1. Facilitadora: ING. ISNET HERNÁNDEZ
Participante: Víctor Hernández
República Bolivariana de Venezuela
Universidad Bicentenaria de Aragua
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
San Joaquín de Turmero- Estado Aragua
Citación y Notificación
EN EL PROCESO CIVIL.
2. CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN
CITACIÓN, Es el acto mediante el cual el tribunal realiza un llamamiento a
una persona natural o jurídica, para que se defienda.
NOTIFICACIÓN, Es el aviso, información, que le suministra el juez a las partes
de la reanudación, de la continuación de un proceso.
3. DIFERENCIAS
CITACIÓN
Es más amplia que la notificación
ya que la notificación se
encuentra contenida en la
citación, debido a que en esta se
le hace saber a la parte
demandada que lo ha sido por
ante el tribunal y le indica donde
debe realizar la contestación de la
demanda, etc.
NOTIFICACIÓN
Hacer saber a las partes que se
llevó a cabo un acto procesal; se
da primordialmente para hacer
saber a las partes la reanudación
de la causa a fin de hacer saber a
partir de cuándo se reactivan los
lapsos procesales.
4. EFECTOS
EFECTOS EFECTOS PROCESALES,PONE A LAS PARTES A
DERECHO, ORIGINA EN EL DEMANDADO LA
CARGA DE COMPARECER A LA
CONTESTACION DE LA DEMANDA,
DETERMINA LA PREVENCION. PERPETÚA LA
COMPETENCIA.
EFECTOS SUSTANTIVOS, CONSTITUYE O PONE
EN MORA AL DEUDOR Y INTERRUMPE LA
PRESCRIPCIÓN
5. NATURALEZA DE LA CITACIÓN
LA CITACIÓN ES DE ORDEN PÚBLICO. O cual
significa que es con validable, si en un juicio
se intenta una demanda y no hay citación
del demandado hay que reponer la causa
hasta el acto de la citación del
demandado, porque entonces se estaría
violando lo consagrado en el debido
proceso (Art. 49 C.R.B.V.)
LA CITACIÓN ES DE ORDEN
PRIVADOCITACIÓN PERSONAL
Es la que impone al demandado o
demandados la comparecencia ante el
juez en un momento determinado, a fin
de practicar o presenciar una diligencia
procesal, formalidad necesaria para la
validez del juicio.