SlideShare una empresa de Scribd logo
PROCESO ARBITRAL
Procedimiento bifurcado.
• Solicitud de arbitraje:
El proceso arbitral se inicia con la solicitud
de arbitraje por una de las partes
• Demanda arbitral:
Se presenta por la parte demandante de
conformidad con lo establecido en la
audiencia de instalación
Procedimiento unificado.
• Demanda arbitral .
• El proceso arbitral inicia con la presentación de
la demanda, no hay audiencia de instalación.
Procedimiento arbitral en la Normativa de
Contrataciones.
• De haberse pactado en el convenio arbitral.la
realización de un arbitraje institucional , la parte
interesada debe recurrir al centro arbitral en
aplicación del reglamento del centro pactado.
• De haberse pactado arbitraje Ad – Hoc , la parte
interesada deberá remitir a la otra la solictud de
arbitraje.
Procedimiento arbitral en la Normativa de
Contrataciones.
• En caso las partes no se hayan sometido a un
arbitraje institucional, el arbitraje se inicia con la
solicitud de arbitraje dirigida a la otra parte por
escrito, incluyendo, con fines informativos, un
resumen de la controversia y la cuantía.
Procedimiento arbitral en la Normativa de
Contrataciones.
• La parte que reciba la solicitud de arbitraje, deberá
respoderla por escrito, dentro de los diez días
hábiles de haberla recibido, con su posición
respecto de la controversia y la cuantía.
• La falta de respuesta no interrumpe el desarrollo
del arbitraje ni de la conformación del tribunal
arbitral
Procedimiento arbitral ante el SNCA
• Demanda.
La parte interesada en iniciar el arbitraje deberá
interponer su demanda arbitral ante la Secretaría del
SNCA-CONSUCODE, la que deberá ponerla en
conocimiento de la parte demandada.
Para todos los efectos, el proceso arbitral se
considera iniciado en la fecha de interposición de la
demanda ante la Secretaría del SNCA-CONSUCODE.
Procedimiento arbitral ante el SNCA -
Requisitos de la demanda:
Identificación precisa de las partes
Fundamentos de hecho y de derecho
Ofrecimiento de los medios probatorios
Precisión del monto de la cuantía de las pretensiones y la
calidad en la que se reclama
Referencia al convenio arbitral celebrado entre las partes
Designación del árbitro cuando se trate de tres árbitros
Comprobante de pago de la tasa de presentación
correspondiente
Procedimiento arbitral ante el SNCA
• Contestación de la demanda .
• Dentro del plazo de diez (10) días de notificada
la demanda por la Secretaría del SNCA-
CONSUCODE la parte demandada deberá
presentar su contestación.
Procedimiento arbitral ante el SNCA
Requisitos de la contestación de demanda:
Identificación precisa de las partes
Fundamentos de hecho y de derecho
Ofrecimiento de los medios probatorios
Precisión del monto de la cuantía de las pretensiones y
la calidad en la que se reclama
Designación del árbitro cuando se trate de tres árbitros
Comprobante de pago de la tasa de presentación
correspondiente
Procedimiento arbitral ante el SNCA
• La Demanda o contestación de demanda que no
cumpla con estos requisitos será observada por la
Secretaría del SNCA-CONSUCODE, otorgando un
plazo de dos (2) días a la parte interesada para
que se subsane las observaciones. La falta de
subsanación determina que la contestación de
demanda se tenga por no presentada.
Procedimiento arbitral ante el SNCA.
• El Colegio de Arbitraje Administrativo del SNCA
procederá a la designación del árbitro
correspondiente, en caso las partes no se hayan
puesto de acuerdo sobre la designación del Árbitro
Único o del Presidente del Tribunal. También
procederá a la designación de árbitros, cuando las
partes expresamente le confieran ese encargo al
Colegio de Arbitraje Administrativo
Procedimiento arbitral ante el SNCA.
• Una vez verificada la designación de árbitro, la
Secretaría del SNCA cursará a los árbitros
designados una comunicación con la identificación
de las partes, sus representantes y sus abogados,
una reseña sobre la materia controvertida, el monto
total de la cuantía del conflicto y una liquidación
preliminar de honorarios, según la Tabla de
Aranceles; también se pondrá a disposición de los
árbitros el contenido del expediente que se haya
formado. .
Procedimiento arbitral ante el SNCA.
• Reglas generales para las Audiencias .
• En las Audiencias sólo podrán participar los
árbitros, el secretario, las partes, sus
representantes, sus abogados y cualquier otra
persona debidamente acreditada y citada por el
Tribunal Arbitral.
• .
Procedimiento arbitral ante el SNCA.
• Audiencia de Instalación y Determinación de Puntos
Controvertidos .
• En esta Audiencia los árbitros ratificarán la
aceptación de sus cargos, resolverán sobre las
oposiciones al arbitraje u objeciones a su
competencia o se reservarán la decisión al momento
de la expedición del laudo, determinarán los puntos
controvertidos que deberán resolverse en el laudo,
admitirán los medios probatorios ofrecidos por las
partes y se pronunciarán sobre la actuación de los
medios probatorios impugnados
Procedimiento arbitral ante el SNCA.
• Audiencia de Pruebas .
• La Audiencia de Pruebas se realizará, de
preferencia, en un solo acto, salvo que, a criterio
del Tribunal Arbitral, sea necesaria la realización
de audiencias especiales para la actuación de
determinados medios probatorios .
Procedimiento arbitral ante el SNCA.
• Alegatos e Informes Orales .
• Concluida la etapa de actuación de medios
probatorios, el Tribunal Arbitral concederá a las
partes un plazo de cinco (05) días para que
presenten sus alegatos escritos y las citará a
una Audiencia de Informes Orales.
Procedimiento arbitral ante el SNCA.
• Plazo para laudar .
• Una vez presentados los alegatos o llevada a
cabo la Audiencia de Informes Orales, el
Tribunal Arbitral expedirá la resolución que fija el
plazo para laudar, el que no podrá exceder de
veinte (20) días, pudiendo ser prorrogado por
(quince) 15 días adicionales.
Procedimiento arbitral del CCI.
• La Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara
de Comercio Internacional (la “CCI”) es el
organismo de arbitraje dependiente de la CCI.
• La Corte no resuelve diferencias. Sólo tiene
como cometido la de asegurar la aplicación del
Reglamento.
Procedimiento arbitral del CCI.
• Petición de arbitraje .
• La parte que desee acudir al arbitraje según el
Reglamento de la CCI ha de dirigir su petición de
arbitraje (la “demanda”) al Secretariado, que notifica
