2. Importancia del transporte de pasajeros
Es un sector con mucho peso en la economía
Asegura un servicio público (transporte de pasajeros)
Facilita el desarrollo descentralizado de las empresas:
Medios utilizados:
Autobús
Ferrocarril
3. Elementos del contrato de transporte de
viajeros
Elementos personales:
Transportista: persona física o jurídica
Viajero
Elementos reales:
Precio del transporte
Elementos formales:
Talón de transporte (Billete y talón de equipaje)
Valor probatorio de la existencia del contrato
4. Clases de transportes
Transporte regular de viajeros
Transporte discrecional de viajeros
Transporte turístico y con contratación individual
Transporte internacional
Transporte escolar
5. Transporte regular
Se realiza reiteradamente
con un mismo itinerario
Previamente establecido
Según calendario y horarios prefijados
6. Transporte regular
Puede ser:
Según destinatario:
Uso general (líneas regulares)
Uso especial (trabajadores, u otros grupos)
Según su continuidad en el tiempo
Permanentes (necesidades de carácter estable)
Temporales (necesidades esporádicas: ferias, eventos…)
7. Transporte regular
Son servicios públicos de titularidad administrativa:
AGE
CCAA
EELL
Se adjudica mediante concesión (contrato administrativo)
Cabe la posibilidad de que la administración lo preste mediante una empresa
mixta (ámbito urbano)
La adjudicación es mediante concurso público
8. Transporte regular, acuerdo concesional
Itinerario del servicio
Número de expediciones, calendario y horario
Número mínimo de autobuses
Propios
En ocasiones se permite vehículo cedidos con conducto de empresas colaboradoras
Condiciones técnicas y de seguridad de los vehículos
Tarifas
Lo fija la administración (no se puede cobrar más, aunque sí menos)
9. Transporte regular, acuerdo concesional
Plazo de la concesión
No más de 10 años
Como regla general han de disponer de autorización de transporte discrecional
Los vehículos han de ir identificados con un rótulo con:
Nombre de la empresa concesionaria
Identificación de la concesión
Origen y destino
10. Transporte regular, acuerdo concesional
Se han de utilizar las paradas existentes
Causas de exclusión de una persona al servicio:
Sobrepasar plazas
No pagar precio
No salubridad e higiene
Portar objetos peligrosos o incómodos
Alterar normas de convivencia
Llevar registro diario (rutas, conductores, billetes, recaudación…)
11. Transporte regular temporal
La administración ha de acordar:
Su establecimiento
Condiciones de realización
Adjudicación a la empresa
Su adjudicación es muy parecida a la regular
Sólo que no termina con un contrato de concesión
Sino con una autorización especial
Plazo de 1 año, prorrogable hasta 5
Autorización de VD. Vehículo Discrecional
Hoja de reclamaciones
12. Transporte de viajeros discrecional
No tiene reiteración de itinerario, calendario ni horario
Suele ser para:
Circuitos
Excursiones
Transfer
13. Transporte de viajeros discrecional
Suele ser bajo un único contrato:
Cubre la totalidad del vehículo
No cabe cobro individual de plaza salvo:
Acontecimientos de afluencia masiva de público (siendo insuficiente el regular)
Carácter ocasional del servicio, no proceda el abastecimiento por transporte regular
Servicios con finalidad específica e independiente
Transporte con una finalidad común a la totalidad de viajeros
14. Transporte de viajeros discrecional.
Autorización VD
Se otorga una única autorización por empresa
No tiene límite temporal prefijado
Validez condicionada a la comprobación periódica (Visado) cada dos años
(impares)
No están sujetos a tarifas obligatorias, las partes pueden pactar su precio.
15. Transporte de viajeros discrecional.
Autorización VD, requisitos.
Ser persona física de nacionalidad española o UE, o permiso de trabajo o ser
sociedad mercantil
Cumplir obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social
Capacitación profesional
No haber sido sancionado
Contar como mínimo con 5 autobuses que sumen 90 plazas
16. Transporte de viajeros discrecional.
Autorización VD. En la UE
los servicios discrecionales están liberalizados
no necesitan autorización específica
Pudiendo realizarse bajo un documento de control
17. Transporte de viajeros discrecional.
Autorización VD. Hoja de ruta
Cuaderno de 25 hojas, doble ejemplar, separables, a nombre del transportista,
intransferible
Rellenar de manera legible e indeleble:
Por transportista o conducto para cada viaje
Antes del inicio del viaje
Válida para todo el recorrido
Original a bordo del vehículo durante todo el viaje
Copia en sede de la empresa
Se obtiene en:
Dirección General de transportes terrestres
Delegaciones de Gobierno
Asociaciones de transportistas
18. Acuerdo INTERBUS
Regula el transporte discrecional internacional. INTERBUS
UE, Bosnia Herzegovina, Moldavia, Turquía, Albania, Macedonia, Montenegro.
