1. Al Sr. GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE MENDOZA
Don FRANCISCO PEREZ
Al Sr. MINISTRO DE TRABAJO, JUSTICIA y GOBIERNO
Don RODOLFO LAFALLA
El que suscribe, en su carácter de Presidente del
Bloque de Diputados de la Unión Cívica radical, se presenta y dice:
Que hemos tomado conocimiento de que usted ha
firmado, en fecha 21 de septiembre de 2015, un convenio con el Administrador de
la ANSES, por el cual reconoce a ese Organismo Nacional, una deuda a cargo de la
Provincia de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CON 85/100 ($
268.957.026,85).
Que en dicho convenio, se reconoce también una
actualización de dicha deuda, “en función del costo de oportunidad del
rendimiento promedio de las disponibilidades de la tesorería de ANSES” de
PESOS CINCUENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL
TRESCIENTOS ONCE CON 51/100 ($50.187.311,51).
Que no contento con dicha actualización cercana al
20%, acuerda también el pago de una tasa de interés anual, por la devolución del
monto consolidado que reconoce, del 11.41%.
Que para concluir el punto, compromete en
resumen a la provincia a pagar en 24 meses la suma de PESOS
TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 98/100 ($ 358.450.812,98).
Que garantiza el pago al que se obliga, con la
Coparticipación Federal de la Provincia e incluso autoriza la ANSES a que en
caso de incumplimiento, por intermedio de la Secretaría de Hacienda de la Nación,
2. haga “la retención de la participación provincial en la recaudación de impuestos
coparticipables hasta el importe mensual correspondiente” (clausula sexta).
Que por lo referido, se denuncia que en dichas
actuaciones, que esperan ser ratificadas por Decreto, (cuestión que excede
ampliamente se mecanismo de aprobación), no sólo no existe un solo informe
técnico que avale la deuda que se reconoce (el convenio está a fs. 04/08 del
expediente 2186-D-2015-00108, se adjunta informe del sistema MESAS) ni
volante con imputación del gasto, sino que no ha intervenido el Sr. Fiscal de
Estado, el Sr. Contador de la Provincia ni el Sr. Asesor de Gobierno, en abierta
violación a las previsiones del art. 1 sgtes y cctes. de la Ley 7281, art. 81 sgtes. y
cctes. de la Ley 87062 y art. 4 inciso 3 del Decreto 2930/913.
Que por lo referido, pido se suspenda el trámite de
referencia y se dé intervención a los organismos de control referidos, en forma
previa a cualquier decisión que se adopte sobre el punto denunciado.
Que de no hacerlo, usted y el Sr. Ministro de
Gobierno, así como los asesores letrados que intervengan, serán personal y
funcionalmente responsables por los actos denunciados, que no solo son ilegítimos
a la luz de la Ley 7314, sino que violentan de manera deicida la Constitución de la
Provincia, siendo de aplicación las previsiones de art. 48 de la misma.
Por último, le informo que copia de la presente será
remitida al Sr. Fiscal de Estado, al Sr. Contado de la Provincia y al Sr. Asesor de
Gobierno.
Ciudad de Mendoza, a los 15 días del mes de octubre de 2015
1
“En todo asunto administrativo en que aparezca interesado el patrimonio del estado o afectados los intereses del fisco, se
dará al Fiscal de Estado vista de los antecedentes respectivos, cuando estos se encuentren en estado de resolución definitiva”.
2
“La intervención de la Contaduría General de la Provincia se formalizará, previo al compromiso y al mandado a pagar
otorgando el Visto Bueno para la continuidad del procedimiento…”.
3
“Cuando se considerase necesario establecer una interpretación jurídica uniforme, sobre un asunto que sea de relevancia
jurídica, económica, institucional o política para la administración”.