Este documento proporciona orientación general sobre el reporte de precios de droguerías y laboratorios al Sistema Nacional de Información de Precios de Productos Farmacéuticos (SNIPPF) u Observatorio de Precios de Medicamentos. Explica que todos los establecimientos farmacéuticos deben reportar mensualmente los precios de venta de medicamentos y otros productos, y describe los procedimientos para ingresar esta información al portal web, incluyendo los pasos para registrar los precios de manera individual.
1. Área Precios
Unidad Funcional de Acceso a Medicamentos - UFAM
Dirección de Farmacovigilancia, Acceso y Uso-DFAU
Lima, setiembre 2017
DIGEMID
SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PRECIOS
DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
“Orientación General sobre el reporte de precios
de droguerías y laboratorios al portal web
Observatorio de Productos Farmacéuticos y
requisitos para la exceptuación por el no reporte”
11. DIGEMID
Especialidadfarmacéutica(EF): Medicamento de composición e información definidas, de
forma farmacéutica y dosificación determinadas, preparado para su uso medicinal
inmediato, dispuesto y acondicionado para su dispensación al público, con denominación,
embalaje, envase y etiquetado uniformes, al que la Administración del Estado otorgue
autorización sanitaria e inscriba en el Registro de especialidad- des farmacéuticas .
Fuente: Libro “Especialidad Farmacéutica, precio referencia y sustituciones”. Autor: Dr. Jose
Suñe A. Catedrático de la Fac. de Farm.-Barcelona-España.
14. R.M. Nº 341-2011/MINSA(Modificatoria)
R.M. Nº 040-2010/MINSA
15/01/2010
06/05/2011 D.S. 014-2011-SA
Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos
27/07/2011
• Procedimientos.
Marco Legal para aplicación del OPM
Ley 29459 Ley de Productos Farmacéuticos
26/11/2009
• Obligación
Reportar información de precios al sistema OPM
DIGEMID
Art. 30° Registro a través de la Disa/Diresas
-Modifican Escala de infracciones
-Transfiere funciones de controly
vigilancia a las DISAS/DIRESAS
• Crea el OPM
Escala de sanciones D.S. 033-2014-SA Modif. al
Reglamento de Establecimientos
Farmacéuticos
06/11/2014
15. Es un sistema de información
al servicio del ciudadano que
brinda información sobre los
precios de venta de los
medicamentos que son
comercializados en las
Farmacias, Boticas y servicios
de farmacia a nivel nacional.
DIGEMID
16. Procedimiento para el envío de
información de precios de productos
farmacéuticos al portal web Observatorio
de Precios de Medicamentos
Sistema Nacional de Información de Precios de Productos Farmacéuticos
DIGEMID
17. 1. Laboratorio.
2. Droguerías.
3. Farmacias y boticas del sector publico
y privado, incluidas las que funcionan
en establecimientos de salud
públicos, privados o mixtos.
DIGEMID
¿Quienes deben reportar?
Todos los establecimientos farmacéuticos que operan en el país y
que comercializan medicamentos y productos biológicos.
19. Laboratorios y Droguerías.
Precios de venta al canal privado.
P1: Precio Máximo.
P2: Precio Mínimo.
P3: Precio Mediana.
¿Que información deben enviar?
Incluyendo todos los descuentos de alcance general.
DIGEMID
Farmacias y Boticas.
Precios de venta al publico.
P1: Precio Empaque.
P2: Precio Unitario.
Los Precios de los medicamentos (especialidad
Farmacéutica) y/o productos biológicos.
En Nuevos Soles
Con 2 decimales
20. DIGEMID
¿CUÁL ES EL PRECIO A REPORTAR POR DROGUERIAS Y LABORATORIOS?
• Los laboratorios y droguerías remitirán el precio mínimo, el precio
máximo y la mediana de los precios de venta de cada producto, sin
incluir el IGV de las ventas efectuadas en el mes anterior al mes de
envío de la información a establecimientos del sector privado.
• El precio a reportar incluirá las deducciones que por concepto de
bonificaciones del mismo y descuentos comerciales que efectúe la
empresa.
• Las bonificaciones de productos farmacéuticos con valor cero, no se
consideran para el cálculo del precio mínimo.
• Las ventas que efectúen los laboratorios y droguerías al sector
público no están sujetas al reporte de precios.
Directiva Administrativa N° 176-MINSA/DIGEMID V.01
21. DIGEMID
¿Cómo reconocer los productos a reportar?
Se Debe Reportar
Especialidades
Farmacéuticas
(nacionales,
extranjeras, genéricas
y de marca) y
Productos Biológicos
22. ¿Cuándo se envía el reporte?
1. Todos los meses.
2. Cualquier día del mes,
preestablecido?
Dentro del mes.
3. Cada 30 días? NO
4. Existe un cronograma
NO
SI
SI
DIGEMID