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Ing. Julio Barra
ALTA Y BAJA DE BIENES MUEBLES




                              LEY Nº 29151
                       D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA
                                    °
                       DIRECTIVA N° 004-2002/SBN




Ing. Julio Barra
Baja de Bienes Muebles

                   Es el Procedimiento que consiste en la extracción contable de bienes
                    del patrimonio del Estado o de una Entidad. Se aprobará mediante
                              Resolución Administrativa indicando la causal.
               La Resolución de baja debe ser transcrita a la Oficina de Contabilidad para
               la rebaja en los Estados Financieros.
               Los vehículos y otros bienes registrables deben estar libre de afectaciones
               antes de la baja.




Ing. Julio Barra
INFORME TÉCNICO
                          PROCEDIMIENTO DE :
                          ALTA
                          BAJA
                   I.     DATOS GENERALES
                          NOMBRE DE LA ENTIDAD                                              ......................................................................
                          UBICACIÓN DE LA ENTIDAD                                           ......................................................................
                   II.    DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
                          1. DENUNCIA POLICIAL                                                                            8. CERTIFICADO DE DIPROVE
                          2. RESOLUCIÓN DE PERMUTA                                                                        9. CERTIFICADO DE GRAVAMEN
                          3. CONTRATO DE PERMUTA                                                                          10. NOTA DE ENTRADA A ALMACÉN
                          4. ACTA DE ENTREGA                                                                              11. INFORME DE TASACIÓN
                          5. ACTA DE RECEPCIÓN                                                                            12. OTROS (especifique)
                          6. ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN                                                                    ......................................................................
                          7. RESOLUCION DE DONACIÓN                                                                       ......................................................................
                   III.   BASE LEGAL(1)
                          - , .......................................................................................................
                   IV.    ANTECEDENTES(2)
                          - .......................................................................................................
                   V.     DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MUEBLES
                          a) Denominación
                          b) Código patrimonial (para Baja)
                          c) Detalle técnico:
                                      -       Marca   .......................................................................................................
                                      -       Modelo  .......................................................................................................
                                      -       Tipo .......................................................................................................
                                      -       Color.......................................................................................................
                                      -       Dimensiones
                                                      .......................................................................................................
                                      -       Número de serie
                                                      .......................................................................................................
                                      -       Número de placa de rodaje
                                                      .......................................................................................................
                                      -       Número de motor
                                                      .......................................................................................................
                                      -       Número de chasis
                                                      .......................................................................................................
                                      -       Año de fabricación
                                                      .......................................................................................................
                          d) Estado de conservación:(3)
                                      -       Nuevo (N)
                                      -       Bueno (B)
                                      -       Regular (R)
                                      -       Malo (M)
                          Para el caso del procedimiento de Alta o una causal de alta no tipificada:
                          (e) Valor (S/.)
                          (f) Causal de Alta
                          Para el caso del procedimiento de Baja o de una causal de baja no tipificada:
                          (g) Valor (S/.)
                          (h) Causal de Baja

                   VI.   ANÁLISIS(4)
                         -    .......................................................................................................
                   VII. OBSERVACIONES O COMENTARIOS
                         -    .......................................................................................................
                   VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES (5)
                              .......................................................................................................
                                                                                                                             Fecha: ....... de .................. del 200....
                                                                                                   ...............................................
Ing. Julio Barra                                                                                   Unidad Orgánica Responsable
                                                                                                        De Control Patrimonial
Base Legal
  Ley 29151.- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales
  D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA.- Reglamento de la Ley 29151
  Directiva Nº 004-2002/SBN.- Procedimientos para el Alta y la Baja de los bienes muebles de propiedad estatal




Ing. Julio Barra
Ing. Julio Barra
Ing. Julio Barra
Muestra de Bienes para Baja




Ing. Julio Barra
Muestra de Bienes para Baja




Ing. Julio Barra
Muestra de Bienes para Baja




Ing. Julio Barra
Causales de Baja de Bienes Muebles

           Causales:

