Este informe presenta la opinión favorable del expediente adicional-deductivo vinculante de obra No 01 para el proyecto de mejoramiento de servicios educativos en tres instituciones educativas en Huancavelica. Se verificó que el expediente cumple con los procedimientos y requisitos. El adicional propone cambios en los cercos perimétricos y accesos de una de las instituciones, y agregar tanques cisterna en las tres, por un costo total de S/. 138,769.99. El deductivo elimina elementos del proyecto original por
1. INFORME Nº –2016-GOB. REG.HVCA/GGR-ORSyL
A : Ing. ANTONIO TAYPE CHOQUE
Gerencia Regional de Infraestructura
ASUNTO : OPINION FAVORABLE DE EXPEDIENTE ADICIONAL-DEDUCTIVO VINCULANTE
DE OBRA Nº 01
REFERENCIA : a) CARTA Nº 48-2016/CONSORCIO J&M/SUPERVISOR DE OBRA
b) CARTA N° 09-2016-ARQ. JPC
c) CARTA N° 014-2016/ING. CIVIL-GYCHG
d) CARTA N° 010-2016/BMCH-SUPERVISOR
e) CARTA Nº 035-2016/CONSORCIO VILLA RICA
f) “Mejoramiento de los Servicios Educativos en el Nivel Inicial de las Instituciones Educativas N°
1058 de Conopa del Distrito de Acostambo, N° 1072 de Chicche del Distrito de Pazos y N° 1076
de Pusqui del Distrito de Acraquia, Provincia de Tayacaja del Departamento de Huancavelica “
FECHA : Huancavelica, 22 de Junio del 2016
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad en merito a los documentos de la Referencia para
su Aprobación del Expediente Técnico de Adicional Deductivo Vinculante de Obra Nº 01 del Proyecto “Mejoramiento de
los Servicios Educativos en el Nivel Inicial de las Instituciones Educativas N° 1058 de Conopa del Distrito de
Acostambo, N° 1072 de Chicche del Distrito de Pazos y N° 1076 de Pusqui del Distrito de Acraquia, Provincia de
Tayacaja del Departamento de Huancavelica “.
1.- DATOS GENERALES DE LA OBRA:
OBRA: “Mejoramiento de los Servicios Educativos en el Nivel Inicial de las Instituciones Educativas N° 1058 de
Conopa del Distrito de Acostambo, N° 1072 de Chicche del Distrito de Pazos y N° 1076 de Pusqui del
Distrito de Acraquia, Provincia de Tayacaja del Departamento de Huancavelica”.
Contrato de Ejecución : N° 543 - 2015/ORA
Ejecutor : Consorcio Villa Rica
Monto del contrato : S/. 3 986,172.39
Factor de relación : 1
Modalidad de ejecución : A Suma Alzada
Representante Legal : Sr. Cipriano Ortiz Chávez
Residentes de Obra : Ing. Jhony Bendezu Acero
Ing. Francisco Llerena Cárdenas
Ing. Luis M. Paredes Soldevilla
Supervisión : Consorcio J&M
Contrato de Consultoría
Representante Legal : Arq. Judith Pérez Cárdenas
Supervisor de Obra : Arq. Judith Pérez Cárdenas
Arq. Beatriz M. Carrión Huamán
Ing. Geovana Y. Chuquillanqui Gutiérrez
Fecha de Firma del Contrato : 23 de Octubre del 2015
Fecha de entrega de Terreno : 06 de Noviembre del 2015
Fecha de inicio de obra : 07 de Noviembre del 2015
Plazo de ejecución : 150 días calendarios
Fecha culminación programada : 04 de Abril del 2016
Ampliación de Plazo N° 01 : 45 días calendarios
Resolución N° 186-2016/GOB.REG-HVCA/GGR a partir del 05-04-2016 hasta el 19-05-16
Ampliación de Plazo N° 02 : 30 días calendarios
Resolución N° 370-2016/GOB.REG-HVCA/GGR a partir del 20/05/16 hasta el 18/06/16
2. 2.- BASE LEGAL
Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del estado y sus Modificatorias.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del
Estado y sus Modificatorias.
Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto.
Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Publica
Directiva N° 001-2011-EF/68.01-Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública.
3.- NATURALEZA, OBJETIVO Y ALCANCE
Presentar el Resultado de la verificación efectuada al cumplimiento de requisitos en el trámite de aprobación, así
como la razonabilidad de ejecución, de los trabajos y costos de las prestaciones adicionales de obra que no superan
el monto requerido para la opinión previa de la Contraloría General de la Republica.
En el Marco de la Normativa Vigente relacionada, entre otras, con el Sistema Nacional de Inversión Pública,
Sistema Nacional de Presupuesto, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
La actividad de control se procedió a la revisión de los documentos remitidos por al Supervisor de Obra con
CARTA N° 48-2016/CONSORCIO J&M/SUPERVISOR DE OBRA.
4.- DOCUMENTOS TRAMITADOS
De fecha 16 de Junio del 2016, Carta N° 48-2016/CONSORCIO J&M/SUPERVISOR DE OBRA, ,
presenta el Expediente Técnico de Adicional y Deductivo Vinculante de Obra Nº 01 para su aprobación
respectiva.
De fecha 14 de Junio del 2016, Carta N° 035-2016/CONSORCIO VILLA RICA remite el expediente
técnico del adicional y Deductivo Vinculante de Obra N° 01 al supervisor de obra para su respectiva
evaluación y pronunciamiento respecto a la procedencia.
5.- ANALISIS TECNICO:
5.1.- VERIFICACION DEL ADICIONAL DEDUCTIVO VINCULANTE DE OBRA N° 01
5.1.1.- Verificación del Cumplimiento de los Procedimientos y Requisitos en el Trámite
DESCRIPCION NO SI
1.- Plazos Conforme al Decreto Supremo N° 138-2012-EF
1.1.-Verificar que mediante Asiento del Cuaderno de Obra, el
Contratista o Supervisor señalo la Necesidad de Elaborar el
Expediente Técnico del Adicional Deductivo de Obra N° 01
X
1.1.-Corroborar que el Supervisor comunico a la Entidad la
Necesidad de Elaborar el Expediente Técnico del Adicional
Deductivo
X
De acuerdo al Art. 207 de la RLCE menciona procedimientos para realizar un Adicional Deductivo Vinculante en el Párrafo
Cinco, La necesidad de tramitar la autorización de la Ejecución de prestaciones adicionales de obra debe ser anotada en el
cuaderno de obra, ya sea por el Inspector o supervisor o por el Contratista. El Supervisor debe Comunicar a la Entidad
sobre la necesidad de elaborar el Expediente Técnico de la prestación adicional de obra. La Entidad debe de definir si la
Elaboración del Expediente Técnico de la prestación adicional de obra estará a su cargo, a cargo de un consultor externo o
cargo del Contratista ejecutor de la obra principal, aprobada conforme al procedimiento previsto en el Artículo 174° del
RLCE.
3. Con MEMORANDUM N° 654-2016/GOB.REG.HVCA/GRI, de fecha 09 de junio del 2016 donde emiten el
pronunciamiento del área usuaria y concluye que la elaboración del expediente del adicional y deductivo
vinculante de obra N° 01 debe ser efectuado por el Contratista.
5.2.- Análisis y Verificación de las soluciones técnicas planteadas del cumplimiento que resulta indispensable para
cumplir con el objeto del contrato.