al demandante y al demandado la recepción de la
demanda y la fecha que en la misma consta.
• La fecha de recepción de la demanda por el
Secretariado, es considerada, a todos los fines
como determinante para el inicio del procedimiento
arbitral
Procedimiento arbitral del CCI.
• La demanda ha de contener particularmente .
• a) Los nombres y denominaciones completas, calidad
y dirección de cada una de las partes.
• b) Una exposición de la naturaleza y circunstancias
del litigio que ha originado la demanda.
• c) Una indicación del objeto de la demanda y, si es
posible de o de las cantidades reclamadas.
• d) Los acuerdos suscritos y en particular el convenio
de arbitraje.
• e) Cualquier observación útil relativa al lugar del
arbitraje, las reglas de derecho aplicables y el idioma
a utilizar.
Procedimiento arbitral del CCI.
• Contestación a la demanda; demanda
reconvencional .
• El demandado ha de plantear, en el plazo de
treinta días a contar desde la recepción de la
demanda de arbitraje enviada por el Secretariado,
una respuesta (la “contestación”)
Procedimiento arbitral del CCI.
• La contestación debe indicar lo siguiente:
• a) Su nombre y denominación completa, calidad y
dirección.
• b) Sus comentarios sobre la naturaleza y las
circunstancias del litigio que se encuentra en el
origen de la demanda.
• c) Su posición sobre las decisiones solicitadas.
• d) Cualquier observación útil relativa al lugar del
arbitraje, las reglas de derecho aplicables y el idioma
a utilizar.
Procedimiento arbitral del CCI.
• El Secretariado puede conceder al demandado
una prórroga del plazo para contestar, a condición
de que la petición de prórroga contenga la
respuesta a las proposiciones que hayan sido
formuladas respecto al número de árbitros y su
elección, y si es necesario la designación de
árbitro. En su defecto la Corte procederá
conforme al presente reglamento .
Procedimiento arbitral del CCI.
• Número de árbitros
• 1. Los litigios serán zanjados por un árbitro único o por tres
árbitros.
• 2. Si las partes no han fijado de común acuerdo el número de
los árbitros, la Corte nombrará un árbitro único, a menos que el
litigio justifique el nombramiento de tres árbitros. En este caso,
el demandante designará un árbitro en el plazo de quince días a
contar desde la recepción de la notificación de la decisión de la
Corte, y el demandado designará un árbitro en el plazo de
quince días a contar desde la recepción de la notificación de la
designación hecha por el demandante.
Procedimiento arbitral del CCI.
• Cuando incumba a la Corte nombrar un árbitro
único o un presidente de tribunal arbitral, procederá
a su designación en base a la propuesta del
Comité nacional de la CCI que estime apropiado. Si
la Corte no admite esta propuesta, o si el Comité
nacional no realiza la propuesta solicitada en el
plazo impuesto por la Corte, la Corte puede reiterar
su solicitud o pedir una propuesta a otro Comité
nacional que estime apropiado.
• .
Procedimiento arbitral del CCI.
• Idiomas del arbitraje
• En defecto de acuerdo entre las partes, el
tribunal arbitral fija el idioma o idiomas del
procedimiento arbitral, teniendo en cuenta todas
la circunstancias pertinentes y en concreto el
idioma del contrato .
Procedimiento arbitral del CCI.
• Reglas de derecho aplicables al fondo
• Las partes son libre de elegir las reglas de derecho
que el tribunal arbitral deba aplicar al fondo del litigio.
En defecto de elección por las partes respecto de
regla de derecho aplicables, el artículo aplicará las
reglas de derecho que considere apropiadas.
• .
Procedimiento arbitral del CCI.
• Audiencias
• Cuando la audiencia tenga lugar, el tribunal arbitral
convoca a las partes a comparecer ante él, con
observancia de un plazo oportuno, en el día y lugar
que establezca.
• Si una de las partes, regularmente convocada no se
presenta sin excusa válida, el tribunal arbitral puede
proceder no obstante a la ausencia
• Las partes han de comparecer en persona o mediante
representante debidamente mandatado. Pueden
igualmente hallarse asistidas de consejeros
Procedimiento arbitral del CCI.
• Cierre de los debates
• El tribunal arbitral procede al cierre de los debates
cuando considere que las partes han tenido
posibilidades suficientes de ser oídas. Después de ese
momento, ningún escrito, ningún argumento, ni ninguna
prueba puede ser presentada, salvo a petición o con
autorización del tribunal arbitral.
• Cuando el tribunal arbitral establece el cierre de los
debates, indica al Secretariado la fecha aproximada en
la que el proyecto de sentencia será sometido al la Corte
para su aprobación tal. El tribunal arbitral comunica al
Secretariado el cambio que pueda afectar a esa fecha.
Procedimiento arbitral del CCI.
.
Plazo en el que debe dictarse el laudo arbitral
1. El tribunal arbitral debe pronunciar su laudo en un
plazo de seis meses. Este plazo correrá desde el
día en que la última firma del tribunal arbitral o de
las partes se haya puesto sobre el acta de misión o
en el caso previsto en el artículo 18, párrafo 3,
desde la fecha de notificación al tribunal arbitral por
la secretaria de la aprobación de acta de misión.
2. La corte puede, a petición motivada del tribunal
arbitral, o en su caso de oficio, prolongar este
plazo, si lo estima necesario.
Procedimiento arbitral del CCI.
.
Formación del laudo
1. En caso de pluralidad de árbitros, el laudo se dictará
por mayoría. En defecto de mayoría, el presidente del
tribunal decidirá solo.
2. El laudo deberá ser motivado.
3. El laudo se supone dictado en la sede del arbitraje y
en la fecha que en él se menciones.
Convenio arbitral tipo en la Normativa de
contrataciones.
• “Todos los conflictos que deriven de la ejecución e
interpretación del presente contrato, incluidos los
que se refieren a su nuilidad e invalidez, serán
resueltos de manera definitiva e inapelable
mediante arbitraje de derecho de conformidad con
lo establecido en la normativa de contrataciones
del Estado, bajo la organización y administración
de los organos del Sistema Nacional de Arbitraje
del OSCE y deacuerdo a su Reglamento.”
Convenio arbitral tipo de la CCI.
“Toda diferencia derivada del presente contrato o
en relación con él será resuelta definitivamente
según el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de
Comercio Internacional por uno o varios árbitros
designados conforme a este Reglamento” .
GRACIAS

