El documento proporciona información sobre los beneficios laborales en Venezuela, incluyendo las prestaciones sociales, utilidades y cálculo de vacaciones. Explica que las prestaciones sociales se calculan con base a treinta días por cada año trabajado y que las utilidades corresponden a un mínimo del 15% de los beneficios de la empresa. También describe cómo se calculan las vacaciones en función de los años de servicio y cómo se liquida el pago de vacaciones cuando termina la relación laboral.
4. Editorial
La Revista TODO SOBRE LOS BENEFICIOS LABORALES (RTSLBL) como tal
Revista de investigación, es una publicación electrónica de periodicidad
Semestralmente, editada por el Equipo Mary de la Universidad ANTONIO JOSE
DE SUCRE
Los artículos que se propongan para publicación en la Revista TODO SOBRE
LOS BENEFICIOS LABORALES tienen que ser, necesariamente originales, no
admitiéndose por tanto plagios, clonaciones de trabajos o segundas versiones
previamente publicadas en otras revistas. Esta Revista pretende ofrecer una
panorámica bastante completa sobre temas sobre los cálculos de vacaciones,
prestaciones sociales y vacaciones
TODOS SOBRE LOS
BENEICIOS LABORALES
5. PRESTACIONES SCOCIALES
Nuevo Cálculo de la Liquidación de las
Prestaciones Sociales en Venezuela. El
cálculo para las prestaciones sociales se
encuentra descrito con ejemplos en el
Artículo 142 de la nueva Ley Orgánica del
Trabajo, Los Trabajadores y Las
Trabajadoras (LOTTT), donde se explica la
retroactividad de las prestaciones
sociales.
a) El patrono depositará a cada
trabajador por concepto de
prestaciones sociales el equivalente a
quince (15) días cada trimestre
calculado con el último salario
devengado, este derecho se adquiere
desde el inicio del trimestre.
b) Después del primer año de servicio,
el patrono depositará a cada trabajador
dos (2) días de salario por cada año,
estos son acumulativos con un máximo
de treinta (30) días.
c) Cuando por cualquier causa la
relación de trabajo termine, las
prestaciones sociales serán calculadas
con base a treinta (30) días por cada
año o fracción superior a los seis (6)
meses calculados con el último salario.
d) El trabajador recibirá por concepto
de prestaciones sociales, el monto que
sea mayor entre lo depositado según
los puntos a y b, y el cálculo efectuado
en el punto c.
e) Si por cualquier causa termina la
relación de trabajo antes de los tres (3)
primeros meses, el trabajador tendrá
derecho a cinco (5) días de salario por
cada mes trabajado o fracción.
f) El pago de las prestaciones sociales
debe hacerse dentro de los cinco (5)
días siguientes a la terminación de la
relación laboral, de no cumplirse el
pago dentro de los cinco (5) días,
generará intereses de mora a la tasa
activa determinada por el BCV.
6. UTILIDADES
Las utilidades es la obligación que tiene
el patrono de distribuir parte de las
ganancias que le produce la empresa
gracias y con sus trabajadores. Esa
distribución de la riqueza anual
corresponderá a un mínimo legal de 15%
de los beneficios líquidos
(enriquecimiento neto gravable y de los
exonerados de ISLR) que resulte al
finalizar su ejercicio anual y no podrá ser
menor de 1 mes de salario (calculado con
salario normal promedio devengado en
el último año) y como límite máximo 4
meses, sin embargo esta regla general
tiene su excepción contemplada en el
Art. 139 que señala que las utilidades
pueden convenirse por encima de límite
máximo legal
UTILIDADES
FRACCIONADAS
Los trabajadores que no hayan laborado
el año completo, se les reducirá
proporcionalmente a los meses completos
de servicios prestados.
El cálculo se hará de la siguiente manera:
Se determina el salario normal
mensual promedio devengado por
el trabajador en el último año y se
divide entre 30 para determinar el
salario normal diario.
Determinar cuántos días de
utilidades se le otorga al
trabajador.
Determinar cuántos meses
completos fueron trabajados.
Se multiplica la cantidad de días
de utilidades por la cantidad de
meses completos trabajados, luego
se divide entre 12 y a ese
resultado se multiplica el salario
normal diario.
7. CALCULOS DE
VACACIONES
Una de las épocas más esperadas por
los trabajadores es el período de
vacaciones remuneradas, más el pago
del bono vacacional.
Este es un derecho irrenunciable que te
permite descansar y reponer energías
para realizar tus labores de manera
óptima.
En este artículo veremos cómo se
otorgan las vacaciones en Venezuela y
cómo se paga el bono vacacional.
Además, veremos cómo se liquida el
pago de vacaciones en caso de renuncia
o despido
ACUMULACIONDE
PERIODO
VACACIONAL
La legislación te permite solicitar la
acumulación de hasta 3 períodos
vacacionales en caso de que sea
conveniente para ti.
La fórmula para
calcular los días: 15 +
(años de servicio - 1)
Tabla de ejemplo, días de
vacaciones:
Años de servicio Días de vacaciones
1 año 15 días
2 años 15 días+1= 16 días
3 años 15 días+2= 17 días
4 años 15 días+3= 18 días
5 años 15 días+4= 19 días
6 años 15 días+5= 20 días
7 años 15 días+6= 21 días
8 años 15 días+7= 22 días
9 años 15 días+8= 23 días
10 años 15 días+9= 24 días
11 años 15 días+10= 25 días
12 años 15 días+11= 26 días
13 años 15 días+12= 27 días
14 años 15 días+13= 28 días
15 años 15 días+14= 29 días
16 años 15 días+15= 30 días