Mapa conceptual PROCEDIMIENTO ESPECIAL JUICIOS CONTRA ALTOS FUNCIONAROS Y DEL...
Mapa de concepto penal ii
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Estudiante:
Arrieta Johanna C.I: 16.750.002
Asignatura: Derecho Procesal Penal II.
Prof. Lourdes Brizuela.
SAIA: I
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
LOS JUICIOS CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DELITOS DE ACCIÓN DEPENDIENTE DE INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA
REPARACIÓN DEL DAÑO Y LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS
2. LOS JUICIOS CONTRA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
SUPUESTOS
PROCEDENCIA
INVESTIGACIÓN PREVIA
FUNCIONARIO COMPETENTE
PRESENTAR QUERELLA
ÓRGANO
COMPETENTE
SUSPENSIÓN
INHABILITACIÓN
Funcionarios públicos
FUNDAMENTACIÓN
TÉCNICAS DOCTRINA
CRITERIOS JURISPRUDENCIA
GLOSARIO
Art. 266 CRBV. Tribunal Supremo
de Justicia: Declarar si hay o no
mérito para el enjuiciamiento
Art. 376 COPP. Corresponde
al Tribunal Supremo de
Justicia declarar si hay o no
mérito para el enjuiciamiento
Delito: es una acción u omisión
típicamente antijurídica, imputable.
Art. 381 Miembros de la Asamblea
Nacional, Magistrados, Ministros,
Fiscal General, Procurador General,
Contralor, Gobernadores, Diplomáticos,
Generales, Almirantes.
Art. 377
381 COPP
El COPP, atribuye a dos órganos del Estado, las funciones de
averiguar la verdad y decidir conforme a la ley sustantiva, de
esta manera se garantiza que el imputado, pueda defenderse
eficazmente de la hipótesis delictiva.
El defensor expondrá los alegatos correspondientes. Se
admitirán réplica y contrarréplica. El imputado tendrá la
última palabra. Concluido el debate el Tribunal Supremo
de Justicia declarará, en el término de cinco días
siguientes, si hay o no mérito para el enjuiciamiento.
El o la Fiscal General de la
República. Cualquier ciudadano
puede querellarse siempre y cuando
tenga cualidad de victima
atendiendo lo establecido en el art.
119 del COPP.
Art. 379. Recibida la querella, el Tribunal Supremo de
Justicia convocará a una audiencia oral y pública dentro
de los treinta días siguientes para que el imputado o
imputada dé respuesta a la querella.
Recurso de nulidad: medio impugnatorio que
se interpone contra resoluciones judiciales.
Sobreseimiento: Resolución judicial.
Jurisdicción: Potestad constitucional.
EL PROCEDIMIENTO EN LOS DELITOS DE ACCIÓN
DEPENDIENTE DE INSTANCIA DE PARTE AGRAVIADA
Art. 410. publicación
de tres carteles en la
prensa nacional
EL PROCEDIMIENTO PARA LA REPARACIÓN DEL
DAÑO Y LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS
Art. 426. Declarada admisible la demanda, el Juez
ordenará la reparación del daño o la indemnización de
perjuicios mediante decisión que contendrá:
PROCEDENCIA FORMALIDADES
SANCIÓN POR
DESISTIMIENTO
EXPRESO O TÁCITO
ÓRGANO
COMPETENTE
AUXILIO JUDICIAL
TRÁMITE POR
INCOMPARECENCIA
DEL ACUSADO
AUDIENCIA DE
CONCILIACIÓN
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
FACULTADES
Y CARGAS DE
LAS PARTES
MUERTE DEL
ACUSADOR EFECTO
DESISTIMIENTO Art. 416. El
acusador abandone el proceso
AUDIENCIA ORAL Art. 413. Celebrarse
en un plazo no mayor de diez días
Acción Privada Art. 401. COPP. La acusación
privada deberá formularse por
escrito directamente ante el
tribunal de juicio
Art. 409. Admitida la
acusación privada
Art. 402.
Derivada de
los delitos
Art. 403. Juez de Control
ordenará al M.P la práctica
de las diligencias
Art. 417. Herederas asumirá
Art. 412. De no prosperar la conciliación
Art. 411. Tres días antes del
vencimiento del plazo el
acusado podrán realizar
1. Oponer
2. Pedir la imposición medida
de coerción personal.
3. Proponer acuerdos
4. Promover las pruebas
Art. 418. El que ha desistido,
no podrá intentarla de nuevo.
PLAZO
REQUISITOS
PROCEDENCIA
Art. 425. Para la admisibilidad de la
demanda el Juez o Jueza examinará:
Si quien demanda tiene derecho a
reclamar legalmente la reparación
o indemnización.
Art. 422. Firme la
sentencia
condenatoria
Art. 424. Juez se
pronunciará sobre la
admisión o rechazo de la
demanda tres días
siguientes a su
presentación.
Art. 423. La demanda civil deberá
expresar: Datos de identidad, domicilio,
persona jurídica, deberá contener razón
social, la expresión concreta , la cita de
las disposiciones legales
ADMISIBILIDAD
DECISIÓN
Los datos de identificación y
domicilio o residencia del
demandado entre otros.