1. Determinar los impuestos a pagar de la mercancía importada en las siguientes condiciones:
Se trata de 200 kgs de mermelada de naranja, con azúcar añadida con lo que cuenta con una densidad calórica de 286.35
Kcal por cada 100 grs. ubicada en la fracción arancelaria 2007.91.01, originaria de España, cuyo valor es de 1.5 Euros el
kilogramo, la cual fue presentada en la Aduana de Tampico el día 8 de noviembre de 2015, bajo el régimen de Depósito
Fiscal. Desde esa fecha se han retirado ya 95 kilogramos, pero se encontró un cliente que realiza un pedido de 60 kilos, por
lo cual, se retira la mercancía del Recinto Fiscal el 3 de agosto de 2016. Posteriormente, cliente informa que hay un
problema con la documentación comprobatoria de la procedencia de la mercancía que afecta su control de inventario, pues
la copia del pedimento que se le entregó refleja por error que se entregaron 50 kilos de mermelada, incluso se hicieron los
pagos correspondientes a esa cantidad y no a los 60 kilos que efectivamente se adquirieron y ahora no tiene cómo justificar
el origen de los otros 10 kilos, ello también le traerá consecuencias a Usted si la autoridad se percata que existe menos
cantidad de mercancía en depósito de la que efectivamente refleja la documentación comprobatoria.
Precise el monto correcto de DTA e IGI que debió pagarse desde el 3 de agosto de 2016, considerando el retiro de 50 kgs
de mercancía.
Precise las diferencias que deberá pagar el importador al rectificar el pedimento y declarar el total correcto de 60 kgs
retirados de la aduana.
Qué otros impuestos se causan
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6. RECOMENDACIONES
Verificar si tiene trato preferencial por el país de origen e identificar cuál es el o los
beneficios que le pudieran corresponder.
Recuerde el proceso para calcular cada una de las contribuciones
Verifique la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, para identificar si
ese tipo de mercancía está gravada o no con ese impuesto, de acuerdo a su contenido
calórico.