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)
Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)
Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)
Estudiantes por Derecho Inc.
 
ENJ-400 Venta Condicional de Muebles
ENJ-400 Venta Condicional de MueblesENJ-400 Venta Condicional de Muebles
ENJ-400 Venta Condicional de Muebles
ENJ
 
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentosSucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
JoordanS
 
Presentacion laudo arbitral
Presentacion laudo arbitralPresentacion laudo arbitral
Presentacion laudo arbitral
uft
 
Fuentes del derecho administrativo
Fuentes del derecho administrativoFuentes del derecho administrativo
Fuentes del derecho administrativo
Mirta Henriquez
 

La actualidad más candente (20)

Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)
Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)
Procedimiento administrativo (Esquemas de Derecho Administrativo)
 
Caducidad y prescripción
Caducidad y prescripciónCaducidad y prescripción
Caducidad y prescripción
 
Mapa conceptual Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
Mapa conceptual  Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...Mapa conceptual  Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
Mapa conceptual Derecho internacional privado - domicilio como factor de con...
 
Régimen jurídico de los actos administrativos autor josé maría pacori cari
Régimen jurídico de los actos administrativos   autor josé maría pacori cariRégimen jurídico de los actos administrativos   autor josé maría pacori cari
Régimen jurídico de los actos administrativos autor josé maría pacori cari
 
ENJ-400 Venta Condicional de Muebles
ENJ-400 Venta Condicional de MueblesENJ-400 Venta Condicional de Muebles
ENJ-400 Venta Condicional de Muebles
 
Expo recuerso extraordinario de casacion
Expo recuerso extraordinario de casacionExpo recuerso extraordinario de casacion
Expo recuerso extraordinario de casacion
 
Administrativo terminado
Administrativo terminado Administrativo terminado
Administrativo terminado
 
Recursos de derecho guatemalteco
Recursos de derecho guatemaltecoRecursos de derecho guatemalteco
Recursos de derecho guatemalteco
 
