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Universidad Mesoamericana
LA CRIMINOLOGÍA, CIENCIA EMPÍRICA
Cabe definir la criminología como ciencia empírica e interdisciplinaria, que se
ocupa del estudio del crimen, de la persona del infractor, la víctima y el control social
del comportamiento delictivo, y trata de suministrar una información válida,
contrastada, sobre la génesis, dinámica y variables principales del crimen, contemplado
éste como problema individual y como problema social, así como sobre los programas de
prevención eficaz del mismo y técnicas de intervención positiva en el hombre
delincuente.
Esta aproximación al concepto de la Criminología insinúa ya algunas de las
características fundamentales de su metodología, que regularmente es empleada por los
estudiosos de la materia, al empirismo e interdisciplinariedad, anticipando el objeto de
ella como es el análisis del delito, el delincuente, la víctima y el control social, funciones
de aquélla mediante la cual se pretende explicar y prevenir el crimen e intervenir en la
persona del infractor.-
A diferencia de otras definiciones convencionales, la propuesta responde a una
imagen moderna de la Criminología, en plena sintonía con los conocimientos y
tendencias actuales del saber empírico. Pero pretende respetar, al propio tiempo, los
orígenes de esta disciplina y la experiencia por ella acumulada después de una andadura
secular. Por ello, como podrá observarse:
a) Parte de la caracterización del crimen como “problema”, resaltando así la base
conflictual y enigmática de aquél, su faz humana y dolorosa, con las trascendentales
implicaciones de todo orden que derivan de tal análisis.
b) Amplía el ámbito tradicional de la Criminología incorporando a su objeto las
investigaciones sobre la víctima del delito y el denominado “control social”. Estas
últimas, desde luego, aportan a la noción clásica de la Criminología un moderado
giro sociológico que compensa el desmedido biologicismo positivista bajo cuyos
auspicios nación aquélla.
c) Acentúa la orientación “prevencionista” del saber criminológico, frente a la
obsesión represiva explícita en otras definiciones convencionales. Porque interesa
prevenir eficazmente el delito, no aplicar mayor castigado o mejor.
d) Sustituye el concepto de “tratamiento”, de inequívocas connotaciones clínicas e
individualistas, por el de “intervención”, noción ésta más dinámica, compleja y
pluridimensional, en fiel consonancia con el substrato real, individual y
comunitario, del fenómeno delictivo.
e) Per no renuncia, tampoco, a un análisis etiológico de éste (de la “desviación
primaria”) en el marco del ordenamiento jurídico como referencia última. Con lo
que se distancia de conocidas orientaciones radicales, fuertemente ideologizadas,
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que conciben la Criminología como mera teoría de la desviación y el control social,
esto es: como apéndice de la sociología (teorías de la criminalización). La definición
sugerida atiende tanto a la génesis y etiología del crimen (teorías de la criminalidad)
como al examen de los procesos de criminalización.
LA CRIMINOLOGÍA ES UNA CIENCIA
Aporta una información válida, fiable y contrastada sobre el problema criminal;
información obtenida gracias a un método (empírico) que descansa en el análisis y
observación de la realidad. No se trata, pues, de un arte, o de una praxis, sino de una
genuina ciencia. Precisamente por ello, la Criminología dispone de un objeto de
conocimiento propio, de un método o métodos y de un sólido cuerpo de doctrina sobre el
fenómeno delictivo, avalado, por cierto, por más de cien años de investigaciones en la
humanidad.
Pero esto no significa que la información suministrada por la Criminología deba
reputarse exacta, concluyente o definitiva. Pues la Criminología es una ciencia empírica,
una ciencia del ser, pero no una ciencia exacta. Podría afirmarse, incluso, que el propio
modelo o paradigma de ciencia hoy dominante dista mucho del causal explicativo que
abanderó el positivismo naturalista, basado en entretenciones de seguridad y certeza.
