa de recursos públicos es un acto torpe y burdo, de allí que demanda del conocimiento profundo y técnico de los sistemas administrativos, para burlarlos. Cita también el artículo debía construirse un espacio que concertara eficaces mecanismos de fiscalización ciudadana, y que un hecho evidencia “algo no funcionaba”, materializado en la aprobación del D. Leg. Nº 1129, que volvía secreta cualquier información sobre seguridad nacional, sancionando sus infracciones hasta con 15 años de cárcel. Siendo un dato especifico, cabe destacar que en nuestro ordenamiento legal, para que el gobierno emita un Decreto Legislativo, el Congreso lo habilita mediante una "Ley de delegación del ejercicio de la potestad legislativa" (que también es llamada Ley Autoritativa), por lo que ausente de ánimos de justificación, debe precisarse que los propósitos de la autorización y sus alcances, debieran haber sido plenamente delimitados, asegurarse que aquellas materias sujetas a los niveles de clasificación no estuvieran discrecionalmente sujetas a la decisión de Funcionarios (por ejemplo, la compra de uniformes para las Fuerzas Policiales no resultan secreto de Estado), lo cual implica que el instrumento no es inadecuado siéndolo si las decisiones derivadas de su interpretación, pues la misma norma con un conjunto de parámetros precisos por parte del Legislador y un adecuado control político, la harían adecuada a sus fines. Una Falla del Control Difuso político. Asimismo, destaca el artículo las normas sobre las declaraciones juradas de los altos funcionarios públicos, citando que a pesar que la Constitución establece son públicas, un reglamento y después una ley han impedido que los ciudadanos las conozcan plenamente —la parte que se autoriza es irrelevante para fiscalizar—, y por eso nadie que no sea la Contraloría puede realizar un escrutinio cabal de ingresos y bienes. La Ley Nº 30161 dispone informar: a) Los ingresos, rentas, bienes, ahorros, inversiones, acreencias y pasivos, propios del obligado y comunes del matrimonio, siempre que el régimen patrimonial sea el de sociedad de gananciales; b) La especificación de derechos o participaciones propios del obligado y comunes del matrimonio que mantengan con empresas, corporaciones, sociedades, asociaciones, fundaciones o cualquier otra forma asociativa privada, siempre que el régimen patrimonial sea sociedad de gananciales. 10 Como señalara Charles Wolf Jr. (“Mercados o gobiernos: Elegir entre alternativas imperfectas”; Instituto de Estudios Fiscales, 1995) economista e investigador norteamericano, determinó que así como existen fallos en el mercado, también existen fallos del no mercado o fallos del Estado, los cuales nacen de una deficiente y mal planificada intervención estatal, que puede llegar incluso a aumentar el problema y los efectos negativos de un fallo del mercado. 11 La teoría de la agencia fue desarrollada en 1977 por Jensen y Meckling, y pone énfasis en la asimetría de información, que origina una dinámica de aprovechamiento de información y adopción de decisiones.
  • 8. Página7 Poner como caso emblemático al Presidente de la República y su cónyuge, es por lo menos de poca elegancia, hubiera bastado un ejemplo cualquiera, innominado; la normativa no es sustancialmente diferente de la existente en la Ley Nº 27842 que se deroga, aunque si amplia el universo de obligados, y dado que el propósito es establecer las variaciones y fuentes del patrimonio al inicio y final de la función pública, consideramos si muestra suficiencia, pero otra vez, la norma no es culpable de una gestión de control insuficiente (término por verificarse en el caso de la Contraloría, a pesar que el sistema desconcentrado de control mediante Oficinas de Control Interno, más bien ha probado resultar poco proactivo y proclive a su captura por los infractores), y no surte efectos para prevenir maniobras elusivas. Y como expresan los Sajones, “Least but don`t last” señala también que la sociedad civil ha manifestado su demanda de creación de una Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información que hiciera cumplir la ley para evitar que ciudadanos deban recurrir al Poder Judicial si la información pública le es negada, instancia inoperante. Sobre este extremo, la teoría señala que los Portales de Transparencia, sujetos a los formatos y plataformas contendido las bases de datos que se formulan siguiendo metodologías y procedimientos normalizados, debían resolver el problema, y allí se debe igualmente poner énfasis en que no poca de la información denegada, es en realidad una solicitud de información pública disponible en tales portales, pero que debe ser reelaborada