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ENJ-300: Curso ''Delito de Trata de Personas (2016)'': Módulo V: Tipos Penales Conexos a la Trata de Personas.
1. Módulo V
Las Víctimas del Delito Penal
Curso “Delito de Trata de Personas”
Docentes:
Magdo. Juan Aníbal Rodríguez Fernández
Magdo. Manuel Antonio Ramírez Suzaña
Magda. Kenya Scarlett Romero Severino
Magdo. Manuel Randolfo Acosta Castillo
Magdo. Jonathan Baró Guitíerrez
Magda. Mirta Felicia Duarte Mena
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.
2. Objetivos Generales
Objetivo General:
Al final del conservatorio, sobre las
víctimas de delito penal, las/los
participantes serán capaces de:
Analizar las características de las
víctimas del delito penal y las
respuestas, que ofrece el Estado y la
comunidad, para proteger sus derechos
y satisfacer sus necesidades básicas.
3. Objetivo Específicos:
1.-Explicar las características de las víctimas
del delito penal y su posicionamiento en el
imaginario colectivos de las y los
operadores del sistema de justicia.
2.-Identificar las repuestas, que ofrece el
Estado y la comunidad, para proteger los
derechos de las víctimas del delito penal.
4. Contenido
I.- Las características de las víctimas
del delito penal.
II.- La protección de los derechos de
las víctimas del delito penal, por
parte del Estado y la comunidad.
5. I.- Las Características de las
Víctimas del Delito Penal
¿Qué es víctima del delito penal?
¿Cuál es el posicionamiento de las
víctimas del delito penal en el imaginario
colectivo de las personas?
6. I.- Las Características de las
Víctimas del Delito Penal
La víctima es la persona que haya sufrido
una lesión o daño físico o mental, una
pérdida o daño material, o cualquier
otro perjuicio social como resultado de
una acción que sea constitutiva de un
delito, crimen internacional, violación a
los derechos humanos reconocidos
internacionalmente, o abuso de poder.
7. Protección de las Víctimas del
Delito Penal
¿Quiénes son las víctimas del delito penal?
●
Personas físicas: Directas e indirectas.
●
Personas jurídicas.
¿Quiénes pueden ser las y los victimarios en el
delito penal?
¿Si en el delito penal, el victimario no
aparece, qué pasa con la víctima?
8. Las Víctimas del Delito Penal,
están Invisibilizadas
Porque los sistemas autoritarios que ha
padecido la humanidad, se han
encargado de construir, por diferentes
medios e instrumentos, el imaginario
colectivo de la ciudadanía a partir de las
personas, que ejercen el poder en las
relaciones asimétricas, que se producen
o se construyen en el entorno social,
laboral y familiar, en detrimento de los
derechos de las y los subordinados o
sometidos.
9. Las Víctimas del Delito Penal, están
Invisibilizadas
Porque en la relaciones personales entre
pobres y ricos, predominan estos últimos,
entre empleadores y trabajadores
predominan los primeros, entre hombres y
mujeres predominan los hombres, entre
personas adultas y menores, predominan
las primeras, entre victimarios y víctimas,
se le presta más atención a los primeros.
10. En el imaginario colectivo de la sociedad
dominicana, existen víctimas del delito
penal preferidas y rechazadas.
Víctimas del Delito Penal
11. Víctimas del Delito Penal
Preferidas
Son aquellas, que utilizan los sectores
económicos, religiosos y políticos, como
instrumentos, a través de los medios de
comunicación, para potencializar en el
imaginario colectivo, la rabia, el odio, el
dolor, el miedo y la desesperanza
aprendida, que sienten las víctimas y sus
relacionados , por la acción
deshumanizada de sus agresores.
12. Víctimas del Delito Penal
Preferidas
Esas emociones (la rabia, el odio, el dolor, el
miedo y la desesperanza aprendida, que
sienten las víctimas y sus relacionados) se
extienden a toda la población, momento
oportuno, para violar derechos fundamentales,
de las personas que no tienen quien les
escriba, con impunidad como bandera, por
parte de los órganos represivos del Estado; lo
que provoca el aumento del número de
víctimas, aunque estas últimas no cuenten en
las estadísticas.
13. Víctimas del Delito Penal
Rechazadas
Son aquellas, que por la situación de
vulnerabilidad en que viven, no pueden por
si solas gestionar el reconocimiento y el
respeto de sus derechos fundamentales ante
los órganos jurisdiccionales y administrativos
del Estado.
14. Entre las víctimas del Delito
Penal rechazadas, se
encuentran:
Consumidores de drogas
prohibidas,trabajadoras/res sexuales,
homosexuales, lesbianas, Inmigrantes;
personas menores de edad, que se
encuentran fuera de la escuela,
sometidas a explotación sexual y laboral,
consumo de drogas y que proceden de
familias disfuncionales, excluidas social y
económicamente.
15. Las Víctima del Delito Penal Están
Marginadas
Porque culturalmente se tiene una visión
parcial (aportada por la criminología que
tiene por objeto el estudio del infractor y
sus circunstancias) de sus necesidades y sus
derechos.
16. Las Víctima del Delito Penal Están
Marginadas
No reciben el acompañamiento adecuado en
su dolor, por parte del Estado y de la
sociedad en su conjunto; no se aprovechan
los aportes de la justicia restaurativa, para
restituir sus derechos.
