El documento describe las relaciones entre la desobediencia civil y la educación sin escuela. Explica que algunos que practican la educación sin escuela se ven obligados a incumplir la ley debido a que la ley de educación se plantea de manera difusa. Argumenta que si incumplen la ley por objetarla por motivos de conciencia, pueden estar actuando legítimamente bajo la figura de la objeción de conciencia, una forma de desobediencia civil no violenta.
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Educación sin Escuela como forma de Desobediencia Civil
Relaciones filosóficas y jurídicas de la educación y la objeción de conciencia
Carlos Andrés Muñoz López
Profesor-investigador de la Universidad Libre
carlos.munoz@unilibrecucuta.edu.co
Resumen
Describir los vasos comunicantes entre la desobediencia civil y la práctica de la
Educación sin Escuela es el objetivo general del presente escrito. Para lograr lo
planteado, empezaré dando un breve panorama de la asimilación jurídica y filosófica del
Estado frente a la educación; partiendo de ahí, analizaré los potenciales peligros
jurídicos de los que educan sin Escuela en el Colombia; argumentando cómo los que
practican la Educación sin Escuela se ven obligados a incumplir la ley al plantearse esta
misma en términos difusos. Así las cosas, si incumplen la ley pueden estar en derecho
si optan hacerlo bajo la figura interpretativa de la objeción de conciencia.
Palabras clave: Objeción de conciencia; educación; ley; derecho.
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Esbozaré la comprensión de la educación sin escuela y, por otro lado, la educación
institucionalizada para después explicar la objeción de conciencia y sustentar desde ahí
la acción de esta figura para los educandos sin escuela como desobedientes civiles.
1. Educación sin supuestos
El principio básico de la educación es aprender a ver, a interpretar, a valorar, a
transformar y a imaginar lo que nos es dado en el mundo; dichas capacidades de
cualquier hombre son en un comienzo irrenunciables, indelegables e intransferibles al
conjugarse siempre en primera persona con un concepto de libertad y autonomía: yo
soy el que veo, el que interpreto, el que valoro, el que transformo e imagino lo que nos
es dado. Ahora bien, por cuestiones culturales hemos agregado supuestos a nuestra
capacidad de aprender. Quizá el mayor supuesto termina siendo la necesidad de que
nos enseñen, necesidad representada en el maestro que se institucionaliza a través de
la figura de Escuela.
El maestro como figura preponderante en la educación hace que tomemos de forma
natural la existencia de alguien que enseñe con formas de autoridad marcadas. Con
esta autoridad aparece Homo Educandus (el hombre capaz de ser educado), - lo
hemos tratado sin nombrarlo en el escrito- el cual, según Illich empieza cuando aparece
la educación como necesidad básica humana y se consolida con Jan Amos Komenský
o mejor conocido como Comenius -el padre de la pedagogía-, por consiguiente, antes
cuando solo en el hombre estaba la necesidad básica de la educación, podría
perfectamente educarse, ahora, con la pedagogía se suprime esto para abanderar la
necesidad de ser educado. Así, la educación del hombre es una cuestión inherente al
mismo, por ello un hombre se educa mediante muchas maneras y de pendiendo de
cada época (Fullat, 1992), en razón de esto con Comenius inicia una nueva etapa, la
del Homo Educandus.
Actualmente la extensión de la educación tiene como consecuencia el imponer -como
ya lo habíamos anotado- una sola cultura, adueñarse de la posibilidad de educarse o
ser educado al Homo Educandus, he ahí donde se denota con más fuerza el Homo
Educabilis (el capaz de educar). Ahora bien, de la mano de la extensión de la Escuela
se ha venido la interiorización de la misma generando muchas veces –como lo hemos
expuesto- una servidumbre voluntaria que Etienne de la Boétie nos referenciaba
nombrando muchos factores influyentes en esta, y uno de los más influyentes es la
educación.
