LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
Dercons tema 9.4.3 complementaria
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Derecho Constitucional
Unidad 9
9.4.3 Nombramiento del Gobernador provisional por la Cámara de Legisladores.
Lo prevé el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde
en su fracción segunda menciona lo siguiente:
II. Ratificar los nombramientos que el mismo funcionario haga de los secretarios de estado,
en caso de que este opte por un gobierno de coalición, con excepción de los titulares de los
ramos de defensa nacional y marina; del secretario responsable del control interno del
ejecutivo federal; del secretario de relaciones; de los embajadores y cónsules generales; de
los empleados superiores del ramo de relaciones; de los integrantes de los órganos
colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía,
competencia económica, y coroneles y demás jefes superiores del ejército, armada y fuerza
aérea nacionales, en los términos que la ley disponga;
(reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 27 de mayo
de 2015)
A grandes rasgos se hace mención que Las facultades exclusivas del Senado de la
República, consignadas en el artículo 76, no van a la zaga en importancia a las facultades
exclusivas de la Cámara de Diputados, pues éstas son: analizar la política exterior federal,
ratificar los nombramientos que el Ejecutivo federal haga del Procurador General de la
República, magistrados, agentes diplomáticos, cónsules, generales, empleados superiores
de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea
nacionales; autorizar al Ejecutivo para permitir la salida de tropas nacionales al exterior,
autorizar el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras
de otra potencia, por más de un mes , en aguas nacionales; autorizar al Presidente de la
República para disponer de la Guardia Nacional fuera de sus respectivos Estados; declarar
cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un Estado, que es llegado
el caso de nombrar un gobernador provisional, que será nombrado por el Senado a
propuesta en terna del Presidente de la República; resolver las cuestiones políticas que
surjan entre los poderes de un Estado, cuando alguno de ellos ocurra con ese fin al Senado;
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Derecho Constitucional
Unidad 9
designar a los magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de entre la terna
que someta a su consideración el Presidente de la República.