según el formato propio o especifico del solicitante, por lo que realmente “entregar la información solicitada” es procesar las bases de datos para construir un reporte que es personalizado según cada solicitante, por lo cual innúmeras veces las entidades señalan que lo solicitado se encuentra en el Portal de Transparencia, pero como información insumo. Una forma expeditiva e inteligente es la que desde buen tiempo atrás, ha hecho disponible el INEI, al disponer de una ventana de explotación de las bases de datos en formatos de manejo de grandes lotes de datos (DBF, SPSS, etc.), pudiendo ser una solución que las bases de datos de mayor relevancia (acuerdo que debería provenir de analistas, usuarios frecuentes y matrices de compromisos y objetivos) sean disponibles como por ejemplo, las bases de microdatos del INEI antes aludidas. Una entidad más (su profusa creación en diversos sectores, de muy reciente aprobación, no se ha reflejado en un aumento proporcional de valor agregado) no parece ni tiene los atributos técnico institucionales para eliminar el problema, siendo mucho más eficiente una ley que haga cumplir las leyes existentes. Y habría que añadir: “Políticos informados” aludiendo a la tipología Weber. Hay, como habrá percibido el lector, dos fuertes sesgos en la percepción periodística que no coinciden necesariamente con nuestra opinión, ello en virtud a los objetivos de la transparencia en la Gestión: el interés por los actos de Gestión, y, la trayectoria patrimonial -personal- de los actores que conducen la Gestión. Nuestra disensión es que lo último tiene un tinte persecutorio y de sospecha ex-ante (desgraciadamente, validado por la experiencia) en tanto nuestra preocupación es por los datos que hacen posible construir información con la que evaluar la Gestión, ergo, el interés por los actores versus el interés por los actuados. III. ¿Epilogo o Precuela? Conclusiones. Epílogo es la parte final de un discurso, o ensayo, que resume argumentos y conclusiones fundamentales; Precuela es una historia que precede a una inicial enfocándose en acontecimientos producidos antes del relato inicial y que explican los antecedentes que llevaron a los acontecimientos de la principal. Utilizamos tales términos como abalorios en una misma cuenta, Corrupción, debido a que ni una estrategia de Gobierno Abierto plenamente configurada y funcionando concertadamente bajo la vigilancia de una Entidad ad hoc resultaría en su extinción, ni la ausencia del Gobierno Abierto resulta la causa de su existencia y progresiva expansión, considerando además que su génesis en gran escala y carácter endémico, ya tiene precedentes ampliamente conocidos. Y aplicamos selectivamente el término “Corrupción”, porque la secuencia lógica del articulo comentado es: “lucha contra la corrupción-participación social-eliminación del secretismo-Autoridad de Transparencia” en una suerte de consecuente a antecedente (la ausencia de una Autoridad de Transparencia conlleva Corrupción) siendo ello una conclusión invalida y recortada de la amplitud de lo que Gobierno Abierto12 significa. Los ilícitos, de orden criminal o de orden administrativo (la apropiación directa de, por ejemplo, un bien mueble o el efectivo de Caja Chica son actos criminales, pero orientar el proceso de contrataciones para un postor determinado o simular valorizaciones o ejecución de obras, son del segundo tipo, pero igualmente ilícitos) tienen un cuerpo instrumental definido y regulado según la configuración de hechos y debe ser su continua adaptación a la evolución de tales ilícitos una regla de oro, lo cual está dentro de la lógica de tipicidad y penalización judicial (algunas iniciativas o propuestas de las organizaciones de la sociedad civil devienen en ilógicas y el caos: por ejemplo, se ha propuesto penalizar con 12 años de prisión la comisión de delitos de tocamientos indebidos en medios de transporte masivos, pero crímenes de homicidio tendrían penas menores; ¿Matar es preferible?) pero ello no 12 Revisar y mejorar el marco normativo y mecanismos de implementación sobre la Transparencia y acceso a la información, Rendición de Cuentas y Lucha contra la corrupción; Promover la participación y vigilancia ciudadana, informada y alerta; Aumentar la integridad Pública, garantizando Servicio Civil moderno e íntegro, sistemas de adquisiciones y contrataciones blindadas contra la corrupción y un control ,efectivo y disuasivo; y, Mejorar la calidad de los servicios públicos, en especial aquellos dirigidos a los sectores de la población que viven en condiciones de pobreza, y garantizar mecanismos de información y denuncias para monitorear su desempeño.