Con la consolidación de Homo educandus viene el termino escolaridad al análisis el
cual lo defino desde el concepto Escuela, y esta a su vez la entiendo como la entendía
igualmente Iván Illich –algunos lo llaman padre de la teoría desescolarizada1-: “el
proceso que especifica edad y se relaciona con maestros, y exige asistencia a tiempo
completo a un curriculum obligatorio” (Illich, 1975 pág. 42). Escolaridad entonces,
1 Lo establece Marcela Gajardo en su artículo, Iván Illich. Perspectivas: Revista trimestral de educación
comparada. UNESCO. París: .Oficina Internacional de Educación. 1993. vol. XXIII, nos 3-4, págs. 808-
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vendría siendo los procesos de enseñanza-aprendizaje donde estén las características
de la Escuela nombradas por Illich. Por otra parte, definiremos Educación como el
conjunto de formas y/o procesos de enseñanza-aprendizaje dirigidos a una adquisición
de destrezas o un desarrollo intelectual y ético.
Al interiorizar la educación en forma de Escuela .escolarización, hay un reto por partida
doble a cargo de los que luchan contra esta institución, ellos son:
1. Ante lo establecido, podríamos ser capaces de renunciar a esta cultura y cumplir
la bella premisa de Friedrich Nietzsche de ser “lo suficientemente culto como
para valorar bastante poco su cultura, para poderla despreciar incluso”
(Nietzsche, 2000 pág. 29), tratar de arrancarnos la Escuela del interior y
renunciar a la cultura conforme a la época, pues esta solo quiere aprovechar el
momento. Igualmente, deberíamos rechazar todo intento por unificar la cultura, y
si no se llegaré hacer esto, auguro el amar la servidumbre sin darnos cuenta,
pues la unificación de la cultura hace desaparecer la emancipación intelectual;
simplemente no veremos alteridad en la educación con la Escuela, sino
prácticamente los trataremos como sinónimos.
Nietzsche nos advierte sobre lo peligroso de concebir una sola cultura, y esto provocará
el no desprecio por uno mismo, pues si hay solo una concepción no hay con cual
compararse, por ello, no hay desprecio; a esto llamará Nietzsche, el último hombre.
Adaptando las circunstancias, afirmo, que la sociedad de hoy en día se encuentra en
camino de la última cultura, -se dice última no como un término cuantitativo y no
cualitativo-. “Llega el tiempo del hombre más despreciable, el incapaz de despreciarse a
sí mismo… ¡Mirad! Yo os muestro el último hombre” (Nietzsche, 2005)
2. Al unísono del punto anterior, debemos hacer una reflexión respecto al sin
número de factores en contra de la emancipación intelectual, y como producto de
la reflexión se establece un interrogante, este sería: ¿nos queda entonces
resignarnos, ser pesimistas?, y a mi criterio se debería responder: ¡de ninguna
manera!, pese a todo lo ocurrido, estaremos en pie de lucha y, si no me creen,
permítanme citar entonces a Sartre: “Lo importante no es lo que hacemos de
nosotros mismos, sino lo que nosotros mismos hacemos de lo que han hecho de
nosotros”. ¡Ah! Si no les gusta Sartre y les repele su existencialismo y ateísmo,
nombremos entonces a Florence Nightingale la famosa enfermera y escritora de
Florencia que se sentía inspirada por Dios, ella nos decía: “Lo importante no es
lo que nos hace el destino, sino lo que nosotros hacemos de él”. Y así como lo
han dicho estas dos personas podría demorarme toda una tarde en citas donde
nos invitan a reafirmar esta vida pese a todas las dificultades, he ahí nuestro
carácter, nuestra templanza, pues estos actúan frente a los que nos quieren
matar, -ya sea en vida o intelectualmente-, y si le sobrevivimos nos tornaremos
indefectiblemente más fuertes. (recordemos a Nietzsche).
