1. La Alcaldía, y las Entidades de
Gestión Municipal
Los Municipios en un sentido jurídico y político, han adoptado una estructura
organizativa basada en la descentralización de los poderes políticos y
administrativos.
Según la Ley Orgánica del Poder Publico
Municipal; el poder político municipal se
organiza y se ejerce atreves de 4 funciones
administrativos.
Función Ejecutiva Función Deliberante Función de Control fiscal Función de Planificación
Desarrollada por el Alcalde; le
corresponde la ejecución
administrativa y de gobierno. Sus
atribuciones son:
Ser el jefe de ejecutivo
municipal
Ejercer la administración y
gerencia de recursos
propios del municipio
Función que corresponde al
Consejo Municipal. El cual está
formado por los concejales del
municipio. Sus atribuciones son:
Supervisar la gestión
ejecutiva del Alcalde
Ejercer la administración y
gerencia de recursos
propios del municipio
El control fiscal le corresponde a la
Contraloría Municipal, a la cual
según lo establecido en la ley se le
atribuyen la siguiente función:
Autorizar las Tasas,
impuestos y contribuciones
exigibles en el municipio
Corresponde al Consejo Local de
Planificación Publica. Cuya función
en el diseño del plan de desarrollo
municipal.
Ejercer Control y vigilancia
de los bienes y recursos
municipales.
Dar asistencia a otros
órganos del municipio en
materia de desarrollo
Isaac Mendoza