El Estado como Persona
El Estado es una persona jurídica, quien es representada en el exterior por el Jefe de Gobierno que no es mas que el Presidente de la Republica, electo y facultado por cada uno de los ciudadanos mediante votación popular, quien a su vez es el representante legal del mismo.
Además se debe destacar que la Constitución establece que el Procurador General tiene la representación judicial del Estado en forma exclusiva. Los Ministros de por su parte, pueden delegar atribuciones y deberes a funcionarios o empleados de su ministerio
Teoría del Órgano
A través de esta se explica la imputación de la voluntad humana a la de las personas jurídicas. El órgano es la Porción técnica del Estado a la que se atribuyen funciones jurídicas y competencia definidas y los correspondientes cargos.
El órgano es la Presidencia de la República, y Presidente de la República es el cargo, ocupado por una persona física.
Clasificación de los Órganos
Se pueden mencionar varias clasificaciones de órganos, las cuales son:
• Órganos Constitucionales y no Constitucionales.
• Órganos activos, consultivos, de contralor y de representación.
Podemos dar el ejemplos de los órganos descentralizados, por ejemplo el poder Legislativo y el Poder Ejecutivo
Clasificación de los Órganos
de acuerdo a su Competencia
El territorio: Podemos definir a el territorio como un límite físico, por ejemplo los Centro de Coordinaciones de Policías estadales (órgano del Estado en sentido estricto) tienen competencia limitada a su departamento. Otros tienen competencia nacional como por ejemplo el Poder Electoral.
La materia: es también conocida como distribución funcional u objetiva, realiza la asignación de competencias entre las divisiones en función de los distintos servicios públicos posibles, así como los sectores sobre los que exista intervención pública. de los municipios, cada órgano tiene ciertas competencias por tema, imparte por la división de trabajo.
Jerarquía: La distribución se realiza dentro de una división, de manera que las tareas más importantes y trascendentes quedan a cargo de los órganos jerárquicamente superiores.
Ahora bien, se definen como órganos superiores de dirección de la administración publica Central, El Presidente o Presidenta de la Republica, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vice Presidenta Ejecutiva, El Consejo de Ministros, los ministros o ministras y los viceministros o viceministros
Las Personas del Derecho Público
Es todo ente susceptible de tener deberes derechos y obligaciones en una relación jurídica.
Clasificación, se pueden mencionar lo siguientes:
La Nación entendida en el sentido de Estado.
Las entidades que componen el Estado, en particular los Estados de la Unión y las Municipalidades. (La Constitución establece la personalidad jurídica de los Municipios)
Las Iglesias de cualquier credo. La situación legal varía según se trate de la iglesia católica o de otros cultos.
3. El Estado es una persona jurídica, quien es representada en el exterior por
el Jefe de Gobierno que no es mas que el Presidente de la Republica, electo
y facultado por cada uno de los ciudadanos mediante votación popular,
quien a su vez es el representante legal del mismo.
Además se debe destacar que la Constitución establece que el Procurador
General tiene la representación judicial del Estado en forma exclusiva. Los
Ministros de por su parte, pueden delegar atribuciones y deberes a
funcionarios o empleados de su ministerio
4. A través de esta se explica la imputación de la voluntad humana a la de las
personas jurídicas. El órgano es la Porción técnica del Estado a la que se
atribuyen funciones jurídicas y competencia definidas y los
correspondientes cargos.
El órgano es la Presidencia de la República, y Presidente de la República es
el cargo, ocupado por una persona física.
5. Se pueden mencionar varias clasificaciones de órganos, las cuales son:
• Órganos Constitucionales y no Constitucionales.
• Órganos activos, consultivos, de contralor y de representación.
Podemos dar el ejemplos de los órganos descentralizados, por ejemplo el
poder Legislativo y el Poder Ejecutivo
6. El territorio: Podemos definir a el territorio como un límite físico, por ejemplo los
Centro de Coordinaciones de Policías estadales (órgano del Estado en sentido
estricto) tienen competencia limitada a su departamento. Otros tienen competencia
nacional como por ejemplo el Poder Electoral.
La materia: es también conocida como distribución funcional u objetiva, realiza la
asignación de competencias entre las divisiones en función de los distintos servicios
públicos posibles, así como los sectores sobre los que exista intervención pública. de
los municipios, cada órgano tiene ciertas competencias por tema, imparte por la
división de trabajo.
7. Jerarquía: La distribución se realiza dentro de una división, de manera que las
tareas más importantes y trascendentes quedan a cargo de los órganos
jerárquicamente superiores.
Ahora bien, se definen como órganos superiores de dirección de la
administración publica Central, El Presidente o Presidenta de la Republica, el
Vicepresidente Ejecutivo o la Vice Presidenta Ejecutiva, El Consejo de
Ministros, los ministros o ministras y los viceministros o viceministros
8. Es todo ente susceptible de tener deberes derechos y obligaciones en una relación jurídica.
• La Nación entendida en el sentido de Estado.
• Las entidades que componen el Estado, en particular los Estados de la Unión y las
Municipalidades. (La Constitución establece la personalidad jurídica de los Municipios)
• Las Iglesias de cualquier credo. La situación legal varía según se trate de la iglesia católica
o de otros cultos.
9. PODER EJECUTIVO
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
PODER LEGISLATIVO
LA ASAMBLEA NACIONAL
PODER CIUDADANO
EL MINISTERIO PUBLICO