2. La objeción de conciencia y la desodediencia civil
1. Objeción de conciencia y desobediencia civil
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La premisa que pregona que la ley de las mayorías puede producir una afectación a
minorías -y generar lo que llama Jacques Rancière, un odio a la democracia- es la que
impulsa a decir que constituidos los principios de justicia, estos principios son mayores
al principio de mayoría, en el caso de Rawls el de la libertad y el de la igualdad.
Ante este panorama nace la desobediencia civil, las condiciones de constitución que
posee son las siguientes características:
a) Es un acto público. El deseo de la insatisfacción debe manifestarse
públicamente.
b) Es un acto político, antes que cualquier motivación. La desobediencia civil según
Rawls es política por la concepción de justicia que se debe invocar para recurrir
a ella. La justicia tiene de por sí un carácter de mirar al otro y no es egoísta pues
está en marco constitucional, apelando a una concepción y principios dados en
ese marco. Y sienten que no se respetan los marcos de cooperación social
expresados en los principios de justicia ‹‹una minoría lleva a la mayoría a
considerar si desea que sus actos se tomen de ese modo o si, en vista del
común sentido de justicia, desea admitir pretensiones de la mayoría›› (Rawls,
2012, pág. 163).
c) Es propia de minorías. Ha sido concebido esencialmente para proteger a las
minorías de la mayoría legislativa, que ante su gran poder puede llegar a
vulnerar derechos de las minorías. Si llegase ver vulnerados a la mayoría del
pueblo es mucho más fácil para ellos accionar instrumentos jurídicos para
pretender cambiar el foco de afectación legal que los avasalla y por lo tanto es
difícil que se llegue a esta instancia.
d) Es acto no violento. Al no ser violenta, un arresto o castigo se acepta sin
resistencia física. Esa no violencia puede repercutir en activismo cultural, en la
cual por medio de la poesía, literatura, acciones simbólicas y el humor ponen de
manifiesto y sacan a la palestra pública de diferentes formas el error de
mantener la norma específica y la afectación que a la minoría le produce. Estas
acciones intentan dejar ver el absurdo de la ley o el programa, el humor por
ejemplo, va más allá y lo que hace es dejar en ridículo a otro, en este caso a la
ley o el programa de gobierno. Rawls nos dice que actuar siendo conscientes
que podemos ser castigados, y aceptar el castigo le da credibilidad a la causa.
Pero es inaceptable que uno tenga que sufrir un castigo por algo injusto. Rawls
vacila en si hay violencia o no, pero si establece que es pacífica y acepta el
castigo por que prefiere manifestarse que el miedo a la represión. ‹‹La
desobediencia civil es no violenta en el sentido adicional de que se acepta el
castigo legal por las propias acciones y (al menos por el momento) no se
contempla la posibilidad de resistencia›› (Rawls, 2012, pág. 164)
Se distingue entonces la no violencia como principio pacifista o religioso. Dice Rawls
que la conexión no es estrictamente necesario, pero no aclara porqué, solo dice que se
apelan a los principios de justicia. Quizá se refiera al movimiento específico que se
originó en el 68 más que a cualquier otra cosa.
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Al final Rawls dice que si se hacen oídos sordos reiteradamente estaría justificada la
violencia y la resistencia en un régimen democrático, pero ya no serían desobediencia
civil u objeción de conciencia.