                   Estado de excedencia.
               Recae en los bienes que, encontrándose en condiciones operativas, no son
               utilizados por la entidad pública titular de los mismos y se presume que
               permanecerán en la misma situación por tiempo indeterminado.
                   Obsolescencia técnica.
               Se presenta cuando los bienes a pesar de encontrarse en condiciones
               operativas, no permiten un eficaz desempeño de las funciones inherentes a
               las entidades propietarias, en comparación a lo que se obtendría con bienes
               que cumplen las mismas funciones, debido a los cambios y avances
               tecnológicos.
                   Mantenimiento o reparación onerosa.
               Procede cuando el costo de mantenimiento, reparación o repotenciación de
               un bien es significativo, en relación con su valor real.

Ing. Julio Barra
Causales de Baja de Bienes Muebles

           Causales:

                   Pérdida, robo o Hurto.
               Debe sustentarse con la denuncia policial y el Informe que emita la entidad
               pública.
                   Siniestro (fenómenos de la naturaleza)
               Recae en el bien que ha sufrido daño, pérdida, o destrucción parcial o total,
               a causa de un incendio o fenómeno de la naturaleza, lo cual deberá ser
               sustentado con la información de los daños ocasionados, expedida por
               organismos competentes, cuando corresponda.
                   Destrucción
               Opera cuando el bien ha sufrido un daño grave a consecuencia de hechos
               accidentales o provocados que no sean calificados como siniestro. Esta
               causal será sustentada sobre la base de la denuncia policial, cuando
               corresponda.

Ing. Julio Barra
Causales de Baja de Bienes Muebles

           Causales:
                   Reposición
               Es de aplicación cuando debido a la garantía otorgada por el proveedor, un
               bien es reemplazado por otro de características iguales, similares, mejores
               o equivalente en valor comercial
                   Reembolso.
               Procede cuando la reposición del bien no es posible y en su lugar existe un
               desembolso de dinero a favor de la entidad pública. El dinero a reembolsar
               debe corresponder al valor de adquisición o al valor comercial del bien,
               según sea el caso
               Para semovientes (regulada por Directivas internas).
               Cualquier otra causal previa opinión favorable de la
               SBN.
               La entidad pública debe presentar ante la Superintendencia de Bienes
               Nacionales, un Informe Técnico-Legal que sustente la causal no prevista.
Ing. Julio Barra
Documentos que sustentan el Informe Técnico


                   - Documento interno de la Dependencia y/o Oficina de
                     la Entidad en la que solicita la baja de los bienes.
                                                                  bienes.
                   - Informe de evaluación de la oficina especialista de
                     corresponder.
                     corresponder.
                   - Denuncia Policial e informe del Denunciante para el
                     caso de perdida, robo y/o Hurto.
                                               Hurto.
                   - Copia del Contrato de Seguro
                   - Documento de reposición.
                                    reposición.
                   - Certificado de defunción para el caso de muerte de
                     semovientes.
                     semovientes.
                   - Copia del Informe Final del Inventario.
                                                 Inventario.
                   - Relación detallada y valorizada de los bienes.
                                                             bienes.
                   - Para vehículos adjuntar certificado de DIPROVE,
                     RPV y tarjeta de propiedad.
                                      propiedad.
                   - Fotografías de ser necesario.
                                        necesario.
                   - Otros.
                     Otros.
Ing. Julio Barra
PROCEDIMIENTO PARA LA
                              BAJA BIENES PATRIMONIALES
                   Unidad Orgánica de Control Patrimonial
                   INFORME TÉCNICO
                   - Relación de Bienes
                   - Detalle técnico y valores
                   - Identificación de la Causal
                   - Sustento de la Causal
                   - Documentos sustentatorios
                   - Especificar si es útil o No para el Sistema
                     Educativo.
                   - Especificar si el bien esta en calidad de
                     chatarra
                   - RECOMENDAR DISPOSICIÓN
                   PROYECTO DE RESOLUCION                                  La OGA de encontrarlo
                                                                            conforme aprobara la
                                ADMINISTRACIÓN                            baja dentro de los 30 días
                          RESOLUCION
                          ANEXO DE BIENES DE BAJA


