ENJ-400 Introducción al Derecho de la Regulación Monetaria y Financiera M3-A
1. Diplomado de Introducción a
la Regulación Monetaria
y Financiera.
“La Regulación del Sistema Monetario, la
Política Monetaria, el Sistema de Pagos, la
Moneda y la Intermediación Cambiaria”
2. Contenido.
1. La Regulación
2. El Sistema Monetario
3. La Política Monetaria
4. El Sistema de Pagos
5. La Moneda y la
Intermediación Cambiaria
4. ¿Qué es la
Regulación?
Proviene del latín
"regulare"
(someter a una regla)
Es decir potestad de los poderes públicos,
especialmente el legislativo y del ejecutivo
de imponer determinadas reglas a los
administrados.
5. La regulación y en especial la económica, no
es sólo aprobar normas por parte de los
Poderes Legislativo y Ejecutivo…
Atribuibles a
órganos
especiales de
la
Administració
n
• Entes
• Agencias
• Administraciones
• Autoridades
• Comisiones
reguladoras
independientes
Fuente: Derecho de la Regulación Monetaria y Financiera, Eduardo Jorge
Prats y Omar Victoria Contreras
6. Entonces podemos decir…
«….que regular no solo es producir normas sino también
supervisar el ejercicio de una actividad, ordenar el
funcionamiento del mercado, resolver disputas entre
particulares y sancionar a aquellos que violen las normas
de un sector". (Muñoz Machado: 1173)
La Ley Monetaria y Financiera (LMF)
asume ese concepto amplio de regulación:
"la regulación comprende la fijación de políticas,
reglamentación, ejecución, supervisión y aplicación de
sanciones, en los términos establecidos en la Ley y en los
Reglamentos dictados para su desarrollo." (Art. 1 b, LMF)
7. Ámbito de Aplicación:
Derecho de la regulación
monetaria y financiera (i)
Regu
la
ción
Mercado monetario o de dinero
Mercado financiero o de crédito
Fuente: Derecho de la Regulación Monetaria y Financiera, Eduardo Jorge
Prats y Omar Victoria Contreras
8. Ámbito de Aplicación: Derecho de la
regulación monetaria y financiera (ii)
S
u
b
j
e
t
i
v
o
Administración que regula el sistema
monetario y financiero (AMF)
Sujetos de la regulación
Objetivo
Regulación
monetaria
Régimen jurídico de la moneda
y de su emisión
Programa monetario del Banco
Central y sus instrumentos de
política monetaria
Sistemas de pago
Régimen cambiario
Administración de las reservas
internacionales
Operaciones de
intermediación financiera y
cambiaria en lo que
respecta a su régimen
jurídico
9. Fuentes de Derecho de la Regulación Monetaria y
Financiera en República Dominicana.
10. Constitución de la República.
Es la norma suprema del sistema
monetario y financiero
Artículo 223.- Regulación del sistema
monetario y financiero. La regulación
del sistema monetario y financiero de la
Nación corresponde a la Junta
Monetaria como órgano superior del
Banco Central.
Artículo 227.- Dirección de las políticas
monetarias. La Junta Monetaria, representada
por el Gobernador del Banco Central, tendrá a
su cargo la dirección y adecuada aplicación
de las políticas monetarias, cambiarias y
financieras de la Nación y la coordinación de
los entes reguladores del sistema y del
mercado financiero.
11. Ley Monetaria y Financiera.
Sistema
Monetario
oooo• Mantener la
estabilidad de
precios, la cual
es la base
indispensable
para el
desarrollo
económico
nacional.
Sistema
Financiero
• Será visto en
otro módulo
Objeto de la Regulación:
13. ¿Cómo la AMF garantiza el adecuado
funcionamiento del sistema
monetario?
