Este documento describe varios delitos contra la vida y la salud de las personas. Incluye delitos como el homicidio, genocidio, aborto, incitación o ayuda al suicidio, abandono y omisión de asistencia a menores e incapaces, y producción de narcóticos. También describe delitos relacionados con la comercialización ilegal de sangre, órganos, tejidos humanos, alimentos, bebidas, medicamentos o animales. El documento provee una clasificación de estos delitos y ofrece detalles sobre cada
2. Privación de la Vida
En este grupo unitario se encuentran todos y cada uno de los delitos cuya comisión trae
como resultado la privación directa de la vida de otro ser humano por cualquier medio.
3. Homicidio. Priva de la vida a un ser humano por cualquier medio, sin existir una relación
de parentesco o afinidad que vincule a la víctima con el victimario.
Genocidio Priva de la vida a un grupo de personas que comparten entre sí una
característica de identidad como grupo, y es esta la que determina al victimario a privarlos
de la vida.
Aborto. Interrupción del embarazo en cualquier momento de la preñez.
4. Incitación o ayuda al suicidio. En este grupo unitario se encuentran aquellos
delitos cuya conducta implica poner a una persona en condiciones de que
voluntariamente sea él mismo quien se prive de la vida o bien, suministrarle los
elementos materiales necesarios para ello.
Inducción o ayuda al suicidio. Esta clase de delito incorpora todas aquellas figuras
típicas en las que, para su configuración, el victimario motiva o proporciona los
elementos materiales necesarios para que la víctima se prive a sí mismo de la vida.
Abandono y omisión de asistencia. En este grupo unitario están aquellos delitos
cuya configuración requiere el incumplimiento duna obligación de ayuda o
subsistencia derivada de la calidad específica natural o creada de los sujetos que en
él intervienen, en la cual el incumplimiento del obligado pone en peligro la vida del
beneficiario.
Abandono y omisión de asistencia a menores de edad e incapaces de cuidarse.
Esta clase de delito incorpora todas aquellas figuras típicas en las que, para su
configuración, el victimario incumple con una obligación legal de cuidar, proteger y
garantizar el desarrollo de un menor de edad o de una persona que está
incapacitada natural o legalmente para cuidarse a sí mismo.
5. Abandono y omisión de auxilio a persona atropellada.
Esta clase de delito incorpora todas aquellas figuras típicas en las que, para su
configuración, el victimario incumple la obligación de prestar ayuda y cuidar a la
víctima, después de haberla atropellado, habiendo teniendo el victimario el
carácter de conductor del vehículo o medio de transporte.
Abandono y omisión de auxilio a personas en situación de peligro. Esta clase de
delito incorpora todas aquellas figuras típicas en las que, para su configuración, el
victimario evita ayudar a aquellas personas que se encuentran ante un peligro
inminente e inmediato, tendiendo la obligación legal de hacerlo.
Exposición de menores e incapaces. Esta clase de delito incorpora todas aquellas
figuras típicas en las que, para su configuración, el victimario tiene el deber legal de
cuidar de un menor de edad o incapaz, y lo entrega para su cuidado a una casa de
expósitos, sin derecho y sin consentimiento de quien deba otorgarlo.
Incumplimiento de los deberes de humanidad. Esta clase de delito incorpora todas
aquellas figuras típicas en las que, para su configuración, el victimario incumple los
deberes de cuidado, atención médica y respeto reconocidos para los prisioneros de
guerra o los rebeldes que han sido heridos o capturados.
7. CONTRA LA SALUD
Se encuentran los delitos cuya comisión implicó una afectación o riesgo
a la salud de la población, al crear las condiciones propicias para el
cultivo y propagación de enfermedades y padecimientos, o sustancias
que afectan el normal funcionamiento del cuerpo humano.
PRODUCCION DE NARCOTICOS.
COMERCIALIZACIÓN ILEGAL DE SANGRE, ÓRGANOS Y TEJIDOS
HUMANOS.
COMERCIALIZACIÓN ILEGAL DE ALIMENTOS, BEBIDAS, MEDICAMENTOS
O ANIMALES.