         Util al Sist. Educativo             No Util al Sist. Educativo
                       Plazo                              Plazo                           Disposición final
                   05 días hábiles                    20 días hábiles                        (05 meses)


              SBN & UGEL                                 SBN
Ing. Julio Barra
Ing. Julio Barra
FORMATO PARA INVENTARIO DE MOTOCICLETAS
                   ENTIDAD       :
                   MARCA         :                                                  FECHA :
                   COLOR         :                         MODELO :                 AÑO     :
                   Nº MOT OR     :                         LLAVES :                 PLACA :
                   CODIGO PAT :                            T .PROP.   :             SERIE   :

                                       DESCRIPCION           TIENE (VoBo)   CANT.     ESTADO    OBSERVACION
                                A.- SISTEMA DE MOTOR
                   Cilindros
                   Carburador
                                B.- SISTEMA ELECTRICO
                   Bateria
                   Bobina
                   Relay de Alternador
                   Claxon
                   Faros Delanteros Grandes
                   Luces Posteriores
                   Luces Direccionales
                                C.- SISTEMA DE FRENOS
                   Frenos
                                     D.- CARROCERIA
                   Parabrisas delantero
                   Nro. de Tapabarros
                   Asientos
                   Tanque de Gasolina
                            E.- SISTEMA DE TRANSMISION
                   Caja de cambios
                   Cadena
                         F.- SIST. DE SUSPEN.Y DIRECCION
                   Amortiguadores
                   LLantas
                   Aros
                                G.- OTROS ACCESORIOS
                   Espejos laterales
                               OBSERVACION GENERAL :
Ing. Julio Barra
Información a remitir a la SBN


                    Resolución administrativa de baja, que incluye la
                    relación de los bienes dados de baja con sus
                    códigos patrimoniales (12 dígitos) y valores.
                    Informe Técnico Legal de los Bienes dados de
                    baja, debidamente sustentado.
                    Archivo de los Bienes dados de baja en medio
                    magnético – extraído del SIMI.
                    Certificado de Gravamen y Certificado DIPROVE
                    Copia de la tarjeta de Propiedad.
                    Otros.
Ing. Julio Barra
Custodia de los Bienes Muebles


                           Los bienes muebles dados de baja
                           quedan bajo la responsabilidad y
                           custodia de la Oficina General de
                           Administración.



                            No serán objeto de inventario ni
                            podrán ser utilizados para las
                            actividades de las entidades
                            públicas.



Ing. Julio Barra
Cierre de Partida Registral de
                               Vehículos en Calidad de Chatarra

            La entidad pública tiene la potestad decisoria de solicitar al
            Registro de Propiedad Vehicular el cierre definitivo de la
            partida registral de un vehículo de su propiedad (“BAJA
            DE CIRCULACIÓN”).
            Esto es recomendable cuando se trate de vehículos en
            calidad de chatarra o inservibles, ya sea por siniestro,
            destrucción u otras causas.

           Lo señalado se encuentra
           amparado en los Artículos
           55° y 56° del Reglamento
           de    Inscripciones   del
           Registro de Propiedad
           Vehicular (Res. Nº 087-
           2004-SUNARP/SN).
Ing. Julio Barra
PROCEDIMIENTO PARA LA
                         BAJA DE MEDICAMENTOS


            Se encuentra regulada en el Anexo 3 "Guía
            Técnica Administrativa para la Baja de
            Productos Farmacéuticos" de la Directiva del
            Sistema      Integral de    Suministros    de
            Medicamentos e Insumos Médico-Quirúrgico -
            SISMED aprobado con Resolución Ministerial Nº
            1753-2002-SA/ADM, de fecha de publicación
            10.11.2002. en la que se determina la
            intervención      del   Unidad      Orgánica
            Responsable de Control Patrimonial en el
            proceso de baja.


