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PLANILLA ELECTRÓNICA
PLANILLA MENSUAL DE PAGOS (PLAME)
JULIO 2011
1. PLANILLA MENSUAL DE PAGOS – PLAME
D.S. N°. 018-2007-TR, N°. 015-2010-TR, N°. 008-2011-TR y R.S.N°
183-2011/SUNAT
Planilla Mensual de Pagos - PLAME
 Es el componente de la Planilla Electrónica que
comprende la información de Remuneraciones o ingresos
de los sujetos inscritos en el T-REGISTRO. Incluye los
descuentos y datos de Jornada Laboral de los
trabajadores.
 También comprende a la información de los prestadores
con rentas de cuarta categoría, se haya o no efectuado la
retención.
Para la presentación del PLAME, la SUNAT ha desarrollado
el nuevo PDT Planilla Electrónica PLAME, Formulario
virtual N° 0601 versión 2.0 que estará a disposición de los
contribuyentes a partir del 24.08.2011
PDT Planilla Electrónica PLAME
Planilla Mensual de Pagos (PLAME)
Declaración de tributos y otros
2. PRESENTACIÓN DEL PLAME
D.S. N°. 015-2010-TR y D.S. 008-2011-TR
Presentación del PLAME
 Deberá presentarse mensualmente conforme al
cronograma aprobado por SUNAT.
 Se elabora obligatoriamente a partir de la información
consignada en T-REGISTRO.
 Debe contener la información correspondiente al mes
calendario. Excepcionalmente, si la fecha de inicio y cierre mensual
es distinta al primer y último día del mes, la información será la atribuida
al mes al que corresponda la fecha de cierre. Los días del período de la
Planilla no deben exceder de 31 días.
El nuevo PDT PLANILLA ELECTRÓNICA PLAME contará con la
funcionalidad que permita descargar datos del T-REGISTRO.
Presentación del PLAME
Rectificación o Sustitución
 Si la declaración original se presentó utilizando el PLAME,
la declaración sustitutoria o rectificatoria debe efectuarse a
través de dicho medio.
 Se ingresan nuevamente todos los datos del concepto
cuyo declaración se sustituye o rectifica, inclusive aquella
información que no se desea rectificar o sustituir.
Los datos de tipo de documento, número de documento y fecha de
nacimiento consignados en el PLAME para los trabajadores,
pensionistas y personal de terceros, podrán ser actualizados o
modificados a través del Formulario N°. 1601 (SOL). Para ello,
previamente deberá haberse efectuado la actualización o
modificación de dichos datos en el T-REGISTRO (Formulario N°.
1604).
3. CONTENIDO DEL PLAME
Resolución Ministerial N°. 121-2011-TR
Contenido del PLAME
Contiene información mensual de:
 Trabajadores
 Pensionistas
 PS-Personal en Formación
 Personal de Terceros
 PS – Rentas 4ta. categoría
Datos de Trabajadores
T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, fecha de
nacimiento, tipo de trabajador, régimen pensionario, régimen de salud, indicador SCTR-
Salud y pensión y Situación del trabajador.
Datos del período mensual:
 Otras condiciones del trabajador: Aporte a +Vida Seg.Accidentes, Asegura tu
Pensión, Fondo de Derechos del Artista, Condición de domiciliado, otras rentas de 5ta.
Categoría, y tasa SCTR-EsSalud (tasa por trabajador).
 Jornada Laboral: Días laborados, Días con suspensión de labores (tipo de
suspensión y número de días, incluyendo los días subsidiados), así como las horas
ordinarias y en sobretiempo (horas y minutos).
 Ingresos y descuentos (Según Tabla 22 del Anexo 2 – Tablas paramétricas). Montos
devengados y los pagados.
 Bases de cálculo, tributos y aportaciones a cargo del trabajador y del empleador.
 Tasa de convenio (IES) aplicable a trabajador, de tener convenio suscrito
 Trabajadores
Datos de pensionistas
T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, fecha de
nacimiento, tipo de pensionista, régimen pensionario y situación del pensionista.
Datos del período mensual:
 Otras condiciones del pensionista: Aporte a +Vida Seguro de Accidentes.
 Ingresos y descuentos (Según Tabla 22 del Anexo 2 – Tablas paramétricas). Montos
devengados y los pagados.
 Bases de cálculo , tributos y aportaciones del pensionista.
 Pensionistas
Datos del personal en formación
T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, y fecha de
nacimiento.
Datos del período mensual:
 Ingresos: Monto pagado de la subvención económica o estipendio.
 Personal en Formación
Datos del personal de terceros
T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, fecha de
nacimiento e indicador de aporte al SCTR Salud cuando la cobertura es proporcionada por
EsSalud.
Datos del período mensual:
 Bases de cálculo del aporte, tasa y monto del aporte al SCTR-EsSalud.
