Este documento describe los diferentes actos conclusivos de la fase preparatoria del proceso penal, incluyendo el archivo fiscal, el sobreseimiento, y la audiencia preliminar. El archivo fiscal concluye la investigación cuando no se encuentran pruebas suficientes, mientras que el sobreseimiento termina el proceso cuando se cumplen ciertas causales. La audiencia preliminar es cuando el juez, conociendo a las partes, decide abrir el juicio penal basado en la acusación del Ministerio Público.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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Las pruebas en segunda instancia_IAFJSRMauri Rojas
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“Simón Rodríguez”
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“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
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Derecho Procesal Civil - El Juicio Ordinario Civil de Mayor CuantíaCamilo Bernheim
Derecho Procesal Civil - El Juicio Ordinario Civil de Mayor Cuantía. Utilizado para estudio de Examen de Grado de Derecho de Universidad de los Andes. Elaborado por Nicolas Ubilla.
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Derecho Procesal Civil - Principios Formativos del ProcedimientoCamilo Bernheim
Derecho Procesal Civil - Principios Formativos del Procediiento. Utilizado para estudio de Examen de Grado de Derecho de Universidad de los Andes. Basado en apuntes del profesor Alejandro Romero Segel, Universidad de los Andes.
Derecho Procesal Civil - Paralelo; Procedimientos. Utilizado para estudio de Examen de Grado de Derecho de Universidad de los Andes. Basado en apuntes del profesor Alejandro Romero Segel, Universidad de los Andes.
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Universidad Técnica Particular de Loja
Ciencias Jurídicas
Código de Procedimiento Civil II
I Bimestre
Abril - Agosto 2007
Ponente: Dr. Paúl Carrión González
Derecho Procesal Civil - El Juicio Ordinario Civil de Mayor CuantíaCamilo Bernheim
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Código de Procedimiento Civil II
I Bimestre
Abril - Agosto 2007
Ponente: Dr. Paúl Carrión González
La etapa intermedia es el conjunto de actos procesales que median desde la conclusión de la investigación hasta la resolución que decide el sobreseimiento (auto de sobreseimiento) o la posible apertura de la causa a juicio oral (auto de enjuiciamiento).
Se da en los procesos comunes y en la ACUSACIÓN DIRECTA.
Actividad 2 presentación (concepto de prueba)MiguelJimnez74
concepto, fuentes y medios de prueba, objeto y carga de la prueba, los principios esenciales de la prueba, la prueba pre constituida, la prueba anticipada, el procedimiento probatorio, la inspección de personas y lugares, la reconstrucción de los hechos, la confrontación, la prueba lícitamente obtenida, oros medios de prueba y la valoración de la prueba.
Este Código adjetivo penal es un Código netamente acusatorio es decir si no hay acusación fiscal no hay juicio. La investigación de un delito le corresponde exclusivamente a la Fiscalía.
Son temas muy importantes dentro de la catedra de Derecho Procesal Penal I por cuanto estudiaremos lo relativo a los actos conclusivos, fase intermedia, fase de juicio y los tribunales mixtos
El proceso es caminar hacia adelante o pararse, se empieza con la Demanda, luego sigue la Contestación de Demanda, luego el Auto de Saneamiento, después la Audiencia de Fijación de Puntos Controvertidos y Saneamiento Probatorio, luego la Audiencia de Pruebas y por último la Sentencia. Este es el iter procesal civil normal para lograr una sentencia de mérito que resuelva el conflicto de intereses, sin embargo, la sentencia no es la única manera de poner fin a un proceso ya que existen formas reguladas por el Código Procesal Civil de terminación de un proceso, el cual puede concluir sin declaración sobre el fondo o con declaración sobre el fondo.
Estas formas especiales de conclusión del Proceso Civil, no son formulas nuevas para nuestro tiempo ya que el abandono, el reconocimiento y el desistimiento son figuras procésales ya reconocidas por el anterior Código Civil. La revolución que impulsa el nuevo Código con las figuras como la conciliación (Ya sea judicial o extra judicial) y la transacción (también permitida en lo judicial y en lo extra judicial) que es concebida según algunos autores como un Contrato por la existencia de concesiones reciprocas y por su objeto que versa solo en cuanto a Derechos Patrimoniales.
Tema 1: Naturaleza jurídica. Procedimientos penales especiales. Supuestos para su procedencia. La supletoriedad de las reglas del procedimiento ordinario en los procedimientos abreviados.