Ing. Julio Barra
PROCEDIMIENTO PARA LA BAJA DE
                       HERRAMIENTAS, MATERIAL MEDICO,
                   EXISTENCIAS DE ALMACEN Y/O OTROS BIENES


                           Deberán revisar el Reglamento Interno de su
                           representada, y lo que dispone al respecto del
                           material médico y/o otros bienes no considerados
                           en el catálogo de la SBN, ya que en él verificará si
                           debe o no intervenir la Unidad Orgánica
                           Responsable de Control Patrimonial.
                                                     Patrimonial.
                           Si no estableciera la intervención del Unidad
                           Orgánica Responsable de Control Patrimonial
                                                                Patrimonial,
                           entonces estos deberían ser dados de baja
                           mediante la Resolución Jefatural Nº 335-90-
                           INAP/DNA "Manual de Almacenes del Sector
                           Público Nacional", en cuyo caso no participa el
                           CGP, sólo intervendría, el Almacén, la Oficina
                           Patrimonio y la Dependencia solicitante.
Ing. Julio Barra
Alta de la Propiedad Mobiliaria


       Alta de la Propiedad
            Mobiliaria        Es la incorporación física y contable
                              de bienes al patrimonio del Estado o
                              de una Entidad, aprobada mediante
                              Resolución Administrativa.



                              El alta de bienes muebles deberá
                              darse dentro de los 15 días luego de
                              haber     sido    recepcionada     la
                              documentación por la OGA o la que
                              haga sus veces.

Ing. Julio Barra
Causales Para el Alta de Bienes Muebles

    Causales:

          Donación.
         Se utiliza cuando la entidad pública recibe bienes muebles, a título gratuito, por
         parte de otras entidades públicas, privadas o particulares.

          Permuta.
         Se aplica cuando la entidad pública recibe bienes muebles de entidades privadas
         o particulares, a cambio de la entrega de bienes a los que ha dado de baja.

          Reposición.
         Se usa cuando un bien de características iguales, similares, mejores o
         equivalente en valor comercial al bien que ha sido dado de baja por la entidad
         pública, es entregado a título gratuito a favor de ésta por el responsable de la
         pérdida, robo, sustracción o destrucción del bien; por la compañía aseguradora
         en el caso de siniestro de bienes asegurados; o por el proveedor en mérito a la
         garantía del bien adquirido.
Ing. Julio Barra
Causales Para el Alta de Bienes Muebles

    Causales:

          Fabricación, elaboración o manufactura de bienes.
         Se aplica, cuando éstos son producidos por la entidad pública.

         Reproducción de semovientes (regulada por
         Directivas internas de la Entidad).
         Cualquier otra causal (distinta a la compra), previa
         opinión favorable de la SBN.
         La entidad pública deberá presentar ante la Superintendencia de Bienes
         Nacionales, un Informe Técnico Legal sustentando la causal no prevista.




Ing. Julio Barra
PROCEDIMIENTO DE
                                   ALTA
                                ENTIDAD

                   Unidad Orgánica de Control Patrimonial

                     INFORME TÉCNICO
                      - Relación de Bienes
                      - Detalle técnico y valores
                      - Identificación de la Causal
                      - Sustento de la Causal
                      - Documentos sustentatorios
                                                                La OGA de encontrarlo
                     PROYECTO RESOLUCIÓN                         conforme aprobara la
                                                               baja dentro de los 30 días

                           ADMINISTRACIÓN
                        RESOLUCION
                        ANEXO DE BIENES CON SUS
                        VALORES


                                                            UOCP: ASIGNARA EL CODIGO
Ing. Julio Barra
DISPOSICIONES GENERALES PARA
                              EL ALTA

        Se darán de alta los bienes descritos en el
       Catálogo de Bienes Muebles del Estado.

             No son objeto de incorporación:

                     Los bienes adquiridos con la finalidad de ser
                     donados de forma inmediata.
                     Los adquiridos por norma expresa con el fin de
                     ser entregados a terceros, en cumplimiento de
                     fines institucionales.