La criminología, en primer lugar, no agota su cometido en la mera acumulación de
datos sobre el delito sino que ha de transformar éstos en información, interpretándolos,
sistematizándolos y valorándolos. No existe el terreno neutro y pacífico del dato, salvo
que se confunda el método empírico con el empirismo craso o se invoque aquél como
coartada de decisiones ideológicas ya adoptadas. El conocimiento científico de la
realidad, por otra parte, es siempre parcial, fragmentario, provisional, cambiante y los
campos propios de las diversas disciplinas que versan sobre el hombre y la sociedad,
estrechamente relacionados entre sí, se amplían y modifican sin cesar. De suerte que el
saber empírico, otrora paradigma de exactitud, ha devenido cada vez más relativo e
inseguro; es un saber provisional, abierto. Ya no persigue descubrir las férreas leyes
universales que rigen el mundo natural y social (relaciones de causa y efecto) sino que
parece conformarse con obtener una información sobre la realidad válida, fiable, no
refutada. No busca exactitud sino probabilidad, no habla de “causa” y “causalidad” sino
de otro tipo de conexiones menos exigentes (factores, variables, correlaciones, etc.”). En
parte ello se debe a la evidencia de que el hombre trasciende la “causalidad”, la
“reactividad” y la “fuerza” porque es sujeto y no objeto del acontecer y de la historia. Y
su comportamiento, siempre enigmático, responde a claves muy complejas e inciertas.
Pero la citada crisis del “paradigma causal explicativo” y las limitaciones del método
empírico se pueden observar, también, no sólo en el campo de las ciencias sociales y las
de la conducta sino en el de las de otro tiempo denominadas ciencias “exactas”. La
moderna teoría de la ciencia y el creciente auge de los métodos estadísticos y
cuantitativos demuestran el triunfo avasallador de un nuevo modelo de saber científico,
más relativo, provisional, abierto e inacabado.
Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza.
Universidad Mesoamericana
En consecuencia, la cientificidad de la criminología sola, significa que esta disciplina,
por el método que utiliza, está en condiciones de ofrecer una información válida y fiable
–no refutada- sobre el complejo problema del crimen, insertando los numerosos y
fragmentarios datos obtenidos del examen de éste en un marco teórico definido. La
corrección del método criminológico, garantiza el rigor del análisis de su objeto, pero no
puede eliminar la problemática del conocimiento científico, ni la necesidad de
interpretar los datos y formular las correspondientes teorías.
El método de la Criminología:
Empirismo e interdisciplinariedad.
La Criminología adquirió autonomía y rango de ciencia cuando el positivismo
generalizó el empleo del método empírico, esto es, cuando el análisis, la observación y la
inducción sustituyeron a la especulación y el silogismo, superando el razonamiento
abstracto, formal y deductivo del mundo clásico. Someter la imaginación a la
observación y los fenómenos sociales, a las leyes implacables de la naturaleza era una de
las virtudes, según Comte, del método positivo, del método empírico.
De hecho, como advirtió magistralmente Ferry, la lucha de escuelas (positivismo
versus clasicismo) no era sino un enfrentamiento entre partidarios del método abstracto,
formal y deductivo (los clásicos y quienes propugnaban el método empírico e inductivo
(los positivistas).
Hablamos de dos lenguajes diferentes –afirmó en aquél entonces Ferry, refiriéndose
a los clásicos-. Para nosotros, el método experimental (inductivo) es la llave de todo
conocimiento; para ellos, todo deriva de deducciones lógicas y de la opinión tradicional.
