1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Ensayo de la Responsabilidad Administrativa Funcionarial
Autor:
Adrián Alcubilla
2. AdriánAlcubillla
El ejercicio del servicio público para el cual se instaura la Administración
Publica como ente, resulta de gran importancia y de difícil cumplimiento, por ello
se prevé que el esfuerzo humano sea parte fundamental para el logro de tal
empresa. Pero no cualquier persona puede formar parte de la administración
pública puesto que las responsabilidades que conlleva tal cargo se exceden a las
de cualquier otro trabajo, ya que ninguno contempla tal nivel de exigencia y
servicio, por lo que se requiere un perfil muy particular
De acuerdo con la Doctrina, el Funcionario Público. Es una persona física
que tiene a su cargo ciertos deberes y derechos ligados a las atribuciones que
ejerce un determinado órgano administrativo (Fernández 1997). Por su parte, el
artículo 3 de la Ley del Estatuto de la Función Publica, define al funcionario
Público como “toda persona natural que, en virtud de nombramiento expedido por
la autoridad competente, se desempeñe en el ejercicio de una función pública
remunerada, con carácter permanente”. Es decir, tal como refiere la doctrina es
una persona, que producto de ciertas formalidades pasa a ejercer una función
pública a cambio de una remuneración.
En este orden de ideas, la Constitución en su artículo 146 dispone, que los
cargos cualquier órgano de la administración Publica son de carrera, pero además
sostiene que existen otras clases de funcionarios y participantes en la función
pública tales como, los de libre nombramiento y remoción, los contratados, los
obreros y cualquier otro que disponga la ley, destacando que el modo de ingreso
ha de ser por concurso público en los cargos de carrera.
Del mismo modo, la Ley del Estatuto de la Función Publica, como norma
jurídica que tiene por objeto regular esta materia en los términos que plantea el
artículo 144 de la Constitución. Sostiene producto de la concatenación de los
artículos 19 y 38 que únicamente se ha de considerar como funcionarios públicos
los funcionarios de carrera y los de libre nombramiento y remoción, relegando a
3. AdriánAlcubillla
las demás figuras descritas en la Constitución a la normativa del derecho laboral
que opera en forma ordinaria.
Asimismo, la Jurisprudencia de la Sala Político Administrativa del TSJ,
sostiene que el carácter de funcionario público que pueda poseer una persona, no
conduce al goce de un derecho a la estabilidad laboral, puesto que solo los que
llenan la forma “de carrera” son quienes cumplen con los supuestos de hechos
que le facultan para tal goce, mientras que los de libre nombramiento y remoción,
por las característica que su nombre y desempeño aluden no llenan las
condiciones necesarias para poseer estabilidad.
Por otra parte, de la ley en comento, se desprende la Responsabilidades
que puede tener cualquier funcionario público (artículo 79), sea este de carrea o
de libre nombramiento y remoción tales como, la Responsabilidad Civil, que
repercute directamente en el patrimonio del funcionario, la responsabilidad Penal,
que se adquiere producto de la comisión de hechos ilícitos que afecta la el
ejercicio de ciertos derechos y capacidades como puede ser el de la libertad.
Aparte de la responsabilidad Administrativa, como única y especial que aplica a
aquellos facultados para el ejercicio de una función pública y que afecta
precisamente la continuidad y forma en el desempeño de dicha función. Y Por
último la responsabilidad disciplinaria como una responsabilidad ligada a la
observancia a las reglas y procedimientos vinculados con su ejercicio.
Precisamente, en el caso de la responsabilidad Administrativa y
Disciplinaria, son determinadas a través de un procedimiento netamente
administrativo, que según sea el caso conllevaría a la interposición de la
sanciones de Destitución, con el previo procedimiento de destitución previsto en la
ley en comento del cargo que ostentaba o de Amonestación escrita en caso de ser
disciplinaria, que repercute a un procedimiento más breve y directo gira entorno al
funcionario infractor y su supervisor inmediato.
4. AdriánAlcubillla
Por todo lo anterior, se puede establecer que, dada la importancia que tiene
el ejercicio de la función pública para el desenvolvimiento de las actividades del
día a día en el país. Las personas que se presenten para tal empresa deben reunir
un perfil que denota probidad en toda su extensión, y por ende no ha de ser
alcanzable por todos las personas, más allá del derecho que tienen todos de
participar y de presentarse al cargo, es el concurso de oposición el hecho que
denota la especialidad en el perfil del funcionario.
En conclusión, el funcionario público, es una persona como cualquier otra,
pero que producto de su envestidura ha de cumplir funciones especiales que
permiten la consecución de las atribuciones y competencias que tienen los
Órganos Administrativos, y que a su vez resguardan y protegen los derechos y
garantía que el Estado otorga a todos los particulares, por lo tanto ante la
comisión de alguna infracción, falta o hecho punible, al funcionario público se le
añade aparte de las responsabilidades ordinarias y comunes, las
responsabilidades administrativas y disciplinarias que permiten prevenir la
comisión de los actos previamente señalados, pero además también permite que
en caso de que se cometan, medie una sanción que logre reparar ese daño
causado, que no afecta a una persona sino a un número indeterminable de
administrados, de allí que se pueda amonestar, o en destituirlo del cargo,
depurando de esa manera el ejercicio de la función pública y la prestación de
cualquiera que sea el servicio público al que se dedicaba, manteniendo así niveles
óptimos de eficiencia y eficacia en la actuación.
5. AdriánAlcubillla
Referencias
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
Ley del Estatuto de la Función Publica (2002)
Sentencia 02825. De Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de
Justicia, Expediente 0252 de fecha Noviembre de 2001.
Material del Curso de SAIA