Ing. Julio Barra
Inscripción de Vehículos en los Registros
                                    Públicos

                   Los vehículos deben registrarse en el Registro de
                   Propiedad Vehicular de la Zona Registral
                   correspondiente, a nombre de la entidad propietaria.

                      Norma legal (requisitos y procedimiento):

                       Reglamento de Inscripciones del Registro de
                        Propiedad Vehicular, aprobado por Resolución N°
                        087-2004-SUNARP/SBN,         modificado     por
                        Resolución N° 112-2005-SUNARP.




Ing. Julio Barra
Incorporación al Patrimonio
                              Institucional

               Aprobada el Alta de los Bienes Muebles, éstos deben
               registrarse en los libros contables, en la cuenta que
               corresponde según el Plan Contable Gubernamental
               (Activo Fijo o No Depreciable), consignando el código
               patrimonial y valor que corresponde.

                            El bien dado de alta deberá estar incluido
                            en el inventario que se remite cada año a la
                            SBN.


Ing. Julio Barra
Gracias!

                                      Ing. Julio Cesar Barra Ccasani
                                             jbarraccasani@yahoo.es
                        Profesionales de la Jefatura de Patrimonio Mobiliario
                             Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
                                                          3174400 Anexo 515
Ing. Julio Barra

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  • 2. ALTA Y BAJA DE BIENES MUEBLES LEY Nº 29151 D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA ° DIRECTIVA N° 004-2002/SBN Ing. Julio Barra
  • 3. Baja de Bienes Muebles Es el Procedimiento que consiste en la extracción contable de bienes del patrimonio del Estado o de una Entidad. Se aprobará mediante Resolución Administrativa indicando la causal. La Resolución de baja debe ser transcrita a la Oficina de Contabilidad para la rebaja en los Estados Financieros. Los vehículos y otros bienes registrables deben estar libre de afectaciones antes de la baja. Ing. Julio Barra
  • 4. INFORME TÉCNICO PROCEDIMIENTO DE : ALTA BAJA I. DATOS GENERALES NOMBRE DE LA ENTIDAD ...................................................................... UBICACIÓN DE LA ENTIDAD ...................................................................... II. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA 1. DENUNCIA POLICIAL 8. CERTIFICADO DE DIPROVE 2. RESOLUCIÓN DE PERMUTA 9. CERTIFICADO DE GRAVAMEN 3. CONTRATO DE PERMUTA 10. NOTA DE ENTRADA A ALMACÉN 4. ACTA DE ENTREGA 11. INFORME DE TASACIÓN 5. ACTA DE RECEPCIÓN 12. OTROS (especifique) 6. ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN ...................................................................... 7. RESOLUCION DE DONACIÓN ...................................................................... III. BASE LEGAL(1) - , ....................................................................................................... IV. ANTECEDENTES(2) - ....................................................................................................... V. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MUEBLES a) Denominación b) Código patrimonial (para Baja) c) Detalle técnico: - Marca ....................................................................................................... - Modelo ....................................................................................................... - Tipo ....................................................................................................... - Color....................................................................................................... - Dimensiones ....................................................................................................... - Número de serie ....................................................................................................... - Número de placa de rodaje ....................................................................................................... - Número de motor ....................................................................................................... - Número de chasis ....................................................................................................... - Año de fabricación ....................................................................................................... d) Estado de conservación:(3) - Nuevo (N) - Bueno (B) - Regular (R) - Malo (M) Para el caso del procedimiento de Alta o una causal de alta no tipificada: (e) Valor (S/.) (f) Causal de Alta Para el caso del procedimiento de Baja o de una causal de baja no tipificada: (g) Valor (S/.) (h) Causal de Baja VI. ANÁLISIS(4) - ....................................................................................................... VII. OBSERVACIONES O COMENTARIOS - ....................................................................................................... VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES (5) ....................................................................................................... Fecha: ....... de .................. del 200.... ............................................... Ing. Julio Barra Unidad Orgánica Responsable De Control Patrimonial
  • 5. Base Legal Ley 29151.- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA.- Reglamento de la Ley 29151 Directiva Nº 004-2002/SBN.- Procedimientos para el Alta y la Baja de los bienes muebles de propiedad estatal Ing. Julio Barra
  • 8. Muestra de Bienes para Baja Ing. Julio Barra
  • 9. Muestra de Bienes para Baja Ing. Julio Barra
  • 10. Muestra de Bienes para Baja Ing. Julio Barra
  • 11. Causales de Baja de Bienes Muebles Causales: Estado de excedencia. Recae en los bienes que, encontrándose en condiciones operativas, no son utilizados por la entidad pública titular de los mismos y se presume que permanecerán en la misma situación por tiempo indeterminado. Obsolescencia técnica. Se presenta cuando los bienes a pesar de encontrarse en condiciones operativas, no permiten un eficaz desempeño de las funciones inherentes a las entidades propietarias, en comparación a lo que se obtendría con bienes que cumplen las mismas funciones, debido a los cambios y avances tecnológicos. Mantenimiento o reparación onerosa. Procede cuando el costo de mantenimiento, reparación o repotenciación de un bien es significativo, en relación con su valor real. Ing. Julio Barra
  • 12. Causales de Baja de Bienes Muebles Causales: Pérdida, robo o Hurto. Debe sustentarse con la denuncia policial y el Informe que emita la entidad pública. Siniestro (fenómenos de la naturaleza) Recae en el bien que ha sufrido daño, pérdida, o destrucción parcial o total, a causa de un incendio o fenómeno de la naturaleza, lo cual deberá ser sustentado con la información de los daños ocasionados, expedida por organismos competentes, cuando corresponda. Destrucción Opera cuando el bien ha sufrido un daño grave a consecuencia de hechos accidentales o provocados que no sean calificados como siniestro. Esta causal será sustentada sobre la base de la denuncia policial, cuando corresponda. Ing. Julio Barra
  • 13. Causales de Baja de Bienes Muebles Causales: Reposición Es de aplicación cuando debido a la garantía otorgada por el proveedor, un bien es reemplazado por otro de características iguales, similares, mejores o equivalente en valor comercial Reembolso. Procede cuando la reposición del bien no es posible y en su lugar existe un desembolso de dinero a favor de la entidad pública. El dinero a reembolsar debe corresponder al valor de adquisición o al valor comercial del bien, según sea el caso Para semovientes (regulada por Directivas internas). Cualquier otra causal previa opinión favorable de la SBN. La entidad pública debe presentar ante la Superintendencia de Bienes Nacionales, un Informe Técnico-Legal que sustente la causal no prevista. Ing. Julio Barra
