El documento describe los cambios en los procedimientos de fiscalización ambiental introducidos por la Ley N° 30230. La ley establece que durante el procedimiento sancionador ambiental, se suspenderá el curso del procedimiento administrativo sancionador hasta que concluya el proceso judicial. Sin embargo, existen excepciones cuando se generan daños graves a la salud o no se cuentan con los permisos ambientales correspondientes. La ley también faculta a OEFA a imponer medidas correctivas como el decomiso de objetos o la paralización de actividades, para
Implicancias de la Ley N° 30230 en el ámbito de la fiscalización ambiental
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MEDIDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA
INVERSIÓN EN MATERIAL AMBIENTAL
PREVISTAS EN LA LEY N° 30230
Implicancias en el ámbito de la fiscalización
ambiental
Yosue Valdez
Setiembre, 2014
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Procedimiento de Fiscalización
Ambiental Tipo (i)
Antes de la Ley N° 30230
CONTROL
JUDICIAL
Acción
Contencioso
Administrativa
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Procedimiento de Fiscalización
Ambiental Tipo (ii)
Medidas cautelares
dentro del procedimiento
sancionador
Art. 20° RPAS OEFA
LGA : Ley N° 28611, Ley General del Ambiente
LPAG : Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
RPAS OEFA : Resolución N° 012-2012-OEFA-CD, Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del OEFA
Art. 136° LGA
Art. 32° RPAS OEFA
Art. 136° LGA
Art. 38° RPAS OEFA
Numerales 5 y 6 del art. 235° LPAG
Art. 19° RPAS OEFA
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Procedimiento de Fiscalización Ambiental Tipo (iii)
• Multa de hasta
30,000 UIT
• Amonestación
Con efecto
suspensivo
Sin efecto
suspensivo
SUSPENSIÓN
•Medida cautelar dictada
por el Poder Judicial
•Aprobación de
aplazamiento y/o
fraccionamiento por el OEFA
Pronunciamiento
desfavorable
Multa
coercitiva
Cobranza
coactiva
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• El decomiso de objetos, instrumentos, artefactos
o sustancias empleados para el desarrollo de la
actividad económica;
• La paralización, cese o restricción de la actividad
económica causante de la infracción;
• El retiro, tratamiento, almacenamiento o
destrucción de materiales, sustancias o
infraestructura;
• El cierre parcial o total del local o establecimiento
donde se lleve a cabo la actividad económica
causante de la infracción;
• La obligación del responsable del daño de
restaurar, rehabilitar o reparar la situación
alterada, según sea el caso, y de no ser posible
ello, la obligación a compensarla en términos
ambientales y/o económicos;
Medidas Correctivas (i)
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• Cursos de capacitación ambiental obligatorios, cuyo costo será asumido por el
infractor y cuya asistencia y aprobación será requisito indispensable;
• Adopción de medidas de mitigación del riesgo o daño;
• Imposición de obligaciones compensatorias sustentadas en la Política
Ambiental Nacional, Regional, Local o Sectorial, según sea el caso;
• Procesos de adecuación conforme a los instrumentos de gestión ambiental
• Otras que se consideren necesarias para evitar la continuación, revertir o
disminuir en lo posible, el efecto nocivo que la conducta infractora hubiera
podido producir en el ambiente, los recursos naturales o la salud de las personas
Medidas Correctivas (ii)
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Procedimiento de Fiscalización en el marco
del artículo 19° de la Ley N° 30230 (i)
Art. 19° Ley N° 30230
Suspensión del PAS
Reanuda el PAS
Contra las resoluciones de primera instancia sólo procede
RECURSO DE APELACIÓN
EXCEPCIÓNEXCEPCIÓN
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a) Infracciones muy graves, que generen un
daño real y muy grave a la vida y la salud
de las personas. Dicha afectación deberá
ser objetiva, individualizada y
debidamente acreditada.
b) Actividades que se realicen sin contar con
el instrumento de gestión ambiental o la
autorización de inicio de operaciones
correspondientes, o en zonas prohibidas.
c) Reincidencia, entendiéndose por tal la
comisión de la misma infracción dentro de
un período de seis (6) meses desde que
quedó firme la resolución que sancionó la
primera infracción.
Supuestos de excepción
PLAZO DE
VIGENCIA
3 años
Vencimiento:
13.07.2017
PLAZO DE
VIGENCIA
3 años
Vencimiento:
13.07.2017
Procedimiento de Fiscalización en el marco
del artículo 19° de la Ley N° 30230 (iii)
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Normas reglamentarias que facilitan la aplicación de
lo establecido en el Artículo 19° de la Ley Nº 30230 (i)
Resolución N° 026-2014-OEFA-CD
(24.07.14)
Procedimiento sancionadores en trámite1
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Procedimientos recursivos en trámite (reconsideración y apelación)2
NO APLICABLE A LOS SUPUESTOS DE EXCEPCIÓNNO APLICABLE A LOS SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN
Normas reglamentarias que facilitan la aplicación de
lo establecido en el Artículo 19° de la Ley Nº 30230 (ii)
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Normas reglamentarias que facilitan la aplicación de
lo establecido en el Artículo 19° de la Ley Nº 30230 (iii)
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Normas reglamentarias que facilitan la aplicación de
lo establecido en el Artículo 19° de la Ley Nº 30230 (vi)