Recoge la mayor parte de las medidas de liberalización del acuerdo ASOR
Incorpora medidas sociales, fiscales y técnicas
basadas en la no discriminación entre las partes contratantes
Sustituye a los acuerdos bilaterales celebrados entre las partes contratantes
19. Acuerdo INTERBUS
Están exentos de autorización:
Viajes a puerta cerrada
Servicios de ida con pasaje y vuelta sin pasaje
Ida sin pasaje y recogida de viajeros en el mismo lugar
Operaciones de tránsito en combinación con servicios discrecionales
Vehículo para sustituir a vehículo averiado.
Los demás servicios han de tener autorización
Llevar hoja de ruta
20. Transportes turísticos
Se considera una variante del discrecional.
Formando parte de un paquete comercializado por agencia de viajes
Incluye al menos dos de los siguientes elementos:
Alojamiento al menos de 1 noche
Manutención alimenticia
Servicios turísticos no accesorios del propio transporte (cursos, eventos deportivos,
guías turísticos…)
Si es ida y vuelta en menos de 8 horas, se exige al menos una de las anteriores
21. Transportes turísticos
Los que comercializados por agencias de viajes junto con transporte aéreo,
marítimo o ferroviario:
El precio no exceda el 40%
Se puede comercializar el cobro individual por plaza, incluso ser periódico
El precio del paquete ha de ser >30% de la tarifa regular
22. Transporte con contratación individual
Contratación individual y cobro por asiento de transportes turísticos
Facilitando a cada viajero un billete con:
Especificación de que se trata de un servicio turístico.
Trayecto que comprende
Prestaciones complementarias
Precio total
23. Transporte con contratación individual
Si tienen carácter periódico y reiteración de itinerario, y coincida con un
transporte regular
El precio de la combinación contratada en la que estén incluido
Ha de ser > 30% de la tarifa del regular.
Las agencias de viaje pueden realizar estos transportes
Si son esporádicos
Van dirigidos a un grupo homogéneo de usuarios
Teniendo un objetivo común a todos los usuarios
24. Transporte internacional. Clasificación
Servicios regulares (itinerario y frecuencia determinados
Servicios regulares especiales (grupo homogéneo de personas, militares,
estudiantes…)
Servicios discrecionales (los pueden explorar grupos de transportistas en común)
Servicios lanzadera
Transporta en varios viajes de ida y vuelta
Desde un mismo punto de destino
A viajeros previamente organizados en grupo
El grupo de ida es distinto el grupo de vuelta
En la UE no se considera distinto de los discrecionales
25. Transporte internacional. Clasificación
Servicios de cabotaje
Realizado íntegramente en el territorio de un estado extranjero
Por transportistas no establecidos en el mismo
Se basa en la libre prestación de servicios
Transporte por cuenta propia
Persona física o jurídica
Con fines no comerciales
El transporte sea una actividad accesoria
Vehículos de su propiedad
Circulación en tránsito
Se atraviesa un país sin tomar viajeros
26. Transporte internacional
Es preciso considerar el acuerdo INTERBUS
Se puede distinguir entre:
Transporte liberalizado
Transporte no liberalizado
27. Transporte internacional
En el ámbito de la UE están liberalizados:
Los servicios discrecionales
Servicios regulares especiales
Servicios en régimen de cabotaje
Transportes por cuenta propia (requiere sólo autorización del estado de matriculación)
En estos casos se requiere licencia comunitaria
Tanto el acuerdo ASOR como el INTERBUS
Establecen transportes exentos de autorización
Obligación de cumplimentar hoja de ruta respecto a viajeros
Llevar a bordo licencia comunitaria.
28. Transporte internacional. Licencia
comunitaria.
Documento habilitante
Común a todos lo países de la UE
Permite realizar transportes dentro de su ámbito
Deben estar amparados todos los autobuses que:
Realicen transportes liberalizados o no
La licencia se otorga por cada Estado miembro a:
Transportistas residentes
Que cumplan con uno de estos dos requisitos:
Ser titular de autorización discrecional (VD)
Acreditar capacidad profesional
La licencia tiene una vigencia de 5 años
29. Transporte internacional. Transporte no
liberalizado
En ámbito de la UE:
Servicios regulares de uso general y regulares especiales
Que no estén amparados en un contrato
En ámbito de ASOR e INTERBUS y otros acuerdos suscritos por España:
Servicios regulares de cualquier tipo
Servicios lanzadera
Discrecionales
Transporte por cuenta propia.
