Derecho internacional privado: normas para resolver conflictos transfronterizos
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3. El derecho internacional privado es aquella rama del
derecho que tiene como objeto los conflictos de
competencia internacionales, los conflictos de leyes
internacionales, la cooperación procesal y determinar la
condición jurídica de los extranjeros.
Esta rama del derecho analiza las relaciones jurídicas
internacionales ya sea entre privados, o donde existe un
interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad
de tener un elemento extraño al derecho local, que suscita
ya sea conflictos de jurisdicción o de ley aplicable, y su fin
es determinar quién puede conocer sobre el tema y qué
derecho debe ser aplicado.
En algunos países a esta rama del derecho se le conoce
como derecho civil internacional.
4. Es un Derecho nacional: Cada país dicta normas propias de derecho
internacional privado, lo que puede llevar a conflictos entre ellos.
Es un Derecho positivo: Sus normas se encuentran en diversos textos
legales, preferentemente en los Códigos Civiles. También se hallan en
los tratados en los que los países determinan la mejor forma de
resolver conflictos de leyes.
Contiene un elemento particularizante: el término "extranjero" dentro
de la relación.
Forum shopping: Consiste en la práctica de los abogados de plantear
la solución de sus controversias internacionales ante el tribunal que
competa y que, a tenor de la ley aplicable, dará la respuesta jurídica
más favorable a sus intereses.
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6. El derecho internacional público es la rama del
derecho público exterior que estudia y regula el
comportamiento de los Estados y otros sujetos
internacionales, en sus competencias propias y
relaciones mutuas, sobre la base de ciertos
valores comunes, para garantizar la paz y
cooperación internacional, mediante normas
nacidas de fuentes internacionales específicas.
O más brevemente, es el ordenamiento jurídico
de la comunidad internacional.
7. *Origen
*Naturaleza
*Tratados y costumbres internacionales
*Tribunales internacionales
*La creación de la ONU
*Los Derechos Humanos
*El tratamiento de los ciudadanos
extranjeros