Para ellos, los hechos deben ceder su sitio al silogismo; para nosotros, los hechos
mandan; Para ellos, la ciencia solo necesita papel, pluma y lápiz, y el resto sale de un
cerebro relleno de lecturas de libros, más o menos abundantes, y hecho de la misma
materia. Para nosotros, la ciencia requiere un gasto de mucho tiempo, examinando uno
a uno los hechos, evaluándolos, reduciéndolos a un denominar común y extrayendo de
ellos la idea nuclear. Para ellos, un silogismo o una anécdota, es suficiente para demoler
miles de hechos recabados durante años de observación y análisis; para nosotros, lo
contrario es la verdad”. Y concluye Ferry: “La Escuela Criminal Positiva no consiste
únicamente en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación
completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social
criminal y de los que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídicos que nos
ofrece. La ciencia de los delitos y las penas era una exposición doctrinal de silogismos,
dados a la luz por la fuerza exclusiva de la fantasía lógica; nuestra escuela ha hecho de
ello una ciencia de observación positiva que, fundándose en la Antropología, la
Psicología y la estadística criminal, así como en el Derecho Penal y los estudios
penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que yo mismo llamo sociología Criminal, y
así esta ciencia, aplicando el método positivo al estudio del delito, del delincuente y del
medio, no hace otra cosa que llevar a la ciencia Criminal clásica el soplo vivificador de
las últimas e irrefragables conquistas hechas por la ciencia del hombre y la sociedad,
renovada por las doctrinas evolucionistas”.
Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza.
Universidad Mesoamericana
La Criminología es una ciencia del “ser”, empírica; el derecho, una ciencia cultural,
del “deber ser”, normativa. En consecuencia, mientras la primera se sirve de un método
inductivo, empírico, basado en el análisis y la observación de la realidad, las disciplinas
jurídicas utilizan un razonamiento lógico, abstracto-deductivo.
Saber empírico y saber normativo son dos categorías antagónicas. Que la
Criminología pertenezca al ámbito de las ciencias empíricas significa, en primer lugar,
que su objeto (delito, delincuente, víctima y control social) se inserta en el mundo de lo
real, de lo verificable, de lo mensurable, y no en el de los valores. Que cuenta con un
sólido substrato ontológico, presentándose al investigador como un hecho más, como un
fenómeno de la realidad. Estructuralmente ello descarta cualquier enfoque normativo.
Pero la naturaleza empírica de la criminología implica, ante todo, que ésta descansa más
en hechos que en opiniones, más en la observación que en discursos o silogismo. El
proceder de juristas y criminalistas difiere sustancialmente. El jurista parte de unas
premisas “correctas” para “deducir” de ellas las oportunas consecuencias. El
criminalista, por el contrario, analiza unos datos e induce las correspondientes
conclusiones, pero sus hipótesis se verifican –y doblegan- siempre a la fuerza de los
hechos que prevalecen sobre los argumentos subjetivos, de autoridad.
La Criminología pretende conocer la realidad para explicarla. El Derecho valora,
ordena y orienta aquélla con arreglo a una serie de criterios axiológicos. La
Criminología se aproxima al fenómeno delictivo sin prejuicios, sin mediaciones,
procurando obtener una información directa de éste. El Derecho acota interesadamente
la realidad criminal (de la que, por ciento, solo tiene una imagen fragmentaria y
selectiva), observándola siempre a través del cliché de la norma jurídica, esto es, de
forma mediata. Si a la Criminología le interesa como es dicha realidad – la realidad en sí
misma, tal y como es - para explicarla científicamente y comprender el problema del
crimen, al derecho sólo le preocupa en cuanto hipotético supuesto de hecho de la norma
legal: para enjuiciarla. La Ciencia del Derecho versa sobre normas que interpreta en sus
conexiones internas, sistemáticamente. Interpretar la norma, aplicarla al caso concreto y
elaborar un sistema, son los tres momentos fundamentales del que hacer jurídico en los
modelos de Derecho codificado. Por ello, el método básico de las ciencias jurídicas
(normativas) es el dogmático y su proceder el deductivo sistemático.
La Criminología es una ciencia empírica, pero no necesariamente experimental. El
método experimental es un método empírico, pero no el único, y no todo método
empírico, sin embargo, tiene por fuerza naturaleza experimental. La reserva parece
obligada, pues el objeto de la investigación –o los fines de ésta- puede hacer inviable o
ilícita la experimentación y, no obstante, el criminólogo seguirá en condiciones de
constatar empíricamente la hipótesis de trabajo con las garantías que exige el
conocimiento científico mediante otras técnicas no experimentales, asegurando también
así la fiabilidad del resultado.
Mantener, pues, que solo es científico lo demostrable de forma experimental en los
confines del laboratorio, carece de fundamento. Se trata de un prejuicio simplificador en
Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza.