Estructura del proceso de familia
Estructura del proceso de familiaEstructura del proceso de familia
Estructura del proceso de familia
 
El abogado del estado ante la jurisdicción inmobiliaria en Rep. Dominicana
El abogado del estado ante la jurisdicción inmobiliaria en Rep. DominicanaEl abogado del estado ante la jurisdicción inmobiliaria en Rep. Dominicana
El abogado del estado ante la jurisdicción inmobiliaria en Rep. Dominicana
 
MDJ-305 - Presentación Juez de Paz Municipal Curso Procedimientos Penales del...
MDJ-305 - Presentación Juez de Paz Municipal Curso Procedimientos Penales del...MDJ-305 - Presentación Juez de Paz Municipal Curso Procedimientos Penales del...
MDJ-305 - Presentación Juez de Paz Municipal Curso Procedimientos Penales del...
 
02. Elementos del acto administrativo
02. Elementos del acto administrativo02. Elementos del acto administrativo
02. Elementos del acto administrativo
 
derecho de acreer maru
derecho de acreer maruderecho de acreer maru
derecho de acreer maru
 
Recurso de Oposicion
Recurso de OposicionRecurso de Oposicion
Recurso de Oposicion
 
Calificación de la demanda.pdf
Calificación de la demanda.pdfCalificación de la demanda.pdf
Calificación de la demanda.pdf
 
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentosSucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos
 
Presentacion laudo arbitral
Presentacion laudo arbitralPresentacion laudo arbitral
Presentacion laudo arbitral
 
Control difuso 04 12
Control difuso 04 12Control difuso 04 12
Control difuso 04 12
 
Unidad 4. Interposición de la Demanda.
Unidad 4. Interposición de la Demanda.Unidad 4. Interposición de la Demanda.
Unidad 4. Interposición de la Demanda.
 
Fuentes del derecho administrativo
Fuentes del derecho administrativoFuentes del derecho administrativo
Fuentes del derecho administrativo
 

Destacado

TEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
TEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVATEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
TEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
drpedroblanco
 
La actividad administrativa del estado
La actividad administrativa del estadoLa actividad administrativa del estado
La actividad administrativa del estado
Daniel Garcia
 
Ensayo sobre la actividad administrativa del estado
Ensayo sobre la actividad administrativa del estadoEnsayo sobre la actividad administrativa del estado
Ensayo sobre la actividad administrativa del estado
Daniel Garcia
 
Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013
CEFIC
 
Ley organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - VenezuelaLey organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - Venezuela
Hugo Araujo
 
Derecho administrativo
Derecho administrativoDerecho administrativo
Derecho administrativo
jenny78
 
Administración pública en vemezuela
Administración pública en vemezuelaAdministración pública en vemezuela
Administración pública en vemezuela
Hugo Araujo
 

Destacado (20)

Arbtvir
ArbtvirArbtvir
Arbtvir
 
Derecho Administrativo
Derecho AdministrativoDerecho Administrativo
Derecho Administrativo
 
Republica bolivariana de venezuela
Republica bolivariana de venezuelaRepublica bolivariana de venezuela
Republica bolivariana de venezuela
 
El arbitraje
El arbitrajeEl arbitraje
El arbitraje
 
Autores intelectuales del Derecho Administrativo español
Autores intelectuales del Derecho Administrativo españolAutores intelectuales del Derecho Administrativo español
Autores intelectuales del Derecho Administrativo español
 
Actividad administrativa
Actividad administrativaActividad administrativa
Actividad administrativa
 
el documento electrónico administrativo
el documento electrónico administrativoel documento electrónico administrativo
el documento electrónico administrativo
 
TEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
TEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVATEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
TEMA X LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
 
La actividad administrativa del estado
La actividad administrativa del estadoLa actividad administrativa del estado
La actividad administrativa del estado
 
Arbitraje
ArbitrajeArbitraje
Arbitraje
 
Arbitraje
ArbitrajeArbitraje
Arbitraje
 
Arbitraje
ArbitrajeArbitraje
Arbitraje
 
Ensayo sobre la actividad administrativa del estado
Ensayo sobre la actividad administrativa del estadoEnsayo sobre la actividad administrativa del estado
Ensayo sobre la actividad administrativa del estado
 
La Administración Pública venezolana su dimension, modelo gerencial y sus apl...
La Administración Pública venezolana su dimension, modelo gerencial y sus apl...La Administración Pública venezolana su dimension, modelo gerencial y sus apl...
La Administración Pública venezolana su dimension, modelo gerencial y sus apl...
 
Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013Derecho administrativo 2013
Derecho administrativo 2013
 
Ley organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - VenezuelaLey organica de la administracion publica - Venezuela
Ley organica de la administracion publica - Venezuela
 
Derecho administrativo
Derecho administrativoDerecho administrativo
Derecho administrativo
 
Derecho administrativo
Derecho administrativoDerecho administrativo
Derecho administrativo
 
Administración pública en vemezuela
Administración pública en vemezuelaAdministración pública en vemezuela
Administración pública en vemezuela
 
DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO ADMINISTRATIVO
 

Similar a Arb 8 pre

PROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANA
PROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANAPROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANA
PROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANA
jorocho10
 
Arbitraje ad hoc e institucional
Arbitraje ad hoc e institucionalArbitraje ad hoc e institucional
Arbitraje ad hoc e institucional
CEFIC
 
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptxGRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
Nombre Apellidos
 
Laminas definitivas exposicion
Laminas definitivas exposicionLaminas definitivas exposicion
Laminas definitivas exposicion
graterolilia
 
Sesion 3 pdf
Sesion 3 pdfSesion 3 pdf
Sesion 3 pdf
Lima
 
solución controversias
solución controversiassolución controversias
solución controversias
CEFIC
 

Similar a Arb 8 pre (20)

Presentación 2 (1).pptx
Presentación 2 (1).pptxPresentación 2 (1).pptx
Presentación 2 (1).pptx
 
3.- Ley de Conciliación Extrajudicial – Ley 26872_2018.pptx
3.- Ley de Conciliación Extrajudicial – Ley 26872_2018.pptx3.- Ley de Conciliación Extrajudicial – Ley 26872_2018.pptx
3.- Ley de Conciliación Extrajudicial – Ley 26872_2018.pptx
 
PROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANA
PROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANAPROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANA
PROCEDIMIENTO ARBITRAL EN LA LEGISLACION PERUANA
 
Conciliación Jurídica
Conciliación JurídicaConciliación Jurídica
Conciliación Jurídica
 
Trabajo n°12 el recurso de casacion
Trabajo n°12 el recurso de casacionTrabajo n°12 el recurso de casacion
Trabajo n°12 el recurso de casacion
 
Fases del convenio y la convocatoria de la junta
Fases del convenio y la convocatoria de la juntaFases del convenio y la convocatoria de la junta
Fases del convenio y la convocatoria de la junta
 
5. procedimiento
5. procedimiento5. procedimiento
5. procedimiento
 
Procedimiento Concursal Liquidacion
Procedimiento Concursal LiquidacionProcedimiento Concursal Liquidacion
Procedimiento Concursal Liquidacion
 
Con02 contrato arbitraje
Con02 contrato arbitrajeCon02 contrato arbitraje
Con02 contrato arbitraje
 
ENJ 300- MÓDULO IV: Derecho al Recurso: Apelación de Sentencias
ENJ 300- MÓDULO IV: Derecho al Recurso: Apelación de SentenciasENJ 300- MÓDULO IV: Derecho al Recurso: Apelación de Sentencias
ENJ 300- MÓDULO IV: Derecho al Recurso: Apelación de Sentencias
 
Arbitraje ad hoc e institucional
Arbitraje ad hoc e institucionalArbitraje ad hoc e institucional
Arbitraje ad hoc e institucional
 
CONTRATACIONES
CONTRATACIONESCONTRATACIONES
CONTRATACIONES
 
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptxGRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
 
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptxGRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
GRUPO 31 - RECURSO DE IMPUGNACION UNA BUENA PRO ANTE LA OSCE.pptx
 
Laminas definitivas exposicion
Laminas definitivas exposicionLaminas definitivas exposicion
Laminas definitivas exposicion
 
Sesion 3 pdf
Sesion 3 pdfSesion 3 pdf
Sesion 3 pdf
 
examen de grado recursos.pptx
examen de grado recursos.pptxexamen de grado recursos.pptx
examen de grado recursos.pptx
 
Teoría general de la prueba
Teoría general de la pruebaTeoría general de la prueba
Teoría general de la prueba
 
Diapositivas 1
Diapositivas 1Diapositivas 1
Diapositivas 1
 
solución controversias
solución controversiassolución controversias
solución controversias
 

Más de gabogadosv

Presentacion tesoreria 2010 [1]
Presentacion tesoreria 2010 [1]Presentacion tesoreria 2010 [1]
Presentacion tesoreria 2010 [1]
gabogadosv
 
Control funcionarios
Control funcionariosControl funcionarios
Control funcionarios
gabogadosv
 
Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011
Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011
Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011
gabogadosv
 
Cefic.cont.gub.
Cefic.cont.gub.Cefic.cont.gub.
Cefic.cont.gub.
gabogadosv
 
Modulo 2 presencial
Modulo 2 presencialModulo 2 presencial
Modulo 2 presencial
gabogadosv
 
Proyectos y obras públicas
Proyectos y obras públicasProyectos y obras públicas
Proyectos y obras públicas
gabogadosv
 
Selección por encargo y convenio marco abril 2011
Selección por encargo y convenio marco abril 2011Selección por encargo y convenio marco abril 2011
Selección por encargo y convenio marco abril 2011
gabogadosv
 
Modulo9 gestion
Modulo9 gestionModulo9 gestion
Modulo9 gestion
gabogadosv
 
Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011
Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011
Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011
gabogadosv
 

