2. El iusnaturalismo
• El iusnaturalismo es una corriente filosófica y jurídica que se enfoca en la
existencia de derechos intrínsecos al ser humano, basados en la noción de
derecho natural y universal. Derivado del latín ius, que significa "derecho", y
naturalis, que se refiere a "naturaleza", el término iusnaturalismo hace alusión a
una doctrina que sostiene la existencia de derechos inherentes a la naturaleza
humana.
• Sostiene que existen derechos fundamentales que son universales y previos a
cualquier forma de ordenamiento jurídico establecido por la sociedad. Estos
derechos están estrechamente ligados a la ética y la moral, representando
normas de conducta que son reconocidas y deben ser cumplidas por todos.
• Afirma que las leyes positivas, es decir, las leyes establecidas por un Estado,
también están relacionadas con el derecho natural. Aunque pueden existir
variaciones en la forma en que se establecen y aplican, las leyes positivas buscan
reflejar y promover la justicia y el orden en la sociedad de manera coherente con
los principios universales del derecho natural.
3. El iusnaturalismo
• Una de las características esenciales del iusnaturalismo es su
carácter universal, es decir, no hace distinciones entre las
personas en cuanto a la titularidad de los derechos. Todos los
seres humanos, sin importar su origen, raza, género o cualquier
otra diferencia, poseen estos derechos fundamentales de
manera inherente.
• El iusnaturalismo se basa en la racionalidad y la naturaleza del
ser humano como fundamentos para determinar las normas
que deben guiar la ética y la moral. Busca promover el
bienestar común y se considera superior y anterior a la creación
de cualquier forma de Estado o gobierno. Estos principios son
inalienables, es decir, no pueden ser arrebatados o negados, y
su violación se considera tanto ilegal como injusta.
4. Representantes y teóricos
• En el siglo IV a.C., Platón abordó conceptos relacionados con los derechos
naturales.
• En la Edad Media, Tomás de Aquino profundizó en la relación entre el
derecho natural y divino.
• Hugo Grocio marcó una diferencia clave entre el iusnaturalismo clásico y el
iusnaturalismo moderno.
• En el siglo XVII, Thomas Hobbes también realizó aportes significativos a
esta corriente de pensamiento.
• Es importante destacar que el iusnaturalismo contrasta con otra corriente
filosófica y jurídica conocida como iuspositivismo. Mientras que el
iusnaturalismo considera que los derechos son previos a cualquier ley
establecida, el iuspositivismo sostiene que el origen del derecho es
exclusivamente la ley positiva, sin admitir ninguna idea previa a esta.
5. Características de iusnaturalismo
• Fundamentado en la naturaleza humana: Los derechos fundamentales son inherentes a
la naturaleza humana. Estos derechos existen independientemente de las leyes positivas
establecidas por los gobiernos o sociedades, y son universales para todos los seres
humanos.
• Carácter ético y moral: Se sostiene que existen principios éticos universales que deben
guiar el comportamiento humano y que forman parte del derecho natural.
• Anterioridad al Estado y las leyes positivas: Los derechos naturales existen antes y son
superiores a cualquier forma de gobierno o legislación establecida. Estos derechos son
considerados inalienables y no pueden ser derogados o negados por la acción del Estado.
• Universalidad e igualdad: Los derechos fundamentales son universales y aplicables a
todos los individuos, sin importar su origen, raza, género u otras características.
• Búsqueda del bienestar común: Tiene como objetivo promover el bienestar general y la
justicia en la sociedad. Busca establecer un orden social justo y equitativo, donde se
respeten los derechos fundamentales de todas las personas.
6. Ejemplos de iusnaturalismo
• Derecho a la vida: El derecho a la vida es un principio fundamental e inalienable.
Todos los seres humanos, sin distinción, tienen el derecho intrínseco a la vida y su
preservación.
• Igualdad ante la ley: Todos los individuos son iguales en cuanto a sus derechos
fundamentales. Esto implica que todos deben ser tratados con igualdad y justicia
ante la ley, sin importar su posición social, raza, género u otras características.
• Libertad de expresión: Este derecho implica que todas las personas tienen la
libertad de expresar sus opiniones y pensamientos sin temor a represalias.
• Derecho a la propiedad: Las personas tienen el derecho de poseer y disfrutar de
sus propiedades de manera legítima.
• Derechos humanos fundamentales: Respalda los derechos humanos
fundamentales, como el derecho a la libertad, la dignidad, la privacidad, la
seguridad y la justicia.