Implementación
de los
instrumentos de
política monetaria Regulación
Art. 2 d)
LMF
14. De las Atribuciones de la JM (i)*
a)Determinar las políticas monetaria, cambiaria y financiera de la Nación conforme
a lo dispuesto en esta Ley y de acuerdo con los objetivos regulatorios del Artículo 2
de la presente Ley.
b)Aprobar el Programa Monetario de conformidad con el objetivo establecido en el
Artículo 2 de esta Ley, así como el conocimiento y fiscalización regular de su grado
de ejecución.
c)Dictar los Reglamentos Monetarios y Financieros para el desarrollo de la presente
Ley.
d)Otorgar y revocar la autorización para funcionar como entidad de
intermediación cambiaria, así como autorizar las fusiones, absorciones, escisiones y
figuras análogas entre entidades de intermediación cambiaria a propuesta de la
Superintendencia de Bancos.
Art. 9, LMF
15. De las Atribuciones de la JM (ii)
h) Conocer y fallar los recursos jerárquicos interpuestos contra los
actos dictados por el Banco Central y la Superintendencia de Bancos en
las materias de sus respectivas competencias.
i) Aprobar y remitir al Poder Ejecutivo las propuestas de modificación
de la legislación monetaria y financiera de acuerdo con lo dispuesto en la
Constitución de la República, así como informarle acerca de las iniciativas
legislativas o de cualquier otra índole que afecten al sistema monetario y
financiero.
jJ) Desempeñar las otras funciones que la presente Ley
encomiende a la Administración Monetaria y Financiera y que no
hayan sido atribuidas expresamente al Banco Central y a la
Superintendencia de Bancos. Las funciones a las que hace referencia
este literal podrán ser delegadas por la Junta Monetaria en el Banco
Central o en la Superintendencia de Bancos.
Art. 9, LMF
* Relativas a sistema monetario, sistemas de pago e intermediación
cambiaria
16. Función del Banco Central
«..ejecutar las políticas monetaria, cambiaria y
financiera, de acuerdo con el Programa Monetario
aprobado por la Junta Monetaria….« Art. 15, LMF
Moneda y
emisión
monetari
a
Instrumento
s de
política
monetaria
Régimen
cambiario y
administració
n de
reservas
Prestamista
de última
instancia
Utilizando los instrumentos
Además….
«Corresponde al Banco Central la supervisión y liquidación
final de los sistemas de pagos, así como del mercado
interbancario.» Art. 15, LMF
17. Misión del Banco Central
Garantizar la estabilidad de
precios, la apropiada
regulación del sistema
financiero y el adecuado
funcionamiento de los
sistemas de pago, actuando
como ente emisor y ejecutor
de las políticas monetarias,
cambiaria y financiera, de
acuerdo con las atribuciones
que la Constitución y las
leyes le confieren.
Fuente: www.bancentral.gov.do
19. ¿Qué es el Dinero?
“el conjunto de activos en una economía que las
personas regularmente usan para comprar bienes y
servicios de otras personas”
Funciones
Medio de cambio Unidad de cuenta Depósito de valor
20. Tipos de Dinero
Fuente: Banco Central Europeo, Virtual Currency Schemes, October 2012,
http://www.ecb.int/pub/pdf/other/virtualcurrencyschemes201210en.pdf.
21. ¿Qué es la base monetaria o
emisión monetaria?
Es el efectivo (los billetes y monedas en manos del
público) y los depósitos a la vista de los bancos en el
Banco Central.
24. Política Fiscal
Es la política que sigue el sector público respecto de
sus decisiones sobre gasto, impuestos y sobre el
endeudamiento, con el interés de influir en la
economía del país.
25. ¿Qué es la Política Monetaria y Cuál es
su Objetivo?
Es la parte de la política económica que usa la cantidad
de dinero y los tipos de interés para mantener la
estabilidad de precios
26. ¿Cómo pueden ser las Políticas
Fiscal y Monetaria?
Expansiva
Restrictiva
28. Operaciones de Mercado
Abierto (OMAS)
Letras a un
día o Repos,
realizadas
diariamente
a través de
subastas o
acceso
directo.