Universidad Mesoamericana
el que incurren, por ejemplo, determinados sectores criminológicos de corte biologicista
(Vg. Psicología conductista radical), que terminan por negar todo cientificismo al
psicoanálisis a pesar de su tradición empírica.
Pero el método empírico no es el único método criminológico. Pues siendo el crimen,
en definitiva, un fenómeno humano y cultural, comprender el sismo exigirá del
investigador una actitud abierta y flexible, intuitiva –empática - capaz de captar las
sutiles aristas y múltiples dimensiones de un profundo problema humano y comunitario.
Un análisis puramente empírico del crimen desconocería que su protagonista es el
hombre. Que el hombre no es objeto sino sujeto de la historia. Y que las claves y
significados de su conducta transcienden la idea de causalidad. En consecuencia, como
advierte D. Matas, el subjetivismo la empatía y la intuición no son incompatibles con el
naturalismo rectamente entendido y tienen perfecta cabida en el método criminológico
ya que permiten al investigador captar y comprender los significados del mundo
criminal.
El principio interdisciplinario se halla significativamente asociado al proceso
histórico de consolidación de la Criminología como ciencia autónoma.
Son muchas las disciplinas científicas que se ocupan del crimen como fenómeno
individual y social. La Biología (criminal), la Psicología (criminal, la sociología
(criminal), con sus respectivos métodos, enfoques y pretensiones han ido acumulando
valiosos saberes especializados sobre aquél. Ahora bien, el análisis científico reclama
una instancia superior que integre y coordine las informaciones sectoriales procedentes
de las diversas disciplinas interesadas por el fenómeno delict5ivo; que elimine posibles
contradicciones internas e instrumentales un genuino sistema de retroalimentación,
según el cual cada conclusión particular se corrige y enriquece al contrastarse con las
obtenidas en otros ámbitos y disciplinas. Sólo a través de dicho esfuerzo de síntesis e
integración de las experiencias sectoriales y especializadas cabe formular un diagnóstico
científico, totalizador, del crimen, más allá de los conocimientos fragmentarios, parciales
e incompletos que puedan ofrecer aquéllas, y de la peligrosa barbarie de los especialistas
tan acertadamente denunciada por Ortega.
Lógicamente, ésta es la función que corresponde a la Criminología, si bien el
principio interdisciplinario plantea espinosas dificultades tanto desde un punto de vista
conceptual como operativo.
Como instancia superior, no cabe identificar la Criminología, desde luego, con
ninguna de las numerosas disciplinas que integran la enciclopedia del saber empírico
sobre el crimen, disciplinas, por cierto, todas ellas de igual rango e importancia en un
modelo no piramidal de ciencia.
Hoy carecen ya de sentido viejas disputas de escuela y trasnochadas rivalidades
pseudo científicas que polemizaban sobre las cotas de participación y lugar jerárquico
Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza.
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de las respetivas disciplinas (Biología, Psicología, sociología, etc.) en el tronco común de
la Criminología.
El principio interdisciplinario, por tanto, es una exigencia estructural del saber
científico, impuesto por la naturaleza totalizadora de este, y no admite monopolios,
prioridades ni exclusiones entre las partes o sectores de su tronco común. De hecho,
además, parece obvio que la Criminología solo puede consolidarse como ciencia, como
ciencia autónoma, cuando consiguió emanciparse de aquellas disciplinas sectoriales en
torno a las que nació, y con las que, a menudo, se identificó indebidamente. Esto es,
cuando cobró conciencia de instancia superior, de su estructura interdisciplinaria.
Paradójicamente, sin embargo, dicho entramado complejo, plural y heterogéneo que
sirve de substrato a la Criminología se invoca por un sector doctrinal para negar su
autonomía científica. Y por otro, para configurarla como auténtica meta disciplina o
superestructura ficticia sin objeto propio distinto del de cada una de las subdisciplinas
que la integran. Todo ello demuestra que la noción de interdisciplinariedad, dista mucho
de ser pacífica. Que subsiste la polémica sobre su delimitación respecto a otros conceptos
en apariencia afines, y sus implicaciones. Insinuar las dificultades prácticas, operativas,
de una Criminología efectivamente interdisciplinaria no parece necesario.

