El documento resume los antecedentes históricos del derecho a la información desde la antigua Grecia hasta la actualidad. Menciona que en la antigua Grecia la libertad de información estaba restringida por los tiranos, mientras que en la Roma antigua existía censura pero también conflictos sobre la libertad de información. A lo largo de la Edad Media y el Renacimiento, la censura, especialmente en temas religiosos, fue un elemento importante para limitar la información. Documentos como la Declaración de Derechos del Hombre y
PPT-LEY-KARIN.pdf MODIFICACION CÓDIGO TRABAJO ACOSO SEXUAL LABORAL Y VIOLENCI...
La informacion desde el punto de vista juridico
1. LA INFORMACIÒN DESDE EL
PUNTO DE VISTA JURÌDICO: EL
DERECHO A LA INFORMACIÒN.
ANTECEDENTES HISTÒRICOS
DEL DERECHO A LA
INFORMACIÒN
GRECIA , la libertad
de información
estaba impedida por
los tiranos, existía
una coacción
informativa totalitaria.
PLATÒN,
ARISTÓTELES.
ROMA, había una
obediencia a la
censura y conflictos
entre la libertad de
información.
ÉPOCA MEDIEVAL, el
sistema fundamental de
comunicación social fue
de naturaleza sensorial
auditiva, la censura
constituyo un elemento
importante, en el área
religiosa .c.
RENACIMIENTO, el
hombre ocupo el centro de
las especulaciones
filosóficas. MAQUIAVELO,
en los discursos sobre Tito
Livio, limita al derecho de
la información.
MONARQUIA INGLESA,
censuró el pensamiento
de los escritores ingleses
y cerro los periódicos y el
Paramento de
resoluciones dictatoriales.
En 1791, con la
revolución
estadounidense , dio las
bases para la constitución
estadounidense donde se
expresa en la sección XII
la libertad de prensa.
2. FRANCIA, en la
Declaración de los
Derechos del Hombre y del
Ciudadano de 1789,
expresa la libre expresión
de los pensamientos y de
las opiniones es uno de los
derechos mas precisos de
hombre.
En 1946, la Asamblea
General de la ONU,
declaro «la libertad de
información es uno de los
derechos fundamentales
del hombre, lo que
implica el derecho a
copiar, transmitir, publicar
informaciones en
cualquier lugar del
mundo y sin
obstáculos>>.
Europea de los Derechos
Humanos, donde menciona
que toda persona tiene
derecho a la libertad de
expresión, comprende la
libertad de opinión y la
libertad de recibir o de
comunicar informes o ideas
sin que pueda haber
injerencias de autoridades y
sin consideración de
fronteras.
En 1969, la
Convención
América de los
Derechos Humanos,
expresa, «Derecho a
la libertad del
pensamiento y
expresiones».
En 1974, se produjo
en Bogotá, un
documento que
destaco el derecho a
informar, sobre la
necesidad de un
derecho a estar
informado,, era
indispensable hacer
investigaciones
sobre la
comunicación de
América Latina.
En 1978, la UNESCO
suscribió con México una
declaración, establecieron
como factor fundamental
la libertad de opinión, para
el afianzamiento de la paz
y el entendimiento
internacional.
3. Fuentes del derecho a la
información
FUENTE: Significa lugar donde
nace el agua, por tanto, si nos
preguntamos donde nace el
derecho, tendremos que este
puede ser lo que produce el
hombre en su vida social.
Las fuentes directas son
aquellas que constituyen un
origen inmediato como son los
tratados internacionales y la
constitución política.
Las fuentes indirectas son
aquellas que se hayan en la
jurisprudencia y la doctrina de
los autores.
Algunos Juristas han establecido
como única fuente del derecho,
la voluntad del órgano
legislativo, el derecho a la
información es un derecho
dinámico que se va ajustando a
las circunstancias de la vida
moderna.
4. El derecho a la información en la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
El derecho de la información en México surge por la modificación del articulo
6º constitucional.
En 1977, el entonces Presidente José López Portillo, por influencia de su
Secretario de Gobernación, Jesús Reyes Heroles, decidió reformar el
articulo 6º constitucional, que consistía en quitarle la acción política a las
personas y dársela a los partidos políticos, el Estado garantizara únicamente
a los partidos políticos el derecho a la información, es decir, información
sobre partidos políticos para sus fines electorales.
La propuesta de la adición al articulo 6º constitucional, establecía que «el
derecho a la información significaba superar la concepción exclusivamente
mercantilista de los medios de comunicación y renovar la idea tradicional
que entiende al derecho a la información como un equivalente a la libertad
de expresión».
En 1977, quedo establecido en la Constitución el derecho a la información
como un derecho frente a otros derechos sociales, y que ahora asegura a la
sociedad una obtención de información oportuna, objetiva y plural por parte
de los grandes medios de comunicación masiva, y el Estado garantizar
mediante normas jurídicos el adecuado funcionamiento de los órganos
sociales que generen y difundan la información.