Facilidades
Permanente
sDepósitos
colocados a
un día por
las
entidades
bancarias
en el BCRD
y reciben
una tasa
mínima de
interés
Depósitos
Remunerado
sColocaciones
programadas
de valores del
Banco Central
(Letras y Notas)
Subasta
s
29. Efecto OMAS
Mecanismo Efecto
Subastas de Reduce Encarece el dinero Reduce base
colocación de
Valores
disponible para (aumento tasas de monetaria (dinero en
y apertura de prestar o invertir interés) circulación)
Depósitos de los bancos
Remunerados
(medida restrictiva)
Subastas recompra Aumenta Abarata el dinero Aumenta base
de Valores y Repos disponible para (reducción de
tasas
monetaria (dinero en
(medida expansiva) prestar o invertir de interés) circulación)
de los bancos
30. Encaje Legal
Es la obligación de mantener en
el BCRD o donde determine la
JM, un porcentaje de la
totalidad de los fondos
captados del público en
moneda nacional o extranjera.
Aumento EL
(medida restrictiva)
Reduce disponible
para prestar o
invertir de los
bancos
Encarece el
dinero (aumento
tasas de
interés)
Reduce base
monetaria (dinero
en circulación)
Reducción EL
(medida
expansiva)
Aumenta
disponible para
prestar o invertir
de los bancos
Abarata el dinero
(reducción de
tasas de interés)
Aumenta base
monetaria (dinero
en circulación)
31. Topes de Crédito
Consiste en
límites al monto
de la cartera de
préstamos de las
entidades
financieras.
Reduce el
disponible
para prestar
Encarece el
costo del
dinero
(aumento tasa
de interés)
Medida
restrictiva
32. Prestamista de Última Instancia
Es un crédito otorgado por el BCRD a las EIF con el
objeto de atender deficiencias temporales de liquidez
que no estén causadas por problemas de solvencia.
Podrá ser de
hasta 1½ veces
el capital
pagado de la
entidad.
Garantizado con
títulos, depósitos en
el BCRD, o cartera
de bajo riesgo, o
mediante compra de
títulos con pacto de
recompra o mediante
compra de cartera de
bajo riesgo.
El valor del
colateral no
podrá ser inferior
a una vez y
media (1½
veces) el
principal del
préstamo.
33. Programa Monetario
«El Banco Central ejecutará la política monetaria en base
al Programa Monetario, tomando en consideración el
objeto de la regulación monetaria,..» Art. 26 LMF
El instrumento principal es la tasa de la
política monetaria (TPM) y tiene como
objetivo incidir en la tasa interbancaria y
eventualmente, en el resto de las tasas
de mercado para afectar las decisiones
de consumo, ahorro e inversión de los
agentes privados.
34. Esquema de Metas de
Inflación
Es un esquema de política
monetaria, basado en el
establecimiento de metas
cuantitativas de inflación para
un horizonte temporal
específico.
Su objetivo principal es la
meta de inflación anunciada
en el Programa Monetario
del BCRD.
35. Tasa de Política Monetaria
Fuente:
www.bancentral.gov.do
3.50%
2.50%
4.50%
0.00%
2.00%
4.00%
10.00%
8.00%
6.00%
Ene
Abr
Jul
Oct
Ene
Abr
Jul
Oct
Ene
Abr
Jul
Oct
Ene
Abr
Jul
Oct
Ene
Abr
Jul
Oct
Ene
Abr
Jul
Oct
Ene
Abr
Jul
Oct
Ene
2013 2016 2017 2018 2019
2020
Corredor de Tasas de Interés del
BCRD (En %)
2014 2015
Tasa de Política Monetaria Depósito Préstamo
37. ¿Qué es un Sistema de
Pagos?
es un conjunto de instrumentos y procedimientos de sistema
de transferencia de fondos donde circula el dinero. Posee y
aseguran una administrador a los aporticipantes.
38. Las operaciones de SP son el reflejo monetario de todas
las transacciones realizadas en un país
Relación entre sistemas de pago y
economía
39.