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La criminologia como ciencia_IAFJSR3

  • 1. Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza. Universidad Mesoamericana LA CRIMINOLOGÍA, CIENCIA EMPÍRICA Cabe definir la criminología como ciencia empírica e interdisciplinaria, que se ocupa del estudio del crimen, de la persona del infractor, la víctima y el control social del comportamiento delictivo, y trata de suministrar una información válida, contrastada, sobre la génesis, dinámica y variables principales del crimen, contemplado éste como problema individual y como problema social, así como sobre los programas de prevención eficaz del mismo y técnicas de intervención positiva en el hombre delincuente. Esta aproximación al concepto de la Criminología insinúa ya algunas de las características fundamentales de su metodología, que regularmente es empleada por los estudiosos de la materia, al empirismo e interdisciplinariedad, anticipando el objeto de ella como es el análisis del delito, el delincuente, la víctima y el control social, funciones de aquélla mediante la cual se pretende explicar y prevenir el crimen e intervenir en la persona del infractor.- A diferencia de otras definiciones convencionales, la propuesta responde a una imagen moderna de la Criminología, en plena sintonía con los conocimientos y tendencias actuales del saber empírico. Pero pretende respetar, al propio tiempo, los orígenes de esta disciplina y la experiencia por ella acumulada después de una andadura secular. Por ello, como podrá observarse: a) Parte de la caracterización del crimen como “problema”, resaltando así la base conflictual y enigmática de aquél, su faz humana y dolorosa, con las trascendentales implicaciones de todo orden que derivan de tal análisis. b) Amplía el ámbito tradicional de la Criminología incorporando a su objeto las investigaciones sobre la víctima del delito y el denominado “control social”. Estas últimas, desde luego, aportan a la noción clásica de la Criminología un moderado giro sociológico que compensa el desmedido biologicismo positivista bajo cuyos auspicios nación aquélla. c) Acentúa la orientación “prevencionista” del saber criminológico, frente a la obsesión represiva explícita en otras definiciones convencionales. Porque interesa prevenir eficazmente el delito, no aplicar mayor castigado o mejor. d) Sustituye el concepto de “tratamiento”, de inequívocas connotaciones clínicas e individualistas, por el de “intervención”, noción ésta más dinámica, compleja y pluridimensional, en fiel consonancia con el substrato real, individual y comunitario, del fenómeno delictivo. e) Per no renuncia, tampoco, a un análisis etiológico de éste (de la “desviación primaria”) en el marco del ordenamiento jurídico como referencia última. Con lo que se distancia de conocidas orientaciones radicales, fuertemente ideologizadas,
  • 2. Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza. Universidad Mesoamericana que conciben la Criminología como mera teoría de la desviación y el control social, esto es: como apéndice de la sociología (teorías de la criminalización). La definición sugerida atiende tanto a la génesis y etiología del crimen (teorías de la criminalidad) como al examen de los procesos de criminalización. LA CRIMINOLOGÍA ES UNA CIENCIA Aporta una información válida, fiable y contrastada sobre el problema criminal; información obtenida gracias a un método (empírico) que descansa en el análisis y observación de la realidad. No se trata, pues, de un arte, o de una praxis, sino de una genuina ciencia. Precisamente por ello, la Criminología dispone de un objeto de conocimiento propio, de un método o métodos y de un sólido cuerpo de doctrina sobre el fenómeno delictivo, avalado, por cierto, por más de cien años de investigaciones en la humanidad. Pero esto no significa que la información suministrada por la Criminología deba reputarse exacta, concluyente o definitiva. Pues la Criminología es una ciencia empírica, una ciencia del ser, pero no una ciencia exacta. Podría afirmarse, incluso, que el propio modelo o paradigma de ciencia hoy dominante dista mucho del causal explicativo que abanderó el positivismo naturalista, basado en entretenciones de seguridad y certeza. La criminología, en primer lugar, no agota su cometido en la mera acumulación de datos sobre el delito sino que ha de transformar éstos en información, interpretándolos, sistematizándolos y valorándolos. No existe el terreno neutro y pacífico del dato, salvo que se confunda el método empírico con el empirismo craso o se invoque aquél como coartada de decisiones ideológicas ya adoptadas. El conocimiento científico de la realidad, por otra parte, es siempre parcial, fragmentario, provisional, cambiante y los campos