Más de gabogadosv (20)

Exposición
 Exposición Exposición
Exposición
 
Exposicion 1
Exposicion 1Exposicion 1
Exposicion 1
 
Presentacion tesoreria 2010 [1]
Presentacion tesoreria 2010 [1]Presentacion tesoreria 2010 [1]
Presentacion tesoreria 2010 [1]
 
Control funcionarios
Control funcionariosControl funcionarios
Control funcionarios
 
Modulo2
Modulo2Modulo2
Modulo2
 
Modulo11
Modulo11Modulo11
Modulo11
 
Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011
Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011
Diapositivas diplomado gestion publica 12 12-2011
 
Cefic.cont.gub.
Cefic.cont.gub.Cefic.cont.gub.
Cefic.cont.gub.
 
Modulo 2 presencial
Modulo 2 presencialModulo 2 presencial
Modulo 2 presencial
 
Clase 5
Clase 5Clase 5
Clase 5
 
Clase 4
Clase 4Clase 4
Clase 4
 
Proyectos y obras públicas
Proyectos y obras públicasProyectos y obras públicas
Proyectos y obras públicas
 
Expo cefic
Expo ceficExpo cefic
Expo cefic
 
Selección por encargo y convenio marco abril 2011
Selección por encargo y convenio marco abril 2011Selección por encargo y convenio marco abril 2011
Selección por encargo y convenio marco abril 2011
 
Clase 1º expo rrhh
Clase 1º expo rrhhClase 1º expo rrhh
Clase 1º expo rrhh
 
Mod 9 virtual
Mod 9 virtualMod 9 virtual
Mod 9 virtual
 
Modulo9 gestion
Modulo9 gestionModulo9 gestion
Modulo9 gestion
 
15 de abril
15 de abril15 de abril
15 de abril
 
Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011
Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011
Ultima version clase compras corporativas y subasta inversa 16 04-2011
 
Clase 8 gestion público
Clase 8 gestion públicoClase 8 gestion público
Clase 8 gestion público
 