 Personal de Terceros
Datos del prestador con rentas de 4ta. Categoría
Datos mensuales del prestador:
 Datos del prestador: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres,
indicador de convenio para evitar la doble tributación, así como el indicador de
domiciliado (LIR).
 Detalle del comprobante: Tipo de comprobante, serie y número, fecha de emisión y
fecha de pago, monto de la retribución del servicio, indicador de retención del impuesto
a la renta, y monto retenido del impuesto a la renta.
 PS. Rentas de 4ta. categoría
4. IMPLEMENTACIÓN DEL PLAME
D.S. N°. 015-2010-TR y D.S. 008-2011-TR
A partir del período Agosto-2011
 Los empleadores están obligados a registrar el alta, modificación y baja de
los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de
terceros en el T-REGISTRO a partir del 01 de agosto de 2011.
 El PDT Planilla Electrónica PLAME será utilizado a partir del período
Agosto-2011, con vencimiento en setiembre de 2011.
 Para los períodos Julio-2011 y anteriores se utilizará el PDT Planilla
Electrónica aprobado por la SUNAT para el período anterior a la entrada en
vigencia del decreto.
CARGA INICIAL
La SUNAT realizará un proceso de carga inicial considerando la información
del PDT 601 presentada por los períodos marzo, abril o mayo de 2011,
presentada hasta el 30.06.2011. El empleador debe verificar dicha
información, a fin de proceder a la baja, modificación o actualización de datos
de ser necesario, así como completar algún dato faltante.
Implementación del PLAME
 Período de implementación
Durante los períodos de agosto a noviembre de 2011, el empleador podrá
presentar la información del PLAME utilizando el PDT Planilla Electrónica
aprobado por la SUNAT para el período Julio-2011.
La obligación de dar de alta y baja a los sujetos en el T-REGISTRO, así como
realizar la modificación de sus datos se encuentra vigente desde el
01.08.2011
Implementación del PLAME
5. APLICATIVO PDT-PLANILLA ELECTRÓNICA PLAME
Aprobación por Resolución de Superintendencia
PDT Planilla Electrónica PLAME
Empleadores
Empleadores
Empleadores - Sector público
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Empleadores
Empleadores
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planilla-electronica SUNAT

  • 1. PLANILLA ELECTRÓNICA PLANILLA MENSUAL DE PAGOS (PLAME) JULIO 2011
  • 2. 1. PLANILLA MENSUAL DE PAGOS – PLAME D.S. N°. 018-2007-TR, N°. 015-2010-TR, N°. 008-2011-TR y R.S.N° 183-2011/SUNAT
  • 3. Planilla Mensual de Pagos - PLAME  Es el componente de la Planilla Electrónica que comprende la información de Remuneraciones o ingresos de los sujetos inscritos en el T-REGISTRO. Incluye los descuentos y datos de Jornada Laboral de los trabajadores.  También comprende a la información de los prestadores con rentas de cuarta categoría, se haya o no efectuado la retención. Para la presentación del PLAME, la SUNAT ha desarrollado el nuevo PDT Planilla Electrónica PLAME, Formulario virtual N° 0601 versión 2.0 que estará a disposición de los contribuyentes a partir del 24.08.2011
  • 4. PDT Planilla Electrónica PLAME Planilla Mensual de Pagos (PLAME) Declaración de tributos y otros
  • 5. 2. PRESENTACIÓN DEL PLAME D.S. N°. 015-2010-TR y D.S. 008-2011-TR
  • 6. Presentación del PLAME  Deberá presentarse mensualmente conforme al cronograma aprobado por SUNAT.  Se elabora obligatoriamente a partir de la información consignada en T-REGISTRO.  Debe contener la información correspondiente al mes calendario. Excepcionalmente, si la fecha de inicio y cierre mensual es distinta al primer y último día del mes, la información será la atribuida al mes al que corresponda la fecha de cierre. Los días del período de la Planilla no deben exceder de 31 días. El nuevo PDT PLANILLA ELECTRÓNICA PLAME contará con la funcionalidad que permita descargar datos del T-REGISTRO.
  • 7. Presentación del PLAME Rectificación o Sustitución  Si la declaración original se presentó utilizando el PLAME, la declaración sustitutoria o rectificatoria debe efectuarse a través de dicho medio.  Se ingresan nuevamente todos los datos del concepto cuyo declaración se sustituye o rectifica, inclusive aquella información que no se desea rectificar o sustituir. Los datos de tipo de documento, número de documento y fecha de nacimiento consignados en el PLAME para los trabajadores, pensionistas y personal de terceros, podrán ser actualizados o modificados a través del Formulario N°. 1601 (SOL). Para ello, previamente deberá haberse efectuado la actualización o modificación de dichos datos en el T-REGISTRO (Formulario N°. 1604).