40. Elementos de un Sistema de
Pagos
1
Entidades que
ofrecen y
operan los
instrumentos
de pago
2
Instrumentos
de pago
3
Redes de
comunicació
n
4
Leyes,
convenciones
de mercado,
normas y
procedimiento
s
Cheques
Tarjetas débito
Tarjetas crédito
Tarjetas pre-
pagadas
Débitos y
créditos
directos
Interbancarios
Pago al Instante
41. Constitución
Tratados Regional de Pagos
Leyes Monetaria y Financiera/Cheques/Seguridad
Social/Valores/Lavado/Comercio Electrónico
Reglamento SIPARD/TSS/Valores/Tarjetas de Crédito
Instructivos/Normas y Manuales del CMCA
Base Legal
42. ¿Qué nos dice la LMF?(i)
El sistema de pagos y compensación de cheques y demás medios de
pago es un servicio público de titularidad exclusiva del BCRD.
La reglamentación de la organización y el funcionamiento del sistema de pagos y
compensación por parte de la JM tendrá como objetivos fundamentales asegurar la
inmediación y el buen fin del pago
Pueden establecerse distintos subsistemas, teniendo como referencia
los estándares internacionales en la materia.
Todas las EIF estarán obligatoriamente adscritas a dicho sistema.
No podrán organizarse sistemas multilaterales de compensación y
liquidación de medios de pago fuera del previsto en la Ley.
Art. 27, LMF
44. El Sistema de Pagos y Liquidación
de Valores de la República
Dominicana (SIPARD)
Es un servicio público de titularidad exclusiva del
BCRD, compuesto por los diferentes sistemas de
pago y liquidación de valores reconocidos, y al cual
se encuentran adscritas todas las EIF, así como
otras entidades debidamente autorizadas.
46. GCS SYSTEMS
TARJETAS BANCARIAS
(Débito/ Crédito prepagada)
TARJETAS BANCARIAS
(Débito/ Crédito prepagada)
MASTERCARDVISA TODOPAG
O
CARDNETBCRD
ACH
(Débitos y créditos
directos)
Red ATH
(ATM: Tarjetas Bancarias)
(POS: Tarjetas de débito)
SISTEMA DE
COMPENSACIÓN DE
CHEQUES
(Cheques)
SISTEMA DE LIQUIDACIÓN
DE VALORES
CEVALDO
M
PAGOS
MÓVILES
(Pagos y
transferencias)
Débitos y
créditos
directos
RECAUDO DE PAGOS DE
FACTURAS Y RECARGAS
ELECTRÓNICAS
SUBAGENTES BANCARIOS
(Transacciones)
OPERACIONES
CON BCRD
INTERBANCARIO
S
PAGOS AL
INSTANTE
LBTR
MI RED
SUBAGENTES BANCARIOS
(Transacciones)
47. Sistema de Liquidación Bruta
en Tiempo Real (LBTR)
Es un sistema electrónico de pagos a través del cual los
participantes pueden realizar transferencias electrónicas de
fondos entre sí y con el BCRD, así como liquidar las
instrucciones u órdenes de pagos, en forma continua, en
tiempo real y términos brutos, es decir, transacción a
transacción, en sus cuentas corrientes en el BCRD. Este
sistema es administrado por el BCRD.
49. Sistema de Compensación
Electrónica de Cheques
Es un sistema automatizado en el
cual las imágenes y datos truncados
de los cheques, son intercambiados
entre sus participantes a través de
redes de telecomunicación o medios
electrónicos, con la finalidad de
compensarlos y liquidarlos. Es
administrado por el BCRD.
