2. De los títulos al portador (501,502)
Son títulos al portador los que no están expedidos
a favor de persona determinada, contengan o no
la cláusula "al portador« y son transmitidos por
simple tradición.
3. La letra de cambio debe contener(504,505)
Denominación de letra de cambio.
Lugar, día, fecha en que se suscribe.
La orden incondicional al girado de pagar una suma
determinada de dinero;
Nombre del girado
Lugar y la época del pago
Nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; y
la firma del girador o de la persona que suscribe a su
ruego o en su nombre.
Se tendrá por no escrita cualquier estipulación de
intereses o cláusula penal.
4. Del Aval (527,529-532)
Tiene como objetivo garantizar en todo o en parte el
pago de la letra de cambio.
Puede prestar esta garantía quien no ha intervenido
en la letra, o cualquier firmante de ella.
Garantiza todo el importe de la letra.
5. Del Aval (527,529-532)
A falta de mención de cantidad queda obligado
solidariamente con aquel cuya firma ha garantizado, y
su obligación es válida aún cuando la obligación
garantizada sea nula por cualquier causa.
El aval que paga tiene acción cambiaria contra el
avalado y contra los que están obligados para con éste
en virtud de la letra.
6. Del Protesto (554)
La letra de cambio debe ser protestado por falta total
o parcial de aceptación o de pago, salvo lo dispuesto
en el artículo 556……
(556)
El girador puede dispensar al tenedor de protestar la
letra, inscribiendo en ella la cláusula "sin protesto".
"sin gastos" u otra equivalente.
7. LA EMPRESA MERCANTIL (644-649
Conjunto coordinado de trabajo, para ofrecer al
publico con propósito de lucro y de manera
sistemática, bienes o servicios.
No pierde su carácter por la variación de sus
elementos ni por falta de establecimiento.
Es repuntada como bien inmueble, se regirá por las
normas de derecho común.
8. Establecimiento de la empresa.
Clientela y fama mercantil.
El nombre comercial.
Contratos de arrendamiento.
Contratos de trabajo.
Todo contrato celebrado con la empresa mercantil debe comprender.
9. El cambio de local de un establecimiento deberá
notificarse con 15 días de antelación a todos los
acreedores del titular, la falta de comunicación da
derecho a exigir daños y perjuicios.
Adquiere el derecho al nombre comercial la persona
que primero lo aplica a una empresa o
establecimiento mercantil.
Se adquiere derecho sobre lemas, emblemas que se
empleen para diferenciar una empresa.
10. El cambio de local de un establecimiento deberá
notificarse con 15 días de antelación a todos los
acreedores del titular, la falta de comunicación da
derecho a exigir daños y perjuicios.
Adquiere el derecho al nombre comercial la persona
que primero lo aplica a una empresa o
establecimiento mercantil.
Se adquiere derecho sobre lemas, emblemas que se
empleen para diferenciar una empresa.