LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
Filia Jurídica Vs Biológica
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
LA FILIACIÓN
Integrante:
Héctor Alvarado
2. LA FILIACIÓN
A. Filiación biológica es el vínculo
natural que existe entre generante y
generado. Se da siempre en todas las
personas, pues todo individuo es,
necesariamente, hijo de un padre y
de una madre.
A. Filiación biológica es el vínculo
natural que existe entre generante y
generado. Se da siempre en todas las
personas, pues todo individuo es,
necesariamente, hijo de un padre y
de una madre.
B. Filiación jurídica es el vínculo de derecho
existente entre padres e hijos, derivado de
la relación biológica que supone la
generación. a diferencia de la filiación
biológica, no siempre existe, ya que en el
Derecho requiere su comprobación.
B. Filiación jurídica es el vínculo de derecho
existente entre padres e hijos, derivado de
la relación biológica que supone la
generación. a diferencia de la filiación
biológica, no siempre existe, ya que en el
Derecho requiere su comprobación.
La filiación es la relación jurídica entre los progenitores padre/madre y sus
descendientes directos hijo/hija. Otra idea dice que la filiación es un vínculo
existente entre el padre o la madre y su hijo, visto desde el lado de los hijos,
formando el núcleo social primario de la familia.
La filiación es la relación jurídica entre los progenitores padre/madre y sus
descendientes directos hijo/hija. Otra idea dice que la filiación es un vínculo
existente entre el padre o la madre y su hijo, visto desde el lado de los hijos,
formando el núcleo social primario de la familia.
3. Dentro del concepto de la familia, la filiación es el elemento fundamental y
básico de su estructuración y junto con el matrimonio conforman el soporte
del Derecho de familia. Además: Constituye el origen y fuente del
parentesco.de consanguinidad. Mana lo que es la patria potestad. Es la base
de los deberes y derechos de los padres con los hijos y de éstos con sus
padres. Produce derechos no intestados (que no aparecen escritos en
testamento) sobre derechos herenciales. Origina incapacidades legales. La
identidad.
IMPORTANCIA DE LA FILIACIÓN
4. Es el vínculo jurídico que une a un hijo con su madre. La maternidad
siempre es cierta, porque siempre se sabe quién es la madre. El parto es
un elemento de la identidad del hijo. La prueba del parto es muy sencilla,
razón por la cual, la identidad de la madre casi nunca se discute
Determinación de la filiación MaternaDeterminación de la filiación Materna
5. El capítulo II del título V del Código Civil Venezolano establece la determinación y
la prueba de filiación paterna.
Determinación y Prueba de Filiación Paterna:
6. La filiación tiene importantes efectos jurídicos. Podemos citar, entre los más importantes, los
siguientes:
En el caso de derecho de familia, la filiación origina la patria potestad, el que en algunas
legislaciones se divide en la custodia personal del menor y la custodia patrimonial de sus bienes, la
obligación alimenticia en caso de vida separada de los padres,
El derecho a la relación directa y regular entre el hijo y el padre que no tiene la custodia del
primero, el deber de socorro y ayuda mutua, el deber de educar al hijo.
En el caso de derecho sucesorio, en algunos sistemas, la filiación obliga a la reserva de
la legítima y es el heredero legal prioritario (junto con el resto de hermanos).
La filiación determina los apellidos de la persona, que se regirán en función de la legislación
concreta aplicable.
Entre los efectos extraciviles podemos mencionar:
En derecho penal la filiación puede alterar la punibilidad de un delito, en algunos casos como
excusa legal absolutoria, y en otras bien como atenuante, bien como agravante.
EFECTOS JURÍDICOS DE LA FILIACIÓN
7.
8.
9. Estas acciones relativas a la filiación, son acciones de estado, porque tienen
por objeto obtener una decisión judicial sobre el estado familiar de una
persona; por que más correctamente podemos afirmar que son acciones
declarativas de estado, puesto que la decisión se contrae a declarar la
preexistencia de un estado familiar.
Estas acciones relativas a la filiación, son acciones de estado, porque tienen
por objeto obtener una decisión judicial sobre el estado familiar de una
persona; por que más correctamente podemos afirmar que son acciones
declarativas de estado, puesto que la decisión se contrae a declarar la
preexistencia de un estado familiar.
Impugnación de paternidad
Impugnación de paternidad
Adquisición de paternidad
Adquisición de paternidad
ACCIONES RELATIVAS A LA FILIACIÓNACCIONES RELATIVAS A LA FILIACIÓN
10. Estas acciones relativas a la filiación, son acciones de estado, porque tienen
por objeto obtener una decisión judicial sobre el estado familiar de una
persona; por que más correctamente podemos afirmar que son acciones
declarativas de estado, puesto que la decisión se contrae a declarar la
preexistencia de un estado familiar.
Estas acciones relativas a la filiación, son acciones de estado, porque tienen
por objeto obtener una decisión judicial sobre el estado familiar de una
persona; por que más correctamente podemos afirmar que son acciones
declarativas de estado, puesto que la decisión se contrae a declarar la
preexistencia de un estado familiar.
Impugnación de paternidad
Impugnación de paternidad
Adquisición de paternidad
Adquisición de paternidad
ACCIONES RELATIVAS A LA FILIACIÓNACCIONES RELATIVAS A LA FILIACIÓN