Arb 8 pre

  • 2. Procedimiento bifurcado. • Solicitud de arbitraje: El proceso arbitral se inicia con la solicitud de arbitraje por una de las partes • Demanda arbitral: Se presenta por la parte demandante de conformidad con lo establecido en la audiencia de instalación
  • 3. Procedimiento unificado. • Demanda arbitral . • El proceso arbitral inicia con la presentación de la demanda, no hay audiencia de instalación.
  • 4. Procedimiento arbitral en la Normativa de Contrataciones. • De haberse pactado en el convenio arbitral.la realización de un arbitraje institucional , la parte interesada debe recurrir al centro arbitral en aplicación del reglamento del centro pactado. • De haberse pactado arbitraje Ad – Hoc , la parte interesada deberá remitir a la otra la solictud de arbitraje.
  • 5. Procedimiento arbitral en la Normativa de Contrataciones. • En caso las partes no se hayan sometido a un arbitraje institucional, el arbitraje se inicia con la solicitud de arbitraje dirigida a la otra parte por escrito, incluyendo, con fines informativos, un resumen de la controversia y la cuantía.
  • 6. Procedimiento arbitral en la Normativa de Contrataciones. • La parte que reciba la solicitud de arbitraje, deberá respoderla por escrito, dentro de los diez días hábiles de haberla recibido, con su posición respecto de la controversia y la cuantía. • La falta de respuesta no interrumpe el desarrollo del arbitraje ni de la conformación del tribunal arbitral
  • 7. Procedimiento arbitral ante el SNCA • Demanda. La parte interesada en iniciar el arbitraje deberá interponer su demanda arbitral ante la Secretaría del SNCA-CONSUCODE, la que deberá ponerla en conocimiento de la parte demandada. Para todos los efectos, el proceso arbitral se considera iniciado en la fecha de interposición de la demanda ante la Secretaría del SNCA-CONSUCODE.
  • 8. Procedimiento arbitral ante el SNCA - Requisitos de la demanda: Identificación precisa de las partes Fundamentos de hecho y de derecho Ofrecimiento de los medios probatorios Precisión del monto de la cuantía de las pretensiones y la calidad en la que se reclama Referencia al convenio arbitral celebrado entre las partes Designación del árbitro cuando se trate de tres árbitros Comprobante de pago de la tasa de presentación correspondiente
  • 9. Procedimiento arbitral ante el SNCA • Contestación de la demanda . • Dentro del plazo de diez (10) días de notificada la demanda por la Secretaría del SNCA- CONSUCODE la parte demandada deberá presentar su contestación.
  • 10. Procedimiento arbitral ante el SNCA Requisitos de la contestación de demanda: Identificación precisa de las partes Fundamentos de hecho y de derecho Ofrecimiento de los medios probatorios Precisión del monto de la cuantía de las pretensiones y la calidad en la que se reclama Designación del árbitro cuando se trate de tres árbitros Comprobante de pago de la tasa de presentación correspondiente
  • 11. Procedimiento arbitral ante el SNCA • La Demanda o contestación de demanda que no cumpla con estos requisitos será observada por la Secretaría del SNCA-CONSUCODE, otorgando un plazo de dos (2) días a la parte interesada para que se subsane las observaciones. La falta de subsanación determina que la contestación de demanda se tenga por no presentada.
  • 12. Procedimiento arbitral ante el SNCA. • El Colegio de Arbitraje Administrativo del SNCA procederá a la designación del árbitro correspondiente, en caso las partes no se hayan puesto de acuerdo sobre la designación del Árbitro Único o del Presidente del Tribunal. También procederá a la designación de árbitros, cuando las partes expresamente le confieran ese encargo al Colegio de Arbitraje Administrativo
  • 13. Procedimiento arbitral ante el SNCA. • Una vez verificada la designación de árbitro, la Secretaría del SNCA cursará a los árbitros designados una comunicación con la identificación de las partes, sus representantes y sus abogados, una reseña sobre la materia controvertida, el monto total de la cuantía del conflicto y una liquidación preliminar de honorarios, según la Tabla de Aranceles; también se pondrá a disposición de los árbitros el contenido del expediente que se haya formado. .
  • 14. Procedimiento arbitral ante el SNCA. • Reglas generales para las Audiencias . • En las Audiencias sólo podrán participar los árbitros, el secretario, las partes, sus representantes, sus abogados y cualquier otra persona debidamente acreditada y citada por el Tribunal Arbitral. • .
  • 15. Procedimiento arbitral ante el SNCA. • Audiencia de Instalación y Determinación de Puntos Controvertidos . • En esta Audiencia los árbitros ratificarán la aceptación de sus cargos, resolverán sobre las oposiciones al arbitraje u objeciones a su competencia o se reservarán la decisión al momento de la expedición del laudo, determinarán los puntos controvertidos que deberán resolverse en el laudo, admitirán los medios probatorios ofrecidos por las partes y se pronunciarán sobre la actuación de los medios probatorios impugnados
  • 16. Procedimiento arbitral ante el SNCA. • Audiencia de Pruebas . • La Audiencia de Pruebas se realizará, de preferencia, en un solo acto, salvo que, a criterio del Tribunal Arbitral, sea necesaria la realización de audiencias especiales para la actuación de determinados medios probatorios .
  • 17. Procedimiento arbitral ante el SNCA. • Alegatos e Informes Orales . • Concluida la etapa de actuación de medios probatorios, el Tribunal Arbitral concederá a las partes un plazo de cinco (05) días para que presenten sus alegatos escritos y las citará a una Audiencia de Informes Orales.
  • 18. Procedimiento arbitral ante el SNCA. • Plazo para laudar . • Una vez presentados los alegatos o llevada a cabo la Audiencia de Informes Orales, el Tribunal Arbitral expedirá la resolución que fija el plazo para laudar, el que no podrá exceder de veinte (20) días, pudiendo ser prorrogado por (quince) 15 días adicionales.
  • 19. Procedimiento arbitral del CCI. • La Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (la “CCI”) es el organismo de arbitraje dependiente de la CCI. • La Corte no resuelve diferencias. Sólo tiene como cometido la de asegurar la aplicación del Reglamento.
  • 20. Procedimiento arbitral del CCI. • Petición de arbitraje . • La parte que desee acudir al arbitraje según el Reglamento de la CCI ha de dirigir su petición de arbitraje (la “demanda”) al Secretariado, que notifica al demandante y al demandado la recepción de la demanda y la fecha que en la misma consta. • La fecha de recepción de la demanda por el Secretariado, es considerada, a todos los fines como determinante para el inicio del procedimiento arbitral
