Este documento presenta el protocolo de actuación frente a la violencia escolar del Colegio Particular Cervantes de La Serena. Describe las 5 fases del proceso: 1) recogida de información, 2) análisis e intervención, 3) resolución del conflicto, 4) seguimiento, y 5) el rol del Comité de Convivencia Escolar. El protocolo establece claramente los pasos a seguir para investigar incidentes de violencia, proteger a las víctimas, lograr la toma de conciencia de los agresores, e implementar medidas format
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Protocolo violencia escolar
1. Colegio Particular Cervantes La Serena, Avda Arauco N° 5394 villa La Florida, Fono 51-
2272350//964960965;email:cervantesltda@hotmail.com;
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PROTOCOLO
ACTUANCION FRENTE VIOLENCIA ESCOLAR
2018-2020
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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A VIOLENCIA ESCOLAR
Introducción
Una vez que el establecimiento tiene conocimiento de una posible situación de violencia
escolar, se aplicarán estrategias en tres fases:
1. Recogida de información,
2. Análisis y adopción de medidas
3. Seguimiento periódico.
1. Reportar el hecho al Encargado de Convivencia Escolar y/o Inspector General;
(prefecto general de disciplina de cada colegio (Colegio Cervantes es el Director), en
coordinación con el psicólogo, el profesor jefe y asistente de familia). Todas las personas
que forman parte de la comunidad escolar del Colegio Cervantes (administrativos,
auxiliares, delegados, directivos, alumnos, profesores), en su calidad de víctimas o
testigos, deben comunicar cualquier situación que atente contra la sana convivencia y que
haya sido escuchada, presenciada o denunciada por un tercero. Dicha información será
entregada en un plazo de no más de 2 días a los Encargados de Convivencia Escolar
(prefecto general de disciplina, en conjunto con el psicólogo y el profesor jefe). Los
miembros de la comunidad también podrán informar al Comité de Convivencia Escolar
sobre la situación. El prefecto general de disciplina, como Encargado de Convivencia
Escolar, tiene la misión de centralizar toda información recabada y coordinar acciones en
conjunto con el departamento de psicología y el profesor jefe del o los alumnos que estén
involucrados.
2. Encargados de Convivencia Escolar deberán reunirse para iniciar la
investigación:
a) Recabar información sobre los alumnos involucrados: se revisarán
antecedentes presentes y pasados de los alumnos identificados como
hostigadores y hostigados (Cuestionario de Convivencia Escolar, Escala de
Distancia Social, Informe Sociométrico, Perfil de Alumnos, Registro de
Anotaciones, etc)
b) Se realizarán entrevistas individuales con los involucrados, incluyendo a la
víctima, los victimarios, los testigos y otros alumnos claves del curso (por
ejemplo, con alto liderazgo social y académico). Es importante que en estas
entrevistas se indague sobre la motivación del acto agresivo (en defensa
propia, con la intención de hacer daño), el contexto (dificultades sociales,
emocionales y/o familiares) y la sistematicidad de dicha conducta (alta/baja).
3. Elaboración del diagnóstico y diseño de la intervención: los Encargados de
Convivencia Escolar determinarán en primera instancia si la situación investigada
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corresponde o no a un fenómeno de bullying. En el caso que cumpla con los criterios para
establecer dicho diagnóstico, se informará sobre las conclusiones al Comité de
Convivencia Escolar. Posteriormente, constituya un episodio de violencia o un fenómeno
de bullying, se elaborará un Plan de Gestión, que incluya una planificación de las
acciones a seguir, indicando destinatarios (si éstas corresponden a un curso completo o a
un grupo específico de alumnos), sanciones disciplinarias, derivaciones externas y/o
internas, medidas formativas (reparatorias e instancias de mediación del conflicto).
4. Detener la acción y resolver el conflicto: en este punto, se aplicarán todas medidas
indicadas en el Plan de Gestión.
a) Conversar con los involucrados en conjunto (mediación a cargo de un adulto).
b) Establecimiento de acuerdos y compromisos de cada una de las partes, los cuales
deben ser registrados por escrito.
c) Toma de consciencia de los alumnos reconocidos como victimarios.
d) Entrevista con los padres de los involucrados, informando sobre las medidas
formativas y las sanciones disciplinarias.
e) Informar al Comité de Convivencia Escolar de lo realizado tras la implementación
del Plan de Gestión.