  • 14. Documentos que sustentan el Informe Técnico - Documento interno de la Dependencia y/o Oficina de la Entidad en la que solicita la baja de los bienes. bienes. - Informe de evaluación de la oficina especialista de corresponder. corresponder. - Denuncia Policial e informe del Denunciante para el caso de perdida, robo y/o Hurto. Hurto. - Copia del Contrato de Seguro - Documento de reposición. reposición. - Certificado de defunción para el caso de muerte de semovientes. semovientes. - Copia del Informe Final del Inventario. Inventario. - Relación detallada y valorizada de los bienes. bienes. - Para vehículos adjuntar certificado de DIPROVE, RPV y tarjeta de propiedad. propiedad. - Fotografías de ser necesario. necesario. - Otros. Otros. Ing. Julio Barra
  • 15. PROCEDIMIENTO PARA LA BAJA BIENES PATRIMONIALES Unidad Orgánica de Control Patrimonial INFORME TÉCNICO - Relación de Bienes - Detalle técnico y valores - Identificación de la Causal - Sustento de la Causal - Documentos sustentatorios - Especificar si es útil o No para el Sistema Educativo. - Especificar si el bien esta en calidad de chatarra - RECOMENDAR DISPOSICIÓN PROYECTO DE RESOLUCION La OGA de encontrarlo conforme aprobara la ADMINISTRACIÓN baja dentro de los 30 días RESOLUCION ANEXO DE BIENES DE BAJA Util al Sist. Educativo No Util al Sist. Educativo Plazo Plazo Disposición final 05 días hábiles 20 días hábiles (05 meses) SBN & UGEL SBN Ing. Julio Barra
  • 17. FORMATO PARA INVENTARIO DE MOTOCICLETAS ENTIDAD : MARCA : FECHA : COLOR : MODELO : AÑO : Nº MOT OR : LLAVES : PLACA : CODIGO PAT : T .PROP. : SERIE : DESCRIPCION TIENE (VoBo) CANT. ESTADO OBSERVACION A.- SISTEMA DE MOTOR Cilindros Carburador B.- SISTEMA ELECTRICO Bateria Bobina Relay de Alternador Claxon Faros Delanteros Grandes Luces Posteriores Luces Direccionales C.- SISTEMA DE FRENOS Frenos D.- CARROCERIA Parabrisas delantero Nro. de Tapabarros Asientos Tanque de Gasolina E.- SISTEMA DE TRANSMISION Caja de cambios Cadena F.- SIST. DE SUSPEN.Y DIRECCION Amortiguadores LLantas Aros G.- OTROS ACCESORIOS Espejos laterales OBSERVACION GENERAL : Ing. Julio Barra
  • 18. Información a remitir a la SBN Resolución administrativa de baja, que incluye la relación de los bienes dados de baja con sus códigos patrimoniales (12 dígitos) y valores. Informe Técnico Legal de los Bienes dados de baja, debidamente sustentado. Archivo de los Bienes dados de baja en medio magnético – extraído del SIMI. Certificado de Gravamen y Certificado DIPROVE Copia de la tarjeta de Propiedad. Otros. Ing. Julio Barra
  • 19. Custodia de los Bienes Muebles Los bienes muebles dados de baja quedan bajo la responsabilidad y custodia de la Oficina General de Administración. No serán objeto de inventario ni podrán ser utilizados para las actividades de las entidades públicas. Ing. Julio Barra
  • 20. Cierre de Partida Registral de Vehículos en Calidad de Chatarra La entidad pública tiene la potestad decisoria de solicitar al Registro de Propiedad Vehicular el cierre definitivo de la partida registral de un vehículo de su propiedad (“BAJA DE CIRCULACIÓN”). Esto es recomendable cuando se trate de vehículos en calidad de chatarra o inservibles, ya sea por siniestro, destrucción u otras causas. Lo señalado se encuentra amparado en los Artículos 55° y 56° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular (Res. Nº 087- 2004-SUNARP/SN). Ing. Julio Barra
  • 21. PROCEDIMIENTO PARA LA BAJA DE MEDICAMENTOS Se encuentra regulada en el Anexo 3 "Guía Técnica Administrativa para la Baja de Productos Farmacéuticos" de la Directiva del Sistema Integral de Suministros de Medicamentos e Insumos Médico-Quirúrgico - SISMED aprobado con Resolución Ministerial Nº 1753-2002-SA/ADM, de fecha de publicación 10.11.2002. en la que se determina la intervención del Unidad Orgánica Responsable de Control Patrimonial en el proceso de baja. Ing. Julio Barra