propios de las diversas disciplinas que versan sobre el hombre y la sociedad, estrechamente relacionados entre sí, se amplían y modifican sin cesar. De suerte que el saber empírico, otrora paradigma de exactitud, ha devenido cada vez más relativo e inseguro; es un saber provisional, abierto. Ya no persigue descubrir las férreas leyes universales que rigen el mundo natural y social (relaciones de causa y efecto) sino que parece conformarse con obtener una información sobre la realidad válida, fiable, no refutada. No busca exactitud sino probabilidad, no habla de “causa” y “causalidad” sino de otro tipo de conexiones menos exigentes (factores, variables, correlaciones, etc.”). En parte ello se debe a la evidencia de que el hombre trasciende la “causalidad”, la “reactividad” y la “fuerza” porque es sujeto y no objeto del acontecer y de la historia. Y su comportamiento, siempre enigmático, responde a claves muy complejas e inciertas. Pero la citada crisis del “paradigma causal explicativo” y las limitaciones del método empírico se pueden observar, también, no sólo en el campo de las ciencias sociales y las de la conducta sino en el de las de otro tiempo denominadas ciencias “exactas”. La moderna teoría de la ciencia y el creciente auge de los métodos estadísticos y cuantitativos demuestran el triunfo avasallador de un nuevo modelo de saber científico, más relativo, provisional, abierto e inacabado.
  • 3. Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza. Universidad Mesoamericana En consecuencia, la cientificidad de la criminología sola, significa que esta disciplina, por el método que utiliza, está en condiciones de ofrecer una información válida y fiable –no refutada- sobre el complejo problema del crimen, insertando los numerosos y fragmentarios datos obtenidos del examen de éste en un marco teórico definido. La corrección del método criminológico, garantiza el rigor del análisis de su objeto, pero no puede eliminar la problemática del conocimiento científico, ni la necesidad de interpretar los datos y formular las correspondientes teorías. El método de la Criminología: Empirismo e interdisciplinariedad. La Criminología adquirió autonomía y rango de ciencia cuando el positivismo generalizó el empleo del método empírico, esto es, cuando el análisis, la observación y la inducción sustituyeron a la especulación y el silogismo, superando el razonamiento abstracto, formal y deductivo del mundo clásico. Someter la imaginación a la observación y los fenómenos sociales, a las leyes implacables de la naturaleza era una de las virtudes, según Comte, del método positivo, del método empírico. De hecho, como advirtió magistralmente Ferry, la lucha de escuelas (positivismo versus clasicismo) no era sino un enfrentamiento entre partidarios del método abstracto, formal y deductivo (los clásicos y quienes propugnaban el método empírico e inductivo (los positivistas). Hablamos de dos lenguajes diferentes –afirmó en aquél entonces Ferry, refiriéndose a los clásicos-. Para nosotros, el método experimental (inductivo) es la llave de todo conocimiento; para ellos, todo deriva de deducciones lógicas y de la opinión tradicional. Para ellos, los hechos deben ceder su sitio al silogismo; para nosotros, los hechos mandan; Para ellos, la ciencia solo necesita papel, pluma y lápiz, y el resto sale de un cerebro relleno de lecturas de libros, más o menos abundantes, y hecho de la misma materia. Para nosotros, la ciencia requiere un gasto de mucho tiempo, examinando uno a uno los hechos, evaluándolos, reduciéndolos a un denominar común y extrayendo de ellos la idea nuclear. Para ellos, un silogismo o una anécdota, es suficiente para demoler miles de hechos recabados durante años de observación y análisis; para nosotros, lo contrario es la verdad”. Y concluye Ferry: “La Escuela Criminal Positiva no consiste únicamente en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social criminal y de los que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídicos que nos ofrece. La ciencia de los delitos y las penas era una exposición doctrinal de silogismos, dados a la luz por la fuerza exclusiva de la fantasía lógica; nuestra escuela ha hecho de ello una ciencia de observación positiva que, fundándose en la Antropología, la Psicología y la estadística criminal, así como en el Derecho Penal y los estudios penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que yo mismo llamo sociología Criminal, y así esta ciencia, aplicando el método positivo al estudio del delito, del delincuente y del medio, no hace otra cosa que llevar a la ciencia Criminal clásica el soplo vivificador de las últimas e irrefragables conquistas hechas por la ciencia del hombre y la sociedad, renovada por las doctrinas evolucionistas”.