  • 8. 3. CONTENIDO DEL PLAME Resolución Ministerial N°. 121-2011-TR
  • 9. Contenido del PLAME Contiene información mensual de:  Trabajadores  Pensionistas  PS-Personal en Formación  Personal de Terceros  PS – Rentas 4ta. categoría
  • 10. Datos de Trabajadores T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, fecha de nacimiento, tipo de trabajador, régimen pensionario, régimen de salud, indicador SCTR- Salud y pensión y Situación del trabajador. Datos del período mensual:  Otras condiciones del trabajador: Aporte a +Vida Seg.Accidentes, Asegura tu Pensión, Fondo de Derechos del Artista, Condición de domiciliado, otras rentas de 5ta. Categoría, y tasa SCTR-EsSalud (tasa por trabajador).  Jornada Laboral: Días laborados, Días con suspensión de labores (tipo de suspensión y número de días, incluyendo los días subsidiados), así como las horas ordinarias y en sobretiempo (horas y minutos).  Ingresos y descuentos (Según Tabla 22 del Anexo 2 – Tablas paramétricas). Montos devengados y los pagados.  Bases de cálculo, tributos y aportaciones a cargo del trabajador y del empleador.  Tasa de convenio (IES) aplicable a trabajador, de tener convenio suscrito  Trabajadores
  • 11. Datos de pensionistas T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, fecha de nacimiento, tipo de pensionista, régimen pensionario y situación del pensionista. Datos del período mensual:  Otras condiciones del pensionista: Aporte a +Vida Seguro de Accidentes.  Ingresos y descuentos (Según Tabla 22 del Anexo 2 – Tablas paramétricas). Montos devengados y los pagados.  Bases de cálculo , tributos y aportaciones del pensionista.  Pensionistas
  • 12. Datos del personal en formación T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, y fecha de nacimiento. Datos del período mensual:  Ingresos: Monto pagado de la subvención económica o estipendio.  Personal en Formación
  • 13. Datos del personal de terceros T-REGISTRO: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, fecha de nacimiento e indicador de aporte al SCTR Salud cuando la cobertura es proporcionada por EsSalud. Datos del período mensual:  Bases de cálculo del aporte, tasa y monto del aporte al SCTR-EsSalud.  Personal de Terceros
  • 14. Datos del prestador con rentas de 4ta. Categoría Datos mensuales del prestador:  Datos del prestador: Tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres, indicador de convenio para evitar la doble tributación, así como el indicador de domiciliado (LIR).  Detalle del comprobante: Tipo de comprobante, serie y número, fecha de emisión y fecha de pago, monto de la retribución del servicio, indicador de retención del impuesto a la renta, y monto retenido del impuesto a la renta.  PS. Rentas de 4ta. categoría
  • 15. 4. IMPLEMENTACIÓN DEL PLAME D.S. N°. 015-2010-TR y D.S. 008-2011-TR
  • 16. A partir del período Agosto-2011  Los empleadores están obligados a registrar el alta, modificación y baja de los trabajadores, pensionistas, personal en formación y personal de terceros en el T-REGISTRO a partir del 01 de agosto de 2011.  El PDT Planilla Electrónica PLAME será utilizado a partir del período Agosto-2011, con vencimiento en setiembre de 2011.  Para los períodos Julio-2011 y anteriores se utilizará el PDT Planilla Electrónica aprobado por la SUNAT para el período anterior a la entrada en vigencia del decreto. CARGA INICIAL La SUNAT realizará un proceso de carga inicial considerando la información del PDT 601 presentada por los períodos marzo, abril o mayo de 2011, presentada hasta el 30.06.2011. El empleador debe verificar dicha información, a fin de proceder a la baja, modificación o actualización de datos de ser necesario, así como completar algún dato faltante. Implementación del PLAME
  • 17.  Período de implementación Durante los períodos de agosto a noviembre de 2011, el empleador podrá presentar la información del PLAME utilizando el PDT Planilla Electrónica aprobado por la SUNAT para el período Julio-2011. La obligación de dar de alta y baja a los sujetos en el T-REGISTRO, así como realizar la modificación de sus datos se encuentra vigente desde el 01.08.2011 Implementación del PLAME
  • 18. 5. APLICATIVO PDT-PLANILLA ELECTRÓNICA PLAME Aprobación por Resolución de Superintendencia
  • 29.
  • 30.
  • 31.
  • 45. Declaración – Personal en Formación
  • 46. Declaración – Personal en Formación
  • 49. Declaración – P.S. Renta 4ta. categoría
  • 50. Declaración – P.S. Renta 4ta. categoría
  • 51. Declaración – P.S. Renta 4ta. categoría
  • 53. GRACIAS Superintendencia Nacional de Administración Tributaria Julio, 2011