51. EIF digitalizan el
cheque en T0 y
remiten datos
esenciales a
BCRD para
compensación y
liquidación
Las EIF deben
guardar
imágenes de
todos los
cheques por
10 años
Acreditación
de fondos en
T+1
Eliminación
del
intercambio
físico del
cheque
La imagen del
cheque
firmada
digitalmente
tiene igual
validez que
el
cheque físico
Aspectos importantes a destacar
53. Del régimen de la moneda
Artículo 228.- Emisión de billetes y monedas. El Banco Central, cuyo capital es propiedad del
Estado, es el único emisor de los billetes y monedas de circulación nacional y tiene por objeto
velar por la estabilidad de precios.
Artículo 229.- Unidad monetaria nacional. La unidad monetaria nacional es el Peso
Dominicano.
Artículo 230.- Fuerza legal y liberatoria de la unidad monetaria. Sólo tendrán circulación legal y
fuerza liberatoria los billetes emitidos y las monedas acuñadas por el Banco Central, bajo la
garantía ilimitada del Estado y en las proporciones y condiciones que señale la ley.
Artículo 231.- Prohibición de emisión de signos monetarios. Queda prohibida la emisión de
papel moneda u otro signo monetario no autorizado por esta Constitución.
Artículo 232.- Modificación del régimen de la moneda o de la banca. Por excepción a lo dispuesto
en el artículo 112 de esta Constitución, la modificación del régimen legal de la moneda o de la
banca, requerirá el apoyo de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de una y otra
cámara legislativa, a menos que haya sido iniciada por el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Junta
Monetaria o con el voto favorable de ésta, en cuyo caso se regirá por las disposiciones relativas a
las leyes orgánicas.
Constitución Dominicana
54. Además en la LMF
• Las deudas dinerarias se pagarán en la moneda pactada y, a falta
de pacto expreso, en moneda nacional.
• La contabilidad de las entidades públicas y privadas para asuntos
oficiales se expresará exclusivamente en términos de la unidad
monetaria nacional, la cual se dividirá en cien (100) centavos.
• Las operaciones monetarias y financieras se realizarán en
condiciones de libre mercado.
• Las tasas de interés para transacciones denominadas en moneda
nacional y extranjera serán determinadas libremente entre los
agentes del mercado.
55. Convertibilidad
El régimen cambiario estará basado en la
libre convertibilidad de la moneda
nacional con otras divisas.
Los agentes económicos podrán realizar
transacciones en divisas en las condiciones
que libremente pacten de acuerdo con las
normas generales sobre contratos.
El BCRD no podrá, en caso alguno, establecer que
determinadas operaciones de cambio internacionales deban
realizarse exclusivamente con éste o en condiciones que no
aseguren libre determinación de precios en el mercado.
56. La Intermediación
Cambiaria.
Se refiere a la compra y venta de divisas de manera
habitual, entendiéndose por divisas los billetes y
monedas de países extranjeros, cualquiera que sea su
denominación o característica, independientemente de
los medios de pago utilizados para efectuar dicha compra
y venta, incluyendo de manera enunciativa pero no
limitativa, las letras de cambio, cheques, órdenes de
pago, pagarés, giros y transferencias.
Art. 29 LMF
58. Administración de Reservas
Internacionales
El BCRD procurará mantener un nivel
adecuado de reservas internacionales, con el
objetivo de promover la estabilidad monetaria y
la confianza en las políticas macroeconómicas.
Criterios
Seguridad,
Liquidez y
Rentabilidad
Procurando preservar su
valor, dentro del objetivo
de Política Monetaria
Art. 31 LMF
59. ¿Cuáles operaciones en moneda
extranjera puede hacer el Banco
Central?
Operaciones
propias de la
Banca Central
Corresponsalía
Bancaria
Compra y
Venta de
Divisas
Art. 32 LMF
60. Bibliografia
1. Ley Monetaria y Financiera No. 183-02
2. Reglamento de Sistemas de Pago
3. Principios de Economía, Gregory Mankiw,
5ta. Edición, 2009, Cengage Learning.
4. Derecho de la Regulación Monetaria y
Financiera, Eduardo Jorge Prats y Omar
Victoria Contreras, Santo Domingo, Agosto
2012
5. Documentos varios, www.bancentral.gov.do