  • 9. Página8 es parte sino un complemento de una filosofía de Gobierno Abierto, que sí debería producir análisis de pertinencia de la oferta de información (Transparencia de la Gestión: Rendición de Cuentas) respecto a los resultados declarados, o el generar incidencias para la Agenda Pública. Se hace claro que la información disponible, en los casos que principalmente se refiere a materia fiscal, tienen amplitud y elementos de evidencia que facilitan análisis conducentes a evaluaciones serias, no obstante hay otras fuentes de la misma naturaleza que resultan insuficientes y que no permiten reducir análisis de secuencia (un resultado dado, de sus insumos –que son también resultados para la entidad o proceso dentro de esta, según sus competencias– o de efectos y marco temporal en que estos se esperan), siendo necesario un mejoramiento sensible de la estructura estadística y de las bases de datos que permitan construir secuencias (muchos de los análisis bajo esta inferencia generan conjeturas, lo que es preferible a estimaciones bajo metodologías o deducciones que no pueden ser probadas o descartadas), con lo que se podría generar una sólida base de estudios para dotar de mejor fundamento a la formulación de Políticas Públicas basadas en Evidencia. Una salida clara, especifica y prudente seria complementar la legislación y parámetros de información y acceso a la información, con la tipificación de causal de interpelación o causal de pérdida de confianza a los funcionarios elegidos, designados o nombrados que incumplan los parámetros (claramente) establecidos por el Poder Legislativo referidos a la materia. Cabe añadir que no hay falta, o delito, si esta no es tipificado o regulado. Finalmente, consideramos que la referencia a Funcionarios más que a Institucionalidad y con ello inducir a la creencia de “Salvadores” o “Iluminados” que resultan los portadores de la magia para que las cosas sucedan, debiera estar lejos de la creencia ciudadana, dado que la Sociedad es un patrimonio donde el capital político se compone de una acción un voto y nadie tiene más de su propia opción para ejercerlo, siendo folclórico escuchar cosas como “El Ministro quiere que en su Sector…”, o “El Gobierno ha decidido …”, como si los ciudadanos no tuviéramos opinión o preferencias. La cita a los funcionarios citadas en tal artículo tiene ese (indeseado) cariz, pero también tiene el mérito de lograr hacer visible un hecho que (el lector interesado puede hacer las pesquisas pertinentes en internet y encontrar referentes al respecto) no ha sido notado o relevado con la suficiencia del caso: La actual Administración tiene como sus Funcionarios de mayor nivel jerárquico y de Confianza (los que, por tal merito, representan al Poder Ejecutivo y toman decisiones en su nombre asumimos en base al contenido de su Plan de Gobierno, con el cual deberían estar familiarizados y tener una ideología interpretativa –no personal o prestada de Planes de Gobierno ya agotados y que no aportaron tampoco en su momento con los mismos ejecutantes de hoy– para su implantación en el proceso dinámico y cambiante del día a día) a los mismos Funcionarios de Administraciones anteriores en una proporción considerable, evidenciando con ello carencia de cuadros técnicos propios, con similitudes conceptuales compartidas y ejercidas, y de operadores conocedores de las orientaciones políticas de la propuesta por la que la ciudadanía eligió en un proceso electoral, a sus Autoridades del Gobierno Nacional. ¿Será por eso que no logramos afirmar nuestra Institucionalidad? Economista Alfredo Espinal, Especialista en Economía Pública y Planificación Regional. Diplomado de Diseño y Evaluación de Proyectos Sociales - Pontificia Universidad Católica, Perú; Magister en Economía Empresarial y Regional, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú. Docente Universitario de Post Grado, Maestría en Economía, Mención en Gestión y Políticas Públicas. Email: gobernaphenom@gmail.com Artículo publicado en la Revista Gestión Pública y Desarrollo, Año VII - Nº 85, Agosto 2014, Ediciones Caballero Bustamante, Perú (www.gestionpublica.org.pe) Portada: magisterioperu.blogspot.com; Perú: Niños que trabajan.