El supervisor de obra informa con la CARTA N° 48-2016/CONSORCIO J&M/SUPERVISOR DE OBRA que
es necesario e indispensable las modificaciones al expediente inicial por las siguientes razones:
5.2.1.- En el Componente I.E.I N° 1076 de Pusqui, Distrito de Acraquia-Tayacaja-Huancavelica
El cerco perimétrico en los lados A-B, G-H, H-I, I-J, J-K, K-A se encuentran considerados por muros de ladrillos
confinados con columnas y vigas de amarre, por ejemplo en el lado H-I existe muros de contención de una altura
de 7 m y sumando a ello el muro de ladrillo de soga caravista tipo IV de 18 huecos lo cual en altura tiene 3.2 m
como figura en el expediente técnico y en tota hacen 10.20m de altura lo cual significa que a esa altura la fuerza y
velocidad del viento es mayor, originando el peligro de que pueda el muro de ladrillo fallar por volteo debido a que
se encuentra encima del muro de contención y a una altura mayor, por otro lado con esa altura de 10.20m de muro
la institución educativa seria tétrico ya que estaría encerrado por muros altos impidiendo el ingreso a los rayos
solares y en cuanto a la estética no es recomendable para una institución educativa de nivel inicial. Es por eso que
ha visto en la necesidad de cambiar el cerco perimétrico de ladrillo de soga tipo caravista de 18 huecos un cerco
perimétrico metálico como se encuentran planteados en el lado frontal de la construcción lo cual da ría mejor
estética, iluminación y funcionabilidad a la institución educativa en cuanto al planteamiento dado.
Con respecto al acceso principal la institución no cuenta con el acceso para discapacitados ya que en el expediente
el acceso es con graderías con más de 37 peldaños, tampoco cuenta con un acceso vehicular para poder ingresar los
materiales educativos y alimentos para los alumnos; por ello se plantea el acceso principal con rampa con un
descanso y una portada secundaria con acceso vehicular.
Por último con respecto al tanque elevado cuenta con una caseta de maquinarias como electrobomba y generador
eléctrico pero no cuenta con un tanque cisterna lo cual no se estaría dando funcionabilidad al tanque elevado por
ello se plantea un tanque cisterna de polipropileno de 2800Lt. de capacidad.
5.2.2.- En el Componente I.E.I N° 1058 de Conopa, Distrito de Acostambo-Tayacaja-Huancavelica
En este componente el tanque elevado cuenta con una caseta de maquinarias como electrobomba y generador
eléctrico pero no cuenta con un tanque cisterna lo cual no se estaría dando funcionabilidad al tanque elevado por
ello se plantea un adicional tipo vinculante de un tanque cisterna de polipropileno de 2800 Lt. de capacidad.
5.2.3.-En el Componente I.E.I N° 1072 de Chicche, Distrito de Pazos-Tayacaja-Huancavelica
En este componente el tanque elevado cuenta con una caseta de maquinarias como electrobomba y generador
eléctrico pero no cuenta con un tanque cisterna lo cual no se estaría dando funcionabilidad al tanque elevado por
ello se plantea un adicional tipo vinculante de un tanque cisterna de polipropileno de 2800Lt. de capacidad.
4.2.- Análisis en el Adicional de Obra.
Se ha planteado el Adicional de Obra con las siguientes partidas con su metrado correspondiente que será adjuntado en el
presente informe.
EN EL COMPONENTE I.E.I N° 1076 DE PUSQUI, DISTRITO DE ACRAQUIA
1.01 Cerco Perimétrico en Carpintería Metálica
1.02 Rampa en Acceso Principal
1.03 Portada de Ingreso Secundario con Acceso Vehicular
1.04 Tanque Cisterna de 2800 lts.
EN EL COMPONENTE I.E.I N° 1058 DE CONOPA, DISTRITO DE ACOSTAMBO
1.01Tanque Cisterna de 2800 lts.
EN EL COMPONENTE I.E.I N° 1072 DE CHICCHE, DISTRITO DE PAZOS
1.01Tanque Cisterna de 2800 lts.
4. Se ha realizado en base a las partidas nuevas necesarias para la realización del nuevo trabajo de cerco perimétrico metálico.