7. Contrato social
• Hay procesos que llevan a las personas a impulsar
transformaciones sociales cuando se trata de tener una mejor
vida. Se hace necesario actuar para generar relaciones sociales
más justas, en un mundo en que la desigualdad, lejos de
desaparecer, se hace cada vez más grande.
• Los conflictos crecen cada día y la violencia parece desbordar
los límites. Algunos especialistas plantean que el “contrato
social” que mantenía unida a la estructura social perdió
vigencia y urge revisar sus mecanismos para adecuarlos o
proponer otros, a efecto de que funcione de acuerdo con las
necesidades de las sociedades contemporáneas.
8. Contrato social
• Las comunidades existen porque sus integrantes
deciden acatar una serie de normas de convivencia
que surgen por consenso, es decir, son una
construcción colectiva.
• En el papel, dichas reglas son aceptadas y respetadas
por todos. Podemos decir que se trata de un
“acuerdo” o “contrato” que los individuos, por
voluntad propia, deciden suscribir porque reconocen
su “naturaleza” “social”, o al menos eso es lo que nos
han dicho. Pero ¿si no es así?, ¿qué debemos hacer?
9. Contrato social
• En la antigüedad, los filósofos griegos observaron que el ser
humano formaba parte de la orden natural, pero también
poseía ciertos rasgos que lo diferenciaban de los demás seres
vivos, como el uso de la razón. Y eso que distinguía a los seres
humanos frente a las demás criaturas y cosas era conocido
como naturaleza humana.
• Esta idea pasó a Roma y originó el iusnaturalismo (derecho
natural), doctrina jurídica que sostiene la existencia de un
conjunto de derechos inherentes al ser humano, determinados
por su propia naturaleza.
• Los iusnaturalistas se interesaron por averiguar si los humanos,
en lo moral, eran seres buenos o malos por naturaleza.
10. Thomas Hobbes
• Thomas Hobbes (1588-1679) fue un filósofo, pensador y
político inglés que escribió Leviatán. Afirmaba que todo
cuanto existe es material, todo es cuerpo, y la filosofía no
es más que la ciencia de los cuerpos. De los cuerpos
naturales, físicos o humanos se ocupa la filosofía de la
naturaleza, mientras que de los cuerpos artificiales como
el Estado trata la filosofía política.
• Respecto al término Leviatán, menciona que inicialmente
se trata de un monstruo gigantesco e invencible citado en
la biblia, que retoma para llamar así al Estado, al que
compara con un gran organismo integrado por todos los
individuos en comunidad.
11. Thomas Hobbes
• Contrario a Aristóteles, para quien el ser humano es un
“animal político” o “animal social”, por lo que tiende
naturalmente a la sociedad, Hobbes afirma que el origen
de la sociedad se debe a un acuerdo artificial, egocéntrico
e interesado, por el que los individuos persiguen la propia
seguridad, dado su temor hacia los demás.
• Así, lo social es resultado de un “contrato”, no tiene origen
divino, sino que es por necesidad y fue resultado de su
capacidad para pensar, porque aún en estado de naturaleza
no dejan de ser racionales.
12. Thomas Hobbes
• Antes de que aparezcan la sociedad y el Estado, los
individuos son libres, no tienen restricciones, pero viven
inseguros, puesto que son egoístas, seguían por el instinto de
conservación y el deseo de dominar a los demás. Y en esta
situación, carecen de leyes e instituciones políticas, se hallan
en “guerra de todos contra todos”.
• El miedo a los demás fue el principal motivo por el que los
humanos vieron la necesidad de establecer un pacto que
pusiera fin a esa situación, prefirieron la garantía de su
seguridad a cambio de ceder su libertad a un tercero (Estado)
que es depositario de los derechos de la colectividad; de
manera que deben acatar los acuerdos establecidos y, en
caso de que no, el Estado podrá aplicar la coerción para
obligarlos a cumplirlos.
13. Bernard Mandeville
• Bernard Mandeville (1670-1733), observaba que las
personas son, por naturaleza, posesivas, insaciables y
egoístas; Se mueven por sus pasiones, y la razón, al
servicio de los vicios y los instintos de supervivencia, y
está reducida a simple “calculadora” de las ventajas e
inconvenientes cuando se busca obtener los máximos
beneficios personales.