5.- Sobre el Comité de Convivencia Escolar del Colegio Cervantes de La Serena.
A. Fundamentación: El presente protocolo, orienta y determina las acciones propias del
Comité de Convivencia Escolar, así como complementa las disposiciones del reglamento
de convivencia escolar. La comisión se reunirá, en situaciones de violencia escolar, con el
fin de velar por el cumplimiento de la normativa y los procedimientos que tiene nuestra
comunidad escolar.
B. Estará compuesto por:
Rectoría.
Encargado de convivencia escolar y Orientación.
Inspectoría según ciclos.
Este comité a través del dialogo, escucha atenta y reflexivamente las posiciones e
intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas
partes. La función de este comité es buscar una solución formativa para todos los
involucrados sobre la base de dialogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia
vivenciada en el conflicto.
También será la encargada de investigar los antecedentes, a los involucrados y aplicar las
medidas establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar.
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C. Objetivo General Comité Convivencia Escolar:
Velar por el cumplimiento de la normativa y los procedimientos que dispone el colegio
frente a situaciones de violencia escolar, buscando el fortalecimiento de la sana
convivencia.
D. El Comité de Convivencia Escolar tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
1. Diseñar e implementar planes de prevención de la violencia escolar en el
establecimiento.
2. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las
consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de
conducta contraria a la sana convivencia escolar.
3. Conocer los informes e investigaciones presentados por el encargado de Convivencia
Escolar.
4. Requerir a la dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o
antecedentes relativos a la Convivencia Escolar.
5. Determinar, con alcance general, que tipos de falta serán de su propia competencia y
aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del
colegio, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
6. Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
E. Encargado Convivencia Escolar del colegio:
Es el Orientador del establecimiento, quien guía de manera permanente los acuerdos,
decisiones y planes del Comité de Convivencia Escolar.
F. Enfoque Formativo:
Toda sanción o medida debe tener claramente un carácter formativo para todos los
involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad
de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor
protección y reparación del afectado y la formación del responsable.
G. Obligación de Denuncia de Delitos.
El Rector del establecimiento educacional (según su definición de criterios, para
determinar casos que serán informados), deberá denunciar cualquier acción que revista
caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como:
lesiones, amenazas, robo, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas,
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tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar Presentación de antecedentes a
la superintendencia de educación escolar, Carabineros de Chile, La policía de
Investigaciones, las fiscalías del ministerio público o los tribunales competentes, dentro
del plazo de 24 hrs. Desde que se toma conocimiento del hecho.
Nota sobre las medidas reparatorias:
Las medidas reparatorias, sean éstas pedagógicas o disciplinarias, se refieren a acciones
concretas que el agresor realiza con la persona agredida. Tienen por objetivo que el
agresor reconozca el daño infringido y lo restituya. Es fundamental que dicha acción surja
del diálogo y de la toma de conciencia del daño ocasionado, no de lo que un tercero
estime o imponga.
Ejemplos de medidas reparatorias: pedir perdón públicamente o en privado, en función del
carácter del acto violento; realizar alguna actividad de servicio a la comunidad escolar
(limpieza de pasillos, recolección de escombros al interior de salas, comedores y
dependencias del colegio y orden de materiales, etc.). Estas medidas deben ser
supervisadas, con el fin de asegurar su cumplimiento, de tal modo que no pierdan su
efecto pedagógico.
6. Seguimiento: en este punto se llevarán a cabo todas las medidas tendientes a prevenir
la aparición de un nuevo episodio de hostigamiento. Dichas medidas buscan continuar
con la protección de los involucrados y abordar las vivencias surgidas tras la/s
situación/es experimentadas.
a) Entrevistas de seguimiento con la(s) víctima(s), propiciando la expresión de sus
vivencias en torno a lo ocurrido y los posibles temores en relación a la aparición de
nuevas conductas de hostigamiento.
b) Entrevista de seguimiento con el/los hostigador/es, con el objetivo de profundizar
en la toma de consciencia respecto a éste y otros daños causados, además de
propiciar la expresión de emociones que pudieron haber gatillado la situación de
hostigamiento.
c) Derivación a especialistas externos en el caso de ser necesario.