COMPONENTE SUB - PRESUPUESTO COSTO DIRECTO
01 I.E.I. N°1058 DE CONOPA DEL DISTRITO DEACOSTAMBO 2,021.85
1.01 TANQUE CISTERNA 2,021.85
02 I.E.I. N°1072 DE CHICCHE DEL DISTRITODE PAZOS 2,021.85
2.01 TANQUE CISTERNA 2,021.85
03 I.E.I. N°1076 DE PUSQUIDEL DISTRITODE ACRAQUIA 104,123.26
3.01 RAMPAEN ACCESO PRINCIPAL 60,228.88
3.02 TANQUE CISTERNA 2,021.85
3.03 CERCO PERIMETRICO 33,912.00
3.04 PORTADAEN INGRESO SECUNDARIO 7,960.53
COSTO DIRECTOTOTAL S/. 108,166.97
GASTOS GENERALES (3.72 %) S/. 4,026.37
UTILIDAD (5.00%) S/. 5,408.35
SUB TOTAL S/. 117,601.69
I.G.V. (18.00%) S/. 21,168.30
COSTO TOTALDEL ADICIONAL TIPOVINCULANTE DE OBRA S/. 138,769.99
4.2.- Análisis en el Deductivo Vinculante de Obra.
Se ha realizado en base a las partidas del Expediente Técnico aprobado por la Gobierno Regional de Huancavelica, a lo cual
se tiene el siguiente resumen:
COMPONENTE SUB - PRESUPUESTO COSTO DIRECTO
01 I.E.I. N°1076 DE PUSQUIDEL DISTRITODE ACRAQUIA 108,166.97
3.01 GRADERIA EN ACCESO PRINCIPAL 47,440.42
3.02 MURO DE CONTENCIÓN 16,375.57
3.03
CERCO PERIMETRICO CONMURO DE LADRILLO TIPO
CARAVISTA
44,350.98
COSTO DIRECTOTOTAL S/. 108,166.97
GASTOS GENERALES (3.72 %) S/. 4,026.37
5. UTILIDAD (5.00%) S/. 5,408.35
SUB TOTAL S/. 117,601.69
I.G.V. (18.00%) S/. 21,168.30
COSTO TOTALDEL DEDUCTIVOTIPOVINCULANTEDE OBRA S/. 138,769.99
Se adjunta los metrados, presupuesto, análisis e insumos correspondientes
5.- CONCLUSION
5.1.- Verificado y visto el Expediente del Adicional de Obra N° 01, sustentando por las causales mencionadas en el presente
informe y contando con la recomendación de aprobación del supervisor de Obra, se da la opinión favorable.
5.2.- En tal sentido esta oficina solicita al despacho de la Gerencia Regional de Infraestructura disponga la emisión del
informe de disponibilidad presupuestal que es indispensable para emitir el acto administrativo.
5.3.- También dicho adicional de obra N° 001 debe ser evaluado por el área de la CREET para su respectiva aprobación y
trámite correspondiente.
5.4.- Se concluye que el supervisor de obra amerita una sanción administrativa por inducir a yerros administrativos a la
entidad por el incumplimiento al art. 207° del RLCE, de los procedimientos y requisitos en el trámite de Aprobación del
Adicional de Obra.
5.5.- La sensibilidad del proyecto en relación al costo de perfil técnico y el presupuesto de expediente técnico es de 3.26% el
cual es porcentaje permisible según los parámetros del sistema nacional de inversión pública. A esto se adiciona el 4.22% del
adicional de obra N° 01 teniendo un 7.48% que está dentro de la sensibilidad que estipula las normas.
5.6.- El Presupuesto de Adicional de Obra N° 01alcanza la cifra S/. 76,517.02 Soles y su ejecución demanda un periodo de
ejecución de 21 días calendarios, así mismo incluyendo los gastos de supervisión y gastos administrativos, el monto total de
adicionales del proyecto alcanza la cifra de S/. 78,720,71 soles y su supervisión demanda un periodo de 21 días calendarios.
5.- RECOMENDACION
Por las consideraciones expuestas esta Oficina Regional de Supervisión y Liquidación concluye:
Previa evaluación y aprobación por su despacho se debe emitir la Resolución de Aprobación del Adicional de Obra N° 01
el cual debe efectuarse previa a la emisión del informe de disponibilidad presupuestal que es indispensable para emitir el acto
6. administrativo. Y realizar las modificaciones en el sistema nacional de inversión pública formato N° 16 por el área
correspondiente.
Se adjunta 01 Folder de 120 folios.
Sin otro particular, le reitero las muestras de mi especial estima y referencia personal y profesional.
Atentamente:
.
C/c
Archivo.