El documento trata sobre el derecho concursal en Ecuador. Explica que esta rama del derecho mercantil regula tanto los procedimientos judiciales de concursos de acreedores como instrumentos extrajudiciales para que deudores puedan evitar la vía judicial. También describe el concepto de "atraso", que permite a un comerciante retrasar pagos de obligaciones bajo ciertas condiciones establecidas en el Código de Comercio de Ecuador.
2. El Derecho concursal es la rama del Derecho
mercantil formada por las normas
sustantivas y procesales que tienen por
objeto la regulación del concurso de
acreedores
El Derecho concursal trata de
dar solución a las situaciones de
insolvencia tanto empresarial
como personal, regulando los
acuerdos entre el deudor y sus
acreedores, si ello es posible, o,
en caso de no serlo,
procediendo a una regulación
ordenada
Esta rama del derecho mercantil, regula tanto
el procedimiento judicial del concurso de
acreedores en sede judicial, como
instrumentos que persiguen solucionar que el
deudor, empresa o particular, puedan evitar
verse abocado a la vía judicial, mediante los
acuerdos extrajudiciales de pagos o los
acuerdos de refinanciación
A largo de la historia se han ido
sucediendo instituciones precursoras
de lo que hoy en día entendemos por
Derecho concursal y concurso de
acreedores. En primer lugar, el origen
de la posibilidad de concurrencia de
acreedores en torno a un deudor
común, con el fin de ejecutar sobre sus
bienes las deudas que tuviere en
impago
3. EL ATRASO
Es la situación jurídica en la que un
comerciante se ve obligado a solicitar ante
un tribunal que el mismo le permita retrasar el
pago de sus obligaciones.
Se basa en el Artículo 898 del el Código de
Comercio que establece las
condiciones para que el comerciante sea
declarado es estado de atraso. Sin
embargo, no se puede considerar el atraso
como derecho:
Según el Artículo 898 del Código de Comercio, las condiciones deben existir para
que el comerciante pueda solicitar el atraso primero de hecho y luego de derecho
Para que el tribunal declare el estado de atraso necesita la opinión
favorable de varios acreedores
Porque el juez puede negar la solicitud de atraso si el comerciante no cumple con
las condiciones establecidas en el Artículo 898 de el Código de Comercio
Una vez otorgado por circunstancias determinadas en el Código de
Comercio, el juez puede revocar el atraso.
REQUISITOS
Libros de comercio
Balance comercial donde se exprese con claridad el
activo y el pasivo del solicitante
Inventario practicado a lo más 30 días antes de la
solicitud con la finalidad de que tanto los acreedores
como el juez conozcan con claridad la verdadera
situación del comerciante
Un estado nominativo de sus acreedores, con indicación de su domicilio o
residencia
Patente de industria y comercio, si la hubiere
Opinión favorable de por lo menos 3 acreedores principales
4. SOLICITUD DEL ATRASO
El comerciante cuyo activo exceda positivamente su pasivo y que por falta de numerario, debido a sucesos imprevistos
o causa de cualquiera otra manera excusable, se vea en la necesidad de retardar o aplazar sus pagos, será considerado
en estado de atraso y podrá pedir al tribunal de comercio competente que le autorice para proceder a al liquidación
amigable de sus negocios, dentro un plazo suficiente que no exceda de doce meses, obligándose a no hacer mientras
se resuelve a su solicitud, ninguna operación. Pueden solicitar el estado de atraso:
El comerciante retirado
Heredero comerciante fallecido
Los acreedores del comerciante
RECHAZO DEL ATRASO
La solicitud no será admitida si con ella no presenta el peticionario sus
libros de comercio regularmente llevados; su balance comercial; su
inventario ,practicado treinta días antes con estimaciones prudenciales de
su lista de deudores, un estado nominativo de sus acreedores con la
indicación de su domicilio
QUIEN PUEDE SERADMITIDO
el tribunal después de haber verificado la presentación de todos los documentos, dictara las medidas de
vigilancia necesarias, nombrara un síndico y una comisión de tres de los principales acreedores residentes, de
los que figuren en el balance del peticionario y convocara a una reunión por la prensa que se verifica al octavo
día a la hora que se fije
5. Los bienes del deudor son la prenda común de sus acreedores, quienes tienen en ellos un derecho
igual, si no hay causas legítimas de preferencia. Las causas legítimas de preferencia son los
privilegios y las hipotecas". La idea de la responsabilidad patrimonial confirma que se responde con
ese conjunto de relaciones patrimoniales, esto es, el activo responde del pasivo, a los fines de
satisfacer la agresión de los acreedores. Aunque una persona puede llegar atener simultáneamente
más de una masa patrimonial, por constituir universalidades o patrimonios separados
Se afirma que el patrimonio es una institución jurídica que fue elaborada para
explicar, entre otros, los problemas o situaciones relativas a la
responsabilidad patrimonial, la subrogación real y la herencia. El patrimonio
constituye la llamada prenda común de los acreedores, esto es, propicia la
responsabilidad patrimonial del deudor con todos sus bienes, excepto los que son
inalienables o inembargables
La prenda mercantil (tradicional) es un contrato por el cual el deudor o un tercero,
comerciante o no, da a su acreedor, comerciante o no, una cosa mueble en seguridad
del cumplimiento de las obligaciones derivadas de un acto de comercio (o para
garantizar un crédito mercantil)