Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
El hecho imponible mapa conceptual
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
EL HECHO IMPONIBLE
ALUMNA:
Verónica Oropeza
CI. V-26.668.333
Sección SAIA-B
Barquisimeto, Abril de 2020.
2. EL HECHO
IMPONIBLE
Definición
El Hecho Imponible es un acto jurídico localizado en un tiempo y espacio
determinado, lo cual conlleva una obligación de hacer o no hacer, una acción
u omisión que se encuentra tipificada en la ley y a través de ello nace una
obligación tributaria. Ejemplo: María Noguera registra una empresa ante el
Registro Mercantil y según la norma cuando se realiza este acto solemne se
debe pagar un tipo de tributo, podemos observar como la realización de un
acto conlleva a una obligación tributaria por estar impuesta por la Ley.
Aspectos
El Hecho Imponible contiene un aspecto formal y uno material:
- Aspecto Material: Cuando se llevan a cabo las circunstancias
necesarias para que se materialice el acto y se producen los
efectos ya establecidos es decir surja una obligación tributaria
- Aspecto Formal: surge desde el momento en que las situaciones
jurídicas estén constituidas de conformidad con la normativa
que rige el acto.
Efectos del acaecimiento del hecho imponible
1. En el caso de las obligaciones condicionadas, el artículo 38 del COT
establece que se considera realizado cuando:
- En el caso de las condiciones resolutorias (un hecho incierto o
futuro) la imposición surtirá sus efectos cuando se celebre u ocurra
el acto.
- En el caso de las condiciones suspensivas (cuando debe existir o no
el hecho) la imposición se materializa cuando se produzca la
condición.
Exenciones y Exoneraciones
-Exenciones: tiene como finalidad la dispensa total o parcial de la obligación
tributaria a determinado grupo de personas, es un beneficio dado
exclusivamente por la norma. (Art. 3 y 73 del COT y art. 317 CRBV)
-Exoneraciones: Es la dispensa total o parcial de una obligación tributaria dada
legalmente por el Poder Ejecutivo, es decir a través de Decretos, son
utilizados como políticas fiscales. (Art. 73 al 77 del COT)
2. En el caso de las obligaciones a plazo y prorrogas:
-Para los plazos y prorrogas el interesado debe presentar la solicitud por lo
menos 15 días antes.
- las prórrogas y demás facilidades de pago causaran interés de acuerdo al
monto establecido por el banco en dicho momento.
- no aplican sobre tributos retenidos o percibidos.
- la negativa a esta solicitud no tiene recurso alguno de apelación.
Otros Beneficios Tributarios y Privilegios
-Desgravámenes: es un beneficio concedido por la ley que afecta la base
imponible, es decir que rebaja del monto del gravamen lo que es esencial para
la existencia del contribuyente.
-Rebajas: Son incentivos que otorga la ley a los contribuyentes a través de las
rebajas en el monto que deben pagar, con la finalidad de que estos mejoren su
calidad de vida.