ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
Ensayo rosnier
1. Universidad Fermín Toro
San Felipe Edo Yaracuy
Ensayo
Derecho Financiero
Alumno: Luis Rosnier Parra
C.I 26107820
Asignatura: Derecho Tributario
Profesora: Emily Ramírez
SAIA A – SF 2019/A
Independencia, Noviembre de 2019
2. Los antecedentes históricos del Derecho Financiero, se lograron gracias a
Myrbach Rheinfeld, cuando a principios del Siglo XIX, con la dimensión del
Derecho Público positivo intuyó la intensión reguladora de las finanzas del
colectivo público (Estado y organismos), con la administración relacionada a
inversiones. En un sentido general, método creado con el fin de reglar la
hacienda pública. Al respecto conviene decir que, el Derecho Financiero es
derivadodel Derecho Público, por consiguiente tiene en su contenido un
compendio de preceptos legales encomendados a instaurar las retribuciones y
el desembolso público. Conocido de otra manera como el presupuesto general
del Estado, de estas circunstancias nace el hecho que,el Estado instituye un
acervo de vínculos jurídicos entre los diferentes órganos públicos, es oportuno
ahora definir al Derecho Financiero, según algunos tratadistas; “Según
Francisco Carrera Raya sostiene que en una aproximación inicial observamos
como existe un sector de la realidad que calificamos de financiera y que viene
regulada por un conjunto de normas jurídicas. De esta forma, identifica al
derecho financiero como aquel sector del ordenamiento jurídico que regula la
actividad financiera de los entes públicos”, de igual forma “El autor Sainz De
Bujanda sostiene la sustantividad del derecho financiero, definiéndolo como la
rama del derecho público interno que organiza los recursos constitutivos de la
Hacienda del Estado y de las restantes entidades públicas, territoriales e
institucionales y regula los procedimientos de percepción de los ingresos y de
ordenación de los gastos y pagos que tales sujetos destinan al cumplimiento de
sus fines, o expresando en una formula sintética que merece reproducirse, que
es el “conjunto de normas y de principios jurídicos que tiene por objeto la
constitución y gestión de la hacienda pública”. Una conceptualización de la
enciclopedia jurídica, más actual refiere; agrupación de normativas que
legalizan la ocupación financiera del gobierno. En justo decir que el Derecho
Financiero presenta tres corrientes, las mismas hacen dilucidar de la autonomía
cuestionada, entre las que cabe hacer alusión a la administrativa, donde
acentúa que el Derecho Financiero no cuenta con una autonomía científica, ya
que el forma parte del Derecho Administrativo, es así como su intención tiene
exclusividad administrativa, se resume en los mecanismos utilizados por el
gobierno de alcanzar recursos, consumirlos y balancearlos. También la
corriente autonomista, donde tratadistas de renombre como Myrbach, Rheinfeld
y Mario Puglies, hacen hincapié en la existencia de un principio particular, y es
de donde surgen las soluciones a conflictos en las actividades financieras,
argumentan por otro lado que el Derecho Financiero se estructura en
derivaciones de vital importancia jurídicas entre las que destaca el Derecho
Tributario, una de las tantas partes esenciales constituida por el Estado.
Paralelamente a estas corrientes, nos encontramos una intermedia, que
reconoce una autonomía pedagógica en el Derecho Financiero, alegando en su
posición la inexistencia de una autonomía científica. Queda definido que los
principios múltiples, hacen ver que el origen del Derecho Financiero radica en el
3. Derecho Monetario, presupuestario y crediticio. Prosiguiendo con el tema, la
erudición reconoce en el Derecho Financiero las fuentes de donde emana sus
normas, en primer punto establece a la Constitución Nacional, siendo la fuente
originaria, posteriormente, reconoce a la Ley, que funge como norma
primordial, por estar contenida de supremacía que tiene colocación privilegiada
en prácticas preceptivas, emanadas del órgano legislativo, conviene distinguir la
fuerza o carácter de Ley, ya que enmarca la aplicación o cumplimiento y
también el poder de enjuiciar facultad conferida por el tribunal Supremo de
Justicia, en su Sala Constitucional. Se encuentran ordenadas de igual manera
por Leyes Ordinarias, Decretos Leyes, Decretos Legislativos y Reglamentos.
Además las fuentes no escritas como la costumbre, fuentes indirectas,
(Tratados Internacionales, como el convenio de Viena), jurisprudencias y
doctrinas.
Es interesante examinar el tema, también desde las diversas disciplinas con las
que el Derecho Financiero tiene afinidad, podemos mencionar a la economía
política, presenta vital importancia, ya que, la parte económica dentro de las
finanzas, se encuentra establecido el presupuesto nacional por lo que las normas
jurídicas son elementales., de igual manera, la finanzas tienen nexos con el
Derecho Financiero, ya que procede de las ciencias económicas., ahora bien, el
vínculo establecido entre el Derecho Financiero y el Derecho Administrativo
presenta consideración, en virtud de la identificación de los sujetos en las dos
disciplinas, cabe señalar, que el Derecho Internacional; manifiesta esencial
significación y de manera expedita del caso venezolano, ya que las atribuciones
de consideración en el poder público con respecto a la actividad financiera se
encuentran enmarcadas en controles judiciales referidas a la constitucionalidad de
las Leyes establecidas por el gobierno americano, debido a materias que
componen nuestra especialidad. Por otro lado, el Derecho Internacional, cuando
se establecen relaciones comerciales en crecimiento y la misma ha sido un factor
determinante para el establecimiento de las finanzas y su desarrollo en el ámbito
público y privado con aspectos relacionados al Derecho Internacional. Es
oportuno ahora mencionar, al Derecho Penal y Procesal Penal, ya que en el
primero se condiciona las acciones con intención de incumplimiento de preceptos,
las sanciones que pudieran acarrear su aplicación y el área procesal cuando es
referida a las obligaciones y tributos minimizando la firmeza del Derecho Procesal.
4. He dejado para el final, a manera de concluir que el las actividades Financieras
independientemente su fin burocrático, adjudicativo, erogación y/o adquisición
debe estar enfilada a la prosecución del bienestar colectivo. De esta manera, es
preciso hacer hincapié en el importe público, una vez obtenido su provecho y el
adecuado manejo de los recursos financieros por parte de los entes del Estado,
garantizan la eficaz realización de su actuar, es decir, el empleo correcto del
desembolso público efectuara el logro de los objetivos, que no es otro que,
asignar el rédito y opulencia con la que cuenta nuestra nación, claramente
signado y regentado por normas del Derecho Financiero, asumidos de manera
inmediata y promoviendo el accionar sin vulnerar la Ley, con garantía de eficiencia
Estatal.
Bibliografía:
https://www.definicion.xyz/2017/04/origen-del-derecho-financiero.html
http://derechofinancieros.blogspot.com/
https://venezuela.leyderecho.org/derecho-tributario/
https://www.soloabogados.org/todos/abogados/venezuela/derecho-financiero/09
https://aquisehabladerecho.com/2017/04/24/derecho-financiero-y-tributario/