2. I.PRIVATIVA DE LIBERTAD
Privativa de libertad según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 44.La libertad personal es inviolable, en consecuencia:
Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a
menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial
en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será
juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez
o jueza en cada caso.
Orden Judicial Sorprendido in fraganti
3. Pena según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 44. La libertad personal es inviolable, en consecuencia:
3. La pena no puede trascender de la persona condenada. No habrá condenas a
penas perpetuas o infamantes. Las penas privativas de la libertad no excederán
de treinta años.
5. El Derecho de Presunción de Inocencia se encuentra consagrado en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 49. El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y
administrativas; en consecuencia:
2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario.
6. Todo imputado o acusado goza del principio de inocencia y se le debe
tratar como tal, dicho principio queda desvirtuado o vencido si se
determina la responsabilidad penal del imputado o acusado.
7. Es de destacar que las tres instituciones que se hizo referencia, como la privativa
de libertad, las penas y la presunción de inocencia, son esenciales en el desarrollo
del proceso penal y por ende es de vital importancia saberlo manejar debido ha que
se pueden llegar a la consecuencia de la perdida de la libertad como el mas
importante derecho después de la vida.
La manera de proceder una privativa de libertad es a través de una orden judicial o
la aprehensión en flagrancia, la privativa por orden judicial debe estar motivada en
el sentido que debe existir una alta probabilidad que el imputado fue quien cometió
el delito o concurrir con el peligro de fuga u obstaculización al proceso.
En cuanto a las penas privativas d libertad ellas tiene como fin resocializar al
interno, pero en las condiciones que están las cárceles en el país alcanzar dicho
fin es difícil pero posible si se implementa un verdadero régimen penitenciario
como lo estipulan la constitución y las leyes.
Para finalizar tenemos la presunción de inocencia principio conquistado e
implantado en el sistema acusatorio , donde la premisa madre es toda persona es
inocente hasta que no se demuestre lo contrario , dicho principio no implementado
como debe ser ya que la realidad nos demuestra por medio de las cifras que el
mas alto porcentaje de privados de libertad son procesados.