30. Transporte internacional. Transporte no
liberalizado
Se necesita autorización específica:
Autorización multilaterales
Autorizaciones bilaterales
La autorización debe llevarse a bordo
Las empresas han de estar inscritas en el REITIVI
La autoridad competente es la Administración española
A nombre del transportista, no transferible
Duración de 5 años.
31. Transporte escolar de menores
Transporte regular de uso especial
Los menores compartan un mismo centro:
Varios puntos de salida con uno de destino
Varios puntos de llegada con uno de salida
No entre en colisión con líneas regulares
No está sujeto a tarifas obligatorias
Servicio contratado entre el transportista y un representante de los usuarios
Necesaria la presencia de un adulto idóneo durante todo el viaje (Acompañante):
Cuidado de menores
Acompañarlos al interior del centro (en los casos establecidos)
32. Transporte escolar de menores. Funciones
del acompañante
Comprobar que nada vaya de pie
Cada niño debe ocupar una plaza
Conocer los mecanismos de seguridad
Vigilar la subida y bajada de los menores
Controlar a los menores en todo momento
Evitar que los niños molesten al conductor
Revisar la adecuación de las mochilas
Comprobar si faltan alumnos
Atender a niños indispuestos
Comprobar que los niños se quedan a cargo de un familiar al finalizar el viaje
33. Transporte escolar
El tiempo máximo de permanencia en vehículo no sea superior a una hora por cada
sentido
Los vehículos no superen los 16 años de antigüedad
El asiento del conductos con pantalla transparente
Puertas de servicio operadas por el conductor
Dispositivos de apertura y cierre protegidos
Asientos con cinturón de seguridad
Piso del autocar antideslizante
Bordes de escalones de colores vivos
Limitador de velocidad
Distintivo específico visible en parte frontal y posterior durante todo el servicio
34. Derechos del transportista
Recibir un precio por el transporte realizado (tarifa)
Fijación directa, convencional o libremente
Fijación por poderes públicos
La tarifa ha de ser:
Justa
Razonable
35. Obligaciones del transportista
Entrega de un billete al viajero:
Documento que hace prueba de la celebración del contrato
Trasladar al viajero del punto de origen al de destino
Obligación de indemnizar al viajero en caso que corresponda
Exista contrato
Perjuicio real y demostrable
No se deba a fuerza mayor o caso fortuito
Concertar un seguro obligatorio de viajeros (SOVI)
Compatible con otros seguros
Responde subsidiariamente el Consorcio de Compensación de Seguros
36. Obligaciones del transportista
Ser responsable desde el momento de la salida o embarque, y por el límite
reglamentario de:
Custodia del viajero
Sustracción o deterioro de equipajes facturados (salvo fuerza mayor)
Admitir al viajero portador de billete
Poner el vehículo a disposición del viajero
Cumplir los plazos pactados
37. Obligaciones del transportista
Cumplir la ruta prevista salvo fuerza mayor
Facilitar el libro de reclamaciones
Entregar equipajes
Facilitar desembarque de pasajeros
38. Derechos y obligaciones del conductor
Formación del conductor
Permiso de conducción
Directiva 2003/59/CE establece:
Cualificación inicial (Certificado de Aptitud Profesional)
Formación continua
Abstenerse de realizar actos que distraigan la conducción
Velar la conducción, y las subidas y bajadas de los pasajeros
Conducir con diligencia profesionalidad y precaución.
Detener el vehículo en las paradas lo más cerca de las aceras y/o dársenas
Estar e condiciones de controlar el vehículo
Cumplir con la normativa de tráfico.
39. Derechos y obligaciones del conductor
Derecho a ser tratado con educación y respeto por el viajero
Formación continua
Respeto a los tiempos de conducción y descansos.
40. Derechos del viajero
Ser transportado según el título de transporte (billete)
Billete:
Empresa que realiza el transporte
Origen de viaje y hora de salida
Destino y hora de llegada
Precio del transporte, con todas las tasas
Coche, clase y número de plaza.
Derecho a recibir un trato correcto por parte del personal de la empresa
Reclamar y recibir contestación
Vehículo cómodo, higiénico y seguro
41. Derechos del viajero
Seguro Obligatorio de Viajeros
Devolución del precio si se suspende o interrumpe el servicio
Derecho a llevar consigo objetos o bultos de mano
Trato especial para invidentes o personas con movilidad reducida
Las mascotas según las condiciones establecidas por cada compañía.
42. Obligaciones del viajero
Abono del billete
Atender las indicaciones de la compañía
Guardar el billete durante todo el trayecto
Abstenerse de comportamientos peligrosos para su integridad física
Solicitar con antelación la parada del vehículo para ascender o descender
Respetar las reservas de asiento para Personas con Movilidad Reducida
Tratar a los vehículos con el mayor cuidado
No distraer al conducto y hablarle