Tema 2: La flagrancia. Concepto. Supuestos para su procedencia. Procedimiento para la presentación del aprehendido o aprehendida. Tribunal Competente. Efecto que produce la declaratoria con lugar la flagrancia.
Tema 3: La admisión de los hechos. Definición. Requisitos. Oportunidad procesal para su procedencia en los procedimientos penales especiales. Efectos. competencia.
Tema 4. El procedimiento especial en los juicios contra el Presidente de la República. Supuestos para su procedencia. La suspensión e inhabilitación de los funcionarios públicos. Organo jurisdiccional competente para conocer del antejuicio de merito para el enjuiciamiento del Presidente de la República y altos funcionarios del estado. Funcionario competente para presentar querella contra esos altos funcionarios.
Unidad_2_B8_Land_Art.(1).pptx land art fotografia artefusiongalaxial333
El Land Art es un movimiento artístico surgido a finales de los años 60 y principios de los 70, en el que los artistas utilizan el paisaje natural como medio y materia prima para sus obras. A menudo, estas obras son de gran escala y se integran en su entorno de manera que alteran el paisaje de forma temporal o permanente. Aquí algunos puntos clave sobre el Land Art:
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Los muros paramétricos son una herramienta poderosa en el diseño arquitectónico que ofrece diversas ventajas, tanto en el proceso creativo como en la ejecución del proyecto.
Los atletas olímpicos de la antigüedad participaban en los juegos movidos por el afán de
gloria, pero sobre todo por las suculentas recompensas que obtendrían si ganaban..
Es una presentación desde el punto de vista histórico, escultórico y pictórico, gracias a la
cual podemos apreciar a través del tiempo como el arte ha contribuido a la historia de
los olímpicos.
2. Actos Conclusivos
El Proceso Penal esta compuesto por una serie de fases o etapas, que engranadas entre si,
van dirigidas a cumplir un objeto o finalidad específica (La búsqueda de laVerdad). Cada una
de esas estaciones procesales, presentan características que las diferencian entre si
La Búsqueda de laVerdad
como Objeto del Proceso:
Uno de los puntos álgidos
al estudiar el Proceso
Penal, es la delimitación
conceptual de su Objeto.
Mucho se ha escrito sobre
la verdad, no es mi
intención ahondar en los
aspectos filosóficos que
enmarcan la misma, sino
más bien dirigirme
directamente, alTipo de
Verdad, que se busca en el
Proceso.
Los Actos Conclusivos de la Fase Preparatoria:
La contribución al objeto del proceso, va dirigida esencialmente
a tres aspectos (Objetivos) resaltantes
• 1.- A determinar la existencia de un
hecho punible.
• 2.- Individualizar e identificar a los
presuntos autores o partícipes del
delito.
• 3.-Sustentar el Juicio Oral y Público.
(Ver:Art.285deCRBV,Arts.11,24,108,
281delCOPP,yArt.16delaLOMP)
Solamente podrá relucir en la fase investigativa, por cuanto es
en ella donde se desenvuelve el conjunto de diligencias
tendientes a corroborar la existencia del delito, y la
individualización e identificación de los presuntos autores o
participes del hecho
Oportunidad para ejercer el Archivo Fiscal:
3. Archivo Fiscal
El archivo fiscal solamente podrá relucir en la fase
investigativa, por cuanto es en ella donde se desenvuelve el
conjunto de diligencias tendientes a corroborar la existencia
del delito, y la individualización e identificación de los
presuntos autores o participes del hecho
REQUISITOS:
1.- Base Legal de actuación que
faculta al Fiscal del Ministerio Público,
para decretar el archivo fiscal
2.-Descripción de los Hechos Objeto
de la Investigación
3.-Señalamiento de las Diligencias
practicadas
4.-Motivación del decreto de archivo
fiscal
5.-Fecha del decreto de archivo
EFECTOS DEL ARCHIVO FISCAL
Como muy bien lo indica su nombre, es concluir
la fase preparatoria. Al desentrañar lo referente
al Archivo Fiscal, nos damos cuenta que desde un
punto de vista objetivo, esta institución no
representa un verdadero acto conclusivo, puesto
que no concluye nada en lo absoluto.
La víctima tiene la facultad de hacer justicia a través
de los distintos instrumentos que le otorga la ley para
que se establezca el delito y se castigue al culpable.
Por otra parte, la sociedad, al admitirle como sujeto
procesal, se descarga un tanto de responsabilidad
colectiva respecto a las posibles impunidades.
FACULTAD DE LA VICTIMA.
