Aspectos Legales Real Estate Hernán Bobrovsky REDD2019
1. ASPECTOS LEGALES
DE LA TECNOLOGIA
APLICADAAL REAL STATE
REDD 2019, 22/10/19 – Hernán Bobrovsky
2. PROPTECH - LEGALES
CONTRATOS INMOBILIARIOS
- FORMA
- CONSENTIMIENTO (FIRMA)
- PRUEBA DIGITAL
SITIOS WEB
- MARCA / DOMINIO
- TERMINOS Y CONDICIONES
3. FORMA
◦ ARTICULO 285.- Forma
impuesta. El acto que
no se otorga en la
forma exigida por la ley
no queda concluido
como tal mientras no se
haya otorgado el
instrumento previsto,
pero vale como acto en
el que las partes se han
obligado a cumplir con
la expresada
formalidad, excepto
que ella se exija bajo
sanción de nulidad. ARTICULO 1017.- Escritura pública. Deben ser otorgados por escritura pública:
a) los contratos que tienen por objeto la adquisición, modificación o extinción de
derechos reales sobre inmuebles.
4. FORMA DE
LOS ACTOS
JURIDICOS
INSTRUMENTOS PUBLICOS (ESCRITURAS
PUBLICAS – TITULO DE PROPIEDAD)
INSTRUMENTOS PARTICULARES
FIRMADOS = INSTRUMENTOS PRIVADOS
(FECHA CIERTA:
SELLADO/CERTIFICACION FIRMA)
NO FIRMADOS (DOCUMENTOS
ELECTRONICOS)
5. CODIGO CIVIL
Y COMERCIAL
DE LA NACION
◦ ARTICULO 286.- Expresión escrita.
- instrumentos públicos
- instrumentosparticulares firmados
- instrumentosparticulares no firmados,excepto en los casos en
que determinada instrumentación sea impuesta.
Puede hacerse constar en cualquier soporte, siempreque su
contenido sea representado con texto inteligible, aunque sulectura
exija mediostécnicos.
◦ ARTICULO 287.- Instrumentosprivados yparticulares no firmados.
Los instrumentos particulares pueden estar firmados o no. Si lo
están, se llaman instrumentos privados. Si no lo están, selos
denomina instrumentosparticulares no firmados;esta categoría
comprende todo escrito no firmado, entre otros, los impresos,
los registros visuales o auditivos de cosas o hechos y, cualquiera
que sea el medio empleado,los registros de la palabra yde
información.
6. CONTRATOS –
CONSENTIMIENTO
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
ARTICULO 288.- Firma. La firma prueba la
autoría de la declaración de voluntad
expresada en el texto al cual
corresponde. Debe consistir en el
nombre del firmante o en un signo.
En los instrumentos generados por
medios electrónicos, el requisito de la
firma de una persona queda satisfecho si
se utiliza una firma digital, que asegure
indubitablemente la autoría e integridad
del instrumento.
Ley 25.506 DE FIRMA DIGITAL
ARTICULO 2º — FirmaDigital.
RESULTADODEAPLICARUNPROCEDIMIENTOMATEMIATICO
AUNDOCUMENTODIGITAL
REQUIEREINFORMACIONQUESOLOCONOCEELFIRMANTE
(CLAVEPRIVADA)YQUESOLOELCONTROLA
VERIFICABLEPORUNTERCERODECONFIANZA
1) IDENTIFICAALFIRMANTE
2) DETECTACUALQUIERALTERACIONDELDOCUMENTO
DIGITAL
ARTICULO 5º — Firmaelectrónica.
CONJUNTODEDATOSELECTRONICOSINTEGRADOSAOTROS
QUENOCUMPLELOSREQUISITOSDELAFIRMADIGITAL
7.
8. VALOR
PROBATORIO
ARTICULO 319.- … debe ser apreciado por el
juez ponderando, entre otras pautas:
- la congruencia entre lo sucedido y narrado,
- la precisión y claridad técnica del texto,
- los usos y prácticas del tráfico,
- las relaciones precedentes y
- la confiabilidad de los soportes utilizados y
de los procedimientos técnicos que se
apliquen.
LEY 25.506 DE FIRMA DIGITAL
ARTICULO 6º — Documento digital. Se entiende
por documento digital a la representación digital
de actos o hechos, con independencia del
soporte utilizado para su fijación,
almacenamiento o archivo. Un documento digital
también satisface el requerimiento de escritura.
10. REGISTRO DE LA MARCA
https://portaltramites.inpi.gob.ar/
11. NEGOCIOS INMOBILIARIOS CLASE 36
APELLIDOS FAMILIARES
COMO MARCA
ARTICULO 3º
LEY 22.362
No pueden ser
registrados:
h) el nombre, seudónimo
o retrato de una persona,
sin su consentimiento o el
de sus herederos hasta el
cuarto grado inclusive;
FALLOS JUDICIALES
- LLAURO 1975
- TOSELLI 2006
- MERLO 2016