1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO EDO-LARA
Ensayo
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
NOMBRE: KARINA PEREZ
DERECHO TRIBUTARIO
2. Impuesto al Valor Agregado (IVA)
En el siguiente ensayo se hablará del impuesto del valor agregado en
Venezuela, la no sujeción al impuesto las exoneraciones y exenciones.
En Venezuela se estableció el impuesto al valor agregado que grava la
enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de
bienes que debe ser pagado por toda persona natural o jurídica, las
comunidades, las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y demás
entes jurídicos o económicos, públicos o privados.
En este sentido, los hechos imponibles amparados por la Ley que
establece el Impuesto al Valor Agregado, son la venta, exportación e
importación de bienes muebles y servicios, así como el pago de servicios
independientes honoríficos.
Según el Artículo 16. De dicha Ley no están sujetos al impuesto previsto
por la Ley las importaciones no definitivas de bienes muebles, las ventas de
bienes muebles intangibles o incorporales (acciones, bonos, cédulas
hipotecarias, efectos mercantiles, facturas aceptadas, obligaciones emitidas
por compañías anónimas y otros títulos y valores mobiliarios). Además de los
préstamos en dinero, las operaciones y servicios en general realizadas por los
bancos, institutos de créditos o empresas regidas por el Decreto N° 5.555 con
Fuerza de Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, incluidas
las empresas de arrendamiento financiero y los fondos del mercado monetario,
las operaciones de seguro, reaseguro y demás operaciones realizadas por las
sociedades de seguros y los agentes, corredores, los ajustadores y demás
auxiliares de seguros.
Ahora bien, de las exenciones y exoneraciones, establecidas por esta
Ley y por el Poder Ejecutivo, se tienen las importaciones, venta de bienes y
servicios. De las importaciones efectuadas por: los agentes diplomáticos y
3. consulares acreditados en el país viajeros, pasajeros y tripulantes de naves,
aeronaves y otros vehículos, cuando estén bajo régimen de equipaje, las
importaciones de bienes donados en el extranjero a instituciones,
corporaciones y fundaciones sin fines de lucro y a las universidades para el
cumplimiento de sus fines propios, entre otros.
De la venta de bienes como: alimentos de consumo humano, los
fertilizantes, gal natural, medicamentos, agroquímicos, combustibles
derivados de hidrocarburos, diarios, periódicos, libros, revistas, folletos, entre
otros
Entre los servicios exentos, están: el transporte terrestre, las entradas
a parques nacionales, servicios médicos, suministro de agua y electricidad,
aseo urbano y telefonía.
En conclusión, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Venezuela se
aplica a todo el territorio nacional para venta de bienes y la adquisición y
disfrute de todo tipo de servicios, muy a pesar de lo establecido por esta Ley.
4. Referencias
Gaceta Oficial N° 38.435, ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA, “LEY QUE ESTABLECE EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO”, 12 de mayo de 2006.