Este documento resume los conceptos clave de la filiación en derecho de familia. Explica que la filiación es la relación jurídica entre padres e hijos que genera derechos y obligaciones. Describe dos tipos de filiación - biológica y jurídica - y explica que aunque la filiación depende de la paternidad y maternidad, no siempre coinciden la filiación y la procreación biológica. También resume las clases de filiación consanguínea y adoptiva, y los elementos de la filiación matri
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Integrante: Mireya Cortez CI: 25141434Derecho de la Familia
Saia: D
2. la filiación
Es la relación jurídica que se establece entre padres e hijos y de la que se
derivan una serie de derechos y obligaciones.
Ejemplo:
•Apellidos
•Nacionalidad y vecindad civil
•Alimentos
•Guarda y custodia
•Patria potestad
•Derechos sucesorios
3. Tipos de la filiación
A. Filiación biológica es el vínculo natural que existe entre generante y generado. Se da siempre en
todas las personas, pues todo individuo es, necesariamente, hijo de un padre y de una madre.
B. Filiación jurídica es el vínculo de derecho existente entre padres e hijos, derivado de la relación
biológica que supone la generación. La filiación jurídica, a diferencia de la filiación biológica, no siempre
existe, ya que el Derecho, para reconocer efectos jurídicos al hecho natural de la procreación, requiere
su comprobación.
4. Filiación y procreación
la filiación esté determinada por la paternidad y la maternidad, la procreación constituye el
presupuesto biológico fundamental en la constitución de la relación jurídica paterno filial. Ésta es
una categoría jurídica referida a aquel presupuesto. No obstante, no siempre hay equivalencia
entre la filiación y la procreación, de allí que pueda darse el caso de padres progenitores –existe
coincidencia entre filiación y procreación - cuando quienes figuran legalmente como padres de
sangre de un hijo, lo son realmente, biológicamente hablando.
5. FILIACIÓN CONSANGUÍNEA
Clases de filiación
FILIACIÓN ADOPTIVA
Elementos de la filiación matrimonial y extramatrimonial:
Los elementos de la filiación matrimonial son: el matrimonio de los padres, la maternidad. La paternidad y la
concepción dentro del matrimonio. Del concurso de ellos resulta la filiación matrimonial.
la filiación extramatrimonial: Precisamente porque en esta especie de filiación los progenitores no están
vinculados por el matrimonio, el parentesco del hijo extramatrimonial con su padre es absolutamente
independiente del parentesco que existe entre aquel y su madre
Unión biológica que existe entre el padre y el hijo, esta
filiación se divide en matrimonial y no matrimonial, siendo
la primera clasificación aquellas en donde el hijo es
concebido y nacido dentro del matrimonio
Acto jurídico mediante el cual se crea un vínculo de
parentesco entre una o dos personas, de tal forma que
establece entre ellas una relación de paternidad y/o
maternidad
6. La maternidad y la paternidad
1. La maternidad. Es el vínculo jurídico que une al hijo con su madre. Deriva del parto, que es un
hecho cierto de prueba fácil. Se de muestra por el parto, pues madre es quien da a luz al hijo. Su
prueba incluye dos elementos: la prueba del parto dela mujer y la de la identidad dela persona cuya
maternidad se trata de establecer, con la que dio a luz la mujer.
2. La paternidad. Es el vínculo jurídico que une al hijo con su padre. La paternidad no es susceptible
de prueba directa, pues resulta de la concepción y ésta es un hecho biológico envuelto siempre de
misterio.