• La virtud sirve solo para simular las pasiones, dado que
el deseo de poder, dominio, posesión y seguridad frente
a los otros, que también son insaciables y egoístas,
carece de límites.
14. Bernard Mandeville
• Mandeville sostiene que la sociedad se debe al cálculo que hacen
sus integrantes sobre sus posibilidades de sacar provecho de los
demás y de asegurar la supervivencia, de manera que es el riesgo
lo que les induce a aceptar ciertos límites.
• La sociedad es producto de un “engaño consciente” que mantiene
a raya los instintos. Esta “trampa constituyente” es lo que permite
su existencia y funcionamiento, actúa como freno de los intereses
privados, de manera que no se trata de superar el estado de guerra
“todos contra todos”, sino de posibilitar la “competencia” bajo
ciertas reglas en el plano económico, político y social, situación que
se legitima porque todos aceptan participar con base en sus
intereses egoístas, aun a sabiendas de las trampas y doble moral del
orden establecido.
15. Bernard Mandeville
• En La fábula de las abejas compara una colmena con la sociedad.
Abundan los bribones, los delitos, en fin, la corrupción
desbordada; cada profesión, cada estamento adolece de vicios,
los cuales contribuyen a la felicidad pública y el bienestar
individual. Sin embargo, un día se produjo un cambio: el deseo de
conducirse con virtud; contrario al impulso de su naturaleza, las
“abejas” procurarían el beneficio de los otros o el dominio de sus
propias pasiones e intentarían ser buenas.
• Como se acabaron las disputas, no hubo procesos y, de esta forma,
no se necesitaron abogados ni jueces. Las “abejas”, que se
volvieron mesuradas, no gastaron ya nada, no más lujos. De este
modo, al perder sus vicios, la colmena se acabó.
16. Montesquieu
• Montesquieu (1689-1755) escribe sobre las instituciones
políticas europeas y explica la necesidad de crear leyes para
regular la convivencia social, en analogía a las que existen
en la propia naturaleza.
• En El espíritu de las leyes refiere las diversas formas de
gobierno y propone que los tipos existentes obedecen a
características particulares de los pueblos que las crean: en
consecuencia, cada nación tiene leyes acordes con su
idiosincrasia, trayectoria histórica y entorno natural en que
viven, motivo por el que se debe ser respetuoso ante la gran
diversidad de estas.
17. Montesquieu
• Montesquieu utiliza como sinónimo de sociedad el
término “mundo inteligente”; considera que lo
humano es su naturaleza racional, hecho que se
demuestra en la facultad de gobernarse mediante
leyes de su creación.
• Sin embargo, la sociedad, en su origen, obedece a leyes
naturales, como las de intuir un creador, procurarse la
subsistencia y el deseo de vivir en sociedad. La forma
en que las personas se organizan para satisfacer esas
necesidades deriva en la creación de un gobierno;
ninguna sociedad podría subsistir sin uno.
18. Montesquieu
• Las leyes naturales, en ningún caso, son fruto del azar o de la
arbitrariedad, porque proceden del vínculo naturaleza sociedad,
de manera que no es posible separar la ley natural (derecho
natural) y la ley positiva (derecho positivo), ya que son
complementarias. Cada gobierno debe conducirse acorde con
ambas, es decir, a las leyes que cada sociedad establece y a las
leyes naturales, tarea que resulta por demás difícil, dado que,
como seres sensibles, los individuos nos hallamos sujetos a
nuestras pasiones, erramos a menudo y terminamos por incumplir,
no respetar ni acatar tanto las leyes naturales como las sociales.
19. David Hume
• David Hume (1711-1776), asevera que el gusto forma parte de
la naturaleza humana y habría que reflexionar sobre estas
preferencias, ya que guían las pasiones y pueden constituirse
en un importante detonador de intolerancia y discriminación,
dado que todos pretenden imponer sus preferencias.
• Ahora, como en el pasado, el gusto ha sido pieza clave en el
desprecio e imposición de valores culturales entre los
diferentes grupos humanos, así como la integración de
comunidades que comparten gustos similares.
20. David Hume
• En Sobre el criterio del gusto, Hume afirma que si existiera
un criterio estándar capaz de zanjar las discusiones al
respecto, y éste tendría que generarse por consenso.