‹‹ Más aún, al tomar parte en actos de desobediencia civil, no renuncia uno
indefinidamente a la idea de resistencia violenta; pues si repetidamente se hacen oídos
sordos a la apelación contra la injusticia, entonces la mayoría ha declarado su intención
de invitar a la sumisión o a la resistencia, y es concebible que esta última pueda estar
justificada incluso en un régimen democrático. No se nos exige que aceptemos el
quebrantamiento de libertades fundamentales por mayorías democráticas que se han
mostrado ciegas a los principios de justicia en los que descansa la justificación de la
constitución›› (Rawls, 2012, pág. 164)
e) Es hecho a conciencia. Desde Kant podemos afirmar que el hombre por más
determinaciones de la naturaleza y del entorno que pueda llegar a tener, siempre
en última instancia podrá decidir su propio camino para actuar. En el filósofo de
Königsberg, esa última instancia es la razón pura; actualmente no solo es
considerada la razón sino que hay una conciencia en la cual el sujeto por medio
de unas razones racionales y no racionales decide actuar o no de cierta manera,
el último tribunal del hombre es la conciencia. Que dicho sea de paso, es marca
indeleble en la personalidad y es una actitud demostrable por ciertas conductas
sostenidas a través del tiempo.
f) Es contraria a la ley. La acción debe ser en contra de una ley específica o un
programa de gobierno, no de cuestiones abstractas. De esta manera se genera
una especificidad en el determinar la afección y lo que afecta.
g) Es realizada con la intención de provocar un cambio de política o regla de
gobierno2. No necesariamente se le exige al desobediente civil un proyecto de
cambio o una ley alternativa, simplemente que se tenga la intención de cambiarla
sustentada en una especie de argumentación que demuestre la afectación.
h) Reivindica los principios de Justicia. En la desobediencia civil se ataca una ley y
se argumenta que esta misma, aparte de afectar a una minoría, conceptualmente
va en contra de los principios de justicia. Por ello, la argumentación debe
basarse prácticamente en la incompatibilidad de la ley o programa de gobierno
con los principios de justicia. Es por esta razón que Rawls considera que
recupera autoridad tras una desobediencia civil pues se fortalece de una u otra
manera el sistema jurídico, Habermas llamaría en Facticidad y Validez un
sistema de autoreferencialidad, pese a que la desobediencia civil está en el límite
fronterizo de la legalidad y la ilegalidad.
2 El mismo Rawls dice que se basa en la definición de desobediencia civil de H. A. BEDAU. Vid. En su
actículo <<On Civil Disobedience>>, en Journal of Philosophy (1961)
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i) Es el último recurso para llegar al cambio. La desobediencia civil debe ser
considerada como una excepción, debido a que, se deben agotar todas las vías
democráticas y gubernamentales para recurrir a ella.
Cuando se nos exige obedecer reglas injustas en pro de protección de la constitución.
La desobediencia civil y objeción de conciencia son dos instituciones en donde la
persona respetando a la autoridad se niega por motivos de conciencia a obedecer las
reglas. Son dos instituciones distintas y Ralws mismo aclara que la distinción puede no
ser nítida en algunos casos y tenderían a ligarse. Los une a las dos es que no están
dispuestas a acatar la regla porque si obedecen estarían violentando su conciencia. La
desobediencia civil es un acto político dirigido al sentido de justicia de la comunidad, no
apelamos a doctrinas religiosas o personales, sino a la justicia comúnmente compartida
público, con el sentido o propósito de cambiar la ley o en los programas de gobierno. La
objeción de conciencia son de razones personales, y reconocen que no existen bases
para una comprensión mutua, es pesimista en el sentido de querer cambiar la ley pero
busca ayudar dar eficientemente un método de interpretación que me garantice una
excepcionalidad en la no aplicación de la norma.