No perciben las recompensas económicas
correspondientes, por los daños físicos,
psicológicos y económicos, recibidos; a
pesar de los contenidos de las normativas
nacionales internacionales, existentes que
recomiendan lo contrario.
18. A- Víctimas Primarias
Son las derivadas de haber padecido un
delito, que cuando va acompañado de
violencia o experiencia personal con el
autor suele traer efectos que se mantienen
en el tiempo y pueden ser físicos,
psíquicos, económicos o de rechazo social.
19. A- Víctimas Primarias
Las víctimas primarias de un delito no solo ha
de enfrentarse con los perjuicios derivados de
la lesión o puesta en peligro del bien jurídico
protegido que conlleva el delito, sino que en
muchos casos, acompañando a éste, se
producen otra serie de efectos que inciden en
la gravedad material del daño o perjuicio
producido.
20. B- Víctimas Secundarias
Son aquellas que se derivan de las
relaciones de la víctima con el sistema
jurídico penal. Se considera aún más
negativas que la primaria porque es el
propio sistema el que victimiza a quién se
dirige a él pidiendo justicia y porque
afecta al prestigio del propio sistema.
21. B- Víctimas Secundarias
Son las llamadas “víctimas del proceso”
que son las personas ofendidas que sufren
daño en sus derechos fundamentales, en
su dignidad humana y en la consecución
de la justicia, debido a la inoperancia del
sistema penal.
22. ¿Cómo cambiar la situación
jurídica de las víctimas del delito
penal?
Asumiendo la visión holística de las víctimas, que ha
construido la victimología.
Que hemos hecho, para proteger los derechos de las
víctimas:
República Dominicana
Puerto Rico
Guatemala
Costa Rica
23. ¿Cómo cambiar la situación
jurídica de las víctimas del delito
penal?
Asumiendo nuevos enfoques, para
interpretar las normas jurídicas.
24. Enfoques, Para Interpretar las Normas
Jurídicas:
1.- Derechos Humanos
2.- Perspectivas de género.
3.- El interés superior de las
personas menores de edad.
25. Derechos Humanos
Visualizar las desigualdades que se
encuentran en el centro de los problemas
para corregir las prácticas
discriminatorias y el injusto reparto del
poder que obstaculizan el progreso.
26. Derechos Humanos
Para la ONU, significa, identificar quiénes
son los titulares de derechos y a qué tienen
derecho, como también quiénes tienen la
obligación de hacerlos cumplir, para así
fortalecer la capacidad tanto de los
titulares de derechos para exigir y
participar en la toma de las decisiones que
los afectan, como de los titulares de
deberes para cumplir sus obligaciones.
27. Derechos Humanos
Este tipo de enfoque proporciona
perspectivas sobre el reparto del poder,
identifica los grupos que carecen de
derechos efectivos y los que están
denegando derechos a otros. Además, dicho
enfoque puede poner de manifiesto las
causas básicas de la pobreza y la situación
de vulnerabilidad de las víctimas.
28. Perspectivas de Género
La generalidad de las normas jurídicas,
nacionales e internacionales, se escrituran
a partir de los supuestos de que todas
las personas son iguales ante la Ley, que
tienen acceso pertinente a las funciones
jurisdiccionales y administrativas de
justicia y que cuentan con la protección
efectiva de sus derechos fundamentales,
por parte del Estado.
29. Perspectivas de Género
Las víctimas del delito penal, cuando son
personas menores de edad y mujeres, los
operadores/ras de justicia, para proteger sus
derechos fundamentales, tienen que
comprender; que estas muchas veces, no
pueden ejercitar sus derechos, por si mismas,
no tienen acceso a la justicia y que, aunque
estén en condiciones de ejercitar sus
derechos, estos les son negados por los
operadores de justicia, socializados por el
sistema patriarcal, que desconoce sus
derechos humanos.
30. Perspectivas de Género
Las y los operadores/ras de justicia al
momento de interpretar y aplicar las
normas jurídicas, para evitar la violación
de los derechos de franjas importantes de
seres humanos, tienen que tomar en
cuenta, las variables culturales,
económicas, sociales, políticas, religiosas,
filosóficas, idiomáticas, étnicas, sexuales
y de género, que establecen relaciones
asimétricas entre las personas.
31. Perspectivas de Género
Las perspectivas de género tienen que
ser ejes transversales en las funciones
jurisdiccionales y administrativas de los
y las jueces y juezas, para que las
políticas de igualdad de género
asumidas por el Poder Judicial sean
efectivas.
32. Perspectivas de Género
Transversalizar las Perspectivas de
Género en las decisiones
jurisdiccionales y administrativas del
Poder Judicial, implica poner en
evidencia:
1.-Que la desigualdad entre hombres y
mujeres es una construcción social e
histórica del sistema patriarcal.
33. 2.- Que la legitimidad social, política y jurídica
de la igualdad de género está establecida
formalmente en la normativa sustantiva nacional
e internacional
3.- Que las y los operadores de justicia tienen
que aplicar el enfoque de las perspectivas de
género, para poder garantizar los derechos de las
personas en situación de vulnerabilidad, que
acceden a los tribunales.
Perspectivas de Género