• En caso de que se pudiera llegar a un acuerdo, tal criterio
tendría que ser el punto de vista de un crítico, individuo
con las facultades cognitivas que le permitieran percibir las
cualidades esenciales que suscitan naturalmente el placer
de lo bello en los seres humanos, sin embargo, dicha tarea
resulta imposible, pues tendría que mantener su mente
libre de todo prejuicio y no permitir que nada influya en su
consideración fuera del objeto mismo que está sometido a
examen.
21. David Hume
• Resulta complicado establecer las formas y cualidades de lo
universalmente placentero; pese a ello, Hume intenta aclarar que
éste se debe tratar mediante diálogo y consenso. El problema no es
la naturaleza humana del gusto, sino la variedad de estos y la
evidente incapacidad de llegar a acuerdos al respecto; cada persona
tiene un gusto propio, por lo que no habría necesidad de disputas
sobre los mismos.
• Suele ocurrir que cada uno esté convencido de que su gusto es el
correcto e intente convencer a los demás. Como se trata de un tema
subjetivo, es decir, depende de cada persona, cabría aceptar que no
hay estándares objetivos de gusto, porque éstos se desprenden de
cada persona.
22. Sigmund Freud
• Sigmund Freud (1856-1939), considera que el tótem y el tabú
fueron fundamentales para la aparición de las primeras
sociedades y, por lo tanto, de las diferentes formas de organización
social y de la moral.
• El tótem representa un ancestro que determina el comportamiento
de un grupo humano; ayuda a establecer restricciones en cada
grupo e impone vínculos no consanguíneos entre sus miembros,
como la prohibición de la endogamia entre individuos que
comparten el mismo tótem; en consecuencia, induce a la
exogamia, esto es, a la necesidad de establecer contactos con otros
grupos humanos para asegurar la continuidad de estos, de manera
que la sociedad surge con la exogamia.
23. Sigmund Freud
• Para asegurar la exogamia, las relaciones sexuales entre
parientes próximos se prohíben mediante el tabú, que se
construye por la tradición y la costumbre, luego por la moral
y, al último, por la ley.
• De este modo se imponen las restricciones sexuales que
operan dentro de los distintos grupos humanos, los cuales
deben relacionarse entre sí para garantizar su continuidad
reproductiva. Estos imperativos posibilitaron que grupos
aislados debieran estrechar el contacto y las relaciones entre
sí, al grado que más y más grupos se incorporaron a esta
dinámica, dando paso a la aparición de las primeras
sociedades.
24. Sigmund Freud
• Para asegurarse que esas medidas prosigan con su
eficacia, cuando alguien infringe las restricciones o
tabús, este debe ser castigado si el grupo no quiere
sufrir sus consecuencias, en especial cuando los deseos
inconscientes que impulsaron a tal acción se vuelven
impulsos conscientes (objeto de deseo), situación que
podría llegar a ser imitada por otros miembros, lo que
tendría por consecuencia la disolución de la sociedad.
25. Michel Foucault
• Michel Foucault (1926-1984) desconfía de las explicaciones
respecto a la existencia y continuidad de la sociedad, en especial
de las que conciben el orden social como resultado del consenso,
porque no es cierto; en realidad, son discursos que surgen para
legitimar el dominio que existe en éstas.
• El poder se puede entender como parte de la naturaleza
humana y se expresa de manera asimétrica en las relaciones
sociales, ya que se dirige a mantener las jerarquías, por las que
unos dominan a otros.
• Las versiones oficiales y las opiniones aceptadas por los
intelectuales más destacados no conducen a ninguna verdad
transparente.
26. Michel Foucault
• Las relaciones de poder es lo que permite la existencia
de la sociedad en nuestros días. El estudio de estas es
crucial para entender su funcionamiento, ya que dan
sentido a los “discursos”, entendidos como recursos bajo
los cuales funcionan las cosas, instituciones, leyes,
medidas administrativas, teorías científicas, principios
filosóficos o morales.
• Tales discursos son clave para la acción, en tanto conjunto
heterogéneo que reflejan la orientación bajo la cual se
conduce la sociedad y, a la vez, sirven para justificar el
“saber” válido que permite imponer el “orden”.
27. Michel Foucault
• Para identificar el sentido y finalidad de los
discursos hay que “sospechar” de los presupuestos
fundamentales de la civilización occidental
moderna, que impone una forma única de mirar
el mundo desde la razón. Una razón central,
deseable, construida sobre ciertos presupuestos y
constitutiva de la historia de Occidente bajo el
proyecto continuo de búsqueda del progreso.
• El discurso es objeto del deseo por ser el poder.