  • 22. PROCEDIMIENTO PARA LA BAJA DE HERRAMIENTAS, MATERIAL MEDICO, EXISTENCIAS DE ALMACEN Y/O OTROS BIENES Deberán revisar el Reglamento Interno de su representada, y lo que dispone al respecto del material médico y/o otros bienes no considerados en el catálogo de la SBN, ya que en él verificará si debe o no intervenir la Unidad Orgánica Responsable de Control Patrimonial. Patrimonial. Si no estableciera la intervención del Unidad Orgánica Responsable de Control Patrimonial Patrimonial, entonces estos deberían ser dados de baja mediante la Resolución Jefatural Nº 335-90- INAP/DNA "Manual de Almacenes del Sector Público Nacional", en cuyo caso no participa el CGP, sólo intervendría, el Almacén, la Oficina Patrimonio y la Dependencia solicitante. Ing. Julio Barra
  • 23. Alta de la Propiedad Mobiliaria Alta de la Propiedad Mobiliaria Es la incorporación física y contable de bienes al patrimonio del Estado o de una Entidad, aprobada mediante Resolución Administrativa. El alta de bienes muebles deberá darse dentro de los 15 días luego de haber sido recepcionada la documentación por la OGA o la que haga sus veces. Ing. Julio Barra
  • 24. Causales Para el Alta de Bienes Muebles Causales: Donación. Se utiliza cuando la entidad pública recibe bienes muebles, a título gratuito, por parte de otras entidades públicas, privadas o particulares. Permuta. Se aplica cuando la entidad pública recibe bienes muebles de entidades privadas o particulares, a cambio de la entrega de bienes a los que ha dado de baja. Reposición. Se usa cuando un bien de características iguales, similares, mejores o equivalente en valor comercial al bien que ha sido dado de baja por la entidad pública, es entregado a título gratuito a favor de ésta por el responsable de la pérdida, robo, sustracción o destrucción del bien; por la compañía aseguradora en el caso de siniestro de bienes asegurados; o por el proveedor en mérito a la garantía del bien adquirido. Ing. Julio Barra
  • 25. Causales Para el Alta de Bienes Muebles Causales: Fabricación, elaboración o manufactura de bienes. Se aplica, cuando éstos son producidos por la entidad pública. Reproducción de semovientes (regulada por Directivas internas de la Entidad). Cualquier otra causal (distinta a la compra), previa opinión favorable de la SBN. La entidad pública deberá presentar ante la Superintendencia de Bienes Nacionales, un Informe Técnico Legal sustentando la causal no prevista. Ing. Julio Barra
  • 26. PROCEDIMIENTO DE ALTA ENTIDAD Unidad Orgánica de Control Patrimonial INFORME TÉCNICO - Relación de Bienes - Detalle técnico y valores - Identificación de la Causal - Sustento de la Causal - Documentos sustentatorios La OGA de encontrarlo PROYECTO RESOLUCIÓN conforme aprobara la baja dentro de los 30 días ADMINISTRACIÓN RESOLUCION ANEXO DE BIENES CON SUS VALORES UOCP: ASIGNARA EL CODIGO Ing. Julio Barra
  • 27. DISPOSICIONES GENERALES PARA EL ALTA Se darán de alta los bienes descritos en el Catálogo de Bienes Muebles del Estado. No son objeto de incorporación: Los bienes adquiridos con la finalidad de ser donados de forma inmediata. Los adquiridos por norma expresa con el fin de ser entregados a terceros, en cumplimiento de fines institucionales. Ing. Julio Barra
  • 28. Inscripción de Vehículos en los Registros Públicos Los vehículos deben registrarse en el Registro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral correspondiente, a nombre de la entidad propietaria. Norma legal (requisitos y procedimiento): Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por Resolución N° 087-2004-SUNARP/SBN, modificado por Resolución N° 112-2005-SUNARP. Ing. Julio Barra
  • 29. Incorporación al Patrimonio Institucional Aprobada el Alta de los Bienes Muebles, éstos deben registrarse en los libros contables, en la cuenta que corresponde según el Plan Contable Gubernamental (Activo Fijo o No Depreciable), consignando el código patrimonial y valor que corresponde. El bien dado de alta deberá estar incluido en el inventario que se remite cada año a la SBN. Ing. Julio Barra
  • 30. Gracias! Ing. Julio Cesar Barra Ccasani jbarraccasani@yahoo.es Profesionales de la Jefatura de Patrimonio Mobiliario Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 3174400 Anexo 515 Ing. Julio Barra