1. VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Derecho Procesal Penal II
Arvelo, Dancimar
Junio 2016
2. LAS FALTAS
Libro Tercero
Códigos de Policía
Ordenanzas de Convivencia Ciudadana
Aunque ya se rige por
Las faltas no responden
a las condiciones actuales
3. Procedimiento por Falta
Este procedimiento se establece ante el Juez de
Juicio Unipersonal, por ser las penas contempladas
menores de 4 años en su límite máximo
En este caso no procede la admisión de los
hechos y no procede la apelación.
No cabe recurso alguno contra la decisión
(387) y se permite la defensa material; es
pues optativa, facultativa, la presencia del ius
puniendis, del defensor (389
Puede ser el Fiscal Ministerio Público, o
el intendente de la prefectura previa
solicitud de la víctima si la hubiere.
El funcionario actuante o la persona legitimada, con el auxilio
de la policía, citará a juicio al contraventor, con expresión del
tribunal y del plazo dentro del cual deberá comparecer.
. Presente el contraventor, manifestará si admite su
culpabilidad o si solicita el enjuiciamiento. En este último
caso, deberá expresar cuáles son los medios de prueba que
no pueda incorporar por su cuenta al debate y cuál el
auxilio público que necesita para ello.
El funcionario que
haya tenido
conocimiento de
la falta, o aquel
que la ley designe
para perseguirla,
solicitará el
enjuiciamiento
indicando lo
siguiente
1. Identificación del imputado y su domicilio o
residencia;
2. Descripción resumida del hecho imputado,
indicando tiempo y lugar;
3. Disposición legal infringida;
4. Señalamiento de los datos pertinentes,
agregando los documentos y los objetos
entregados por el infractor o que se incautaron;
5. Identificación y firma del solicitante.
4. Procedimiento por Falta
I: De las Faltas que se Refieren a Armas o a
Materias Explosivas
. En caso contrario, el tribunal llamará
inmediatamente a juicio al imputado y al
solicitante; en el mismo acto librará las
órdenes necesarias para incorporar en el
debate los medios de prueba cuya
producción dependa de la fuerza pública
Si el contraventor admite su culpabilidad y no
fueren necesarias otras diligencias, el tribunal
dictará la decisión que corresponda.
El tribunal oirá brevemente a los comparecientes y apreciará los
elementos de convicción presentados, absolviendo o condenando
en consecuencia no se incorporan medios de prueba durante el
debate, el tribunal decidirá sobre la base de los elementos
acompañados con la solicitud.
Las partes comparecerán a la audiencia con
todos los medios probatorios que pretendan
hacer valer.
VII: De las Faltas Referentes a Peligros Comunes
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