  • 4. Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza. Universidad Mesoamericana La Criminología es una ciencia del “ser”, empírica; el derecho, una ciencia cultural, del “deber ser”, normativa. En consecuencia, mientras la primera se sirve de un método inductivo, empírico, basado en el análisis y la observación de la realidad, las disciplinas jurídicas utilizan un razonamiento lógico, abstracto-deductivo. Saber empírico y saber normativo son dos categorías antagónicas. Que la Criminología pertenezca al ámbito de las ciencias empíricas significa, en primer lugar, que su objeto (delito, delincuente, víctima y control social) se inserta en el mundo de lo real, de lo verificable, de lo mensurable, y no en el de los valores. Que cuenta con un sólido substrato ontológico, presentándose al investigador como un hecho más, como un fenómeno de la realidad. Estructuralmente ello descarta cualquier enfoque normativo. Pero la naturaleza empírica de la criminología implica, ante todo, que ésta descansa más en hechos que en opiniones, más en la observación que en discursos o silogismo. El proceder de juristas y criminalistas difiere sustancialmente. El jurista parte de unas premisas “correctas” para “deducir” de ellas las oportunas consecuencias. El criminalista, por el contrario, analiza unos datos e induce las correspondientes conclusiones, pero sus hipótesis se verifican –y doblegan- siempre a la fuerza de los hechos que prevalecen sobre los argumentos subjetivos, de autoridad. La Criminología pretende conocer la realidad para explicarla. El Derecho valora, ordena y orienta aquélla con arreglo a una serie de criterios axiológicos. La Criminología se aproxima al fenómeno delictivo sin prejuicios, sin mediaciones, procurando obtener una información directa de éste. El Derecho acota interesadamente la realidad criminal (de la que, por ciento, solo tiene una imagen fragmentaria y selectiva), observándola siempre a través del cliché de la norma jurídica, esto es, de forma mediata. Si a la Criminología le interesa como es dicha realidad – la realidad en sí misma, tal y como es - para explicarla científicamente y comprender el problema del crimen, al derecho sólo le preocupa en cuanto hipotético supuesto de hecho de la norma legal: para enjuiciarla. La Ciencia del Derecho versa sobre normas que interpreta en sus conexiones internas, sistemáticamente. Interpretar la norma, aplicarla al caso concreto y elaborar un sistema, son los tres momentos fundamentales del que hacer jurídico en los modelos de Derecho codificado. Por ello, el método básico de las ciencias jurídicas (normativas) es el dogmático y su proceder el deductivo sistemático. La Criminología es una ciencia empírica, pero no necesariamente experimental. El método experimental es un método empírico, pero no el único, y no todo método empírico, sin embargo, tiene por fuerza naturaleza experimental. La reserva parece obligada, pues el objeto de la investigación –o los fines de ésta- puede hacer inviable o ilícita la experimentación y, no obstante, el criminólogo seguirá en condiciones de constatar empíricamente la hipótesis de trabajo con las garantías que exige el conocimiento científico mediante otras técnicas no experimentales, asegurando también así la fiabilidad del resultado. Mantener, pues, que solo es científico lo demostrable de forma experimental en los confines del laboratorio, carece de fundamento. Se trata de un prejuicio simplificador en