3. Objeción de conciencia y Educación sin Escuela
Bien se puede explicar la equiparación por razón de un descuido no provocado por el
Estado, pues simplemente este ignoraría otras formas de educación que están fuera del
marco de la escolaridad y se asumiría por tanto, la aplicación y atención a este asunto
solo cuando el Estado se informe sobre las formas alternas de educación. Pese a lo
anterior, esta argumentación tendría varios puntos en contra, pues es generada en la
omisión de un deber del Estado, en donde este debe estudiar a profundidad la realidad
del país para generar políticas inclusivas, más si se tiene referenciado el respeto a una
minoría como factor fundamental en el mantenimiento de una Democracia y, por ende,
de la libertad, así Giovanni Sartori cita a lord Acton: “(1955, p. 56): “La prueba más
segura para juzgar si un país es verdaderamente libre, es el quantum de seguridad de
la que gozan las minorías”” (Satori pág. 38). Por lo anterior, no podría ser sostenible
firmemente esta excusa -que es el pretexto común- por un tiempo mínimo. Igualmente,
la protección a las minorías deja sin piso el fundamento de muchos funcionarios, los
cuales dicen no proteger esta población con el argumento de la escasa población que
educa de manera desescolarizada y, por ello, la imposibilidad de destinar algún
esfuerzo sobre la temática.
Pasamos en este momento -ya descartando una hipótesis un poco ilusa y optimista- a
la otra tesis, la cual la llamaré: Un descuido con pretensiones. Explico acá cómo detrás
de un aparente descuido se esconde un entramado político para sustentar todo un
régimen, bajo una específica forma de dominación de masas. Para empezar podemos
encontrar una confusión entre lo cualitativo y cuantitativo pues, la relación –en mi
opinión- de estas dos palabras pasa por estar en subordinación, más no equiparación
de la palabra educación con la Escuela. La cualidad es la primera y la cantidad es la
segunda, además, hay una infinidad de métodos en educación, pero la Escuela solo es
uno de esos métodos. Lo anterior lo sabemos muy bien y bastaría con solo comparar
las definiciones que proporcioné de las dos palabras, y de la misma manera en el
ámbito práctico, se constata en las reflexiones sobre la política educativa del periodo
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2002-2010 en Colombia, realizadas por el ministerio de Educación Nacional, y
condensadas en un documento titulado ‘Revolución Educativa 2002-2010 acciones y
lecciones’ (Educación, 2010). A lo largo de todo el documento, comprobé una
indiferenciación de las dos palabras, bastaría con abrirla en cualquier página para
verificar el uso indistinto.
Recordemos de igual manera, y para mejor comprensión de lo expuesto que, lo
cuantitativo no sobrevive sin lo cualitativo, por ello la forma de utilización de las
estadísticas de escolarización de los diferentes informes del Gobierno se muestran
como si fueran cualidad, por consiguiente, se reemplaza a la palabra educación por
escolaridad, como si el éxito de la educación en Colombia se limitara al porcentaje de
personas vinculadas a la Educación regida por parámetros estatales. En este mismo
sentido, la cantidad sin cualidad tan solo muestra datos y conceptos frívolos, huecos y
sin sentido alguno respecto a los propósitos de una sociedad. Se muestra como
avances en educación la escolarización; campañas donde nos llenan de datos,
significando recursos a la Escuela, etc. Y añadido a todo ello, diseñan de la misma
manera solo un camino para seguir a través de estas políticas.
Como respuesta al planteamiento anterior, el Gobierno perfectamente nos puede
formular la objeción de ser ellos promotores de la libertad de cátedra, además permitir
crear libremente Escuela (Colegios, Universidades) con tendencias ideológicas
totalmente distintas a las del Gobierno. Para responder a esto, rememoremos también,
que la apariencia es muchas veces necesidad de la esencia de manifestarse, de
mostrarse así3. Sin embargo, muchas veces falla nuestra interpretación o falla la misma
esencia en mostrarse así, pero, este caso es diferente, lo interesante acá es hacer
entender que si bien esta es la apariencia del Gobierno –dar libertad de cátedra, etc.- la
esencia se deja ver en un efecto “embudo”, cuando en un principio se muestra en una
amplitud, pero restringe su amplitud a una estrechez mínima, esta estrechez en el
argumento del caso que nos convoca serían las pruebas de control de educación
realizadas por el Estado (pruebas ICFES o Saber Pro).
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3 Entiéndase esencia como la Οὐσία griega: aquello que hace que sea algo eso y no otra cosa
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