  • 21. Procedimiento arbitral del CCI. • La demanda ha de contener particularmente . • a) Los nombres y denominaciones completas, calidad y dirección de cada una de las partes. • b) Una exposición de la naturaleza y circunstancias del litigio que ha originado la demanda. • c) Una indicación del objeto de la demanda y, si es posible de o de las cantidades reclamadas. • d) Los acuerdos suscritos y en particular el convenio de arbitraje. • e) Cualquier observación útil relativa al lugar del arbitraje, las reglas de derecho aplicables y el idioma a utilizar.
  • 22. Procedimiento arbitral del CCI. • Contestación a la demanda; demanda reconvencional . • El demandado ha de plantear, en el plazo de treinta días a contar desde la recepción de la demanda de arbitraje enviada por el Secretariado, una respuesta (la “contestación”)
  • 23. Procedimiento arbitral del CCI. • La contestación debe indicar lo siguiente: • a) Su nombre y denominación completa, calidad y dirección. • b) Sus comentarios sobre la naturaleza y las circunstancias del litigio que se encuentra en el origen de la demanda. • c) Su posición sobre las decisiones solicitadas. • d) Cualquier observación útil relativa al lugar del arbitraje, las reglas de derecho aplicables y el idioma a utilizar.
  • 24. Procedimiento arbitral del CCI. • El Secretariado puede conceder al demandado una prórroga del plazo para contestar, a condición de que la petición de prórroga contenga la respuesta a las proposiciones que hayan sido formuladas respecto al número de árbitros y su elección, y si es necesario la designación de árbitro. En su defecto la Corte procederá conforme al presente reglamento .
  • 25. Procedimiento arbitral del CCI. • Número de árbitros • 1. Los litigios serán zanjados por un árbitro único o por tres árbitros. • 2. Si las partes no han fijado de común acuerdo el número de los árbitros, la Corte nombrará un árbitro único, a menos que el litigio justifique el nombramiento de tres árbitros. En este caso, el demandante designará un árbitro en el plazo de quince días a contar desde la recepción de la notificación de la decisión de la Corte, y el demandado designará un árbitro en el plazo de quince días a contar desde la recepción de la notificación de la designación hecha por el demandante.
  • 26. Procedimiento arbitral del CCI. • Cuando incumba a la Corte nombrar un árbitro único o un presidente de tribunal arbitral, procederá a su designación en base a la propuesta del Comité nacional de la CCI que estime apropiado. Si la Corte no admite esta propuesta, o si el Comité nacional no realiza la propuesta solicitada en el plazo impuesto por la Corte, la Corte puede reiterar su solicitud o pedir una propuesta a otro Comité nacional que estime apropiado. • .
  • 27. Procedimiento arbitral del CCI. • Idiomas del arbitraje • En defecto de acuerdo entre las partes, el tribunal arbitral fija el idioma o idiomas del procedimiento arbitral, teniendo en cuenta todas la circunstancias pertinentes y en concreto el idioma del contrato .
  • 28. Procedimiento arbitral del CCI. • Reglas de derecho aplicables al fondo • Las partes son libre de elegir las reglas de derecho que el tribunal arbitral deba aplicar al fondo del litigio. En defecto de elección por las partes respecto de regla de derecho aplicables, el artículo aplicará las reglas de derecho que considere apropiadas. • .
  • 29. Procedimiento arbitral del CCI. • Audiencias • Cuando la audiencia tenga lugar, el tribunal arbitral convoca a las partes a comparecer ante él, con observancia de un plazo oportuno, en el día y lugar que establezca. • Si una de las partes, regularmente convocada no se presenta sin excusa válida, el tribunal arbitral puede proceder no obstante a la ausencia • Las partes han de comparecer en persona o mediante representante debidamente mandatado. Pueden igualmente hallarse asistidas de consejeros
  • 30. Procedimiento arbitral del CCI. • Cierre de los debates • El tribunal arbitral procede al cierre de los debates cuando considere que las partes han tenido posibilidades suficientes de ser oídas. Después de ese momento, ningún escrito, ningún argumento, ni ninguna prueba puede ser presentada, salvo a petición o con autorización del tribunal arbitral. • Cuando el tribunal arbitral establece el cierre de los debates, indica al Secretariado la fecha aproximada en la que el proyecto de sentencia será sometido al la Corte para su aprobación tal. El tribunal arbitral comunica al Secretariado el cambio que pueda afectar a esa fecha.
  • 31. Procedimiento arbitral del CCI. . Plazo en el que debe dictarse el laudo arbitral 1. El tribunal arbitral debe pronunciar su laudo en un plazo de seis meses. Este plazo correrá desde el día en que la última firma del tribunal arbitral o de las partes se haya puesto sobre el acta de misión o en el caso previsto en el artículo 18, párrafo 3, desde la fecha de notificación al tribunal arbitral por la secretaria de la aprobación de acta de misión. 2. La corte puede, a petición motivada del tribunal arbitral, o en su caso de oficio, prolongar este plazo, si lo estima necesario.
  • 32. Procedimiento arbitral del CCI. . Formación del laudo 1. En caso de pluralidad de árbitros, el laudo se dictará por mayoría. En defecto de mayoría, el presidente del tribunal decidirá solo. 2. El laudo deberá ser motivado. 3. El laudo se supone dictado en la sede del arbitraje y en la fecha que en él se menciones.
  • 33. Convenio arbitral tipo en la Normativa de contrataciones. • “Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieren a su nuilidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los organos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y deacuerdo a su Reglamento.”
  • 34. Convenio arbitral tipo de la CCI. “Toda diferencia derivada del presente contrato o en relación con él será resuelta definitivamente según el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional por uno o varios árbitros designados conforme a este Reglamento” .

Notas del editor

  1. <number>
  2. <number>
  3. <number>
  4. <number>
  5. <number>
  6. <number>
  7. <number>
  8. <number>
  9. <number>
  10. <number>
  11. <number>
  12. <number>
  13. <number>
  14. <number>
  15. <number>
  16. <number>
  17. <number>
  18. <number>
  19. <number>
  20. <number>
  21. <number>
  22. <number>
  23. <number>
  24. <number>
  25. <number>
  26. <number>
  27. <number>
  28. <number>
  29. <number>
  30. <number>
  31. <number>
  32. <number>
  33. <number>
  34. <number>
  35. <number>