  • 5. Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza. Universidad Mesoamericana el que incurren, por ejemplo, determinados sectores criminológicos de corte biologicista (Vg. Psicología conductista radical), que terminan por negar todo cientificismo al psicoanálisis a pesar de su tradición empírica. Pero el método empírico no es el único método criminológico. Pues siendo el crimen, en definitiva, un fenómeno humano y cultural, comprender el sismo exigirá del investigador una actitud abierta y flexible, intuitiva –empática - capaz de captar las sutiles aristas y múltiples dimensiones de un profundo problema humano y comunitario. Un análisis puramente empírico del crimen desconocería que su protagonista es el hombre. Que el hombre no es objeto sino sujeto de la historia. Y que las claves y significados de su conducta transcienden la idea de causalidad. En consecuencia, como advierte D. Matas, el subjetivismo la empatía y la intuición no son incompatibles con el naturalismo rectamente entendido y tienen perfecta cabida en el método criminológico ya que permiten al investigador captar y comprender los significados del mundo criminal. El principio interdisciplinario se halla significativamente asociado al proceso histórico de consolidación de la Criminología como ciencia autónoma. Son muchas las disciplinas científicas que se ocupan del crimen como fenómeno individual y social. La Biología (criminal), la Psicología (criminal, la sociología (criminal), con sus respectivos métodos, enfoques y pretensiones han ido acumulando valiosos saberes especializados sobre aquél. Ahora bien, el análisis científico reclama una instancia superior que integre y coordine las informaciones sectoriales procedentes de las diversas disciplinas interesadas por el fenómeno delict5ivo; que elimine posibles contradicciones internas e instrumentales un genuino sistema de retroalimentación, según el cual cada conclusión particular se corrige y enriquece al contrastarse con las obtenidas en otros ámbitos y disciplinas. Sólo a través de dicho esfuerzo de síntesis e integración de las experiencias sectoriales y especializadas cabe formular un diagnóstico científico, totalizador, del crimen, más allá de los conocimientos fragmentarios, parciales e incompletos que puedan ofrecer aquéllas, y de la peligrosa barbarie de los especialistas tan acertadamente denunciada por Ortega. Lógicamente, ésta es la función que corresponde a la Criminología, si bien el principio interdisciplinario plantea espinosas dificultades tanto desde un punto de vista conceptual como operativo. Como instancia superior, no cabe identificar la Criminología, desde luego, con ninguna de las numerosas disciplinas que integran la enciclopedia del saber empírico sobre el crimen, disciplinas, por cierto, todas ellas de igual rango e importancia en un modelo no piramidal de ciencia. Hoy carecen ya de sentido viejas disputas de escuela y trasnochadas rivalidades pseudo científicas que polemizaban sobre las cotas de participación y lugar jerárquico
  • 6. Lic. Héctor Eduardo Berducido Mendoza. Universidad Mesoamericana de las respetivas disciplinas (Biología, Psicología, sociología, etc.) en el tronco común de la Criminología. El principio interdisciplinario, por tanto, es una exigencia estructural del saber científico, impuesto por la naturaleza totalizadora de este, y no admite monopolios, prioridades ni exclusiones entre las partes o sectores de su tronco común. De hecho, además, parece obvio que la Criminología solo puede consolidarse como ciencia, como ciencia autónoma, cuando consiguió emanciparse de aquellas disciplinas sectoriales en torno a las que nació, y con las que, a menudo, se identificó indebidamente. Esto es, cuando cobró conciencia de instancia superior, de su estructura interdisciplinaria. Paradójicamente, sin embargo, dicho entramado complejo, plural y heterogéneo que sirve de substrato a la Criminología se invoca por un sector doctrinal para negar su autonomía científica. Y por otro, para configurarla como auténtica meta disciplina o superestructura ficticia sin objeto propio distinto del de cada una de las subdisciplinas que la integran. Todo ello demuestra que la noción de interdisciplinariedad, dista mucho de ser pacífica. Que subsiste la polémica sobre su delimitación respecto a otros conceptos en apariencia afines, y sus implicaciones. Insinuar las dificultades prácticas, operativas, de una Criminología efectivamente interdisciplinaria no parece necesario.