4. Cuando Procede ?
• 1. El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede
atribuírsele al imputado;
• 2. El hecho imputado no es típico o concurre una causa de
justificación, inculpabilidad o de no punibilidad;
• 3. La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la
cosa juzgada;
• 4. A pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente
la posibilidad de incorporar nuevos datos a la
investigación, y no haya bases para solicitar
fundadamente el enjuiciamiento del imputado
Naturaleza
• El Sobreseimiento de la causa, ha
sido acogido por gran parte de la
doctrina patria, como una
decisión interlocutoria o auto con
carácter definitivo, por ser una
resolución judicial anticipada de
terminación del proceso, claro
esta, cuando concurre algunas de
las causales contempladas en el
art. 318 del COPP.
Es el Pronunciamiento que puede suscitar como consecuencia directa de las
resultas de la investigación preliminar, es la Solicitud de Sobreseimiento,
contemplado en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal
SOBRESEIMIENTO
5. CARACTERÍSTICA
• Es un acto conclusivo de la fase preparatoria:
• Es un pronunciamiento judicial
• Es Personal:
• La Decisión que lo acuerda debe estar
motivada:
TIPOS
• En cuanto a la finalización o no
del Proceso
• En cuanto abarque o no a todos
los imputados
• En cuanto a la forma de proceder:
• En cuanto a la forma de
Decretarlo
CAUSALES
Las causales que dan origen al sobreseimiento de la causa, están insertas
en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal
SOBRESEIMIENTO
6. En esta fase se realizan actos de una gran importancia para el proceso, debido a que el juez de
control, en conocimiento de las partes, toma la decisión de abrir el juicio penal, previa admisión de
la acusación del Ministerio Público.
AUDIENCIA
PRELIMINAR
• El día señalado, se
realizará la audiencia oral,
en la cual las partes
expondrán brevemente
los fundamentos de sus
peticiones. El imputado
podrá solicitar que se le
reciba su declaración, la
cual será rendida con las
formalidades previstas en
el COPP.Asimismo, el juez
informará a las partes
sobre las medidas
alternativas a la
prosecución del proceso.
FACULTAD
• Artículo 311. Hasta cinco días
antes del vencimiento del
plazo fijado para la
celebración de la audiencia
preliminar, el o la Fiscal, la
víctima, siempre que se haya
querellado o haya
presentado una acusación
particular propia, y el
imputado o imputada,
podrán realizar por escrito
los actos siguientes
• Las facultades descritas en
los numerales 2, 3, 4, 5 y 6
pueden realizarse oralmente
en la audiencia preliminar.
FASE INTERMEDIA
CARGAS DE LAS PARTES.
1. Oponer las excepciones previstas en este
Código, cuando no hayan sido planteadas
con anterioridad o se funden en hechos
nuevos.
2. Pedir la imposición o revocación de una
medida cautelar.
3. Solicitar la aplicación del procedimiento
por admisión de los hechos.
4. Proponer acuerdos reparatorios.
5. Solicitar la suspensión condicional del
proceso.
6. Proponer las pruebas que podrían ser
objeto de estipulación entre las partes.
7. Promover las pruebas que producirán en
el juicio oral, con indicación de su
pertinencia y necesidad.
8. Ofrecer nuevas pruebas de las cuales
hayan tenido conocimiento con
posterioridad a la presentación de la
acusación Fiscal.
7. Referencias Bibliográficas
Arcaya de L. Nelly y Landaez A. Leoncy, (2005); Comentarios al Nuevo Código Orgánico
Procesal Penal; Segunda Edición; Caracas-Venezuela; Vadell Hermanos Editores.
Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial 6078 Extraordinario del 15 de Junio de 2.012
José Ignacio Cafferata Nores, Manual de Derecho Procesal Penal, ediciones Universidad Nacional
de Cordoba.
José Erasmo Pérez España, Ciencias Penales: Temas Actuales, Homenaje al R.P. Fernando Pérez
Llantada S.J., “Apuntes acerca del Sobreseimiento”, Publicaciones UCAB, 2004.
Juan Montero Arocca, Principios del Proceso Penal: Una explicación basada en la Razón, editorial
Tiran lo Blanch, Valencia, 1997.
-Lino Enrique Palacio, La Prueba en el Proceso Penal, editorial Abeledo-Perrot, Buenos Aires.
2000.
Luís Diez-Picazo, El Poder de Acusar, Ministerio Público y Constitucionalismo, editorial Ariel
Derecho, Barcelona. 2000