1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLÍTICA
ESCUELA DE DERECHO
PROFESORA: Patricia Asuaje
Lisbeth Monsalve
CI 10.369.508.
SAIA F , 2016/A
2. SUJETODEDERECHO
Son todas aquellas personas que gozan de
derechos, de deberes, ante la ley se le dirían
derechos y obligaciones Para el derecho los
únicos sujetos que adquieren derechos son las
personas
Clasifican
PERSONA NATURAL
PERSOMA JURÍDICA
S
e
Es todo ente con
capacidad para adquirir
derechos y contraer
obligaciones.
Es todo aquello que
pertenece a la especie
humana susceptible de
adquirir derechos.
3. • La constituye una sola persona
• Ejerce todos loe derechos de una
empresa.
• Es responsable de sus deudas y las de
su empresa
• Puede funcionar como empresa individual
o microempresa familiar.
• Esta conformada por mas de una persona
• La empresa asume todos los derechos
• Las deudas y obligaciones se limitan a los
bienes de la empresa.
• Puede funcionar como sociedad anónima,
sociedad de responsabilidad limitada,
sociedad colectiva
4. Teoría de la Ficción: sólo el hombre puede ser
sujeto de Derecho, es decir personas físicas.
Teoría de Los Derechos sin Sujeto: los
derechos de la persona compleja no tienen
sujeto, que sólo existe un "patrimonio que no
pertenece a alguien sino a algo.
Teoría de la Propiedad Colectiva: las personas
jurídicas complejas son clases de bienes. Dónde
un sujeto de Derecho representa personas
tomados en conjunto.
Teoría del Sujeto Colectividad o Del
Instrumento: dice que los verdaderos sujetos
de Derecho en las personas complejas son los
individuos que pertenecen a ella.
Teorías de las Personas ColectivasTeorías de las Personas Colectivas
NEGATIVASPOSITIVAS
Teoría de La Voluntad: establece que las
voluntades individuales conforman una
voluntad nueva del grupo.
Teoría Orgánica: ve en los sujetos una
voluntad colectiva, unitaria y continua.
Teoría del Interés: establece que la
personalidad de las personas jurídicas, no
está en la voluntad sino en el "interés" que
determina el acto de voluntad y contenido.
Teoría de la Realidad Jurídico-Social:
deduce que la persona compleja no es un
ente en sí, sino una "forma jurídica", con la
que ciertos hombres o grupos de hombres,
se presentan en el Derecho.
Teoría de la Realidad Jurídico-Normativo:
dice que la persona compleja es una
expresión unitaria personificada de un haz
de deberes y facultades jurídicas.
5. DERECHO SUJETIVO
Hace mención a las facultades y
potestades jurídicas, que le
conciernen al hombre por razón de su
naturaleza
CLASIFICACIÓN
Según su eficacia:
absolutos y relativos
confiere un
poder a su titular
que puede
hacerse valer
contra todos los
demás sujetos
es aquel que
concede a su
titular un poder
que sólo pueden
hacer valer
respecto de
ciertas personas
Según si admiten
transferibilidad; transmisibilidad
Es un traspaso
entre vivos
Es un traspaso por
causa de muerte,
Según su origen
originarios y derivados
Nace en su
titular, sin
que haya
traspaso de
un
patrimonio a
otro.
Existían en el
patrimonio de otro
con anterioridad y
se ha efectuado
traspaso entre un
titular a otro titular.
Según el Interés Tutelado:
Públicos y Privados.
Se funda en
una norma
de derecho
público,
ejemplo la
para votar
Se funda en una
norma de derecho
privado, por ejemplo,
que nos faculta para
renunciar a los
derechos.
6. Teorías Derecho Objetivo
DEBER JURÍDICO, TEORÍA SOBRE SU NATURALEZA.
TEORIAS QUE NIEGAN EL DERECHO SUBJETIVO: Se menciona a DUGUIT, Para
el, todo derecho es derecho objetivo, considera el derecho subjetivo como un
concepto individualista, propio de los sistemas liberales. Sus teorías y sus ideas han
servido de base a las concepciones nazis y comunistas sobre el papel de la persona
frente al Derecho.
KELSEN, en su “teoría pura del Derecho”, la considera más que como una técnica de
creación del Derecho, un aspecto de la norma de Derecho objetivo. Relaciona la
sanción con la conducta contraria. Esta conducta está prohibida y la evita la ordenada.
Según Abelardo Torre: Es la obligación impuesta por una norma jurídica, de realizar una
cierta conducta. El contenido del deber jurídico, según la distinción tradicional, consiste en
hacer o no hacer algo, ejemplo: la obligación de entregar una suma de dinero.
TESIS DE LAUN: El verdadero derecho no es heterónomo, si no autónomo. En la mayoría
de los sujetos existe el sentimiento del deber, ni desconocer que los preceptos del derecho
son generalmente atacados de manera espontanea.
EL DEBER JURIDICO COMO OBLIGACION ETICA INDIRECTA, DE KANT: La legislación positiva,
como conjunto de reglas de conducta emanadas de la voluntad del legislador, no puede,
por si misma, ser mirada como fuente de auténticos deberes. Para que un precepto posea
obligatoriedad, es indispensable, de acuerdo con la fundamentación metafísica de las
costumbres, que derive de la voluntad del sujeto que ha de cumplirlo y tenga ala vez, valor
universal.
7. Sujeto de derecho - Wikipedia, la enciclopedia libre
https://es.wikipedia.org/wiki/Sujeto_de_derecho
http://www.sii.cl/mipyme/emprendedor/documentos/fac_Datos_Comenzar_
2.htm
http://www.monografias.com/trabajos55/derecho-venezuela-
introduccion/derecho-venezuela-introduccion2.shtml#ixzz4LscYnXze
http://theriderbull.blogspot.com/2011/07/la-nocion-del-deber-juridico.html.
Introducción al Estudio del Derecho
BIBLIOGRAFÍA